Becas Ayudas Transporte Universitario - UMH
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Becas Ayudas Transporte Universitario - UMH: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Ayudas Transporte Universitario - UMH son convocadas por esta universidad con la intención de sufragar de manera parcial los gastos de transporte de los estudiantes que cursan sus estudios de Grado y que se encuentren en una situación de necesidad económica.
Para determinar la cuantía económica que recibirá cada uno de los alumnos beneficiarios de las Becas de Ayudas al Transporte Universitario - Universidad Miguel Hernández, se tendrán en cuenta la distancia existente entre el lugar de residencia del alumno así como la renta per cápita.
Por otro lado, las personas que sean beneficiarias de las Becas Ayudas Transporte Universitario - UMH, deberán cumplir con una serie de requisitos entre las que se encuentran estar matriculado en alguna titulación de Grado de esta universidad y haber superado al menos 30 créditos en el último curso académico realizado, entre otros.
La Universidad Miguel Hernández de Elche es una universidad pública de carácter joven y dinámico que en cada curso académico pone en marcha numerosas becas y ayudas orientadas a facilitar a sus alumnos la consecución de un determinado nivel de estudios.
Ejemplo de ello son las Becas Ayudas Transporte Universitario - UMH, que pretenden ayudar a aquellos estudiantes que vivan lejos del centro universitario y que no dispongan de los medios económicos necesarios para sufragar este gasto de desplazamiento.
Si deseas conocer todos los detalles de las Becas Ayudas Transporte Universitario - UMH, puedes consultarlos en esta web.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos de las personas beneficiarias de las Becas Ayudas Transporte Universitario - UMH y forma de acreditarlos:
Para optar a estas ayudas, la persona solicitante deberá reunir los siguientes requisitos:
- Podrá optar a las ayudas al transporte universitario el estudiantado con residencia temporal o permanente en España a 31 de diciembre de 2023, que se encuentre matriculado en la UMH durante el curso 2024/2025 en los estudios oficiales presenciales conducentes a la obtención de un título de grado, que se encuentre en una situación de necesidad económica y que no tengan becas o ayudas destinadas a gastos para transporte universitario o residencia otorgadas por otras entidades públicas o privadas.
- Estar matriculado de un mínimo de 60 créditos en el curso académico 2024/2025 en alguna titulación oficial de grado de la UMH. Este mínimo no será exigible para el estudiantado de último curso, siempre y cuando esté matriculado de todos los créditos necesarios para finalizar lo establecido en el plan de estudios de la titulación.
- En el caso del estudiantado de titulaciones de doble grado, deberá estar matriculado de la totalidad de créditos por curso establecido en el plan de estudios.
- Seguir matriculada durante todo el curso académico para el que se concede la ayuda.
- Haber superado un mínimo de 30 créditos en el último curso académico realizado.
- Presentarse a evaluación de al menos al 50 % de las asignaturas matriculadas en el curso en el que se convoca la ayuda.
- No haber obtenido becas o ayudas destinadas a gastos para transporte universitario o residencia otorgadas por otras entidades públicas o privadas.
- No podrá ser beneficiario el estudiantado de programas de intercambio provenientes de otras universidades.
- El incumplimiento de estas obligaciones podrá ser causa de revocación de la ayuda y de la no concesión de la misma en próximas convocatorias.
En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
Dotación
La cuantía total destinada al programa de Becas Ayudas Transporte Universitario - UMH es de 50.000 €.
Las ayudas se otorgarán hasta el agotamiento del crédito presupuestario.
La cuantía individual de la ayuda se ordena conforme a los siguientes tramos de distancia entre el domicilio de la unidad familiar y el centro donde se cursan los estudios de grado:
- INTERVALO DE KILÓMETROS - IMPORTE DE LA AYUDA:
- Entre 5 y 20 100 €.
- Entre 20 y 40 200 €.
- A partir de 40 300 €.
Presentación
De acuerdo con el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes para las Becas Ayudas Transporte Universitario - UMH se deberán presentar junto al resto de documentación requerida e irán dirigidas al Servicio de Gestión de Estudios.
La persona solicitante debe presentar su solicitud a través del registro electrónico de la Sede Electrónica de la UMH, haciendo uso de su certificado electrónico o de su cuenta de usuario UMH. Para ello debe acceder al trámite “Becas, ayudas de estudio-Propias”, que se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://sede.umh.es/procedimientos/becas-ayudas-deestudio-propias/.
En el caso de que no disponga de certificado digital, podrá obtenerlo en las oficinas de asistencia en materia de registro de la UMH.
Más información
Objeto y finalidad de las ayudas
El objeto de esta convocatoria es sufragar parcialmente los gastos de transporte que el estudiantado de la UMH, matriculado en los estudios de grado en el curso 2024/2025, necesite afrontar por razón de sus estudios, ofreciendo una ayuda a las personas beneficiarias en la forma y requisitos que se establezcan en la presente convocatoria.
Exclusiones e incompatibilidades
Esta beca es incompatible con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso concedido por otras administraciones públicas o entidades públicas o privadas nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, destinado a la misma finalidad.
Las personas beneficiarias que obtengan una nueva subvención para la misma actividad y opten por la misma deberán renunciar a la otorgada de conformidad con estas bases debiendo comunicarlo a la Universidad Miguel Hernández de Elche. En caso de haber percibido algún pago en el marco de esta convocatoria deberá proceder al reintegro del mismo.
Criterios de valoración
La baremación de las solicitudes presentadas se hará en función de la renta familiar disponible per cápita.
La presentación de la solicitud de la participación en la convocatoria implicará la autorización a la Universidad Miguel Hernández de Elche para obtener los datos necesarios para determinar la renta a efectos de beca a través de las correspondientes administraciones tributarias.
El cálculo de la renta se realizará según el procedimiento determinado en el artículo 16 de la Resolución de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2024/2025, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.
Se aplicarán las deducciones recogidas en el artículo 18 de la citada resolución siempre que se acrediten documentalmente las situaciones que dan derecho a ellas.
La concesión de la ayuda se adjudicará por orden según los criterios de concesión de la misma hasta completar el total de la dotación asignada.
La cuantía a percibir dependerá de la distancia indicada en la tabla del punto 4 de estas bases. Esta distancia, que calculará el Servicio de Gestión de Estudios, es la resultante entre el campus en el que se imparte el grado que está cursando la persona que solicita la ayuda y el domicilio familiar aportado en la información de matrícula de la misma (tomando siempre como referencia el km 0 de las poblaciones).
En caso de que la renta familiar haya sufrido una disminución drástica como consecuencia de una situación sobrevenida, la persona solicitante deberá justificarlo documentalmente.
La comisión de valoración podrá además estimar la concesión del programa para estudiantes víctimas de violencia de género o de terrorismo y en situaciones de riesgo de exclusión social, acreditada mediante resolución del organismo oficial competente que declare que la persona solicitante se encuentra en esa situación.
Pago de las ayudas
El abono de las ayudas se realizará mediante transferencia bancaria en un único pago tras la publicación de la resolución de concesión de las mismas.
El abono de la ayuda se realizará en un plazo máximo de tres meses desde su otorgamiento. Ello sin perjuicio de que, por razones justificadas, se puedan alterar los plazos de abono.
La Universidad Miguel Hernández abonará la cantidad que corresponda en cada caso a los beneficiarios, en la cuenta bancaria que hayan facilitado, siempre que acredite ser la persona titular o cotitular de la cuenta. Previo al pago deberá constar en el expediente certificado emitido por el órgano encargado del seguimiento de cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 88 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y del artículo 34 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Justificación de la ayuda concedida y obligaciones de las personas beneficiarias
La justificación del cumplimiento de la finalidad y aplicación de fondos, se realizará, en su caso, de conformidad con la normativa aplicable.
Son obligaciones de las personas beneficiarias las contempladas en el artículo 14 de Ley 38/2003, General de Subvenciones:
- a. Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión.
- b. Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad de la subvención.
- c. Someterse a las actuaciones de comprobación, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
- d. Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
- e. Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- f. Disponer de la documentación contable legalmente exigida, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
- g. Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
- h. Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, según corresponda.
- i. Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los términos establecidos en estas bases reguladoras.
Enlaces de interés
https://boumh.umh.es/files/2025/02/RR_00468_2025.pdf
Documentación a adjuntar
- a. Impreso de solicitud: Se realizará a través de la Sede Electrónica, catálogo de procedimientos y servicios, apartado Gestión de Estudios, accediendo al trámite Becas, ayudas de estudio-Propias, que se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://sede.umh.es/procedimientos/becas-ayudas-deestudio-propias/. El impreso deberá ir firmado por la persona solicitante y por el resto de miembros de la unidad familiar.
- b. Copia de los DNI/NIE de todos los miembros computables de la unidad familiar.
- c. Certificado histórico de empadronamiento, salvo para el estudiantado que haya solicitado la beca de carácter general para el curso académico 2024/2025, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios, convocada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
- d. En el caso de estudiantes con rentas obtenidas en el extranjero, la documentación que acredite los ingresos deberá presentarse debidamente traducida.