Becas Formación Ordenación Gestión Calidad Turismo Navarra
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Becas Formación Ordenación Gestión Calidad Turismo Navarra: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Formación Ordenación Gestión Calidad Turismo Navarra son convocadas y gestionadas por el Gobierno de Navarra con el objetivo de facilitar el desarrollo de prácticas profesionales a aquellas personas que sean graduadas en Derecho, Economía o Administración y Dirección de Empresas.
Se exige el cumplimiento de una serie de requisitos para poder optar a una de las becas ofertadas como son contar con empadronamiento en Navarra, disponer del título universitario exigido, y tener nacionalidad española o de un país miembro de la Unión Europea, entre otros.
También serán valorados diferentes criterios de selección como la nota media del expediente académico de los solicitantes, la posesión de otros títulos académicos y el conocimiento de idiomas.
El desarrollo de las actividades de formación práctica se llevarán a cabo por un periodo de 11 meses en caso de las personas graduadas en Derecho y por un periodo de nueve meses en el caso de las personas graduadas en Economía o Administración y Dirección de Empresas.
No obstante, dichos periodos podrán ser prorrogados hasta un máximo de tres años.
Además de mejorar su formación y competencias a nivel práctico, las personas participantes de las Becas Formación Ordenación Gestión Calidad Turismo Navarra, recibirán una dotación económica mensual.
Aquí te facilitamos todos los datos que necesitas conocer para poder acceder a una de las Becas Formación Ordenación Gestión Calidad Turismo Navarra.
Datos básicos
- Nº de becas
- 2
- Nivel de estudio
- Grado
- Rama
- Economía, Derecho, y Ciencias Jurídicas
- Carrera
- ADE - Administración y Dirección de Empresas
- Derecho
- Economía / Ciencias Económicas
- País de origen
- España
- Región de origen
- Navarra
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
Podrán ser beneficiarias de las Becas Formación Ordenación Gestión Calidad Turismo Navarra las personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:
- a. Ser mayor de edad.
- b. Ser de nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. En todo caso, quienes no ostenten la nacionalidad española deberán acreditar la suficiente capacitación en el uso de la lengua castellana.
- c. Tener plena capacidad de obrar y no estar inhabilitado para la obtención de ayudas y subvenciones públicas de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o de sus organismos autónomos.
- d. Estar empadronada en Navarra al menos desde un año antes de la fecha de publicación de esta convocatoria.
- e. Estar en posesión del correspondiente título universitario de entre los indicados en la base 1.ª, expedido u homologado por las autoridades españolas.
- f. Haber obtenido el título requerido a fecha de finalización de la presentación de solicitudes y siempre dentro de los tres años inmediatamente anteriores a la publicación de la presente convocatoria.
- g. No estar incapacitado físicamente, ni padecer enfermedad que pueda impedir el desarrollo de la actividad formativa que constituya el objeto de la beca.
Dotación
- Las personas becadas mediante las Becas Formación Ordenación Gestión Calidad Turismo Navarra recibirán una cuantía mensual de 1.025,00 euros brutos. Del abono de esta última cuantía se detraerá, cuando ello sea preceptivo conforme a la normativa en vigor, tanto la retención a cuenta del impuesto sobre la renta de las personas físicas como la cotización que corresponda a las personas becadas.
- La cantidad que se abone a las personas becadas no tendrá en ningún caso el carácter de salario o retribución, sino de ayuda económica pública.
Presentación
- Las solicitudes de las Becas Formación Ordenación Gestión Calidad Turismo Navarra dirigidas a la Dirección General de Turismo se presentarán de manera telemática a través de la ficha correspondiente del catálogo de trámites del Portal del Gobierno de Navarra en Internet https://www.navarra.es/es/tramites/on?tramiteId=92536. En dicha ficha existirá un enlace al registro general electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, siendo necesario para identificarse disponer de certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
- También se podrán presentar en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La documentación deberá presentarse en soporte informático.
Más información
Objeto
Mediante la presente convocatoria se otorgan un total de dos becas, una de ellas dirigidas a personas graduadas en Derecho y otra para Graduadas en Economía o Administración y Dirección de Empresas, o en el doble grado en Administración y Dirección de Empresas y Derecho con destino en el Servicio de Ordenación, Gestión y Calidad del Turismo de la Dirección General de Turismo.
Duración de la beca
- La beca para personas graduadas en Derecho tendrá una duración inicial aproximada de 11 meses a contar desde la fecha efectiva de inicio que se establecerá en la resolución de concesión y que finalizará el 31 de diciembre de 2025. La fecha prevista de incorporación es el 1 de febrero de 2025, o fecha que se señale en la resolución de concesión, si esta fuera posterior.
- La beca para personas graduadas en Economía o Administración y Dirección de empresas, o en el doble grado en Administración y Dirección de Empresas y Derecho tendrá una duración inicial aproximada de 9 meses a contar desde la fecha efectiva de inicio que se establecerá en la resolución de concesión y que finalizará el 31 de diciembre de 2025. La fecha prevista de incorporación es el 1 de abril de 2025, o fecha que se señale en la resolución de concesión, si esta fuera posterior.
- Podrán, en cualquier caso, ser prorrogadas por la directora general de Turismo hasta un máximo total de tres años entre el periodo inicial y las prórrogas, de tal forma que podrán prorrogarse las anualidades completas de 2026 y 2027 y, en 2028 las mensualidades restantes hasta completar los tres años, todo ello condicionado a la existencia de disponibilidad de crédito suficiente y adecuado en la partida.
Criterios de valoración de méritos
- La concesión de esta beca se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, tal y como establece el artículo 17 de la Ley Foral de Subvenciones, por lo que la misma se asignará, una vez comprobado que la documentación está completa, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, en el orden del baremo resultante.
- La valoración de las solicitudes se realizará calificando los méritos de acuerdo con los siguientes criterios y hasta un máximo de 25 puntos:
- a. Certificación del expediente académico. Hasta un máximo de 10 puntos. Se valorará la nota media del expediente en escala de 0 a 10.
- b. Otros títulos académicos que no constituyan un requisito para la concesión de la beca y tengan relación directa con las materias objeto de la beca. Hasta un máximo de 4 puntos.
- Doctorado: 2 puntos.
- Máster: 1 punto.
- Otros grados: 1 punto.
- c. Cursos de formación que tengan relación directa con las materias objeto de la beca: hasta 4 puntos. Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento de duración igual o superior a 20 horas, que hayan sido cursados o impartidos por la persona interesada. Se atribuirán por este concepto 0,20 puntos por crédito o por cada 10 horas de formación, valorándose proporcionalmente las unidades menores a dichas cantidades. No se tendrán en cuenta los cursos de duración inferior a 20 horas. Los cursos a los que haya asistido la persona interesada deberán ser títulos oficiales o en centros de formación reconocidos oficialmente y se valorarán por una sola vez, con independencia de haber cursado o impartido sucesivas ediciones del mismo curso.
- d. Participación en proyectos relacionados con la titulación y/o con las materias objeto de las becas (otras becas, prácticas extracurriculares, otros): 0,10 puntos por mes hasta un máximo de 2 puntos. A los efectos se computarán meses enteros, no teniéndose en consideración los periodos inferiores al mismo. No se valorarán aquellos certificados que no conste la duración en meses. No se tendrán en cuenta las prácticas curriculares. No se valorarán en este apartado los certificados donde no conste la fecha inicio y fecha final.
- e. Conocimiento de idiomas. Hasta un máximo de 5 puntos. Se valorará únicamente el certificado de nivel más alto de cada idioma, no valorándose el exceso de puntuación de 5 puntos.
- Posesión del certificado de aptitud o el título C1 expedido por una Escuela Oficial de Idiomas o de una titulación reconocida oficialmente como equivalente: 1,2 puntos (euskera), 1 punto (por cada uno de los idiomas comunitarios).
- Titulaciones de B2 o de una titulación reconocida oficialmente como equivalente se valorarán con 1 punto (euskera), 0,8 puntos (por cada uno de los idiomas comunitarios).
- Nivel de B1 o equivalente reconocido oficialmente se valorará con 0,5 puntos (euskera), o 0,4 puntos (por cada uno de los idiomas comunitarios).
- No se valorará ningún mérito que no esté acreditado documentalmente, y solo se tendrán en cuenta aquellos que el solicitante reuniera con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- En caso de empate en la puntuación global se tomará en consideración, primeramente, la puntuación obtenida por el apartado a) expediente académico. Si aun así persistiera el empate se atenderá en primer lugar a la puntuación obtenida por otros títulos académicos y así sucesivamente en el mismo orden de la relación de criterios de valoración.
- La actividad de la persona becada se realizará en las instalaciones propias de la Dirección General de Turismo con una dedicación máxima de 30 horas semanales y disfrutará de 2,5 días naturales de descanso por mes de duración de la beca.
- Los derechos de propiedad intelectual de la persona beneficiaria de la beca, obtenidos como consecuencia de la actividad desarrollada durante el disfrute de la beca, se regirán por lo dispuesto en la normativa estatal reguladora de dichos derechos, sin renuncia de la Administración pública a los documentos, estudios, investigaciones, trabajos, derechos, resultados científicos y posibles invenciones que le puedan corresponder.
- La persona beneficiaria de la beca estará sujeta al cumplimiento de las obligaciones que emanan de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en cualquier otra norma de desarrollo. Así, deberán cumplir las disposiciones vigentes respecto al tratamiento de datos de carácter personal a los que pudiera tener acceso como consecuencia del disfrute de la beca, incluso después de finalizar su periodo de formación.
Documentación a adjuntar
La solicitud se realizará cumplimentando debidamente el impreso normalizado del anexo II de la presente convocatoria, que podrá descargase igualmente de la ficha correspondiente del catálogo de trámites arriba mencionado y deberá, en todo caso, enviarse firmado por el solicitante de la beca.
Dicha solicitud estará acompañada de los siguientes documentos:
- Documentación relativa a la persona solicitante:
- a. Fotocopia del documento nacional de identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del o de la solicitante.
- b. Certificado de empadronamiento en Navarra, al menos desde un año antes de la fecha de la convocatoria.
- c. Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las circunstancias que impiden acceder a la condición de beneficiario de subvenciones públicas, de conformidad con el artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
- El impreso de solicitud que se facilita lleva incorporadas tanto la declaración responsable aquí mencionada como la autorización a la Dirección General de Turismo para hacer las comprobaciones ante Hacienda y la Seguridad Social del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- Documentación relativa al objeto de la solicitud:
- a. Fotocopia de la titulación académica relativa a la beca.
- b. Certificación académica personal y oficial con las calificaciones de todas las materias de cada curso, así como la nota media del expediente, en escala de 0 a 10.
- c. Curriculum vitae de la persona solicitante en el que se relacionen detalladamente todos los méritos referidos que se justificarán mediante documentos acreditativos de los mismos, conforme a lo establecido en la base 7.ª, y en especial los siguientes:
- Otros títulos académicos que tengan relación directa con la beca.
- Cursos de formación que tengan relación directa con la beca, cursados en universidades o administraciones y organismos públicos, tanto nacionales como extranjeros.
- Participación en proyectos que tengan relación directa con la titulación exigida (becas, prácticas, etc.): se acreditará mediante Certificado oficial expedido bien por la universidad o bien por la empresa, donde se indique que las prácticas, becas, etc. realizadas son extracurriculares, las funciones realizadas, así como las fechas de inicio y fin y horas realizadas.
- Conocimiento de idiomas.