Becas para Jóvenes Transición a la Vida Activa
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Becas para Jóvenes Transición a la Vida Activa: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas para Jóvenes Transición a la Vida Activa se ofrecen con la finalidad de dotar a los estudiantes de Alcázar de San Juan de oportunidades formativas y prácticas en diversos ámbitos profesionales. Este programa, impulsado por el Ayuntamiento a través de la Concejalía de Juventud, busca apoyar a aquellos recién titulados o estudiantes próximos a finalizar su formación universitaria o de grado superior.
En la presente convocatoria se otorgarán diecisiete becas destinadas a jóvenes que desean especializarse y adquirir experiencia técnica. Las Becas para Jóvenes Transición a la Vida Activa comprenden prácticas intensivas de 240 horas, diseñadas para enriquecer el desarrollo profesional de los participantes, bajo la supervisión de tutores especializados en cada sector.
El proceso de selección se basa en criterios tales como el expediente académico, certificados de discapacidad y el empadronamiento en Alcázar de San Juan.
Las becas ofrecen una compensación económica y un plan de formación obligatorio. La cuantía de cada beca será de 700 euros. 12 de estas becas será para departamentos del ayuntamiento y 5 de ellas para empresas.
Las Becas para Jóvenes Transición a la Vida Activa son una iniciativa clave para el desarrollo integral de los jóvenes alcazareños, promoviendo su inserción profesional y preparándolos para su futuro laboral. En nuestra web podrás consultar toda la información para solicitarlas si estás interesado en ellas.
Datos básicos
- Nº de becas
- 17
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Ciclos formativos de grado superior
- País de origen
- España
- Región de origen
- Castilla La Mancha
- Provincia de origen
- Ciudad Real
- Localidad
- Alcazar de San Juan
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Podrán optar a las Becas para Jóvenes Transición a la Vida Activa las personas que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar empadronado/as en Alcázar de San Juan, el solicitante o sus ascendientes (padre y madre o tutores legales), con una antigüedad mínima de un año.
- Tener una edad menor o igual a 30 años.
- Y acreditar cualquiera de las siguientes situaciones:
- Estar cursando el último curso de Grado Universitario en su totalidad.
- Estar cursando su primer Máster homologado en el curso 2023-2024.
- Haber obtenido el Título de Grado Universitario durante el curso académico anterior (2022-2023).
- Haber obtenido el título de Ciclo de Grado Superior en Formación Profesional durante los cursos 2022-2023 ó 2023-2024.
Dotación
El número de Becas para Jóvenes Transición a la Vida Activa a conceder son DIECISIETE (17), con una cuantía de 700,00 €, DOCE (12) para departamentos del Ayuntamiento y CINCO (5) para empresas, (de la que se deducirá la retención por IRPF que legalmente corresponda) y que se abonarán una vez finalizadas y justificadas. Todas ellas cuentan con un Plan de Formación obligatorio.
Presentación
La solicitud para la obtención de las Becas para Jóvenes Transición a la Vida Activa objeto de esta convocatoria, se presentarán junto con la documentación indicada en el plazo de veinte días naturales a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Las solicitudes se presentarán mediante Registro Electrónico, conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas, o tramitación presencial.
- REGISTRO ELECTRÓNICO: Se realizará a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan (Catálogo de trámites / Servicios Sociales / Concesión Becas Jóvenes Transición a la Vida Activa 2024. Importante: para la identificación de la personas solicitante a través de la aplicación de firma electrónica Autofirm@, se requerirá instalación previa de la misma y CERTIFICADO DIGITAL para llevar a cabo el trámite y completar el proceso de firma electrónica. Las solicitudes que se presenten a través del Sistema Cl@ve deberán subirse obligatoriamente firmadas previamente. Información Sede Electrónica: Tfno: 608 51 68 27 / email: info@aytoalcazar.es
- TRAMITACIÓN PRESENCIAL: se podrá realizar presentando la documentación requerida en el Centro de Servicios Sociales, C) Santo Domingo, 2, EL HORARIO DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA es de lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas, o en la Oficina de Atención al Ciudadano (OAC) situada en la entrada del Ayuntamiento C) Santo Domingo, 1. EL HORARIO DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA es de lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas.
Asimismo, la presentación de la solicitud conlleva la autorización al Ayuntamiento de Alcázar de San Juan para obtener o contrastar los datos necesarios del solicitante y los miembros computables de la unidad familiar, con cualquier Organismo o Administración pública, con el objetivo de resolver satisfactoriamente la convocatoria.
Más información
Objeto
El objeto de la convocatoria es dotar de una beca económica, proporcionando prácticas a estudiantes de enseñanzas superiores de la localidad, que sirva como experiencia técnica, dentro de cada uno de los ámbitos profesionales.
Descripción de las becas
Prácticas de 240 horas para la realización de becas de investigación en los distintos Servicios Municipales del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan o Empresas de Alcázar de San Juan. El trabajo de la beca no podrá ser utilizado para justificar un trabajo fin de carrera o proyecto.
Las prácticas consistirán en un Plan de Trabajo que se diseñará de común acuerdo con la persona encargada de la tutoría y con una duración de 240 horas, en un período máximo de dos meses.
Las personas aspirantes a beca deberán elegir el tema según su área de conocimiento, de entre los expuestos en esta convocatoria.
Las titulaciones especificadas en el perfil profesional de cada una de las plazas tendrá carácter obligatorio no pudiendo resultar seleccionado el aspirante con titulación distinta a la especificada.
Tendrán prioridad las personas que no hayan sido adjudicatarias en anteriores convocatorias. Se podrá obtener un máximo de dos becas, en distinta convocatoria cada una.
Plazo de resolución y notificación
La instrucción de las presentes ayudas corresponde a la Concejalía de Juventud quien redactará Propuesta de Resolución para su aprobación que corresponderá a la Alcaldía-Presidencia, previa fiscalización de la Intervención de Fondos.
Si la solicitud adolece de los documentos exigidos se podrá requerir la subsanación de conformidad con el artículo 23.5 de la Ley General de Subvenciones. A quienes no aportaran la documentación requerida o no subsanaran los defectos después de requeridos, en el plazo máximo e improrrogable de diez días, se les tendrá por desistidos de su solicitud.
La resolución de concesión será notificada a las personas solicitantes a través de la publicación de los listados provisionales y definitivos en el Tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan.
Una vez publicados los listados provisionales, se concederá un plazo de tres días naturales para formular alegaciones o reclamaciones. Transcurrido dicho plazo y resueltas, en su caso, las alegaciones y/o reclamaciones, se procederá a la publicación del listado definitivo. En el anuncio de adjudicación se indicará D.N.I. de las personas seleccionadas y suplentes, indicando su puntuación y la fecha y lugar para la firma de aceptación de la beca.
A la firma de aceptación de la Beca, podrá acudir representante acreditado con autorización firmada donde conste el nombre, apellidos y D.N.I. de ambos. La no asistencia al acto de firma de la Aceptación de la Beca, salvo que acredite por escrito causa de fuerza mayor, supone la renuncia de la misma adjudicándose al primer suplente.
El plazo máximo para la resolución y notificación será de TRES meses desde la fecha de publicación de la convocatoria.
La resolución de concesión pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra ésta con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Ciudad Real, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación de los listados definitivos.
La falsificación de cualquiera de los documentos mencionados o alteración de su contenido original conllevará la pérdida de la beca así como el inicio de los procedimientos administrativos y/o penales que en su caso procedan.
Criterios de valoración de las solicitudes
Mediante auto - baremación teniendo en cuenta los siguientes criterios:
Expediente académico: La nota media del expediente se valorará siguiendo los parámetros,
Cuando la nota media aparezca en base 10:
- 5 – 6,9: 1 punto.
- 7 – 8,9: 2 puntos.
- 9 – 9,9: 3 puntos.
- 10 -----: 4 puntos.
Cuando la nota media aparezca en base 4:
- 1: 1 punto.
- 2: 2 puntos.
- 3: 3 puntos.
- 4: 4 puntos.
- Aprobado: 1 punto.
- Notable: 2 puntos.
- Sobresaliente: 3 puntos.
- Matrícula de Honor: 4 puntos.
- Empadronamiento de aspirante y ascendientes: 1 punto.
- Empadronamiento sólo de ascendientes: 0.50 puntos.
- Empadronamiento sólo de aspirante: 0.50 puntos.
- Ser beneficiario/a por primera vez: 4 puntos.
- La aceptación de la beca mediante la firma de la Ficha de Aceptación compromete a cumplir las condiciones de las presentes bases.
- La renuncia de la beca se hará mediante la firma de la Ficha de Renuncia.
- La dedicación a la beca será prioritaria con un mínimo de 240 presenciales e incompatible con el desarrollo de otras actividades dentro del mismo horario y bajo supervisión del tutor/a que dentro de la entidad receptora velará por su formación.
- Participarán en las acciones de formación diseñadas en el Plan de Formación y se comprometen a asumir las normas de funcionamiento de la entidad receptora sin exceder la jornada establecida en la misma.
- Al finalizar la beca presentará un informe sobre el desarrollo del Plan de Trabajo en el que se especificarán los resultados, conclusiones, propuestas, metodología aplicada y una descripción pormenorizada del trabajo realizado con el registro de horas/persona empleadas y un resumen técnico sobre en qué ha consistido la beca y qué resultados ha obtenido.
- Informe favorable del Tutor/a.
- Propuesta de la Jefatura de Servicio de Servicios Sociales con el visto bueno de la Concejalía de Juventud
- Informe de fiscalización de la Intervención.
- Resolución de la Alcaldía-Presidencia La persona beneficiaria de beca aportará previamente en la Tesorería Municipal la oportuna Ficha de Terceros.
Certificación
Una vez finalizada la beca, el Ayuntamiento de Alcázar de San Juan expedirá el Certificado de Beca, especificando el período y la entidad donde se ha desarrollado la beca así como el proyecto desarrollado.
Enlaces de interés
https://sede.alcazardesanjuan.es/sta/docs/GetDocumentServlet?CUD=15252413372111617377&HASH_CUD=d41eaea60a7cc5f1ed3d6a5cebe3cbea7d6786be&APP_CODE=STA
Documentación a adjuntar
La documentación a presentar será la siguiente:
- Solicitud en el modelo normalizado que se acompaña como Anexo I.
- D.N.I.
- Certificado académico personal expedido y sellado por la Secretaría de la Universidad, donde se haga constar la nota media de su expediente.
- Acreditación oficial del Máster en Curso 2023-2024 (matricula).
- Título del Ciclo de Grado Superior obtenido en Curso 2022-2023 ó 2023-2024.
- Título de Grado Universitario obtenido en Curso 2022-2023.
- Certificado de Grado de Discapacidad. Se podrán solicitar 2 becas ordenadas según su preferencia.
La presentación de la solicitud comporta la plena aceptación de estas Bases.