Becas Llíria et Beca
INSCRIPCIONES
Esta beca ha finalizado. Regístrate y te avisamos cuando haya nuevas.
Becas Llíria et Beca: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Llíria et Beca, que convoca el Ayuntamiento de este municipio están orientadas a facilitar a los estudiantes de distintos niveles universitarios, el desarrollo de prácticas formativas, con la principal finalidad de darles la oportunidad de poner en práctica los conocimientos adquiridos durante sus estudios, y de tener una primera toma de contacto con el mundo laboral.
Las Becas Llíria et Beca podrán ser solicitadas por estudiantes que sean vecinos del municipio y que reúnan el resto de los requisitos indicados en la convocatoria como tener más de 18 años de edad, estar cursando estudios universitarios oficiales y estar al corriente de las obligaciones tributarias.
Además de los citados requisitos, durante el proceso de selección de los candidatos a una de estas becas, también se tendrán en cuenta otros méritos como el expediente académico, los conocimientos de valenciano, la formación complementaria o contar con una discapacidad superior al 33%.
De este modo, el Ayuntamiento de Llíria pretende facilitar a sus vecinos el desarrollo de prácticas de formación, premiando a aquellos alumnos que cuentan con los mejores resultados académicos o que disponen de alguna discapacidad, apoyando así a los colectivos más vulnerables.
A continuación podrás conocer todos los detalles relacionados con las Becas Llíria et Beca como plazos de presentación de solicitudes, requisitos y otros detalles.
Datos básicos
- Nº de becas
- 20
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Licenciatura
- Diplomatura
- Ingeniería
- Arquitectura
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Región de origen
- Comunidad Valenciana
- Provincia de origen
- Valencia
- Localidad
- Llíria
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Los solicitantes de las Becas Llíria et Beca deben reunir los siguientes requisitos:- Poseer vecindad administrativa en el municipio de Llíria.
- Tener 18 años cumplidos.
- Encontrarse cursando estudios oficiales, entendiendo por tales, a efectos de esta convocatoria, los que cumplan con lo indicado en el artículo 2 de la Orden 21/2016, de 10 de junio, de la Consejería de Educación, investigación, cultura y deporte (DOCV de 14 de junio de 2016). Para los casos de estar cursando estudios de máster, y se quiere optar a una plaza de grado, la persona candidata deberá justificar la titulación detallada y los estudios que está realizando deben estar relacionados con la actividad.
- No encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias arregladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, ante la Seguridad Social, y de la hacienda local, lo que se acreditará mediante declaración responsable.
- No estar disfrutando de otra beca o ayuda, de la misma o análoga finalidad, ni realizando actividad laboral que resulte incompatible con el disfrute dela beca y siempre que no interfiere con el horario el periodo de disfrute de la beca.
Dotación
- Cada una de las Becas Llíria et Beca está dotada con un importe de 500 euros netos mensuales, que se abonarán en periodos vencidos. En aquellos supuestos que impliquen un período inferior al mes natural, será la parte proporcional correspondiente.
- El periodo de duración de las becas será de 2 meses.
- El período de disfrute se producirá entre los meses de julio, agosto y septiembre, y la duración de les becas en ningún caso se podrán prolongar más allá del mes de septiembre.
Presentación
Las solicitudes de las Becas Llíria et Beca se presentarán por vía telemática en el trámite específico a través de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Llíria.
Más información
Méritos
Los méritos que se baremen y puntuación a efectos de esta convocatoria son los siguientes:
- Expediente académico:
- a. Nota media del expediente académico aportado (máx 10 puntos).
- b. Nº de créditos superados (0'04 por crédito) o asignaturas aprobadas de ciclo (0'2 por asignatura). Máx 10 puntos. En el caso de estudiantes de máster se considerarán también los créditos del grado que lo habilita para el máster.
- Conocimientos de valenciano: Se valorará el conocimiento del valenciano siempre que se acredite estar en posesión del certificado expedido u homologado por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià, o de la Escuela Oficial de Idiomas o de la Comissió Interuniversitaria d’Estandardització d’Acreditacions de Coneixements de Valencià (CIEACOVA), con arreglo a la siguiente escala:
- Grado superior de conocimientos de valenciano/ NIVEL C2: 5 puntos.
- Grado medio de conocimientos de valenciano/ NIVEL C1: 3 puntos.
- Grado elemental de conocimientos de valenciano/ NIVEL A1 al NIVEL B2: 1 punto.
- Formación complementaria: conocimientos otros idiomas comunitarios. Por cada idioma:
- Nivel A2: 0,10 puntos.
- Nivel B1: 0,25 puntos.
- Nivel B2: 0,50 puntos.
- Nivel C1: 0,75 puntos.
- Nivel C2: 1,00 punto.
- Las equivalencias entre las enseñanzas reguladas por el Real decreto 967/1988, de 2 de septiembre, y las reguladas por los reales decretos 944/2003 y 1629/2006, de 29 de diciembre (Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo) y por la disposición final primera del Decreto 138/2014, de 29 de agosto (Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre), son las que se detallan en la tabla adjunta al presente punto.* Consultar tabla de la convocatoria.
- Los justificantes de la formación que se aporten deberán recoger específicamente las horas realizadas. En otro caso, no serán tenidas en cuenta por el Tribunal. La acreditación se realizará mediante la presentación de los títulos, certificaciones o diplomas, reservándose el Tribunal la facultad de solicitar aclaración respecto de documentación que ofrezca duda, así como documentación original o compulsada en caso de ser necesaria, sin que se permita la presentación de nueva documentación no incluida en el plazo de solicitud.
- No haber sido destinatario con anterioridad en el programa Llíria et Beca: 15 puntos.
- Otros méritos: Discapacidad con porcentaje superior al 33%: 5 puntos.
En caso de empate de puntuaciones se valorará con carácter preferente aquellos casos en que el solicitante acredite situación de discapacidad, así como el hecho de no haber disfrutado el estudiante una beca en el estudio durante el último curso académico.
- Para el examen de las solicitudes de becas se constituirá una comisión evaluadora que estará integrada por los siguientes miembros: Presidente/a, Secretario/a y 3 vocales.
- La comisión evaluadora tiene facultades para realizar, por medio de sus miembros, todas las comprobaciones que estime necesarias para una mejor calificación de los méritos aducidos.
- Una vez finalizado el estudio correspondiente de los expedientes de cada uno de los aspirantes, la comisión evaluadora formulará la propuesta de adjudicación de las becas, para que las dictamine y se aprueben, en su caso, por resolución de Alcaldía en un plazo máximo de tres meses a contar desde la publicación de la presente convocatoria.
- La resolución de concesión puede declarar desierta la cobertura de la beca correspondiente a alguna de las áreas de actividad, si el perfil de los solicitantes no se adecua a las características concretas necesarias para el correcto desarrollo de la misma.
- Cuando, para alguna de las plazas ofertadas no existieron suficientes personas candidatas o si quedara desierta alguna plaza, la comisión podrá proponer candidatos de la titulación más similar de entre los candidatos presentados y siguiendo el orden de baremo, y en caso de no haber aspirantes de titulaciones adecuadas podrá incrementar las plazas ofertadas en aquellas áreas de actividad que considere necesarias.
- Con los aspirantes admitidos, a los que no se les adjudique una de las becas, se formará una bolsa, según la puntuación obtenida y el área de actividad y titulación, para los casos de renuncia, desistimiento u otras circunstancias que imposibilitan la aceptación o el cumplimiento de la duración establecida por algunos de los aspirantes seleccionados. En el caso de no existir reservas, la Comisión Evaluadora podrá proponer como reservas candidatos de la titulación más similar.
- La entidad local nombrará uno o más tutores/tutoras que harán el seguimiento y la coordinación y, además, ordenarán la actividad de formación del personal becario y el tiempo de dedicación a las actividades mencionadas, que no superará las 25 horas semanales por becario/a.
- Estas becas son incompatibles con el disfrute de cualquier otra beca, ayuda de parecida o análoga finalidad, o actividad laboral regular. La infracción de esta regla autoriza a la corporación municipal a cancelar el disfrute de la beca.
- La participación de los/as becarios/as en este programa de formación tiene carácter formativo, sin que esta actividad constituya en ningún momento una relación laboral entre los becarios y esta entidad local.
- Al personal becario, como perceptor de subvenciones públicas, le resultarán de aplicación las obligaciones recabadas en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones.
- Son obligaciones de los/ as becarios/as:
- Incorporarse a las dependencias municipales que le sean indicadas en la resolución de concesión, con la dedicación que se establece en las bases.
- Realizar las actividades y cumplir los objetivos marcados por el tutor/a.
- Elaborar memoria de actividades que deberá ser aprobada por el tutor/a.
- Guardar el correspondiente sigilo y reserva sobre las actividades realizadas en el ejercicio de la práctica formativa.
Documentación a adjuntar
Para acreditar los requisitos mencionados, los aspirantes deberán adjuntar la documentación siguiente:
- Justificante de la matrícula curso 2023-2024.
- Expediente académico actual donde conste la nota media e indicación de créditos superados o asignaturas superadas para los ciclos formativos. Para los casos de estudiantes de máster además el expediente académico del máster.
- Fotocopia de los documentos que acreditan los méritos.
- Currículum vitae del aspirante.
Personas con discapacidad
Otros méritos evaluables
- Discapacidad con porcentaje superior al 33 %.