Becas actividades formación en el ámbito de la CNMC
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Becas actividades formación en el ámbito de la CNMC: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas actividades formación en el ámbito de la CNMC, son convocadas con el objetivo de contribuir a la formación teórico práctica de las personas beneficiarias en el ámbito de actuación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
En la presente convocatoria se ofrecerán 14 becas en las modalidades de Economía y Empresa, Derecho, Ingeniería y Periodismo. Se podrán solicitar diferentes modalidades de beca con un máximo de tres en una única solicitud. Los beneficiarios recibirán 1.100 euros al mes. Las becas tendrán una duración de 12 meses desde noviembre a octubre.
Para poder solicitar una de las Becas actividades formación en el ámbito de la CNMC se deberá tener dominio del español y tener una de las titulaciones de grado de las áreas de conocimiento indicadas, además de cumplir con el resto de requisitos que se determinan.
Para valorar las solicitudes se tendrá en cuenta el expediente académico, otras titulaciones que tenga el solicitante que estén relacionadas con los perfiles que se indican, la formación de postgrado y el conocimiento del inglés, entre otros criterios.
Si deseas recibir una formación práctica en el CNMC, con las Becas actividades formación en el ámbito de la CNMC puedes hacerlo posible. Nosotros te facilitamos la información necesaria para solicitar estas becas.
Datos básicos
- Nº de becas
- 14
- Nivel de estudio
- Grado
- Rama
- Periodismo y Comunicación Audiovisual
- Arquitectura e Ingenierías
- Economía, Derecho, y Ciencias Jurídicas
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
De acuerdo con lo previsto en el artículo 4 de las bases reguladoras de esta convocatoria, las personas candidatas deberán reunir los siguientes requisitos:
- Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado Miembro de la UE, y en el caso de extranjeros contar con permiso de residencia legal en España.
- Dominio del idioma español. Solo se requerirá de prueba documental en los casos en que se trate de personas no españolas cuya lengua materna sea distinta del castellano. Dicha circunstancia podrá ser comprobada por la Comisión de Valoración mediante entrevista personal.
- Estar en posesión de titulación universitaria superior (grado universitario) en las áreas de conocimiento indicadas en las modalidades de las becas que se han identificado en el apartado primero. La titulación requerida para optar a la beca debe haber sido obtenida en los cuatro años anteriores a la publicación de la convocatoria o se debe estar en condiciones de obtenerla antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes. Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles sin reconocimiento oficial deberán estar homologados o reconocidos y producir plenos efectos jurídicos en la fecha de presentación de la solicitud.
- Conocimientos de inglés debidamente acreditados a través de titulación oficial.También se valorarán conocimientos de otros dos idiomas (francés y alemán). Los conocimientos de estos idiomas deberán demostrarse presentando títulos oficiales de idiomas.
- No haber renunciado a una beca con la misma finalidad en la CNMC una vez adjudicada, en las dos últimas convocatorias.
- No estar incursas en ninguna de las prohibiciones que para ser persona beneficiaria de subvenciones establece el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en particular,estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.Deberá presentarse declaración responsable que acredite el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social, de acuerdo con el artículo 24 del Reglamento General de Subvenciones. Con anterioridad a la propuesta de resolución de concesión de la subvención se requerirá la presentación de la documentación que acredite la realidad de los datos contenidos en la citada declaración en un plazo no superior a 15 días.
- No padecer enfermedad ni discapacidad que impidan la realización efectiva de la beca deformación ni haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado o de cualquier entidad de carácter público. Las personas con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 que lo soliciten, recibirán las adaptaciones y los ajustes razonables necesarios de tiempo y medios, para asegurar su participación en condiciones de igualdad.
- No haber sido beneficiario con anterioridad de una beca en la CNMC en cualquiera de sus modalidades. Se exceptúan aquellos supuestos en los que, por razones no imputables al beneficiario, solo hubiera podido disfrutar de la beca por tiempo inferior a seis meses.
Las personas solicitantes deberán reunir los requisitos establecidos en esta resolución el día dela finalización del plazo de presentación de solicitudes.La acreditación de estos requisitos se realizará según determina el artículo 8 de las bases reguladoras de estas ayudas.
Dotación
El devengo de la beca se producirá en el mismo mes de realización de la actividad de la misma. La cuantía será de 1.100 euros brutos mensuales por beca, a la que se aplicarán los descuentos y las retenciones legales vigentes en cada momento, incluidas las cotizaciones a la Seguridad Social que correspondan, y será abonada con periodicidad mensual, dentro del mes siguiente a aquel en el que se haya realizado la formación teórico- práctica, una vez presentada la documentación de cumplimiento establecida en el artículo 15.2 de las bases reguladoras.
Está previsto una duración de las becas de 12 meses, desde noviembre de 2023 a octubre de 2024, dependiendo de la disponibilidad presupuestaria. Las becas se abonarán con cargo al Presupuesto de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que se integra en los Presupuestos Generales del Estado, para 2023 y 2024, a través de la aplicación presupuestaria 27.302.492M.481, «Becas de la CNMC».
Presentación
De acuerdo con lo previsto en el artículo 8 de las bases reguladoras de esta convocatoria, las solicitudes se dirigirán a la Secretaría General (Becas) de la CNMC, y se presentarán a través dela sede electrónica de la CNMC https://sede.cnmc.gob.es por medio de los sistemas de identificación y firma electrónica previstos en el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
Las solicitudes se cumplimentarán según el modelo de instancia que figura en el anexo I de la presente resolución.
Más información
Modalidades
- Economía o empresa.
- Derecho.
- Ingeniería.
- Periodismo.
En las solicitudes, conforme al modelo que figura como anexo I de la presente resolución, se deberá identificar la modalidad de beca que se solicita, mediante uno de los códigos anteriores.La persona candidata podrá solicitar distintas modalidades de beca (con un máximo de tres) en una única solicitud, para las que debe poseer la titulación requerida, explicitando su orden de preferencia.
Criterios de valoración y procedimiento de evaluación
De acuerdo con lo previsto en el artículo 11 de las bases reguladoras de esta convocatoria, los criterios de valoración y el procedimiento de evaluación se establecen como sigue:
- El proceso de evaluación y selección de solicitudes se realizará mediante la valoración de los méritos alegados y acreditados documentalmente por las personas candidatas, siendo 100 el máximo total de puntos que puede obtener cada solicitante. Cuando sea necesario, la Comisión de Valoración podrá requerir una entrevista personal a las personas candidatas exclusivamente para aclarar y valorar con más precisión los méritos aportados.
- La evaluación se realizará teniendo en cuenta los siguientes méritos, a los que se asignarán como máximo las puntuaciones que se indican a continuación:
- a. El expediente académico correspondiente a la titulación universitaria oficial exigida para concurrir a la convocatoria: hasta 30 puntos como máximo.
- b. Otras titulaciones universitarias oficiales adicionales relacionadas directamente con los perfiles indicados en el apartado primero de esta convocatoria: hasta 9 puntos como máximo.
- c. Formación de postgrado (doctorado o máster oficial o de un centro educativo de reconocido prestigio) relacionada con el perfil de la beca: hasta 18 puntos como máximo.
- d. Otra formación de postgrado (más de 60 créditos ECTS), valorándose únicamente un título de postgrado: hasta 9 puntos como máximo.e) Conocimiento de inglés: hasta 18 puntos como máximo.
- f. Conocimientos de otros dos idiomas oficiales de la Unión Europea (francés y alemán): hasta 8 puntos como máximo por cada idioma.
- La Comisión de Valoración determinará el orden de prelación de las personas aspirantes teniendo en cuenta los siguientes criterios:
- a. La puntuación mínima no podrá ser en ningún caso inferior a 40 puntos. En el caso de la modalidad de becas de ingeniería (código ING) la puntuación mínima no podrá ser inferior a 35 puntos.
- b. Puntuación total recibida por los méritos señalados en el punto 2 de este apartado.
- c. En caso de empate, se dirimirá el resultado atendiendo a la puntuación más alta obtenida por los solicitantes en los apartados 2.a, 2.c, 2.d, 2.e, 2.b y 2.f, en este orden.
Instrucción, resolución del procedimiento
- De acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de las bases reguladoras de esta convocatoria, la instrucción del procedimiento de concesión de becas estará a cargo de la Secretaría General dela CNMC.
- El procedimiento de concesión de las becas se desarrollará de acuerdo con lo previsto en el capítulo II de las bases reguladoras. Conforme a estas bases, las informaciones relativas a la instrucción del procedimiento, se publicarán en la página web de la CNMC www.cnmc.es y en la sede electrónica de su página web https://sede.cnmc.gob.es.
- Tras la publicación de la resolución provisional de concesión de becas, una vez baremadas las solicitudes presentadas, se publicará el listado definitivo de personas seleccionadas y suplentes,mediante resolución de la Presidencia de la CNMC en el Boletín Oficial del Estado, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), en la página web de la CNMC www.cnmc.es, así como en la sede electrónica de su página web https://sede.cnmc.gob.es.
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución no podrá exceder de seis meses contados a partir de la publicación de esta convocatoria. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución expresa, las personas interesadas podrán entender desestimada su solicitud por silencio administrativo, sin perjuicio de la obligación de dictar resolución expresa.
Desarrollo de la beca
Los becarios y becarias quedarán adscritos a la Unidad en la que vayan a desempeñar su actividad. La CNMC se reserva el derecho de modificar la Unidad de adscripción de las distintas becas por motivos organizativos.
A las personas adjudicatarias se les asignará un tutor o tutora responsable de orientar la formación correspondiente.
Las becas se desarrollarán en el marco de un programa de formación relacionado con las actividades de defensa de la competencia y de supervisión regulatoria que realiza la CNMC.
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1 de las bases reguladoras, la convocatoria de las becas CNMC tiene el objetivo de proporcionar una formación teórico- práctica en el ámbito de actuación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, y se desarrollarán en la CNMC.
Se ha establecido un indicador para conocer el grado de consecución del objetivo perseguido con la convocatoria de las becas, por lo que las personas adjudicatarias de las becas al finalizar su proceso de formación, cumplimentarán una encuesta de opinión y valoración sobre su periodo de formación en la CNMC.
Finalmente, se otorgará por la Secretaría General de la CNMC, a las personas beneficiarias delas becas un certificado que acredite el periodo de realización de las actividades.
Documentación a adjuntar
- a. Documento acreditativo de identidad. En defecto de lo anterior y de acuerdo con el Real Decreto 522/2006, de 28 de abril, se podrá autorizar el acceso al Sistema de Verificación de Datos de Identidad indicándolo en el anexo I de solicitud. En ese caso, se deberá cumplimentar el anexo III de autorización al Sistema de Verificación de Datos de Identidad y no será necesaria la presentación de dicho documento para personas españolas o extranjeras residentes en España.
- b. Copia del título universitario en alguno de los campos mencionados en el apartado primero de esta convocatoria, o copia del resguardo de abono de los derechos de expedición. Si el título o grado alegado no fuera oficial, o hubiera sido obtenido en países para los que sea exigible según la legislación vigente, documento expedido por el Ministerio de Educación y Formación Profesional en el que conste su homologación.
- c. Copia del expediente académico completo del que resulten las calificaciones correspondientes al título universitario y en el que conste la fecha en que se obtuvieron.
- d. Copia del título o del resguardo de abono de los derechos de expedición, así como del expediente académico completo del que resulten las calificaciones correspondientes a formación de postgrado.
- e. Copia de la titulación oficial donde se acredite el nivel de inglés, así como los otros dos idiomas(francés y alemán) recogidos en las bases reguladoras de estas becas.
- f. Curriculum vitae, conforme al modelo que figura como anexo II de esta resolución,acompañado de los documentos acreditativos de los méritos alegados.Así mismo, se deberán presentar aquellos documentos de los méritos alegados en el curriculum vitae y no recogidos en el artículo 4 de las bases reguladoras de estas becas, a efectos de su evaluación, de forma discrecional, por la Comisión de Valoración.
Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar homologados o reconocidos en el momento de solicitar la beca.