Becas ayudas para la defensa de Tesis Doctorales
INSCRIPCIONES
Becas ayudas para la defensa de Tesis Doctorales: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Burgos, a través del Vicerrectorado de Investigación, Transferencia e Innovación, dentro del Programa Propio de Investigación convoca las Becas ayudas para la defensa de Tesis Doctorales.
Estas becas ayudas tienen como objetivo mejorar la calidad de las tesis doctorales desarrolladas y defendidas en la Universidad de Burgos. Las Becas ayudas para la defensa de Tesis Doctorales quieren mejorar su proyección e incrementar su producción científica, a través de unas ayudas económicas que contribuyen en los gastos originados por el desarrollo de las tesis.
La cuantía económica que se asignará a cada Tésis Doctoral se establecerá con unos máximos en función del tipo de doctorado, siendo la cuantía máxima para la mención de Doctor Internacional de 500 €, y la máxima para el resto de Doctorandos de 400 €.
Pueden solicitar las Becas ayudas para la defensa de Tesis Doctorales, aquellos estudiantes de la Universidad de Burgos que defiendan su tesis doctoral durante el año 2024.
Nosotros te ofrecemos toda la información sobre las becas de la Universidad de Burgos. Si estás interesado en recibir una de las Becas ayudas para la defensa de Tesis Doctorales convocada por la Universidad de Burgos, aquí te ofrecemos toda la información que necesitas para solicitarlas.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Los doctorandos que defiendan la tesis doctoral en la Universidad de Burgos a lo largo del año 2024.
Dotación
La Dotación económica asignada por cada Tesis Doctoral leída en el periodo anteriormente citado y en función de las disponibilidades presupuestarias será propuesto por la Comisión de Investigación en función de la denominación del Doctorado. Como cantidades máximas se establecen las siguientes:
- Doctorado con mención “Doctor Internacional” 500€.
- Resto de Doctorados 400€.
- Estas ayudas están sujetas al IRPF en los casos en los que así lo determina la ley.
Presentación
- Las solicitudes en el formato disponible (Documento 1), deberán presentarse una vez se tenga confirmación de la fecha de lectura, a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Burgos, en el apartado de “Catálogo del Servicio”Registro electrónico de documentación General:(https://sede.ubu.es/ov/tramitar?processdef=REGSED&auth_level=1¶m1=REGSED). Para su presentación se debe disponer de certificado digital.
- Excepcionalmente, solo cuando no sea posible presentar la solicitud de forma telemática a través de la sede electrónica de la Universidad de Burgos, se podrán presentar las solicitudes, en el modelo normalizado que se adjunta en la convocatoria, en el Registro General de la Universidad (C/ Juan de Austria 1 09001 Burgos), Registros Auxiliares de la Universidad de Burgos o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Gestión de la Investigación.
- El plazo de presentación será desde el día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOCYL hasta el día 30 de noviembre de 2024 inclusive. Las tesis cuya defensa vaya a tener lugar durante el mes de diciembre deberán presentar la solicitud en plazo, aunque no tengan la confirmación de la lectura.
- Esta convocatoria podría cerrarse antes de la fecha anunciada si se agotara el presupuesto disponible.
Más información
Objetivo
El objeto de esta convocatoria pretende mejorar la calidad de las tesis doctorales desarrolladas y defendidas en la Universidad de Burgos, mejorando su proyección e incrementando su producción científica de calidad contribuyendo a sufragar los gastos que se originen por el desarrollo de las mismas.
Tramitación y adjudicación de las ayudas
- El órgano instructor será el Servicio de Gestión de la Investigación, que será el encargado de la tramitación y gestión de las solicitudes. Se podrá requerir a los solicitantes cuantos datos y acreditaciones juzgue necesarias para la valoración de las propuestas.
- La Comisión de Investigación se reunirá para valorar las solicitudes de las tesis defendidas anteriores a la fecha de celebración de la Comisión y emitirá un informe que elevará al órgano instructor que, con el límite del crédito disponible establecido en la convocatoria, realizará la propuesta de adjudicación de las ayudas.
- La concesión de estas ayudas está condicionada a que el alumno haya realizado y abonado la matrícula de doctorado y demás tasas y servicios universitarios en la Universidad de Burgos.
- La aceptación de la presente ayuda supone el compromiso de la publicación en abierto de los resultados de investigación en el Repositorio Institucional de la Universidad (RIUBU), en los términos establecidos al respecto en el art.37 de la Ley 14/2011 de la Ciencia, La Tecnología y la Innovación, modificada por la Ley 17/2022. Para facilitar este cumplimiento, el investigador deberá remitir al correo bubrep@ubu.es la versión previa a la publicación -versión revisada por pares-.
- En la valoración de las solicitudes se considerarán otros fondos disponibles para llevar a cabo las actividades,relacionados con aspectos relativos a las retribuciones complementarias reguladas en el «Reglamento Regulador de Contratos para la Realización de Trabajos de Carácter Científico, Técnico o Artístico» de la Universidad de Burgos.
- Se faculta a la Comisión de Investigación para interpretar las circunstancias que concurran en las solicitudes y que no estén explícitamente contempladas en estas bases. Así mismo dicha Comisión estudiará situaciones excepcionales siempre que haya disponibilidad presupuestaria.
- La resolución corresponderá al Vicerrector de Investigación, Transferencia e Innovación de la Universidad de Burgos,de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución Rectoral de 27 de enero de 2021 por la que se delegan determinadas competencias del Rector de la Universidad en el Vicerrector de Investigación, Transferencia e Innovación (BOCyL de 29 de enero de 2021) y será comunicada a los interesados por correo electrónico. Se denegarán las solicitudes una vez agotado el crédito destinado a esta convocatoria.
- El plazo máximo para resolver la convocatoria y publicar la resolución será de seis meses a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que haya sido publicada la resolución se podrán entender desestimadas las solicitudes.
- En caso de renuncia a la ayuda concedida, el interesado lo comunicará al Servicio de Gestión de la Investigación, en el plazo de 10 días desde su conocimiento (la comunicación puede realizarse por correo electrónico).
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la fecha de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Burgos que por turno corresponda, sin perjuicio del recurso potestativo de reposición que podrá interponerse ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes.
Enlaces de interés
https://www.ubu.es/sites/default/files/articles/files/tesis_2.pdf