Becas de formación en la ludoteca de la US
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Becas de formación en la ludoteca de la US: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Sevilla (US) cuenta con un programa propio de becas y ayudas entre las que encuentran las becas de formación prácticas. Con esta modalidad de becas, la Universidad de Sevilla quiere fomentar la participación de los estudiantes en las distintas actividades que ofrecen los Servicios Universitarios.
En esta ocasión, la universidad convoca las Becas de formación en la ludoteca de la US, para que los estudiantes puedan realizar las prácticas en la ludoteca siguiendo un Plan de formación que puede consultar en la convocatoria. Las prácticas se realizarán en un periodo determinado con una dedicación de 25 horas a la semana.
Podrán solicitar las Becas de formación en la ludoteca de la US, todos los alumnos matriculados en alguna titulación para la obtención del Grado o Máster. Se valorará con preferencia la formación y prácticas con niños y niñas en el sector de la educación y el dominio de la lengua inglesa ya que la ludoteca es bilingüe.
En esta web encontrarás todas las becas y ayudas que ofrece la Universidad de Sevilla (US). Te contamos todo lo que debes saber sobre las Becas de formación en la ludoteca de la US, plazos, requisitos, lugar de presentación de solicitudes y más.
Datos básicos
- Nº de becas
- 1
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
- La formación del beneficiario se desarrollará mediante la participación en todas las actividades de la Ludoteca de la Universidad de Sevilla, que le sean propuestas desde la Dirección del Centro, previa coordinación y autorización del Vicerrectorado de Servicios Sociales, Campus Saludable, Igualdad y Cooperación.
- El beneficiario de la beca de formación deberá realizar las actividades de formación desde su incorporación, en el mes de octubre de 2024, hasta el 31 de diciembre de 2024, durante 25 horas semanales.
- Si existiese crédito presupuestario suficiente en el ejercicio 2025, esta beca se prorrogará automáticamente hasta el 31 de julio de 2025. Si el crédito presupuestario en el ejercicio 2025 no fuese suficiente para prorrogar la beca hasta dicha fecha, ésta se prorrogará hasta la fecha que permita el crédito disponible.
- El contenido de la formación de esta beca se concreta en el Plan de formación que se acompaña como Anexo a esta convocatoria.
- No podrán disfrutar de esta beca aquellos estudiantes que con anterioridad hayan disfrutado de otra beca de formación en la Universidad de Sevilla por la totalidad del periodo establecido en la correspondiente convocatoria, siempre y cuando dicho periodo haya alcanzado de forma continua o discontinua una duración total de 12 meses.
- Aquellos estudiantes que no hayan disfrutado de la totalidad del periodo establecido en otra convocatoria de becas de formación podrán ser beneficiarios de la beca prevista en esta convocatoria por el periodo que reste hasta completar un total de 12 meses, contabilizándose en este cómputo el periodo de formación realizado en la beca o ayuda de formación disfrutada anteriormente, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de becas de formación mediante la colaboración en Servicios de la Universidad de Sevilla (Acuerdo 8.5/C.G. 20-12-12).
Destinatarios
- Las Becas de formación en la ludoteca de la US están destinadas a estudiantes matriculados en el curso 2023-2024 en una titulación oficial conducente a la obtención de un título de grado o máster universitario impartido en centros propios de la Universidad de Sevilla. Estos estudiantes deberán estar matriculados de, al menos, 12 créditos o los créditos que le resten para finalizar sus estudios.
- El beneficiario de esta beca tendrá la obligación de matricularse en el curso 2024-2025 de, al menos, 3 créditos en una titulación oficial conducente a la obtención de un título de grado o máster universitario impartido en centros propios de la Universidad de Sevilla. En caso de no matricularse en el curso 2024-2025 se le revocará la beca.
- El beneficiario de esta beca deberá tener superado hasta el curso 2022-2023, inclusive, al menos, el 50% de los créditos necesarios para obtener un título oficial de grado en la Universidad de Sevilla. En el caso de los estudiantes matriculados en un máster universitario, se considerará la titulación que les da acceso al máster para el cumplimiento de este requisito.
Dotación
La cuantía de las Becas de formación en la ludoteca de la US ofrecerán una dotación de 450 euros mensuales.
Presentación
El estudiante, para participar en las Becas de formación en la ludoteca de la US, deberá seguir los siguientes pasos:
- 1º. Cumplimentar el impreso de esta convocatoria que estará disponible en el Portal de la Universidad de Sevilla, en el Apartado: Estudiar / Becas y Ayudas / Becas y Ayudas de Formación / Propias / Beca de formación en la Ludoteca de la Universidad de Sevilla: https://www.us.es/estudiar/becas-ayudas/becas-y-ayudas-de-formacion/propias. Las solicitudes, debidamente cumplimentadas y acompañadas de la documentación requerida, se deberán presentar de forma telemática (requiere certificado digital de la FNMT), según se establece en el Reglamento sobre administración electrónica de la Universidad de Sevilla. La presentación telemática de la solicitud se realizará a través del Registro General Electrónico del AGE (https://reg.redsara.es), a la que se adjuntará, en formato pdf, la documentación correspondiente, indicando como destinatario en la solicitud “Universidad de Sevilla”. Excepcionalmente, aquellos estudiantes que no reúnan las condiciones para solicitar el certificado digital de la FNMT, podrán presentar su solicitud de forma presencial a través de la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Universidad de Sevilla, sitas en C/San Fernando, 4 (Rectorado) o en Paseo de las Delicias, s/n (Pabellón de Brasil). Para ello deberá pedir cita previa en el siguiente enlace: https://institucional.us.es/cprevias/index.php (Una vez acceda a este enlace, deberá seleccionar “Registro General” y a continuación elegir cualquiera de las dos Oficinas de Registro) o bien podrán presentar la solicitud en cualquiera de las formas presenciales establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- 2º. Cumplimentar y aceptar/validar el formulario online que estará disponible en la página web www.santanderopenacademy.com o directamente en el vínculo: https://app.santanderopenacademy.com/program/becas-formacion-ludoteca-universidad-de-sevillacurso-2024-25 En el formulario debe rellenar obligatoriamente el campo de su correo electrónico como estudiante de la Universidad de Sevilla cuyo dominio es @alum.us.es. Así mismo, el estudiante indicará el “número de registro” que figura en el “Recibo de Presentación en Oficina de Registro”, correspondiente a la presentación de su solicitud en la Universidad de Sevilla. También, indicará la “fecha” de presentación de su solicitud en la Universidad de Sevilla, que figura en el “Recibo de Presentación en Oficina de Registro”. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual). Cumplimentar solo el formulario en la plataforma del Grupo Santander no implica haber presentado la solicitud de Beca de esta Convocatoria.
Más información
Contenido del plan de formación
El contenido de la formación de esta beca se concreta en el Plan de formación: https://www.us.es/sites/default/files/becas-y-ayudas/becas-formacion/becas-formacion-ludoteca/PF%20Ludoteca%202024-2025_030624.pdf
Evaluación
Se procederá a examinar la documentación presentada por los candidatos, valorando los méritos acreditados, especialmente las actividades desarrolladas en relación con el objeto de la beca solicitada.
Se valorará preferentemente, formación y prácticas con niños y niñas en el sector de la educación y el dominio de la lengua inglesa dado que la Ludoteca es bilingüe. A su vez se tendrá en cuenta el conocimiento de los candidatos sobre los programas que se gestionan desde el SACU y la Programación del Taller Lúdico Educativo presentado por el solicitante.
Baremo:
Para la Resolución de esta convocatoria, se tendrá en cuenta el expediente académico del solicitante, los cursos realizados por éste en relación con el objeto de la beca y la entrevista personal realizada.
Los candidatos se ordenarán de mayor a menor puntuación, de acuerdo con el siguiente baremo:
- a. Se asignarán hasta 3 puntos por la nota media del expediente académico del candidato, obtenida hasta el curso 2022-2023 o último curso universitario realizado con anterioridad, en la titulación en la que se encuentre matriculado en el curso 2023-2024, de acuerdo con la siguiente escala:
- Nota media entre 5,00 y 5,49: 0,25 puntos.
- Nota media entre 5,50 y 5,99: 0,50 puntos.
- Nota media entre 6,00 y 6,49: 0,75 puntos.
- Nota media entre 6,50 y 6,99: 1,00 punto.
- Nota media entre 7,00 y 7,49: 1,25 puntos.
- Nota media entre 7,50 y 7,99: 1,50 puntos.
- Nota media entre 8,00 y 8,49: 2,00 puntos.
- Nota media entre 8,50 y 8,99: 2,50 puntos.
- Nota media igual o superior a 9,00: 3,00 puntos.
- A los estudiantes matriculados por primera vez en 1º curso en un Máster Universitario se les asignará la nota media obtenida en la titulación que le da acceso al mismo.
- b. Se asignarán hasta 3 puntos por el porcentaje de créditos superados en la titulación en la que se encuentre matriculado en el curso 2023-2024 (sólo se tendrán en cuenta los créditos superados hasta el curso 2022-2023 o último curso universitario realizado con anterioridad), de acuerdo con la siguiente escala:
- % créditos superados y puntuación:
- 50,00% a 54,99%: 1,00 punto.
- 55,00% a 59,99%: 1,25 puntos.
- 60,00% a 64,99%: 1,50 puntos.
- 65,00% a 69,99%: 1,75 puntos.
- 70,00% a 74,99%: 2,00 puntos.
- 75,00% a 79,99%: 2,25 puntos.
- 80,00% a 84,99%: 2,50 puntos.
- 85,00% a 89,99%: 2,75 puntos.
- Desde 90%, inclusive: 3,00 puntos.
- A los estudiantes matriculados en Másteres Universitarios se les asignarán 3,00 puntos en este apartado.
- c. Cursos y actividades realizados relacionados con el objeto de la beca: Se sumarán las horas lectivas de todos los cursos realizados por los candidatos relacionados con el objeto de la beca, asignándose hasta 2 puntos en función del total de horas, de acuerdo con la siguiente escala:
- Hasta 20 horas lectivas de cursos realizados : 0,50 puntos.
- Hasta 30 horas lectivas de cursos realizados : 0,75 puntos.
- Hasta 40 horas lectivas de cursos realizados: 1,00 punto.
- Hasta 50 horas lectivas de cursos realizados : 1,25 puntos.
- Hasta 60 horas lectivas de cursos realizados : 1,50 puntos.
- Hasta 70 horas lectivas de cursos realizados : 1,75 puntos.
- + de 70 horas lectivas de cursos realizados : 2,00 puntos.
- Las horas lectivas de los cursos organizados por Organismos Públicos podrán multiplicarse por un factor de ponderación del 1,25.
- d. Entrevista personal: Se asignarán hasta 2 puntos por la entrevista personal realizada.
Estudiadas todas las solicitudes, se seleccionará para una entrevista a los candidatos que presenten suficientes méritos.
Una vez baremada la solicitud, según los apartados a, b y c del artículo 14, se seleccionará para una entrevista a los 20 candidatos que tengan mayor puntuación, según el referido baremo.
En caso de existir igualdad de puntos entre los candidatos, se tendrá en cuenta por este ordenen la selección para las entrevistas:
- la mayor puntuación obtenida en el apartado c) del art. 14.
- la mayor puntuación obtenida en el apartado b) del art. 14.
- la mayor puntuación obtenida en el apartado a) del art. 14.
Una vez baremadas las solicitudes según se establece en los artículos anteriores y en el caso de igualdad de méritos de los candidatos, una vez realizadas las entrevistas, se tendrán en cuenta por este orden:
- a. la no superación de los umbrales de renta establecidos en el art. 19.3 de la Resolución de 15 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general del Ministerio de Educación y Formación Profesional, para el curso académico 2023-2024, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios (BOE nº 65 de 17 de marzo de 2023).
- b. la menor renta per cápita de la unidad familiar del solicitante.
- c. el cumplimiento de los requisitos patrimoniales establecidos en el art. 20 de la Resolución de 15 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general del Ministerio de Educación y Formación Profesional, para el curso académico 2023-2024, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios (BOE nº 65 de 17 de marzo de 2023).
- d. tener superado el mayor porcentaje de créditos necesarios para su titulación hasta el curso 2022- 2023, inclusive.
- e. la nota media del expediente académico.
Plan de formación
Las actividades que desarrolle el beneficiario de esta beca quedarán reflejadas en el correspondiente Plan de Formación que figura como Anexo de esta convocatoria.
Trimestralmente, el beneficiario de esta beca elaborará una Memoria con las actividades que está desarrollando, que presentará a la persona que la Vicerrectora de Servicios Sociales, Campus Saludable, Igualdad y Cooperación haya encargado por delegación y posterior remisión al tutor responsable para la emisión del correspondiente informe. Elaborado el informe, el tutor lo remitirá a la persona delegada por la Vicerrectora en estas tareas, para su remisión al Vicerrectorado de Servicios Sociales, Campus Saludable, Igualdad y Cooperación. La última memoria irá acompañada de una encuesta de satisfacción general, que el becario deberá entregar. En caso de una evaluación negativa, podrá proponerse a la Comisión General de Becas y Ayudas al Estudio de la Universidad de Sevilla la revocación de la beca de formación.
El tutor tendrá que elaborar un informe final de las actividades desarrolladas en el periodo deformación, que deberá ser remitido al Vicerrectorado de Servicios Sociales, Campus Saludable, Igualdad y Cooperación, a través de la persona delegada. Una copia del informe se remitirá a la Comisión General de Becas y Ayudas al Estudio de la Universidad de Sevilla para su conocimiento.
El beneficiario de esta beca estará incluido en el Régimen General de la Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre (BOE nº 259 de 27 de octubre), por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.
Incompatibilidad
Documentación a adjuntar
- Currículum con la formación documentada por el solicitante en el sector de la educación, especificando: tipo de formación,duración, entidad y objeto de la misma. Se presentará en un fichero informático en formato PDF. No será válida su presentación en papel.
- Elaboración de la Programación de un Taller lúdico educativo, para alumnos con edad comprendida entre los 6 y los 11 años aproximadamente. Su finalidad será planificar los procesos de enseñanza y aprendizaje que a través del ocio el solicitante realizaría durante un periodo de tiempo concretado en un mes de duración. Ha de recoger: los objetivos didácticos, los contenidos de aprendizaje, el diseño y secuencia de actividades, los criterios metodológicos de selección de materiales y recursos didácticos y los indicadores e instrumentos para la evaluación. Esta Programación deberá presentarse en un fichero informático en formato PDF y contendrá 5 páginas como máximo. No será válida su presentación en papel.
- Copia de los certificados de los cursos realizados relacionados con el objeto de esta beca en un fichero informático en formato PDF. No será válida su presentación en papel. No se valorarán aquellos cursos en los que no se indique el número de horas lectivas realizadas. Aquellos solicitantes que no los aporten, pese a serle requeridos, no serán desistidos de su petición.
- Certificación académica personal de la titulación que da acceso al Máster Universitario, si ésta ha sido cursada en una Universidad distinta a la Universidad de Sevilla, en la que se indicará la nota media del expediente académico. En el caso de que la titulación haya sido realizada en una Universidad extranjera, además de la nota media del expediente académico deberán constar los criterios para su cálculo.
- Cualquier otro documento que el solicitante estime conveniente para avalar su solicitud.
- El solicitante, a requerimiento de la Comisión, deberá aportar la documentación acreditativa de los datos declarados.
Los solicitantes deberán cumplimentar obligatoriamente, en la solicitud de esta beca,los siguientes extremos:
- Domicilio a efectos de notificación.
- Dirección de correo electrónico.
- Firma de la solicitud.
Aportación de documentación y subsanación de la solicitud.-
Se publicará una Resolución conteniendo una relación de los solicitantes que deban aportar la documentación relacionada en el art.9 o cumplimentar los apartados obligatorios de la solicitud relacionados en el art. 10 de esta convocatoria en el tablón electrónico oficial de la universidad de sevilla: https://www.us.es/tablon-virtual y en el Portal de la Universidad de Sevilla, en el Apartado: Estudiar / Becas y Ayudas / Becas y Ayudas de Formación / Propias / Beca de formación en la Ludoteca de la Universidad de Sevilla.(https://www.us.es/estudiar/becas-ayudas/becas-y-ayudas-de-formacion/propias)
La publicación de esta Resolución surtirá los efectos de notificación individual a los interesados.
Los solicitantes dispondrán de un plazo de 5 días hábiles para aportar la documentación que se establecen en el art. 9 de esta convocatoria o para cumplimentar los apartados obligatorios de la solicitud relacionados en el art. 10 de esta convocatoria.
Los solicitantes que no presenten la documentación establecida en el art. 9 de la convocatoria, a excepción de la referida en el apartado c) del citado artículo, o que no cumplimenten los apartados establecidos como obligatorios de la solicitud en el art. 10 en los plazos fijados en la Resolución que se establece en esta base, se les considerará desistidos de su petición, notificándose en la Resolución definitiva de la convocatoria.