Fondo Nacional de las Artes (FNA)

Becas Fondo Nacional de las Artes (FNA) Creación

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INSCRIPCIONES

13/08/202419/09/2024
Abierta

Becas Fondo Nacional de las Artes (FNA) Creación: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Fondo Nacional de las Artes (FNA) Creación se convocan con el objetivo de ofrecerte una excelente oportunidad para impulsar tu proyecto artístico. 

Podrán solicitar estas becas, los artistas y trabajadores de la Cultura argentinos y extranjeros mayores de 18 años que residan legalmente en la República Argentina. Los Postulantes podrán presentarse con proyectos individuales o grupales, comprendidos en disciplinas como Artesanias, Música, Danza o Teatro, entre otras.

Gracias a estas ayudas, se promueven las iniciativas artístico - culturales del país y se fomentan propuestas interdisciplinarias.

Las Becas Fondo Nacional de las Artes (FNA) Creación se convocan en dos modalidades, individual, con un monto de 850.000 pesos, y la modalidad grupal, con un monto de 1.000.000 de pesos. La duración será de tres meses y deberá ser cumplida en la República Argentina en un plazo de no más de 6 meses.

Las Becas Fondo Nacional de las Artes (FNA) Creación representan una oportunidad para hacer realidad tu proyecto con el respaldo de una institución prestigiosa. Si deseas consultar toda la información sobre las mismas estás en el lugar adecuado. Aquí te facilitamos los requisitos, plazo, documentación y otra información que puede ser de tu interés.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Arquitectura
  • Artes plásticas y Diseño
  • Música
  • Danza
  • Arte Dramático (Teatro)
  • Audiovisuales
País de origen
  • Argentina
Nacionalidades
  • Cualquier nacionalidad
  • Residente en Argentina

Requisitos

El FONDO NACIONAL DE LAS ARTES convoca artistas y trabajadores de la cultura mayores de 18 años, argentinos y/o extranjeros que residan legalmente en el país, a participar de las Becas Fondo Nacional de las Artes (FNA) Creación, que tienen por objeto apoyar y promover la producción artística en todas sus instancias creativas.

Requisitos

Podrán participar en las Becas Fondo Nacional de las Artes (FNA) Creación artistas y trabajadores de la Cultura argentinos y extranjeros mayores de 18 años que residan legalmente en la República Argentina.

Para acreditar la inscripción será necesario cumplimentar, además, los documentos indicados en documentación a adjuntar.

Categoría

Las Becas Creación se destinarán a una única categoría denominada Producción creativa. Podrán presentarse propuestas de investigación, anteproyectos, escritura, montaje, grabación de discos, composición, confección de prototipos, ensayos y rodajes, entre otras. La beca podrá ser destinada al pago de honorarios, gastos de producción y postproducción, traslados y/o a la compra de los materiales, equipamiento o insumos que se consideren necesarios para la realización y/o la ejecución del proyecto.

Modalidades

Las Becas Creación se dividen en dos modalidades:

  • Beca individual.
  • Beca para proyectos grupales (dos integrantes o más).

Disciplinas

  • Artesanías.
  • Arquitectura.
  • Artes Audiovisuales.
  • Artes Visuales.
  • Danza.
  • Diseño.
  • Letras.
  • Música.
  • Patrimonio.
  • Teatro y Artes Circenses.

Dotación

El monto a percibir para cada una de las Becas Fondo Nacional de las Artes (FNA) Creación, que se abonarán en un solo estipendio, será:

  • a. Producción creativaIndividual $850.000.- (PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL).
  • Grupal $1.000.000.- (PESOS UN MILLÓN).

Presentación

Las postulaciones a las Becas Fondo Nacional de las Artes (FNA) Creación deberán realizarse en forma virtual a través de la Plataforma del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES https://app.fnartes.gob.ar. En el caso de aplicar a la Beca para Proyectos Grupales, todas las personas que integren el Grupo deberán registrarse previamente como Usuarios en la mencionada Plataforma. Sólo se dará curso a las inscripciones que sean realizadas desde el usuario del postulante o representante de un Grupo, según corresponda. Toda aplicación en la que el usuario no coincida con el titular del proyecto o el representante de un Grupo será desestimada.

Más información

Objetivos

  • Promover las iniciativas artístico-culturales del país.
  • Potenciar los proyectos de todas las disciplinas artísticas mencionadas para su desarrollo y concreción.
  • Otorgar financiamiento para cada una de las instancias creativas y fortalecer el acceso a la cultura en el territorio argentino.
  • Fomentar propuestas interdisciplinarias.

Categoría

Las Becas Creación se destinarán a una única categoría denominada Producción creativa. Podrán presentarse propuestas de investigación, anteproyectos, escritura, montaje, grabación de discos, composición, confección de prototipos, ensayos y rodajes, entre otras. La beca podrá ser destinada al pago de honorarios, gastos de producción y postproducción, traslados y/o a la compra de los materiales, equipamiento o insumos que se consideren necesarios para la realización y/o la ejecución del proyecto.

Restricciones

  • a. No podrán postularse las personas que durante el año 2023 hayan recibido una beca (Creación o Formación) del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.
  • b. No podrán presentarse proyectos duplicados, registrados en la Plataforma por diferentes Usuarios. En ese caso se desestimarán las presentaciones efectuadas.
  • c. Las personas beneficiarias no podrán recibir más de una beca. Se podrá presentar únicamente un proyecto individual y participar de un proyecto grupal por postulante. En aquellos casos en los que las personas postulantes resulten seleccionadas para recibir una beca grupal y una beca individual, en la misma disciplina o en disciplinas diferentes, solo se dará curso a la beca grupal sin excepción, quedando sin efecto la beca individual seleccionada.
  • d. No serán tomadas en cuenta las solicitudes de personas beneficiarias de años anteriores de algún Programa del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES que hayan incumplido con los compromisos adquiridos en los plazos estipulados según la reglamentación vigente. Esta restricción incluye deudores morosos de créditos personales e hipotecarios, becarios que no hayan presentado los informes y rendiciones de cuentas correspondientes y deudores de Dominio Público Pagante.
  • e. Quedan excluidas de esta convocatoria las autoridades y el personal de planta permanente y contratado que se desempeñe en el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.
  • f. No podrán participar quienes tengan relación de parentesco hasta el segundo (2º) grado consanguíneo y/o de afinidad con algún integrante del Directorio del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.
Selección

La selección de las personas beneficiarias estará a cargo de un Jurado designado por las autoridades del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES que tendrá la tarea de evaluar los proyectos y los antecedentes de los postulantes.

El Jurado dará a conocer su dictamen dentro de los NOVENTA (90) días de haberse constituido, mediante un Acta con la nómina de proyectos seleccionados, que será elevada a las autoridades del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES para su consideración y aprobación.

El FONDO NACIONAL DE LAS ARTES podrá modificar la nómina de personas beneficiarias por motivos de renuncias, incumplimiento de los requisitos o alcance de las restricciones detalladas en el presente reglamento. En cualquiera de esos casos, el beneficio se les otorgará a las personas seleccionadas en calidad de suplentes, respetando el orden correlativo de prioridad oportunamente establecido por los respectivos jurados y aprobado por las autoridades del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.

Resultados

La nómina de personas beneficiarias será publicada en la página web del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES (www.fnartes.gob.ar) y se realizarán por correo electrónico las notificaciones correspondientes.

Se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen al correo electrónico declarado por el postulante en el formulario de inscripción, siendo su responsabilidad mantenerlo actualizado para todo lo relativo a las comunicaciones posteriores al cierre de la convocatoria. En caso de declarar un correo electrónico inválido se tendrán por legítimas todas las comunicaciones e intimaciones dirigidas al mismo.

Renuncia al beneficio

Las personas que deseen postularse a la presente convocatoria deberán completar una Declaración Jurada previa al formulario de inscripción en la que manifestarán que cumplen con los requisitos solicitados en el Artículo 6° del presente reglamento, que no se encuentran alcanzados por las restricciones detalladas en el Artículo 7° y que aceptan el beneficio en caso de que les fuera otorgado. Si deciden renunciar a la Beca otorgada deberán comunicarlo, en un plazo no mayor a TRES (3) días hábiles a partir de la publicación, al correo electrónico ganadores@fnartes.gob.ar con el asunto “Renuncia Beca Creación 2024”.

Pago

Las personas becadas o los representantes del grupo, según la modalidad que corresponda, recibirán el importe mediante una transferencia bancaria a la cuenta detallada a tales efectos en el formulario de inscripción. El pago se hará en la medida que esté debidamente presentada la documentación detallada en el Artículo 6º del presente reglamento, según los montos establecidos en el Artículo 4° del mismo. En todos los casos los pagos se realizarán en UN (1) solo estipendio.

Cumplimiento de beca

  1. La Beca tendrá una duración mínima de TRES (3) meses y deberá ser cumplida en la República Argentina en un plazo no mayor a SEIS (6) meses a contar desde la percepción del pago.
  2. Las personas beneficiarias podrán solicitar una única prórroga de TRES (3) meses para la finalización del proyecto. La misma deberá ser debidamente justificada y será puesta a consideración del Fondo Nacional de las Artes.
  3. Al finalizar la beca, en un plazo no mayor a SESENTA (60) días, cada persona beneficiaria o el representante del grupo deberá completar en la Plataforma del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES un Informe Final que describa las actividades llevadas a cabo, incluyendo material complementario (fotos, videos, etc.).
  4. El FONDO NACIONAL DE LAS ARTES podrá requerir la ampliación de la documentación presentada, relacionada con la realización de la beca otorgada y/o una rendición de cuentas de los gastos efectuados.
  5. La persona beneficiaria no podrá modificar el destino de la beca otorgada; si por alguna razón de fuerza mayor no pudiera desarrollar el proyecto elegido deberá presentar una nota explicando su situación, la que será elevada a las autoridades del Fondo Nacional de las Artes para su consideración.
  6. En toda pieza de comunicación, referencia pública, sitios webs y redes sociales vinculadas al proyecto, deberá consignarse de manera visible el apoyo recibido, utilizando la presente leyenda: “Realizado con el apoyo del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES”. Deberá incluirse también la aplicación gráfica de isologotipos provistos para tales fines.

Difusión de los ganadores


Por participar en este Concurso, quienes se postulan prestan su conformidad, si ganan la beca, para difundir su nombre y el título del proyecto, como una sinopsis de este, en el modo, lugar, formato, soporte y/o cualquier medio que determine el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES por tiempo indefinido o instituciones autorizadas por este, excluyendo cualquier uso que persiga fines comerciales.

Derechos de autor

La simple inscripción al presente Concurso equivale a una declaración jurada de quienes participen afirmándose como autor/res legítimos del proyecto. Las personas inscriptas declaran estar expresamente autorizadas y tener todos y cada uno de los derechos necesarios para su uso y/o exhibición y/o ejecución pública y/o adaptación, garantizando la indemnidad al FONDO NACIONAL DE LAS ARTES frente a eventuales reclamos que terceros pudieran articular.

Derechos de propiedad intelectual y condiciones de reproducción

Las personas que se postulen a la presente convocatoria conservarán el Derecho de Propiedad Intelectual de acuerdo con la Ley 11.723. Asimismo prestan su autorización expresa, en favor del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, para el uso y/o reproducción y/o ejecución pública de los proyectos, incluyendo pero sin limitarse; a su difusión, promoción, publicación, exhibición, ejecución pública, y comunicación al público por cualquier medio de comunicación creado o a crearse, incluyendo pero sin limitarse a material periodístico, avisos publicitarios, avisos audiovisuales, gráficos, diarios y revistas, vía pública, Internet, representaciones televisivas y/o de radiodifusión, material promocional y demás gráficas e imágenes, tanto en Argentina como en el extranjero. En todos los casos se mencionará el nombre del proyecto y su/s autor/res.

Derechos de imagen

Quienes se postulan autorizan al FONDO NACIONAL DE LAS ARTES a utilizar todo el material e información que provean al presente concurso —incluyendo datos filiatorios, imágenes y/o sonidos y/o filmaciones— y la totalidad de las imágenes y sonidos obtenidos mediante filmaciones y/o sesiones de fotografía y/o cualquier otro medio técnico, en el marco de las actividades llevadas adelante durante la presente convocatoria, por cualquier medio de comunicación creado o a crearse, incluyendo pero sin limitarse a material periodístico, avisos publicitarios, avisos audiovisuales, gráficos, diarios y revistas, vía pública, Internet, representaciones televisivas y/o de radiodifusión, material promocional y demás gráficas e imágenes, tanto en Argentina como en el extranjero, con la única limitante de aquellos usos que pudieran afectar el derecho al honor. Dicha autorización comprende, pero no se limita al derecho de reproducción, distribución y comunicación al público, dejando constancia que las imágenes obtenidas en el marco de las actividades llevadas adelante por la presente convocatoria no implican el derecho de remuneración previsto en el Art. 56 de la ley 11.723 de Propiedad Intelectual. En todos los casos se mencionará el nombre del proyecto y su autor/res.

Enlaces de interés

https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/2024/08/reglamento_becas_creacion_2024_1.pdf

Documentación a adjuntar

Modalidad Beca Individual

  • a. Formulario de solicitud de inscripción:
    • Completar los datos personales requeridos, indicando: nombre, apellido, DNI, domicilio particular, localidad y provincia, mail personal, teléfono y/o celular de contacto.
    • Descripción y destino de la beca. De acuerdo a la categoría elegida se solicitará el desarrollo del proyecto, objetivos y rubros a los que se destinará el importe recibido en el caso de resultar beneficiario.
  • b. Presentar anverso y reverso de la copia del Documento Nacional de Identidad argentino otorgado por el Registro Nacional de las Personas (RENAPER). La constancia de DNI en trámite no acredita identidad. Los postulantes deberán residir legalmente en la República Argentina.
  • c. Deberán informar su CUIT y/o CUIL.
  • d. Deberán declarar su situación actualizada ante la A.F.I.P.
  • e. Deberán informar el número de Clave Bancaria Uniforme (CBU) o Clave Virtual Uniforme (CVU) de una cuenta propia.
  • f. Reseña de antecedentes artísticos: actividades realizadas, referencias, trayectoria, etc. y/o antecedentes profesionales. Así mismo, se sugiere adjuntar al formulario imágenes digitalizadas y/o escanear los certificados de estudios, programas, catálogos de exposiciones, referencias, críticas y fotografías de las actividades realizadas.

Modalidad Beca para Proyectos Grupales

Cada grupo participante deberá estar integrado como mínimo por DOS (2) personas y deberá tener un nombre identificatorio.
  • a. Formulario de inscripción:
    • Completar los datos personales requeridos, indicando: nombre, apellido, DNI, domicilio particular, localidad y provincia, mail personal, teléfono y/o celular de contacto.
    • Descripción y destino de la beca. Solicitará el desarrollo del proyecto, objetivos y rubros a los que destinará el importe recibido en el caso de resultar beneficiario.b. Reseña de antecedentes artísticos de cada integrante del Grupo.c. Nota/s firmada/s por cada una de las personas que integran el grupo – con aclaración y número de documento- por la cual designan al Representante/Responsable ante el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES y aceptan las condiciones detalladas en el Reglamento del Concurso.
  • d. Adicionalmente, el/la representante del grupo deberá:
    • Informar su CUIT y/o CUIL.
    • Declarar su situación actualizada ante la A.F.I.P.
    • Detallar el número de Clave Bancaria Uniforme (CBU) o Clave Virtual Uniforme (CVU) de una cuenta propia.
    • Si los archivos, videos, imágenes y/o demos superan el tamaño especificado en la plataforma virtual deberán presentar un link o enlace al sitio donde se encuentran alojados los contenidos. Todos los datos requeridos deberán ser presentados de acuerdo a lo que determina el presente Reglamento; caso contrario no podrán ser evaluados. Toda tramitación relativa a esta convocatoria se realizará exclusivamente de modo electrónico.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

Las Becas Fondo Nacional de las Artes (FNA) Creación se convocan con el objetivo de ofrecerte una excelente oportunidad para impulsar tu proyecto artístico. 

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Fondo Nacional de las Artes (FNA) Creación" es: desde 13/08/2024 hasta 19/09/2024.

La Beca "Becas Fondo Nacional de las Artes (FNA) Creación" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Fondo Nacional de las Artes (FNA) Creación" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes