Gobierno de Navarra

Becas Postgraduados Formación Profesional Viticultura Enología Navarra

Becas de formación prácticaNo universitarios

INSCRIPCIONES

08/10/202428/10/2024
Abierta

Becas Postgraduados Formación Profesional Viticultura Enología Navarra: solicitud y plazos

Descripción

El Gobierno de Navarra convoca las Becas Postgraduados Formación Profesional Viticultura Enología Navarra que están destinadas a las personas que cuentan con la titulación de Ciclo Formativo de Grado Superior de algunas de las especialidades indicadas.

Las personas solicitantes de estas becas deberán contar con nacionalidad española o de alguno de los países que conforman la Comunidad Europea, así como estar empadronados en Navarra.

Además, deberán contar con la titulación de Técnico Superio en Vitivinicultura, Procesos y Calidad en la Industria Alimentaria, Paisajismo y Medio Rural, Producción Agroecológica, Producción Agropecuaria y Técnico en Aceites de Oliva y Vinos.

También se valorarán y tendrán en cuenta una serie de criterios de como el expediente académico de los candidatos, la formación complementaria en materias relacionadas con el ámbito de actividad de la beca y el conocimiento de idiomas.

Los candidatos que finalmente resulten seleccionados con una de las Becas Postgraduados Formación Profesional Viticultura Enología Navarra, tendrán la oportunidad de participar en las tareas realizadas en la Sección de Viticultura y Enología en Olite, Navarra.

Mediante las mismas, las personas participantes adquirirán conocimientos en la organización, desarrollo y ejecución de las labores necesarias para la producción de uvas y su posterior vinificación.

Las personas becas recibirán además, una dotación económica mensual.

Conoce aquí todos los detalles sobre las Becas Postgraduados Formación Profesional Viticultura Enología Navarra y solicita una de ellas.

Datos básicos

Nº de becas
2
Nivel de estudio
  • Ciclos formativos de grado superior
País de origen
  • España
Región de origen
  • Navarra
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España
  • Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Podrán ser personas beneficiarias de las Becas Postgraduados Formación Profesional Viticultura Enología Navarra las personas físicas que reúnan todos y cada uno de los siguientes requisitos:

  • a. Ser mayor de edad.
  • b. Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España en que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. En todo caso, quienes no ostenten la nacionalidad española deberán acreditar la suficiente capacitación en el uso de la lengua castellana.
  • c. Tener plena capacidad de obrar y no estar inhabilitado para la obtención de ayudas y subvenciones públicas de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o de sus organismos autónomos.
  • d. Residir en Navarra, al menos, desde un año antes de la fecha de la convocatoria.
  • e. Estar en posesión del título que sea de Técnico Superior en Vitivinicultura, Técnico Superior en Procesos y Calidad en la Industria Alimentaria, Técnico Superior en Paisajismo y Medio Rural, Técnico en Producción Agroecológica, Técnico en Producción Agropecuaria y Técnico en Aceites de Oliva y Vinos, pertenecientes a las familias profesionales de Industrias Alimentarias y Agraria, expedido u homologado por las autoridades españolas.
  • f. Haber obtenido el título requerido dentro de los tres años inmediatamente anteriores a la convocatoria de la beca de formación.
  • g. No estar incapacitado físicamente, ni padecer enfermedad que pueda impedir el desarrollo de la actividad formativa que constituya el objeto de la beca.

Dotación

Las Becas Postgraduados Formación Profesional Viticultura Enología Navarra ofrecerán la siguiente dotación:

  • Ejercicio económico 2024: 4 mensualidades de 850 euros/mes, más 60,99 euros al mes en concepto de Seguridad Social.
  • Ejercicio económico 2025: 8 mensualidades de 850 euros/mes, más 60,99 euros en concepto de Seguridad Social.

Presentación

  • Las solicitudes de las Becas Postgraduados Formación Profesional Viticultura Enología Navarra se presentarán en el Registro del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, situado en calle González Tablas, número 9, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Pueden presentarse igualmente de manera telemática a través de la ficha correspondiente del catálogo de servicios del Portal del Gobierno de Navarra en Internet http://www.navarra.es/home_es/Servicios/. En dicha ficha existirá un enlace al registro general electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, siendo necesario para identificarse disponer de certificado digital.

Más información

Objeto

  • En esta convocatoria se conceden dos becas de postgraduado en formación profesional a disfrutar en las instalaciones de la Sección de Viticultura y Enología en Olite (Navarra), adscrita al Servicio de Explotaciones Agrarias y Fomento Agroalimentario del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.
  • Estas becas tienen por objeto la adquisición de conocimientos en la organización, desarrollo y ejecución de las labores necesarias para la producción de uvas y su posterior vinificación.

Duración

Las becas tendrán una duración de hasta 12 meses, comprendidos entre el 1 de octubre de 2024 y 30 de septiembre de 2025. Podrá prorrogarse, a petición de la Sección, por periodos iguales hasta un máximo total de tres años entre el periodo inicial y las prórrogas.

Evaluación de las solicitudes

La comisión evaluadora calificará los méritos alegados y acreditados por cada aspirante aplicando las siguientes valoraciones:

  1. Expediente académico: Se computará la nota media del expediente académico. Con una nota media máxima de 10 se otorgarán 5 puntos, y se hará un cálculo prorrateado con el resto de calificaciones.
  2. Formación, distinta a la requerida como requisito, en materias relacionadas con el ámbito de actividad de la beca:
    • Cursos: Se puntuarán los cursos relacionados con el objeto de la beca:
      • Los cursos de menos de 40 horas a razón de 0,05 puntos/curso.
      • Los cursos de duración entre 40 y 199 horas a razón de 0,1 puntos/curso.
      • Los cursos de duración superior a 200 horas a razón de 0,2 punto/curso.
    • Títulos:
      • Otros títulos a razón de 0,6 puntos/título completo. Si en el título hay contenidos relacionados y no relacionados con la beca, podrán prorratearse en función de las horas/créditos.
  3. Experiencia laboral. Se otorgarán 0,6 puntos por año trabajado, o su prorrateo, en actividades relacionadas con el objeto de la beca.
  4. Idiomas.
    • La valoración de los idiomas se realizará según la Resolución 210/2010, de 13 de septiembre, del director gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, por la que se establecen las convalidaciones entre los diferentes títulos y certificaciones que acreditan el conocimiento del vascuence y de los idiomas comunitarios, según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.
    • La posesión del certificado de aptitud o el título C1 expedido por una Escuela Oficial de Idiomas o de una titulación reconocida oficialmente como equivalente, se valorará con 0’75 puntos por cada uno de los idiomas. Las titulaciones de B2 o de una titulación reconocida oficialmente como equivalente se valorarán con 0,5 puntos. Las titulaciones de B1 o de una titulación reconocida oficialmente como equivalente se valorarán con 0,3 puntos. Las titulaciones de A2 o de una titulación reconocida oficialmente como equivalente se valorarán con 0,20 puntos Sólo se valorará el máximo nivel alcanzado por el aspirante en cada uno de los distintos idiomas.
    • En caso de empate se priorizará la solicitud en la que se hubiere otorgado la nota más alta en el expediente académico de la titulación principal acreditada, y si el empate persiste a la solicitud con mayor puntuación en idiomas. En último término se resolvería por sorteo.
Finalizado el proceso de calificación de los méritos, la comisión evaluadora publicará en el tablón de anuncios del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, calle González Tablas número 9, de Pamplona y en la ficha correspondiente del catálogo de servicios del Portal del Gobierno de Navarra en Internet http://www.navarra.es/home_es/Servicios/, la lista de aspirantes seleccionados por orden de puntuación obtenida.

La comisión evaluadora elevará al órgano competente la correspondiente propuesta de concesión, que tendrá carácter vinculante.

El resto de solicitantes seleccionados pasarán a formar parte de una lista de sustituciones ordenados en función del orden de puntuación global obtenido, que será utilizada por riguroso orden para cubrir las bajas que se puedan generar por renuncia de la persona beneficiaria, fuerza mayor, incumplimiento o cualquier otra causa debidamente justificada.

Resolución de concesión

  1. Vista la propuesta de resolución, el director general de Desarrollo Rural resolverá la concesión de la beca.
  2. El plazo para resolver el procedimiento será de tres meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado o publicado la resolución expresa, se podrán entender desestimadas las solicitudes por silencio administrativo.
  3. La adjudicación de la beca a la persona beneficiaria y, en su caso, la desestimación del resto de las solicitudes, se notificará al interesado en la forma prevista en la legislación sobre Procedimiento Administrativo Común y se hará pública en el tablón de anuncios del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, situado en calle González Tablas número 9, de Pamplona y en la ficha correspondiente del catálogo de servicios del Portal del Gobierno de Navarra en Internet http://www.navarra.es/home_es/Servicios/. En dicha notificación de adjudicación de la beca se hará constar las condiciones impuestas a la persona beneficiaria.
Enlaces de interés

https://bon.navarra.es/es/anuncio/-/texto/2024/203/3

Documentación a adjuntar

A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

  • a. Instancia de solicitud.
  • b. "Curriculum vitae", incorporando los estudios cursados, actividades desarrolladas, publicaciones, premios obtenidos, y cuantos méritos considere oportuno aportar.
  • c. Certificación del expediente académico, con las calificaciones de todas las materias de cada curso y mención expresa de las convocatorias en que fueron aprobadas.
  • d. Fotocopia del título requerido de acuerdo con la letra e) de la base cuarta de esta convocatoria.
  • e. Certificación del resto de méritos aportados que se señalan en la base sexta.2.II.
  • f. Partida de nacimiento o fotocopia del documento nacional de identidad.
  • g. Documento que acredite la residencia en Navarra con una antigüedad de un año. (Por ejemplo: Certificado expedido por el Ayuntamiento correspondiente).
  • h. Declaración responsable del solicitante de no estar incurso en ninguna de las circunstancias que impiden acceder a la condición de beneficiario de subvenciones públicas, de conformidad con el artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Bastará con copias simples de la documentación, si bien, la inexactitud o falsedad de los datos o documentos aportados conllevará la exigencia de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiere lugar.

Si la solicitud presentada en plazo no reuniera todos los datos indicados, o no fuera acompañada de los documentos exigidos, se requerirá al interesado para que, en el plazo máximo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con el apercibimiento de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud. En este caso, se dictará una resolución de archivo de expediente que le será notificada al interesado. No cabrá subsanación cuando no se presenten los documentos referidos a méritos establecidos en la convocatoria.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

El Gobierno de Navarra convoca las Becas Postgraduados Formación Profesional Viticultura Enología Navarra que están destinadas a las personas que cuentan con la titulación de Ciclo Formativo de Grado Superior de algunas de las especialidades indicadas.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Postgraduados Formación Profesional Viticultura Enología Navarra" es: desde 08/10/2024 hasta 28/10/2024.

La Beca "Becas Postgraduados Formación Profesional Viticultura Enología Navarra" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Postgraduados Formación Profesional Viticultura Enología Navarra" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas sociales
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes