Universidad de Burgos

Becas Erasmus+ Apoyo a la Inclusión Estudiantes Personal Docente y No Docente

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INSCRIPCIONES

19/06/202430/05/2025
Abierta

Becas Erasmus+ Apoyo a la Inclusión Estudiantes Personal Docente y No Docente: solicitud y plazos

Descripción

La Universidad de Burgos, junto al Vicerrectorado de Internacionalización, Movilidad y Cooperación, ofrece un amplio programa de becas y ayudas destinado a la movilidad internacional de sus estudiantes para continuar con sus estudios o realizar las prácticas en distintos países de la Unión Europea.

A través del programa Erasmus, la Universidad de Burgos convoca las Becas Erasmus+ Apoyo a la Inclusión Estudiantes Personal Docente y No Docente que participen en programas de movilidad Erasmus. Estas ayudas van destinadas a aquellos estudiantes con necesidades especiales que hayan sido seleccionados para realizar un programa de movilidad internacional de estudios, prácticas, docencia o formación, que acrediten tener una discapacidad de igual o superior al 33%. También podrán solicitarlas los estudiantes o personal que tengan problemas físicos, mentales o de salud.

Los beneficiarios de las Becas Erasmus+ Apoyo a la Inclusión Estudiantes Personal Docente y No Docente, tendrán apoyo en el transporte especial, para los acompañantes que necesiten, servicios profesionales, visitas preparatorias u otros gastos específicos.

Aquí encontrará todas las becas y ayudas que pone a su disposición la Universidad de Burgos. Si desea obtener toda la información sobre las Becas Erasmus+ Apoyo a la Inclusión Estudiantes Personal Docente y No Docente que participen en programas de movilidad Erasmus, aquí puede consultar plazos, requisitos y otros datos de interés.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
  • Licenciatura
  • Postgrado-Especialidad
País de origen
  • España
País de destino
  • Todos los países europeos
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

El “Apoyo a la inclusión” es un apoyo financiero para cubrir costes adicionales de estudiantes y personal docente y no docente con menos oportunidades que participan en actividades de movilidad del programa Erasmus+.

El apoyo a la inclusión cubrirá los costes adicionales directamente relacionados con los participantes con menos oportunidades, que, en el caso de estudiantes, no se puedan cubrir a través de la ayuda adicional al apoyo individual. En particular, estos costes tienen el objetivo de cubrir el apoyo financiero adicional requerido para que los participantes con problemas físicos, mentales o de salud puedan participar en la movilidad, a condición de que no estén cubiertos a través de las categorías presupuestarias «viajes» y «apoyo individual» para estos participantes). El importe cubrirá el cien por cien de los costes reales subvencionables.

Las/os participantes que, en función de la discapacidad específica que presenten o problema de salud, requieran de ayudas superiores a las establecidas con carácter general, incluidas las ayudas adicionales para estudiantes con menos oportunidades, podrán solicitar apoyo financiero adicional, derivado de los gastos complementarios directos en que puedan incurrir durante su período de movilidad. Estas ayudas no se podrán solicitar para periodos de movilidad virtual en el país de envío.

Para acceder a este apoyo de inclusión, mediante las Becas Erasmus+ Apoyo a la Inclusión Estudiantes Personal Docente y No Docente, basado en costes reales establecido en el Programa Erasmus+ para los participantes con menos oportunidades, los participantes deberán:

  • tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad en grado igual o superior al 33 por 100, o su equivalente en el caso de estudiantes extranjeros,
  • padecer problemas físicos, mentales o de salud, debidamente acreditados mediante la correspondiente certificación médica,
  • y cumplir con el resto de los criterios de admisibilidad establecidos en el Programa.

Dotación

Gracias a las Becas Erasmus+ Apoyo a la Inclusión Estudiantes Personal Docente y No Docente, se podrá financiar el 100% de los gastos subvencionables incurridos por los conceptos siguientes, directamente relacionados con la situación del participante y debidamente justificados. En dichos conceptos no se podrán incluir gastos imputables a otras ayudas o partidas presupuestarias del proyecto. Las organizaciones deben asegurarse de que los gastos son subvencionables, según la lista que se proporciona a continuación y según la documentación de apoyo que se adjunte.

  • A. Transporte especial/adaptado del participante en el país de acogida Gastos del participante en el país de acogida originados por desplazamientos desde su lugar de residencia hasta la organización donde se realice la actividad de movilidad, en casos en los que la discapacidad del participante afecte a su autonomía para realizar dichos desplazamientos.
  • B. Acompañantes Gastos originados por personas que acompañen al participante en su desplazamiento al país de destino y/o de origen y/o durante una visita preparatoria previa a la actividad de movilidad o durante la estancia para llevar a cabo la actividad. Se aplicarán las tarifas de movilidad de personal hasta el día 60 de estancia, con una contribución a los gastos de viaje según la banda de distancia que corresponda y con un apoyo individual determinado por el número de días y el país de acogida (según punto 8 de la Guía de solicitud de Apoyo a la inclusión para movilidad de estudiantes y personal de Educación Superior KA‐131 y KA171‐HED, Convocatoria 2023, de SEPIE “Tarifas de movilidad de personal para acompañantes en Apoyo a la inclusión” que se adjunta como Anexo II a este programa.
  • C. Servicios profesionales Gastos originados por la contratación de servicios profesionales que resulten imprescindibles para la consecución de las funciones propias de la actividad del participante en el país de acogida.
  • D. Visitas preparatorias Gastos originados por el desplazamiento del participante en una visita preparatoria previa a la actividad de movilidad. La visita preparatoria tendrá como objetivo principal la preparación de las actividades del participante para garantizar que puedan desarrollarse con calidad.
  • E. Otros gastos específicos derivados de la situación acreditada del participante Gastos no contemplados en los conceptos anteriores en los que incurra el participante para facilitar su actividad de movilidad en el país de acogida, derivados directamente de su situación (ej. transporte especial o adaptado, envío de objetos necesarios al participante, etc.)

Presentación

El participante (el estudiante o personal que tenga la movilidad concedida) que quiera solicitar las Becas Erasmus+ Apoyo a la Inclusión Estudiantes Personal Docente y No Docente, cumplimentará la “Solicitud de gastos subvencionables destinados a Apoyo a la Inclusión” disponible en el Anexo I de este programa.

En dicho anexo se indicará el concepto/o conceptos para los que se solicita la ayuda y se incluirá el importe o la estimación de los gastos que se soliciten por cada partida.

En el campo “Razón/Descripción” se incluirá una breve descripción del tipo de apoyo que se solicita. Si se trata de “acompañantes”, se indicará la duración de las estancias del acompañante. Atención: en dichos conceptos no se podrán incluir gastos imputables a otras ayudas o partidas presupuestarias.

Más información

Pago de las ayudas

Una vez presentada la solicitud por parte de la UBU ante SEPIE, y una vez analizada la solicitud de ayudas, las instituciones de Educación Superior recibirán una comunicación por parte del SEPIE con el resultado de cada una de las solicitudes que presenten en la que se indicará la subvención total del participante.

Las ayudas financieras otorgadas se incluirán en la resolución de la adjudicación final de fondos de la convocatoria 2022. El importe total adjudicado a cada institución de Educación Superior o coordinador de consorcio de movilidad se incluirá en una enmienda del convenio de subvención. Asimismo, la Universidad de Burgos proporcionará la prefinanciación del 100% de la ayuda al/a la participante en el plazo más breve posible desde la notificación de adjudicación por parte del SEPIE (preferentemente antes del comienzo del periodo de estudios).

Asimismo, las ayudas financieras de “Apoyo a la inclusión” concedidas finalmente al/la estudiante, se incluirán en una “enmienda” al convenio de subvención firmado entre el participante y la Universidad de Burgos.

Todos los participantes que soliciten “Apoyo a la inclusión” basado en costes reales deberán justificar los gastos reales con las correspondientes facturas por cada concepto que haya incurrido en el gasto. Todos los documentos justificativos de los gastos reales correspondientes al importe de la ayuda adicional recibida, deberá ser remitida por el participante al Servicio de Relaciones Internacionales de la UBU. En caso de acompañantes, se deberán aportar justificantes de viaje y estancia.

En caso de que el importe de la ayuda adicional basada en costes reales adjudicada al participante que no se justifique, deberá ser devuelto al SEPIE por la Universidad de Burgos y solicitándose al participante el reintegro de la ayuda adicional no justificada.

Enlaces de interés

https://www.ubu.es/sites/default/files/articles/files/convocatoria_y_anexos_6.pdf

Documentación a adjuntar

La solicitud se acompañará de:

  • certificado de tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad en grado igual o superior al 33 por 100, o su equivalente en el caso de estudiantes extranjeros, o certificación médica de padecer problemas físicos, mentales o de salud que hagan necesario el apoyo para el cual se solicita la ayuda adicional.
  • Presupuesto de gastos previstos, con facturas o estimaciones de los gastos de cada partida. Si ya se ha incurrido en ese gasto/s, se justificará en forma de factura, y en caso de que todavía no se haya incurrido en ese gasto/s, en otro caso, un presupuesto o previsión de gasto.
  • Documento donde se explique los aspectos que considere necesarios para motivar la solicitud de ayuda adicional, para cada concepto en su caso, u otras consideraciones que puedan aclarar la situación del participante. Se ruega que los documentos estén convenientemente denominados y ordenados conforme a la solicitud para facilitar su análisis.

El Servicio de Relaciones Internacionales de la Universidad de Burgos, una vez verificados los datos y documentación aportada por el participante, solicitará al SEPIE la financiación adicional de apoyo a la inclusión. El plazo de presentación de solicitudes al SEPIE, finalizará el 30 de junio de 2025 o cuando se agote el presupuesto reservado a estas ayudas, de producirse con anterioridad, circunstancia que se comunicará a todos los beneficiarios de la acción.

PLAZO:

Las solicitudes, según modelo del Anexo I, deberán presentarse en el Registro General de la Universidad de Burgos, Registros Auxiliares de los Centros, por Registros telemático en la Sede electrónica o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Se recomienda, presentar la solicitud con un mínimo de 8 semanas de antelación a la fecha de inicio de la movilidad. Y en todo caso, las movilidades de larga duración, deben presentarse con una antelación de 8 semanas a la finalización de su estancia y las movilidades de corta duración (movilidades de 1 ó 2 semanas), con una antelación de 2 semanas a la fecha de inicio de su movilidad. Se recomienda, igualmente, contactar con el Servicio de Relaciones Internacionales antes de presentar la solicitud.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes: Becas Erasmus+ Apoyo a la Inclusión Estudiantes Personal Docente y No Docente

La Universidad de Burgos, junto al Vicerrectorado de Internacionalización, Movilidad y Cooperación, ofrece un amplio programa de becas y ayudas destinado a la movilidad internacional de sus estudiantes para continuar con sus estudios o realizar las prácticas en distintos países de la Unión Europea.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Erasmus+ Apoyo a la Inclusión Estudiantes Personal Docente y No Docente" es: desde 19/06/2024 hasta 30/05/2025.

La Beca "Becas Erasmus+ Apoyo a la Inclusión Estudiantes Personal Docente y No Docente" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

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La Beca "Becas Erasmus+ Apoyo a la Inclusión Estudiantes Personal Docente y No Docente" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de colaboración
  • Becas de cooperación
  • Becas de estancias
  • Becas de excelencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas NEAE
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para artistas
  • Becas para asistir a congresos
  • Becas para causas sobrevenidas
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para fotógrafos
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para proyectos
  • Becas para refugiados
  • Becas para sénior
  • Becas para trabajadores
  • Becas para víctimas de violencia de género
  • Becas sociales
  • Becas STEM
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes