Becas Dificultades Económicas UDC
INSCRIPCIONES
Becas Dificultades Económicas UDC: solicitud y plazos
Descripción
La Universidade da Coruña convoca las Becas Dificultades Económicas UDC. Estas ayudas contribuirán a paliar las dificultades económicas que no permitan a los jóvenes continuar sus estudios conducentes a conseguir un título de grado o máster universitario. Estas becas sufragarán los precios de matrícula.
Podrán solicitar las Becas Dificultades Económicas UDC los estudiantes que se encuentren en una dificultad económica que se pueda acreditar debidamente y que le impida al estudiante el correcto desarrollo de sus estudios. La cuantía de estas becas se destinarán a sufragar los gastos de matrícula sin superar los 1.000 euros. Este importe sólo sufragará los créditos o materias de primera y segunda matrícula, en el caso de grado, y sólo los de primera matrícula en caso de máster.
Las Becas Dificultades Económicas UDC no se podrán compatibilizar con otras ayudas con la misma finalidad y naturaleza. Los estudiantes no podrán obtener más de una ayuda, aunque realice simultáneamente varios estudios.
Para la adjudicación de las becas se tendrá en cuenta el número de veces que el estudiante recibió la ayuda, priorizando a aquellos que la han solicitado por vez primera. Tambén se priorizará a aquellos estudiantes que no tengan titulación universitaria y buen rendimiento académico.
Consulta toda la información sobre las Becas Dificultades Económicas UDC aquí.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos de las Becas Dificultades Económicas UDC:
Alumnado matriculado en un centro propio de la UDC en estudios oficiales de grado o máster, que mantenga la matrícula durante todo el curso 2024/25, y que cumplan los siguientes requisitos:
- a. Estar en una situación de dificultad económica debidamente acreditada que le impida al estudiante la continuación de sus estudios.
- Se entenderá que el alumnado está en una situación de dificultad económica cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
- Que los sustentadores principales estén en situación de desempleo, con o sin prestación, u otras circunstancias que supongan una reducción importante de sus ingresos.
- Que los ingresos de la unidad familiar procedan de rentas de inclusión, subsidios u otros.
- Fallecimiento de algunos de los progenitores o sustentadores principales de la unidad familiar.
- Problemas de salud del padre, madre o sustentadores principales que limiten o dificulten su inserción en el mundo laboral, o de otros miembros de la unidad familiar que conlleven gastos adicionales.
- Hogares monoparentales en los que se incumpla la pensión alimenticia.
- Otras situaciones que puedan condicionar la situación personal y socioeconómica de la unidad familiar del alumnado.
- b. No disponer de otras ayudas públicas o privadas destinadas a esta misma finalidad o no cumplir los requisitos para obtenerlas.
- c. No disponer de una titulación de igual o superior nivel a la que está cursando y para la que solicita la ayuda.
Dotación
La cuantía de las Becas Dificultades Económicas UDC tiene la finalidad de sufragar los precios públicos de la matrícula, no pudiendo superar los mil euros (1.000,00 €), salvo casos excepcionales debidamente motivados y aprobados por la Comisión.
Los créditos o materias objeto de la ayuda serán aquellos en los que el alumnado esté matriculado con fecha 24/02/2025.
Para el cálculo del importe de la ayuda que le corresponde a cada solicitante se tendrá en cuenta las siguientes normas:
- La ayuda sólo sufragará los créditos o materias de primera y segunda matrícula, en el caso de estudios de grado, y sólo los de primera matrícula en los estudios de máster.
- La ayuda se calculará una vez realizadas las exenciones y bonificaciones del pago de los precios públicos a los que tengan derecho las personas beneficiarias en su matrícula.
- El importe del crédito/materia será el establecido en el Decreto 164/2024, de 24 de junio, por el que se fijan los precios públicos por la prestación de servicios académicos y administrativos en las universidades del Sistema Universitario de Galicia para el curso académico 2024/25.
Para estar en condiciones de que se le adjudique la ayuda, la persona beneficiaria no podrá incurrir en ninguna de las causas previstas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones 38/2003, del 17 de noviembre.
La justificación de no incurrir en las prohibiciones señaladas se realizará mediante el modelo de solicitud. No obstante, dada la naturaleza de estas ayudas, no será exigible para tener la condición de beneficiario, que concurran las circunstancias previstas en el artículo 13.2 e) de la Ley General de Subvenciones 38/2003, del 17 de noviembre.
Presentación
El procedimiento de esta convocatoria será íntegramente telemático.
Las solicitudes de las Becas Dificultades Económicas UDC se tramitarán a través del formulario al que se accede a través del siguiente enlace: https://www.udc.es/sape/bolsas_axudas_premios/axudas_dificultades_economicas/
Se admitirá únicamente una solicitud por persona.
Más información
Valoración de las solicitudes y adjudicación de las ayudas
La valoración de las solicitudes se realizará por la Comisión de Valoración, quien propondrá la adjudicación de las ayudas teniendo en cuenta la situación de dificultad económica, a falta de recursos debidamente acreditados y la existencia de presupuesto destinado a la presente convocatoria.
En la adjudicación de las ayudas se tendrá en cuenta el número de veces que se recibió esta ayuda,priorizando las del alumnado que las soliciten por primera vez. Igualmente se priorizarán las solicitudes del alumnado que no tenga ninguna titulación universitaria, sobre las del alumnado que sí la tengan. También se valorará el rendimiento académico.
Resolución de la convocatoria
Una vez evaluadas las solicitudes por la Comisión de Valoración y realizada la propuesta de adjudicación, se publicará en el Tablón Electrónico Oficial (TEO) de la UDC el listado provisional de las personas admitidas y excluidas, con la causa de exclusión.
Las personas excluidas dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al dela publicación de este listado para presentar reclamación y/o adjuntar documentación.Examinadas las reclamaciones/documentación presentada, se publicará en el TEO el listado definitivo de las personas admitidas, la resolución de adjudicación de las ayudas y el listado de espera, si lo hubiera.
Enlaces de interés
https://sede.udc.gal/services/electronic_board/EXP2024/008036/document?logicalId=af89c027-e0a6-4fdb-8f0e-bb9c7a333a79&documentCsv=4BIDPCTVOTKRDPG8F0IOFC2Q
Documentación a adjuntar
Documentación
El/la solicitante debe de cumplimentar el formulario y anexar los documentos justificativos que acrediten la situación de dificultad económica que le impida seguir sus estudios universitarios, sin perjuicio de que la Comisión de Valoración pueda requerirle otra documentación complementaria.
Documentación general
- Copia de documento de identificación DNI/NIE de la persona solicitante. No será válido la presentación del pasaporte.
- Certificado de empadronamiento del ayuntamiento en donde figuren todos los miembros computables de la unidad familiar.
- Un escrito dirigido a la Comisión de Valoración explicando con detalle su situación personal.
- Anexo I firmado por todos los miembros de la unidad familiar.
Documentación económica
- a. Copia completa de la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) referida al ejercicio 2023 de los miembros computables que constituyan la unidad familiar a la que pertenece la persona solicitante, con acreditación de su presentación.
- b. En el caso de que la unidad familiar no tenga la obligación de presentar la declaración de la renta debe de anexarse, según sea el caso, la siguiente documentación:
- Certificado de imputación de la renta expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) correspondiente al ejercicio 2023 de los miembros que constituyen la unidad familiar a la que pertenece la persona solicitante.
- Certificado de prestaciones y subsidios de desempleado percibidos durante el 2023, expedidos por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
- Justificantes de ingresos del 2022 exentos del IRPF (RISGA, pensión de orfandad, pensión de discapacidad…).
- Documentación acreditativa de los ingresos percibidos en el extranjero por los miembros de la unidad familiar en el año 2023.
- En el caso de los pensionistas, copia del justificante anual de las pensiones.
- c. En el caso de que se produzca un cambio substancial de la situación económica en el año 2024 con respecto al año 2023, debe de presentar documentación relativa a los ingresos del 2024.