Universidad Autónoma de Madrid (UAM)

Becas UAM Estudiantes Refugiados y o Solicitantes de Asilo

Becas de matrículaBecas para refugiadosUniversitarios

INSCRIPCIONES

28/06/202419/09/2024
Abierta

Becas UAM Estudiantes Refugiados y o Solicitantes de Asilo: solicitud y plazos

Descripción

La Universidad Autónoma de Madrid convoca las Becas UAM Estudiantes Refugiados y/o Solicitantes de Asilo, cuyo objetivo es apoyar a estudiantes en situación de refugio o solicitud de asilo matriculados en el curso académico 2024/2025.

Estas becas ofrecen ayuda integral que incluye exención de tasas y precios públicos de matrícula, así como apoyo económico mensual de hasta 1.000 euros para estudiantes con mínimo 60 créditos matriculados. Para aquellos con 30 créditos, se proporciona una ayuda parcial de hasta 400 euros mensuales. Además, se contempla un apoyo complementario para gastos específicos como fotocopias.

Las Becas UAM Estudiantes Refugiados y/o Solicitantes de Asilo están dirigidas a estudiantes extranjeros mayores de dieciocho años, inscritos en programas de Grado o Postgrado en la UAM para el próximo año académico. Los beneficiarios deben cumplir con los requisitos indicados.

La iniciativa subraya el compromiso de la UAM con la inclusión y la igualdad de oportunidades, valorando especialmente la situación socioeconómica y académica de cada solicitante.

La Comisión de Selección y Evaluación, compuesta por autoridades académicas y especialistas, evaluará cada candidatura, considerando el estatus de refugio, la situación económica, el expediente académico y la carta de motivación del solicitante.

Si deseas conocer toda la información sobre las Becas UAM Estudiantes Refugiados y/o Solicitantes de Asilo, puedes hacerlo aquí.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Grado
  • Postgrado-Especialidad
Nacionalidades
  • Cualquier nacionalidad

Requisitos

La presente Convocatoria de Becas UAM Estudiantes Refugiados y o Solicitantes de Asilo, resulta de aplicación a estudiantes extranjeros/-as mayores de dieciocho años matriculados/-as en la UAM en Grado o Postgrado en el curso 2024/2025, y que cumplan los siguientes requisitos en su totalidad:

  • a. Encontrarse en una de estas dos situaciones: (1) Poseer el estatuto de refugiado/-a en España, conforme a la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del Derecho de Asilo y de la Protección Subsidiaria; (2) ser solicitante de refugio en España en posesión de la tarjeta roja (vigente).
  • b. Estar matriculado/-a en estudios de Grado o Postgrado en la UAM o centros propios de la universidad en el curso 2024/2025. No se contemplan ayudas para estudiantes matriculados/-as en escuelas universitarias adscritas a la UAM.
  • c. No encontrarse en situación de endeudamiento con la Universidad.
  • d. No superar los umbrales máximos de renta familiar para la obtención de la beca de matrícula establecidos y calculados conforme a lo establecido en la normativa reguladora de las becas de carácter general para el curso académico 2024-2025, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios, aprobada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional. A efectos de la determinación de la renta se computará la información del ejercicio 2023. No obstante, cuando los ingresos de la unidad familiar hubieran sufrido una disminución por causas sobrevenidas, la Universidad podrá determinar la información de la renta necesaria respecto del ejercicio 2023, siempre y cuando quede debidamente justificada la situación económica del/la estudiante, a cuyos efectos la Comisión de Selección y Evaluación hará una valoración personalizada de los/-as posibles beneficiarios/-as.
  • e. Estas ayudas se podrán solicitar de manera consecutiva por un máximo de cuatro años para Estudios Oficiales de Grado y cinco para estudios de Doble Grado. En el caso de estudios de Máster, el período de continuidad será de hasta máximo dos años, y en el caso de Doctorado, de hasta máximo cuatro.

Dotación

Modalidades de las Becas UAM Estudiantes Refugiados y o Solicitantes de Asilo:

Las ayudas ofrecidas quedan enmarcadas en las siguientes modalidades. Puede elegir más de una opción:

  • Tasas y precios públicos de la matrícula completa o parcial del curso correspondiente en la UAM. Para solicitar esta ayuda es requisito imprescindible estar matriculado/-a en un mínimo de 60 créditos para matrícula completa y 30 créditos para parcial. No se cubrirán gastos de asignaturas suspendidas salvo casos excepcionales –y en una sola ocasión– que demuestren situaciones socioeconómica y emocionalmente adversas. Es importante señalar que la cuantía de la exención de tasas y precios públicos de matrícula se calculará una vez aplicados otros descuentos a los que el/la estudiante pueda tener derecho.
  • Tasas y precios públicos de la matrícula en lengua española del Servicio de Idiomas en la UAM. Sólo para estudiantes que no tengan un dominio del español y necesiten un apoyo extra.
  • Tasas de expedición de títulos obtenidos en la UAM. Si bien para la solicitud de expedición de tasas del título no es un requisito estar matriculado/-a, lo es cumplir con lo señalado en los apartados a) y b) del Artículo 3 y apartado 3 del Artículo 4 de la presente Convocatoria.
  • Ayudas económicas mensuales (elegir entre las tres opciones). Esta selección deberá hacerse de acuerdo al número de créditos matriculados y en coherencia a la situación socio-económica del/la estudiante que, posteriormente, será evaluada y confirmada con la documentación que se adjunte, por el Comité de Evaluación de la presente Convocatoria.
    • IMPORTANTE. En caso de marcar la opción “1. Ayuda completa”, no puede marcarse ninguna de las otras opciones.
    • Ayuda completa (hasta 1.000 euros mensuales). Con mínimo 60 créditos matriculados.
    • Ayuda parcial (hasta 400 euros). Con mínimo 30 créditos matriculados.
    • Ayuda complementaria para fotocopias (hasta un máximo 10 euros mensuales).
    • El presupuesto global destinado a estas ayudas es de 45.000 euros de la partida 08.70.00 422R 106 distribuido de la siguiente forma: 30.000 euros de los presupuestos de gastos del ejercicio 2024 y de 15.000 euros de los presupuestos de gastos del ejercicio 2025. De la misma partida, queda abierta una línea de ayudas dirigida a personas refugiadas para apoyos educativos y de integración en el ámbito universitario de hasta 10.000 euros.
    • En el caso de las ayudas económicas mensuales, las modalidades 1 y 2 serán variables y sólo se otorgarán de acuerdo a la valoración de la situación económica de cada estudiante y, en cualquier caso -como el resto de modalidades- se aplicarán durante el periodo académico (septiembre-junio).
    • Nota. La Oficina de Acción Solidaria y Cooperación de la Universidad Autónoma de Madrid informará a los/-as administradores de los Centros sobre los/-as estudiantes beneficiarios/-as en esta Convocatoria para hacer efectivo el pago de la matrícula y cualquier otra situación que se requiera.

Presentación

Las personas interesadas en las Becas UAM Estudiantes Refugiados y o Solicitantes de Asilo, deberán presentar su solicitud con toda la documentación en un sobre cerrado en el Registro General de la UAM o por cualquiera de los medios señalados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre. El sobre debe marcarse de la siguiente forma: “Oficina de Acción Solidaria y Cooperación UAM / Programa Refugio”.

El Registro General de la UAM se encuentra ubicado en el Edificio de Rectorado del Campus de Cantoblanco, planta baja. Horario de atención al público: Lunes a viernes de 9 a 14 horas.El plazo de presentación de las solicitudes vence el jueves, 19 de septiembre del 2024 a las 17h.

Más información

Proceso y criterios de selección

La selección de las candidaturas se efectuará por una Comisión de Selección y Evaluación integrada por los siguientes miembros:

  • Vicerrectora de Compromiso Social y Sostenibilidad, quien actuará como presidenta.
  • Vicerrector de Estudiantes y Empleabilidad.
  • Vicerrectora de Internacionalización.
  • Directora de la Oficina de Acción Solidaria y Cooperación.

Para la selección de las candidaturas y distribución de las ayudas, la Comisión tendrá en consideración los siguientes criterios:

  • Estatus de refugio y/o solicitante de asilo (con tarjeta roja vigente).
  • Situación socio-económica (cantidad de ingresos, familia monoparental, personas a cargo, no percibir otras ayudas, etc.).
  • Expediente académico de la persona solicitante.
  • Carta de presentación y motivación de su petición.
  • Información aportada por ONG.

La comisión se guiará por los valores de la UAM en relación a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y con las personas con discapacidad funcional. Cumpliendo con los principios de protección internacional, la Comisión prestará especial atención a los casos que reflejen una mayor necesidad de acogida.

Obligaciones y seguimiento

Son obligaciones de las personas beneficiarias de estas ayudas:

  • Facilitar cuantas actuaciones de comprobación fuesen precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones determinantes de la concesión de la ayuda.
  • Cumplir con las obligaciones académicas que derivan de su matrícula, tales como la asistencia a clase, la realización de todas las pruebas y exámenes de las materias en las que se encuentre inscrito/-a, y la participación responsable en las demás actividades que complementen su formación. En el caso de Doctorado, realización y cumplimiento del plan de trabajo acordado con el/la tutor/-a de su Programa de Doctorado. El incumplimiento no justificado de estas obligaciones puede conducir a una anulación de las Ayudas, y a que se exija la devolución de las cuantías indebidamente percibidas.

Incompatibilidades

En caso de que la persona adjudicataria de estas Ayudas sea beneficiaria u obtenga durante el período de permanencia en el Plan de Acogida otra beca o ayuda de cualquier otro organismo público o privado referente a los mismos aspectos que han sido objeto en esta ayuda, el/la solicitante deberá informar a la Oficina de Acción Solidaria y Cooperación de la UAM que incluirá esta situación en su informe a la Comisión de Valoración, que decidirá sobre su compatibilidad con las Ayudas de esta convocatoria. Igualmente, se procederá del mismo modo en caso de que tenga una relación laboral o administrativa con cualquier entidad por la que perciba retribuciones, así como cualquier subsidio, prestación por desempleo, o actividad empresarial. La UAM no se responsabiliza de la posible incompatibilidad de estas ayudas con las establecidas en convocatorias externas a la universidad.

Enlaces de interés

https://www.uam.es/uam/media/doc/1606956116592/vii-convocatoria-refugio-24-25-signed.pdf

Documentación a adjuntar

El Formulario de solicitud aparece como Anexo 1 de esta Convocatoria y deberá de ir acompañado de la siguiente documentación:

  • Fotocopia del Permiso de Residencia, que especifique el tipo de Protección subsidiaria o en su caso de la Solicitud de Refugio (tarjeta roja vigente).
  • Carta de presentación y motivación de su petición (por favor explique también su situación socio-familiar).
  • En caso de Grado y de Master ya iniciados en la UAM, aportar fotocopia del último expediente académico y, en caso de Doctorado, fotocopia del último informe de director/-a de tesis.
  • Fotocopia de la matrícula del curso 2024/2025 (con las asignaturas registradas) y el documento abonaré de pago.
  • En caso de no contar con el resguardo de matrícula en el momento de presentación de la documentación, una vez obtenido éste se debe adjuntar al correo programa.refugio@uam.es. Para los casos de Doctorado, se debe anexar el informe de director/-a de tesis asignado/-a, que deberá sustituir por el documento de la matrícula en el momento de su formalización.
  • Informe socio-económico que en la medida de lo posible incluya (en caso de depender de ingresos familiares y no propios, adjuntar la información relativa a las personas tutoras o responsables del estudiante):
    • Declaración firmada de no percibir ningún otro ingreso que los que se acredite en la solicitud.
    • En caso de estar empleado/-a, fotocopia del contrato de trabajo y de la última nómina.
    • Informe de exclusión social derivado de los Servicios Sociales Municipales o de cualquiera de las entidades que les estén prestando la atención necesaria en materia de refugio.
    • Declaración de la renta de 2023 o Certificado de la Agencia Tributaria de no haberla realizado.
    • Informe de vida laboral.
    • Si es el caso, certificado de ser demandante de empleo.
    • Contrato de alquiler o de la situación habitacional.
    • Certificado de empadronamiento colectivo.
    • Informe o acreditación del nivel de español.
    • Currículum vitae.
    • Cualquier otro documento que la persona solicitante considere relevante: avales de ONG u organizaciones internacionales de ayuda a refugiados/-as/demandantes de asilo, cartas de recomendación, otros documentos que puedan ser relevantes para acreditar su situación social y económica. etc.
    • En los casos en que el solicitante alegue su independencia familiar y económica cualquiera que sea su estado civil, deberá acreditar fehacientemente esta circunstancia justificando los medios económicos con que cuenta (certificado resumen de la declaración anual del IRPF correspondiente al ejercicio 2023, o en su defecto, certificado de imputaciones), titularidad o contrato de alquiler a su nombre, certificado de empadronamiento colectivo y recibos de pagos a su nombre (agua, luz, alquiler,…) De no justificar suficientemente estos extremos, la solicitud será objeto de denegación.
  • En el caso de solicitud de la expedición de tasas del título obtenido en la UAM, no se requiere la matrícula previa. La persona interesada debe haber completado el plan de estudios y haber obtenido el logro de finalización, y estar al corriente del pago de la matrícula. Se requiere, por lo tanto:
    • Fotocopia del Permiso de Residencia, que especifique la Protección subsidiaria e internacional, o en su caso de la Solicitud de Refugio (tarjeta roja).
    • Carta de presentación y motivación de su petición (por favor explique también su situación socio-familiar).
    • Informe de vida laboral.
    • Acreditación de estar al corriente en el pago de la matrícula.
    • Acreditación de haber obtenido el título del Grado, Máster o Doctorado que se solicita.

Si la solicitud adoleciera de algún requisito, se requerirá a la persona interesada a través de su correo electrónico para que, en un plazo de diez días, lo subsane.

Nota: en caso de necesitar ayuda o más información sobre la documentación que se exige puede escribir al correo programa.refugio@uam.es.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

La Universidad Autónoma de Madrid convoca las Becas UAM Estudiantes Refugiados y/o Solicitantes de Asilo, cuyo objetivo es apoyar a estudiantes en situación de refugio o solicitud de asilo matriculados en el curso académico 2024/2025.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas UAM Estudiantes Refugiados y o Solicitantes de Asilo" es: desde 28/06/2024 hasta 19/09/2024.

La Beca "Becas UAM Estudiantes Refugiados y o Solicitantes de Asilo" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas UAM Estudiantes Refugiados y o Solicitantes de Asilo" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes