Ayuntamiento de Gijón

Becas Formación Programa Contigo Ayto. Gijón

Becas de formación prácticaBecas para desempleadosNo universitariosUniversitarios

INSCRIPCIONES

01/01/202431/12/2024
Abierta

Becas Formación Programa Contigo Ayto. Gijón: solicitud y plazos

Descripción

El Ayuntamiento de Gijón es el organismo público municipal que lleva a cabo la convocatoria de las Becas Formación Programa Contigo Ayto. Gijón, destinadas a ofrecer una formación teórica y práctica a aquellas personas que cuentan con residencia en este municipio y que se encuentran en situación de desempleo, con la finalidad de dotarles de las herramientas y conocimientos necesarios que les faciliten su incorporación al mundo laboral.

Para ello, mediante las Becas Formación Programa Contigo Ayto. Gijón, se ofrecerá una dotación económica a aquellos alumnos que finalicen con éxito las acciones formativas realizadas. Dicha cantidad económica será variable en función del número de horas de la formación.

El Ayuntamiento de Gijón es una institución pública, plenamente consciente de algunas de las dificultades a las que tienen que hacer frente alguno de sus vecinos, con respecto al proceso de búsqueda de empleo. Esta circunstancia es debida, en muchas ocasiones, a la falta de formación específica, o por motivos familiares o sociales.

Es por ello, que con la idea de mitigar las dificultades para acceder a una adecuada formación, este organismo proyecta la convocatoria de las Becas Formación Programa Contigo Ayto. Gijón.

Para conocer mas detalles y saber cómo debes solicitar una de las Becas Formación Programa Contigo Ayto. Gijón, te será de gran ayuda toda la información que te facilitamos a continuación sobre las mismas.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Grado
  • ESO
  • Bachillerato
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
Región de origen
  • Principado de Asturias
Provincia de origen
  • Asturias
Localidad
Gijón
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Podrán ser beneficiarios/as de estas becas las personas empadronadas en Gijón que participen en acciones formativas promovidas por el Plan Local de Formación que estén siendo ejecutadas por entidades formativas contratadas al efecto o ejecutadas a través de convenio nominativo, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:

  1. Estar en desempleo a fecha de solicitud de la beca.
  2. Cumplir con el requisito de asistencia con aprovechamiento.
  3. Participar en alguna acción formativa del Plan Local de Formación siempre que tenga una duración en carga horaria superior a 60 horas presenciales.

De acuerdo con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el Departamento de Formación de la Agencia Local de Empleo podrá recabar los datos de situación de desempleo y empadronamiento de la persona solicitante a través de sus redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, salvo oposición expresa y motivada de la misma.

De conformidad con lo previsto en el artículo 6.1 de la Ley 3/2018, de Protección de Datos, de 5 de diciembre de 2018, y del Reglamento General de Protección de Datos de la UE, el acceso a los datos por parte de las administraciones públicas podrá ser verificado, sin necesidad de solicitar consentimiento del interesado, y ello, a fin de poder verificar la exactitud de los datos personales manifestados por los ciudadanos que obren en poder de los órganos y organismos del Sector Público.

La base jurídica legitimadora principal del tratamiento de datos personales por parte de la Agencia Local de Empleo del Ayuntamiento de Gijón la constituye el cumplimiento de una misión en interés público o particularmente, el ejercicio de poderes públicos, en este caso, la tramitación de la solicitud de concesión de becas de ayuda presentadas por las personas interesadas que participan en las acciones formativas objeto de beca.

Dotación

  • La cuantía de la beca de asistencia con aprovechamiento se establece en función del tope máximo de horas de duración del curso o itinerario formativo, siempre que el/la participante hubiese asistido al menos al 75% de las horas de duración del mismo. No se concederá beca cuando la formación tenga una duración igual o inferior a 60 horas o se imparta en cualquiera de las modalidades de formación a distancia o teleformación. Cuando la formación se desarrolle en modalidad híbrida, solo se tendrá derecho a beca en la fase presencial si esta supera las 60 horas.
  • El importe máximo será el resultado de multiplicar el número de horas de duración de la acción formativa o del itinerario formativo (con o sin prácticas) por un módulo económico de 1,50€. Cuando el/la solicitante acredite alguna de las siguientes circunstancias: ser víctima de violencia de género o de trata, o siendo menor de 26 años ser hijo/a de mujer víctima de violencia de género o de trata, o ser madre o padre con hijos/as menores de 6 años, la cuantía de la beca de asistencia será el resultado de multiplicar el número de horas de duración de la acción formativa o del itinerario formativo (con o sin prácticas) por un módulo económico de 3€.

Presentación

Las presentes bases, el modelo de solicitud y el fichero de acreedores pueden descargarse desde la web municipal y la sede electrónica del Ayuntamiento de Gijón respectivamente. También se pueden solicitar al tutor/a del proyecto en el centro formativo, y asimismo, se pueden pedir directamente al Departamento de Formación de la Agencia Local de Promoción Económica y de Empleo del Ayuntamiento de Gijón, enviando un correo electrónico a formacion.alpee@gijon.es.

La solicitud firmada junto con la documentación requerida y el fichero de acreedores "Modelo normalizado 09.01" (firmado y sellado por la entidad bancaria) debe dirigirse al Servicio de Orientación, Formación y Empleo de la Agencia Local de Promoción Económica y de Empleo, y puede presentarse de las siguientes formas:

  • a. Presencialmente: en el Registro General del Ayuntamiento de Gijón/Xixón, ubicado en el Edificio Administrativo "Antigua Pescadería Municipal" (C/ Cabrales, n.º 2) o en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía en diversos centros municipales. El horario de atención es de lunes a viernes, de 8:30 a 17:00 horas en todas las oficinas señaladas y los sábados de 9:00 a 13:00 horas en algunas de ellas.
  • b.  Electrónicamente: la persona interesada deberá acreditar su identidad mediante la tarjeta ciudadana o certificados electrónicos aceptados en la sede electrónica municipal, incluido el DNI electrónico. La presentación se puede realizar a través de la Oficina Virtual del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Gijón/Xixón (www.gijon.es/oficinavirtual) (www.gijon.es/registroelectronico). En este caso, deberá enviar el documento original del Fichero de acreedores "Modelo normalizado 09.01" en formato papel a la Tesorería General del Ayuntamiento de Gijón/Xixón, ya sea entregándolo en sus dependencias o en el Departamento de Formación de la Agencia Local de Promoción Económica y de Empleo ubicado en C/ Avelino González Mallada nº 27.

Más información

Finalidad y naturaleza de las becas

  • La finalidad de estas becas de asistencia con aprovechamiento consiste en facilitar la permanencia en el itinerario formativo de quienes se encuentran en situación de desempleo, mediante la concesión de una beca de ayuda que contribuya a cubrir las necesidades del alumnado que, debido a su situación de desempleo, situación personal y/o de responsabilidades familiares, tienen mayor dificultad para permanecer en dicho itinerario. Esto se realiza siempre que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases, minimizando los obstáculos que impiden a las personas participantes en los cursos del Plan Local de Formación finalizar con éxito la formación recibida y, por tanto, adquirir los conocimientos y compensar los gastos que conlleva su participación en esta formación.
  • Quedan excluidas aquellas acciones formativas no vinculadas al Plan Local de Formación y/o que pertenezcan a programas que cuenten con su propia convocatoria, así como aquellas que se desarrollen mediante una contratación laboral.

Incompatibilidades y límites a la percepción de ayudas

  • Ningún beneficiario/a podrá obtener becas de forma simultánea en el mismo período temporal por asistencia a cursos o itinerarios de formación para el empleo. Estas becas serán incompatibles con cualesquiera otras para la misma finalidad. En el caso de que ambos progenitores estén realizando cursos impulsados por el Plan Local de Formación en el mismo período temporal, la cuantía de la beca por hijos menores de 6 años se aplicará a un solo progenitor.
  • La cuantía total a percibir por becas por una misma persona que realice más de un curso de entre los ofertados desde el Plan Local de Formación con derecho a beca, en ningún caso podrá superar los 2.900,00€ por persona y ejercicio presupuestario.
  • La concesión de la beca estará sujeta a disponibilidad presupuestaria, de tal manera que el/la solicitante no tendrá derecho a beca si se da el caso de que el crédito presupuestario del presente programa de becas ha sido agotado.

Pago

  • La tramitación para el pago de la beca se efectuará generalmente una vez concluida la acción formativa, tras verificar el cumplimiento de los requisitos y una vez comprobado el porcentaje de asistencia con aprovechamiento. No obstante, en cursos que superen las 300 horas, se procurará realizar el pago de la beca en dos plazos. Las becas se abonarán por transferencia bancaria en el número de cuenta facilitada por el beneficiario/a, del cual deberá ser titular o cotitular.
  • Sobre todas las becas se practicará la retención del porcentaje mínimo aplicable (actualmente el 2%) en aplicación del artículo 86 del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por el Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.
Enlaces de interés

https://www.gijon.es/sites/default/files/2024-01/Becas%20de%20asitencia%20PLF%20Programa%20Contigo%202024-2025.pdf

Documentación a adjuntar

Quien desee solicitar la Beca de Asistencia deberá presentar la siguiente documentación:

  • Modelo de solicitud en el formulario oficial, debidamente cubierto y con la firma de la declaración responsable en la que manifiesta, bajo su responsabilidad, cumplir el requisito de no estar incurso/a en ninguna de las prohibiciones previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. Además, asume la obligación de comunicar a la Administración concedente cualquier cambio que afecte a esta declaración. También debe acreditar estos extremos en caso de requerimiento por el órgano concedente, que le impidan obtener subvención pública. Asimismo, debe estar al corriente de las obligaciones tributarias de la Seguridad Social y no ser deudor/a del Ayuntamiento de Gijón, ni ser perceptor/a de ninguna otra ayuda pública para la misma finalidad.
  • Fichero de acreedores "Modelo normalizado 09.01", firmado y sellado por la entidad bancaria y por la persona solicitante.
  • En caso de tener hijos/as menores de 6 años, copia del libro de familia.
  • En caso de ser víctima de violencia de género o de trata, o siendo menor de 26 años ser hijo/a de víctima, informe actualizado y emitido por el Centro Asesor de la Mujer para la acreditación de la situación.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

El Ayuntamiento de Gijón es el organismo público municipal que lleva a cabo la convocatoria de las Becas Formación Programa Contigo Ayto. Gijón, destinadas a ofrecer una formación teórica y práctica a aquellas personas que cuentan con residencia en este municipio y que se encuentran en situación de desempleo, con la finalidad de dotarles de las herramientas y conocimientos necesarios que les faciliten su incorporación al mundo laboral.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Formación Programa Contigo Ayto. Gijón" es: desde 01/01/2024 hasta 31/12/2024.

La Beca "Becas Formación Programa Contigo Ayto. Gijón" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Formación Programa Contigo Ayto. Gijón" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de estancias
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas NEAE
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para asistir a congresos
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para sénior
  • Becas para trabajadores
  • Becas sociales
  • Becas STEM
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes