Becas Formación Consejo de Consumidores y Usuarios
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Becas Formación Consejo de Consumidores y Usuarios: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Formación Consejo de Consumidores y Usuarios, son convocadas por el Ministerio de Consumo, con el objetivo de ofrecer una formación práctica en materia de consumo. Estas becas darán a los seleccionados una formación teórico práctica, desarrollando un programa de tutorías en materia de asociacionismo de consumo y protección de consumidores y usuarios.
Las Becas Formación Consejo de Consumidores y Usuarios van dirigidas a titulados licenciados o graduados, con preferencia a los licenciados o graduados en derecho. Los postulantes deberán cumplir con una serie de requisitos como el dominio del idioma español o residir en España entre otros.
Estas becas tendrán una duración de un año y se podrán renovar otro año más siempre que exista crédito suficiente para ello. Durante ese año, los becarios adquirirán una formación valiosa, que ayudará a desarrollar sus capacidades y a tener mejores y mayores herramientas en materia de consumo.
En la presente convocatoria, se ofrecerán 4 becas con una dotación individual de 10.610 euros por beca. El abono de las cantidades se realizará de manera mensual, siempre y cuando se haya evaluado por el tutor de manera positiva, el cumplimiento de las obligaciones del becario.
Nosotros podemos ofrecerte todo lo que necesitas saber para solicitar una de las Becas Formación Consejo de Consumidores y Usuarios. Consulta aquí lo que necesitas saber.
Datos básicos
- Nº de becas
- 4
- Nivel de estudio
- Grado
- Licenciatura
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
Podrán solicitar las becas convocadas en la presente orden, las personas que reúnan los siguientes requisitos:
- a. Ser español, nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea o de cualquier nacionalidad siempre que se acredite la residencia legal en España, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjerosen España y de su integración social, y en el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se desarrolla la citada Ley.
- b. Estar en posesión o en condiciones de obtener la acreditación de la titulación universitaria de licenciatura o grado en la fecha de presentación de la solicitud. Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar homologados o reconocidos y producir pleno efectos jurídicos en la citada fecha.
- c. Dominio del idioma español. Sólo se requerirá el certificado, título o diploma que acredite el conocimiento de la lengua equivalente al nivel C1 del Marco Europeo Común de Referencia para las lenguas, en los casos en que se trate de candidatos no españoles y que lleven residiendo en España por un periodo inferior a cinco años en el momento de presentación de la solicitud.
- d. Si se trata de un título obtenido en el extranjero, es preciso acreditar que se está en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite su homologación.
- e. No haber disfrutado anteriormente de una beca del programa de formación del Consejo de Consumidores y Usuarios.
- f. No estar incurso en ninguna de las causas de inhabilitación prevista en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- g. La fecha de finalización de los estudios de licenciatura, grado o máster oficial deberá haber tenido lugar en los cinco años anteriores a la fecha de la convocatoria.
Dotación
El importe anual individual de cada beca es de 10.610 euros, incluyendo la cuota empresarial de la Seguridad Social.
Presentación
Los interesados dirigirán sus solicitudes al Ministerio de Consumo, de acuerdo con el modelo de instancia que se incluye como Anexo I en la Sede Electrónica del Ministerio de Consumo, (sede electrónica MSCBS), así como en los demás lugares y formas previstos en el artículo 16 la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones PúblicasMás información
Duración
En la presente convocatoria la duración máxima de la beca será de doce meses, desde el 01/07/2023 hasta el 30/06/2024, pudiendo prorrogarse por un periodo adicional de otros doce meses.
La prórroga deberá ser solicitada por el titular de la beca, debiendo ser reconocida mediante resolución de la persona titular del Ministerio de Consumo:
- a. dotación presupuestaria en el correspondiente ejercicio.
- b. informe positivo de la persona que ejerza la tutoría de los becarios.
- c. evaluación por la Comisión de Selección de la labor realizada.
- d. fiscalización de la Intervención Delegada.
Criterios de valoración
- La persona titular de la Secretaría del Consejo de Consumidores y Usuarios será la tutora de docencia, responsable de la orientación y desarrollo de la formación y certificará mensualmente que el becario ha realizado las tareas encomendadas. Dicho documento irá acompañado de un certificado de conformidad de la persona titular de la Subdirección General de Arbitraje y Derechos del Consumidor, con el visto bueno de la persona titular de la Dirección General de Consumo, que acredite que los becarios han cumplido satisfactoriamente sus obligaciones.
- En los tres meses siguientes a la finalización del programa de formación de la beca, el interesado entregará a la persona titular de la Presidencia del Consejo de Consumidores y Usuarios una memoria sobre los trabajos realizados, acompañada del informe del tutor.
- La memoria e informe citados serán requisitos indispensables para la emisión de un certificado acreditativo de la formación adquirida por la persona titular de la Dirección General de Consumo.
Documentación a adjuntar
- a. Currículum vitae en el que se expongan los méritos académicos y profesionales, de acuerdo con el Anexo II.
- b. Copia compulsada del título académico.
- c. Certificación académica en la que consten las calificaciones obtenidas y la nota media alcanzada.
- d. Certificación de otras titulaciones o méritos alegados.
- e. Documentación acreditativa de conocimiento de idiomas extranjeros, o del idioma español para ciudadanos de otros países de la Unión Europea.
La presentación de la solicitud conlleva el consentimiento por parte del interesado para que el Ministerio Consumo pueda consultar, en otras bases de datos o sistemas de la Administración General del Estado, información referente al solicitante en relación con la beca solicitada.