Becas Discapacidad Física o Sensorial Prácticas Ayuntamiento Onda
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Becas Discapacidad Física o Sensorial Prácticas Ayuntamiento Onda: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Discapacidad Física o Sensorial Prácticas Ayuntamiento Onda, están diseñadas para promover el acceso a la formación práctica y el desarrollo profesional de personas con discapacidad en el municipio de Onda. Este programa tiene como objetivo facilitar la incorporación de estos individuos al mercado laboral a través de prácticas profesionales en el Ayuntamiento de Onda.
Las Becas Discapacidad Física o Sensorial Prácticas Ayuntamiento Onda, están destinadas a personas de entre 18 y 64 años con una discapacidad igual o superior al 33%, o una discapacidad física de al menos el 65%, siempre que puedan realizar las funciones asignadas.
Los interesados deben cumplir con ciertos requisitos, como tener vecindad administrativa en Onda y estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Además, deben encontrarse en situación de desempleo y no estar disfrutando de otra ayuda económica similar durante el mismo periodo.
Se otorgarán puntos por no haber recibido una beca similar previamente en el Ayuntamiento, por tener un grado de discapacidad alto, y por la participación en programas formativos complementarios.
Si deseas conocer toda la información sobre las Becas Discapacidad Física o Sensorial Prácticas Ayuntamiento Onda, estás en el lugar correcto. Aquí te facilitamos toda la información que necesitas saber para solicitarlas.
Datos básicos
- Nº de becas
- 6
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Licenciatura
- Diplomatura
- Primaria
- ESO
- Bachillerato
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- Postgrado-Especialidad
- País de origen
- España
- Región de origen
- Comunidad Valenciana
- Provincia de origen
- Castellón
- Localidad
- Onda
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Las Becas Discapacidad Física o Sensorial Prácticas Ayuntamiento Onda, objeto de esta convocatoria se adjudicarán por medio de concurrencia competitiva, entre las personas aspirantes a ellas, que reúnan los siguientes requisitos antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y lo acrediten documentalmente:
- Tener una edad comprendida entre 18 y 64 años, inclusive.
- Poseer la vecindad administrativa en el municipio de Onda con anterioridad a la fecha de publicación en el BOP de estas Bases.
- Tener un grado de discapacidad psíquica, mental o sensorial de, al menos, el 33%, o en grado de discapacidad física de, al menos, un 65%, documentalmente acreditada, con las habilidades y capacidades necesarias para asumir un periodo de aprendizaje práctico-formativo. Dicha discapacidad no podrá ser incapacitante para el desarrollo de las funciones propias de auxiliar de conserjería/restauración.
- No encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social.
- No estar disfrutando de otra beca o ayuda económica, aplicable a idéntico período al solicitado, financiada con fondos públicos o privados. En caso de concurrencia, la persona aspirante deberá renunciar con anterioridad a los ingresos de otra procedencia y, en su caso, acreditar que ha reintegrado el importe ya percibido.
- Encontrarse en situación de desempleo. La obtención de la beca será incompatible, con carácter general, con actividades empresariales, profesionales, sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria con cualquier institución, organismo o empresa pública o privada.
- Aceptar y cumplir las normas establecidas en las bases de esta convocatoria y las que se establezcan en la resolución de concesión, así como las instrucciones que, durante el periodo de vigencia de la misma, reciban del Ayuntamiento de Onda.
- Tener disponibilidad para realizar la beca de formación en prácticas en el periodo de cuatro meses, comprendido entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2024.
Dotación
Cada una de las Becas Discapacidad Física o Sensorial Prácticas Ayuntamiento Onda está dotada con un importe de 600 euros brutos mensuales a abonar en períodos vencidos. A este importe se le practicarán las retenciones que correspondan en concepto del Impuesto sobre la Renta de las personas físicas, y las deducciones que correspondan en concepto de Seguridad Social.
En aquellos supuestos que impliquen un período inferior al mes natural se percibirá la parte proporcional correspondiente.
Las personas becarias deberán completar una asistencia de 25 horas semanales, distribuidas de la forma que determine el tutor/a, de acuerdo con las posibilidades de tutorización de cada departamento, desempeñándose en horario de mañana y/o tarde, y pudiendo incluir fines de semana en el caso de las becas destinadas a Deportes, Turismo, Museo y Biblioteca.
El periodo de duración de las becas será de cuatro meses, cuyo periodo de realización estará comprendido entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2024.
Presentación
El plazo de presentación de solicitudes de las Becas Discapacidad Física o Sensorial Prácticas Ayuntamiento Onda, será de 7 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón, quedando excluidas las solicitudes que no hayan tenido registro de entrada en este Ayuntamiento en esa fecha.
Las solicitudes, presentadas en el modelo de solicitud que se incluye como Anexo I y que se adjunta a las presentes bases, se presentarán en el registro de entrada de este Ayuntamiento (S@T) situado en El Pla, 1 de Onda, en horario de registro. También podrán presentarse en cualquiera de las restantes formas que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas (LPACAP), en cuyo caso la persona interesada deberá comunicarlo al Ayuntamiento, adjuntando copia de toda la documentación presentada al correo electrónico personal@onda.es. Si no se recibe dicha comunicación dentro del plazo de presentación de solicitudes, no podrá ser admitido en el proceso selectivo.
Las solicitudes tendrán que ir acompañadas de los justificantes de los requisitos enumerados en la base tercera y de los méritos que se aleguen, así como de la autobaremación.
Más información
Baremación y méritos
Los méritos que se baremarán a los efectos de esta convocatoria son los siguientes:
- Por no haber disfrutado de otra beca de la misma finalidad en este Ayuntamiento durante el año anterior a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón: 5 puntos.
- Por tener reconocida una discapacidad sensorial, psíquica o mental igual o superior al 65%: 4 puntos.
- Formación específica. Por haber participado en programas formativos específicamente dirigidos a personas con discapacidad: 4 puntos. En caso de presentar varios justificantes de participación en estos programas se puntuará en este apartado el de menor duración, puntuándose el resto de acuerdo con el baremo del punto siguiente.
- Formación complementaria. Por haber participado en cursos o talleres de formación laboral que no formen parte del expediente académico:
- De 20 a 100 horas: 0,5 puntos.
- De 101 a 200 horas: 1 punto.
- De 201 a 300 horas: 2 puntos.
La puntuación máxima a obtener en este apartado será de 3 puntos.
En caso de empate de puntuaciones se preferirá la solicitud que tenga la mejor puntuación en los apartados siguientes:
- No haber disfrutado de otra beca de la misma finalidad.
- Grado de discapacidad.
- Formación específica.
- Formación complementaria.
- Orden de presentación de instancia.
Solo se valorarán los méritos aportados dentro del plazo de presentación de solicitudes.
Derechos y obligaciones
- Estas becas son incompatibles con el disfrute de cualquier otra beca, ayuda de similar o análoga finalidad, o actividad laboral regular. La infracción de esta regla autoriza al Ayuntamiento a cancelar el disfrute de la beca y a solicitar el reintegro de las cantidades ya percibidas.
- La participación de los becarios en este programa de formación tiene carácter formativo, sin que esta actividad constituya en ningún momento una relación laboral entre los becarios y esta entidad local.
- Al personal becario, como perceptor de subvenciones públicas, le resultará de aplicación las obligaciones señaladas en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones.
Son obligaciones de los/as becarios/as:
- Incorporarse a la entidad local correspondiente en la fecha prevista en la resolución de concesión.
- Desarrollar sus actividades formativas en las dependencias municipales que le sean indicadas por su tutor/a.
- Tener la dedicación que se establece en las bases de estas becas, que tendrán que ser realizadas siguiendo las indicaciones del tutor/a.
- Realizar las actividades formativas y cumplir los objetivos marcados por su tutor/a.
- Elaborar memoria de actividades que deberá de ser aprobada por su tutor/a.
Los tutores o tutoras ordenarán las actividades de formación del personal becario y organizarán el tiempo de dedicación a dichas actividades.
El incumplimiento sin causa justificada de las condiciones establecidas en la presente convocatoria podrá dejar sin efecto la concesión de la beca, y se tendrá que proceder al reintegro, si procede, de las cantidades percibidas hasta el momento.
Ante las renuncias, bajas o finalización del período de vigencia, podrá cubrirse la beca por el tiempo restante, según el orden de puntuación que haya resultado del proceso de selección.
Documentación a adjuntar
Para acreditar los requisitos mencionados, los aspirantes deberán presentar la siguiente documentación:
- Acreditación de la situación de desempleo (mediante certificado de situación emitido por los servicios públicos de empleo e informe de vida laboral).
- Certificado del grado de discapacidad emitido por la autoridad competente.
- Declaración responsable de que la discapacidad es compatible y no impide el desempeño de las tareas objeto de la beca. Si el Ayuntamiento apreciase en cualquier momento que dicha discapacidad puede resultar incapacitante para el desarrollo de las tareas objeto de la beca podrá solicitar certificado médico que acredite dicha circunstancia.
- Original o copia de los méritos alegados.
- Autorización por parte de la persona beneficiaria al Ayuntamiento de Onda a recabar ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, de la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Hacienda Local la información relativa al cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en los términos previstos en los artículos 18 y 19 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, incluido en el impreso de solicitud. Si deniega la autorización al Ayuntamiento, deberá aportar certificados de estar al corriente de pagos frente a la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y la Hacienda local.
- Hoja de autobaremación, debidamente cumplimentada, que se adjunta en el Anexo II.
La Comisión de Evaluación podrá solicitar los originales de la documentación presentada por los becarios seleccionados.