Becas de Movilidad Alumnos de Doctorado UBU
INSCRIPCIONES
Becas de Movilidad Alumnos de Doctorado UBU: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Burgos (UBU) en colaboración con el Banco Santander, es el organismo convocante de las Becas de Movilidad Alumnos de Doctorado UBU.
La principal finalidad de estas becas es facilitar el desarrollo de parte de los estudios de Doctorado y de actividades investigadoras en el extranjero, ya sea en un país europeo o fuera de Europa. Para ello estas becas ofrecen una dotación económica máxima de 2.500 €, con la que se pretenden sufragar los gastos de alojamiento y manutención, además de los gastos de desplazamiento para los que se otorgará una dotación económica extra dependiendo del país de destino.
Para poder solicitar una de las Becas de Movilidad Alumnos de Doctorado UBU, se deberá cumplir con una serie de requisitos entre los que se encuentra el estar desarrollando un programa de doctorado en la Universidad de Burgos.
Con iniciativas como estas, tanto la Universidad de Burgos (UBU) como el Banco Santander, pretenden facilitar la movilidad de los estudiantes que realizan estudios universitario superiores, a la vez que se impulsa la actividad investigadora de los mismos. Gracias a estas becas se les ofrece la oportunidad de disfrutar de un sinfín de nuevas experiencias personales a la vez que completan su formación académica.
Si deseas ser uno de los estudiantes de la Universidad de Burgos que se beneficien de las Becas de Movilidad Alumnos de Doctorado UBU, seguro que te interesan todos los datos que te ofrecemos a continuación sobre las mismas.
Aprovecha esta oportunidad única de completar tus estudios a la vez que viajas a países extranjeros con la ayuda de las Becas de Movilidad Alumnos de Doctorado UBU.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Solicitantes de las Becas de Movilidad Alumnos de Doctorado UBU:
- Podrán solicitar estas ayudas todos los alumnos que se encuentren matriculados en un programa de doctorado de la Universidad de Burgos y que realicen actividad investigadora activa en la misma. Este requisito deberá mantenerse en la fecha de presentación de la solicitud y hasta la finalización de la estancia. En caso contrario, perderán el derecho al disfrute de la ayuda.
- No podrán participar en esta convocatoria los alumnos de doctorado que: a) hayan disfrutado de una ayuda de movilidad en convocatorias anteriores de este programa o convocatorias similares, por un periodo superior a dos meses; y b) los beneficiarios de una ayuda predoctoral que incluya una partida económica para movilidad.
- Se excluyen la realización de movilidad al país donde se hayan realizado los estudios que dieron acceso al doctorado.
Dotación
Características de las Becas de Movilidad Alumnos de Doctorado UBU:
- Las ayudas, cuya cuantía máxima será de dos mil quinientos euros (2.500 €) por beneficiario, se destinarán a sufragar los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención, con los siguientes límites:
- Para gastos de alojamiento y manutención se subvencionará una cantidad de 750€/mes. Para el prorrateo de las cantidades a percibir por los meses no completos, éstos se considerarán siempre de 30 días. La duración será de un mínimo de 1 mes y un máximo de 3 meses.
- Para gastos de desplazamiento se concederá el importe efectivamente satisfecho por los medios de transporte utilizados, preferentemente públicos, con los límites establecidos en la siguiente tabla:
- Destino Bolsa de viaje
- Para centros europeos Hasta 500 euros.
- Para centros en otros continentes Hasta 800 euros.
- Sólo se concederá una ayuda por persona y curso académico. La duración total de las estancias no podrá superar el periodo máximo de tres meses. La estancia deberá realizarse de manera ininterrumpida, en el año 2025.
- Los beneficiarios seleccionados están obligados a contratar un Seguro de Accidentes que cubra el periodo de la estancia. Dicha póliza deberá ampliar su cobertura con asistencia sanitaria para aquellos países con los que no exista convenio con la Seguridad Social.
- Estas ayudas serán incompatibles con cualquier ayuda para el mismo fin.
- Estas ayudas están sujetas al IRPF en los casos en los que así lo determina la ley.
Presentación
Para solicitar las Becas de Movilidad Alumnos de Doctorado UBU deberás seguir los siguientes pasos:
- Registrarse o inscribirse en la plataforma de Becas del Banco Santander, a través de la página https://app.becassantander.com en la convocatoria de Becas Santander Estudios/ Ayudas para movilidad 2025. Esta inscripción no supone la presentación de la solicitud en el plazo establecido.
- Las solicitudes en el formato disponible (Documento 1), deberán presentarse, preferentemente a través de la sede electrónica de la Universidad de Burgos. También se podrá presentar en el registro general o auxiliares de la Universidad de Burgos o en la forma establecida en el artículo 16 punto 4 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León hasta el 30 de mayo de 2025.
Convocantes Asociados
Más información
Objeto de la convocatoria
El objeto de esta convocatoria es realizar estancias en centros extranjeros encaminadas a reforzar la formación del doctorando relacionadas con el tema de trabajo de la tesis doctoral, así como facilitar la obtención del doctorado con mención internacional.
Adjudicación de las ayudas
- El órgano instructor será el Servicio de Gestión de la Investigación, que será el encargado de la tramitación y gestión de las solicitudes.
- La Comisión de Investigación se reunirá para valorar las solicitudes recibidas y de acuerdo a los criterios establecidos en el Anexo I, emitirá un informe que elevará al órgano instructor.
- La Comisión podrá requerir a los solicitantes cuantos datos y acreditaciones juzgue necesarias para la valoración de las propuestas.
- Se faculta a la Comisión de Investigación para interpretar las circunstancias que concurran en las solicitudes y que no estén explícitamente contempladas en estas bases. Así mismo dicha Comisión estudiará situaciones excepcionales siempre que haya disponibilidad presupuestaria.
- El órgano instructor con el informe remitido por la Comisión de Investigación y el límite de crédito disponible establecido en la convocatoria, emitirá una propuesta de adjudicación que será publicada en la página web de la Universidad (http://www.ubu.es), y en el tablón de anuncios General de la Universidad.
- La concesión de estas ayudas está condicionada a que el alumno haya realizado y abonado la matrícula de doctorado y demás tasas y servicios universitarios en la Universidad de Burgos.
- La aceptación de la presente ayuda supone el compromiso de la publicación en abierto de los resultados de investigación en el Repositorio Institucional de la Universidad (RIUBU), en los términos establecidos al respecto en el art. 37 de la Ley 14/2011 de la Ciencia, La Tecnología y la Innovación, modificada por la Ley 17/2022. Para facilitar este cumplimiento, el investigador deberá remitir a la dirección de correo electrónico: bubrep@ubu.es la versión previa a la publicación -versión revisada por pares-.
- El Vicerrector de Investigación, Transferencia e Innovación a la vista la propuesta de adjudicación emitida por el órgano instructor, formulará la propuesta de adjudicación provisional. Esta propuesta será publicada en la página web de la Universidad (http://www.ubu.es), y en el tablón de anuncios General de la Universidad.
- La resolución corresponderá al Rector, sin perjuicio de la delegación de competencias delegadas en el Vicerrector de Investigación, Transferencia e Innovación de la Universidad de Burgos, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución Rectoral de 27 de enero de 2021 por la que se delegan determinadas competencias del Rector de la Universidad en el Vicerrector de Investigación, Transferencia e Innovación, (BOCyL de 29 de enero de 2021) y será comunicada a los interesados por correo electrónico.
- El plazo máximo para resolver la convocatoria y publicar la resolución será de seis meses a contar desde el día siguiente a la finalización de cada plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que haya sido publicada la resolución se podrán entender desestimadas las solicitudes.
- A efectos de notificación y reclamación, los plazos empezarán a contar a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución de concesión en la página web de la Universidad (http://www.ubu.es), y en el tablón de anuncios General de la Universidad, surtiendo todos los efectos de notificación practicada, según lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Cualquier variación en la fecha inicial o final de la estancia concedida deberá ser comunicada al Servicio de Gestión de la Investigación con un mínimo de 10 días de antelación.
- En caso de renuncia a la ayuda concedida, el interesado lo comunicará al Servicio de Gestión de la Investigación, en el plazo de 10 días desde su conocimiento (la comunicación puede realizarse por correo electrónico).
- Los beneficiarios podrán solicitar un anticipo el mes anterior a la realización de la estancia que no podrá exceder del 80% de la ayuda concedida. Cuando la duración de la estancia sea inferior a la concedida, el beneficiario deberá reintegrar la parte del anticipo correspondiente al período no realizado.
- La Universidad de Burgos realizará el abono del importe de la ayuda mediante transferencia bancaria a la cuenta abierta a nombre del beneficiario en una oficina del Banco Santander.
Tramitación de las ayudas
Una vez concluida la estancia, el solicitante deberá presentar en el Servicio de Gestión de la Investigación la siguiente documentación:
- Certificado de estancia firmado por el responsable de investigación del centro de acogida donde figuren las fechas de inicio y fin de la estancia. Al periodo de estancia se le podrá ampliar dos días dependiendo del destino y del itinerario a realizar.
- Memoria (máximo 500 palabras) de las actividades de investigación realizadas y de los resultados obtenidos.
- Billetes originales de desplazamiento y otros gastos efectuados (exceso de equipaje, tasas de aeropuerto, seguro obligatorio, etc.), o declaración jurada de uso de vehículo particular.
A efectos de justificación se deberá entregar la siguiente documentación:
- Si el viaje se realiza en transporte público: billetes originales o certificado de la compañía por la que se ha viajado (no son suficientes las facturas de agencias). En el caso de billetes electrónicos, deberán presentarse las tarjetas de embarque originales junto con la hoja de confirmación o abono donde figuren los datos del viaje (internet), así como la factura de la agencia de viajes o de la compañía de transporte, según el caso. Los billetes deberán corresponder a trayecto en clase turista. Cualquier gasto adicional por exceso de equipaje, etc., debidamente acreditado, también podrá ser reembolsado.
- Si se realiza en coche particular se hará constar los datos del vehículo y podrán presentarse justificantes originales de los gastos de peaje.
- Si se utiliza taxi o algún otro medio de transporte adicional para llegar al centro de destino, se deberán presentar los justificantes originales de dichos desplazamientos.
- Impreso de declaración jurada de percepción de otras ayudas similares para la realización de la citada estancia. En el caso de que el beneficiario obtuviera cualquier otra ayuda, estará obligado a devolver la cantidad percibida por dicho concepto.
- Únicamente para los solicitantes con vinculación contractual con la Universidad de Burgos, Comisión de Servicios sin indemnización e impreso T300, que le será facilitado por el Servicio de Recursos Humanos, cuando el solicitante está dentro del Régimen General de la Seguridad Social. https://www.ubu.es/sites/default/files/portal_page/files/desplazamiento_extranjero_2.pdf
Esta documentación deberá presentarse en el plazo de diez días desde la finalización de la actividad. Si no se presenta se considerará como renuncia y quedará sin efecto la financiación concedida. Todos los gastos justificados con posterioridad a esta fecha límite no se tendrán en cuenta en el cómputo de la ayuda correspondiente y, por tanto, en su liquidación.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la fecha de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Burgos que por turno corresponda, sin perjuicio del recurso potestativo de reposición que podrá interponerse ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes.
Criterios de selección
La Comisión de Investigación valorará las solicitudes, hasta un máximo de 20 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:
Criterios - puntuación máxima:
- Expediente académico del solicitante (Real Decreto 1125 / 2003): 10 puntos.
- Tener en vigor un contrato predoctoral dentro de las convocatorias del Programa Propio de investigación de la Universidad de Burgos a fecha de finalización de presentación de solicitudes: 3 puntos.
- CURRICULUM VITAE DEL SOLICITANTE (méritos hasta la fecha fin de presentación de solicitudes) puntuación máxima hasta 7 puntos:
- Certificado o acreditación de dominio del idioma del país de destino, o en su caso, alto nivel de inglés. Hasta 2 puntos:
- B2 o equivalente: 1 punto.
- C1 o equivalente: 1,5 puntos.
- C2 o equivalente: 2 puntos.
- Publicaciones en revistas científicas con ISBN relacionadas con su trabajo de tesis: 0,3 por publicación.
- Participación activa (certificado de presentación de comunicación, póster,...) en congresos y reuniones científicas relacionadas con su trabajo de tesis: 0,1 por congreso.
Enlaces de interés
https://www.ubu.es/sites/default/files/articles/files/convocatoria_publicada_12.pdf
Documentación a adjuntar
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
- a. Justificante de haberse inscrito en la aplicación del Banco Santander.
- b. Descripción de la actividad de investigación prevista, según el modelo disponible en la página web (Documento 2).
- c. Informe del director de la tesis doctoral justificando que la estancia tiene relación directa con la tesis a desarrollar (Documento 3).
- d. Escrito de aceptación del Centro donde se desee acudir.
- e. Currículum Vitae del solicitante de acuerdo con el modelo normalizado CVN abreviado. https://cvn.fecyt.es/), que deberá contener la información susceptible de ser evaluada de acuerdo con los criterios de selección detallados en el Anexo I. Los méritos alegados deberán estar debidamente justificados.
- f. Fotocopia de la solicitud de participación en otras convocatorias de ayudas análogas, en los casos que corresponda.
Si la solicitud no reuniera todos los requisitos se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, los subsane, de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se considerará que han desistido de su solicitud quienes no respondan debidamente al requerimiento. A efectos de requerimiento y notificación se considerará válido la comunicación vía por correo electrónico, de acuerdo al artículo 41 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.