Universidad Politécnica de Cartagena (UPCT)

Becas de matrícula y ayudas al estudio UPCT

Becas de estudiosBecas de matrículaUniversitarios

INSCRIPCIONES

10/06/202405/07/2024
Finalizada

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Becas de matrícula y ayudas al estudio UPCT: solicitud y plazos

Descripción

La Universidad Politécnica de Cartagena (UPCT) tiene como objetivo principal, la igualdad de oportunidades para acceder a la educación superior a aquellos alumnos que estén en situaciones económicas o sociales desfavorables. Para conseguir su objetivo cuenta con un programa de becas y ayudas para sus estudiantes universitarios.

La Universidad Politécnica de Cartagena se ha unido con Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para ofrecer las Becas de matrícula y ayudas al estudio UPCT. Estas becas van dirigidas a los estudiantes de matriculados en titulaciones de Grado o Máster que por motivos económicos puedan quedar excluidos de sus estudios oficiales, prestando mayor atención a aquellos con cargas familiares, víctimas de la violencia de género y aquellos con dependencia y discapacidad, garantizando así su acceso y permanencia en los estudios universitarios.

Las Becas de matrícula y ayudas al estudio UPCT ofrece ayudas económicas para cubrir los gastos de la matricula de grado para perceptores del ingreso mínimo vital y otros gastos como de desplazamiento o generados por precios públicos.

Si estas interesado en recibir una de las Becas de matrícula y ayudas al estudio UPCT de la Universidad Politécnica de Cartagena, aquí te ofrecemos toda la información necesaria para realizar la solicitud. Además puedes consultar otras becas y ayudas convocadas por esta universidad. 

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Estudios comprendidos para las Becas de matrícula y ayudas al estudio UPCT

Podrán solicitar beca de matrícula y ayuda de estudios de la Universidad Politécnica de Cartagena (en adelante UPCT) para el curso 2023/2024, los estudiantes matriculados en enseñanzas de grado o máster que habilite para el ejercicio de una profesión regulada, en un Centro de la UPCT, en estudios conducentes a la obtención de un título oficial con validez en todo el territorio nacional.

Para poder recibir esta beca el solicitante deberá tener pagada totalmente su matrícula en la fecha de finalización del plazo establecido para la presentación de las solicitudes.

Para ser beneficiario de estas becas será preciso no estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca, a 30 de septiembre de 2023.

Quedan excluidos de la presente convocatoria los estudios de másteres oficiales que no habiliten para el ejercicio de una profesión regulada.

Requisitos académicos para los estudiantes de nuevo ingreso

Modalidad A. Los estudiantes que se matriculen por primera vez de estudios de Grado deberán acreditar una nota de acceso a la Universidad de, al menos, 5,00 puntos, con exclusión de la calificación obtenida en la fase específica. Los estudiantes que se matriculen por primera vez de estudios de máster habilitante no deberán acreditar nota de admisión.

Modalidad B y Modalidad C. Los estudiantes que se matriculen por primera vez de estudios de Grado deberán acreditar una nota de acceso a la Universidad de, al menos, 5,50 puntos, con exclusión de la calificación obtenida en la fase específica. Por otro, lado, para optar a esta modalidad B y C, el estudiante de grado o de máster habilitante deberá haberse presentado a alguna asignatura de la convocatoria ordinaria del curso 2023/24. Los estudiantes que no se hubieran presentado quedaran excluidos de estas modalidades.

Requisitos académicos de los estudiantes

Modalidad A y Modalidad D. Los estudiantes matriculados en curso distinto a primero,por primera vez, deberán cumplir los mismos requisitos que se establecen en la Resolución de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general, para el curso académico 2023/24, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios, con las siguientes excepciones:

  • a. En estudios Técnicos, los créditos no superados durante el curso 2022/23 no podrán exceder del 40% de los matriculados. Requisito que será, también, de aplicación a másteres habilitantes.
  • b. En el resto de las titulaciones, los créditos no superados durante el curso 2022/23 no podrán exceder del 20 % de los matriculados.

Modalidad B y Modalidad C. Los estudiantes matriculados en curso distinto a primero,por primera vez, deberán cumplir los mismos requisitos que se establecen en la Resolución de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general, para el curso académico 2023/24, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios, con las siguientes excepciones:

  • a. En estudios Técnicos, los créditos no superados durante el curso 2022/23 no podrán exceder del 35% de los matriculados. Requisito que será, también, de aplicación a másteres habilitantes.
  • b. En el resto de las titulaciones, los créditos no superados durante el curso 2022/23 no podrán exceder del 10 % de los matriculados.

Dotación

Modalidades y Cuantías

Se establecen 2 tipos de becas y ayudas.

  • Tipo 1. Modalidad única U. Gastos Académicos en primera matrícula de grado para perceptores del Ingreso Mínimo Vital.
  • Tipo 2. Becas y ayudas complementarias a la convocatoria del Ministerio de Educación y Formación profesional.
    • Modalidad A. Becas de Matricula en primera matrícula.o
    • Modalidad B. Ayudas el estudio por desplazamiento.
    • Modalidad C. Ayudas al estudio de cuantía variable.
    • Modalidad D. Gastos generados por el pago de precios públicos.
No se establece una cuantía fija por tipología de becas, sino que estarán priorizadas a la hora de la ejecución de la concesión de becas.

El presupuesto inicial se destinará a la tipología 1, siendo el sobrante destinado a la tipología 2- modalidad A. A su vez, el presupuesto sobrante del pago de las becas dela Modalidad A se destinará a la Modalidad B. El presupuesto sobrante del pago delas becas de la Modalidad B se destinará a la Modalidad C. El presupuesto sobrante del pago de las becas de la Modalidad C se destinará a la Modalidad D.

  • a. Tipología 1. Modalidad única U. Gastos Académicos en primera matrícula degrado para perceptores del Ingreso Mínimo Vital.
    • Se convocan becas de matrícula para estudiantes de grado y de máster habilitante de la UPCT que acrediten pertenecer a una unidad familiar que perciba el Ingreso Mínimo Vital y que en el curso académico 2023/2024 no hayan resultado beneficiarios de las becas de carácter general convocadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, por no cumplir con los requisitos académicos o por no haberlas solicitado.
    • La cuantía de la beca compensará total o parcialmente los gastos académicos en primera matrícula del curso 2023/2024, cuyo importe se corresponderá con el precio establecido en el Decreto del Consejo de Gobierno 1/2022, de 13 de enero (BORM de 20 de enero), por el que se fijan los precios públicos a satisfacer por la prestación de servicios académicos universitarios para el curso 2023/2024, según el nivel de experimentalidad de los estudios cursados y sin que se pueda rebasar el precio para primera matrícula relacionado en el Anexo I de dicho Decreto.
    • Si el importe de la suma total de las becas de matrícula a conceder superara el presupuesto de 85.000 euros destinado a esta convocatoria y este no fuese ampliado por una mayor financiación, las becas se concederán distribuyendo proporcionalmente dicho presupuesto entre la cuantía que corresponda a cada solicitante.
  • b. Tipología 2. Becas y ayudas complementarias a la convocatoria del Ministerio de Educación y Formación profesional.
    • Modalidad A. Becas de Matricula en primera matrícula
      • Se convocan Becas de matrícula de la UPCT para aquellos estudiantes que, cumpliendo los requisitos económicos exigidos por la convocatoria del Ministerio de Educación y Formación Profesional, de becas de carácter general, para estudiantes universitarios en el curso académico 2023/24 no han resultado beneficiarios de las mismas por no cumplir con los requisitos académicos o no haberlas solicitado.
      • El importe de la beca será el equivalente a los gastos generados por el pago de los precios públicos por servicios académicos, referentes a créditos matriculados por primera vez, que ha abonado el alumno por la formalización de su matrícula del curso 2022/23 en la UPCT, con las siguientes limitaciones:
        • En las titulaciones de grado el importe máximo será de 1.006,80 euros para las titulaciones técnicas y de 862,80 euros para las no técnicas. En las titulaciones de máster el importe máximo será de 1.197,60 euros.
        • Para los estudiantes que tengan deducción en el pago de su matrícula por el concepto de Familia Numerosa de Primera Categoría, la limitación del importe de la ayuda establecida en el punto anterior se reducirá en el 50%.
      • Los importes correspondientes a la modalidad A se abonarán ejecutando de oficio el procedimiento de devolución de los precios públicos satisfechos por los beneficiarios.
      • Si el importe de la suma total de las becas de matrícula a conceder superara el presupuesto de 85.000,00 euros, destinado a esta convocatoria, y no fuese ampliada por una mayor financiación, éstas se concederán distribuyendo proporcionalmente dicho presupuesto entre las cuantías que le corresponda a cada solicitante.
    • Modalidad B. Ayudas al estudio por desplazamiento
      • Se convocan ayudas al estudio de la UPCT para aquellos estudiantes que tengan, durante el curso 2023/2023, gastos de desplazamiento entre el domicilio familiar y su centro docente, gastos derivados de la de residencia fuera del domicilio familiar o un bajo nivel de ingresos familiares. 
        • Cuantía ligada a renta: 1.000,00 €.
        • Cuantía ligada a la residencia: 1.500,00 €.
        • Desplazamiento de 5 a 10 Km.: 250,00 €.
        • Desplazamiento de 10 a 30 Km.: 325,00 €.
        • Desplazamiento de 30 a 50 Km.: 400,00 €.
        • Desplazamiento de más de 50 Km.: 475,00 €.
      • Las ayudas de desplazamiento y residencia son incompatibles entre sí.
      • El presupuesto sobrante del pago de las becas de la Modalidad A se destinará a la Modalidad B. Si el importe de la suma total de las ayudas a conceder superara el presupuesto que finalmente vaya destinado a esta modalidad, éstas se concederán distribuyendo proporcionalmente dicho presupuesto entre la cuantía que le corresponda a cada solicitante.
    • Modalidad C. Ayudas al estudio de cuantía variable
      • Se convocan ayudas al estudio de cuantía variable destinada a aquellos estudiantes que, cumpliendo los requisitos académicos establecidos en la convocatoria, superen el umbral 1 de renta y no superen el umbral 2.
      • El importe que resulte de la siguiente fórmula:(-1000/(b-a))xc +(b/(b-a)) x 1000.
      • b= umbral 2 de renta para n miembros computables.
      • a= umbral 1 de renta para n miembros computables.
      • c= renta familiar a efectos de beca.
      • El presupuesto sobrante del pago de las becas de la Modalidad B se destinará a la Modalidad C. Si el importe de la suma total de las ayudas a conceder superara el presupuesto que finalmente vaya destinado a esta Modalidad, éstas se concederán distribuyendo proporcionalmente dicho presupuesto entre la cuantía que le corresponda a cada solicitante.
    • Modalidad D. Gastos generados por el pago de los precios públicos
      • Se convocan ayudas al estudio consistente en el importe equivalente a los gastos generados por el pago de los precios públicos por servicios académicos, referentes a créditos matriculados en segunda y sucesivas matrículas, que ha abonado el alumno por la formalización de su matrícula del curso 2023/2024 en la UPCT.
      • El importe de esta ayuda será el equivalente a los gastos generados por el pago de los precios públicos por servicios académicos, referentes a créditos matriculados en segunda y sucesivas matrículas, que ha abonado el alumno por la formalización de su matrícula del curso 2023/2024 en la UPCT.
      • El presupuesto sobrante del pago de las becas de la Modalidad C se destinará a la Modalidad D. Si el importe de la suma total de las ayudas a conceder superara el presupuesto que finalmente vaya destinado a esta Modalidad, éstas se concederán distribuyendo proporcionalmente dicho presupuesto entre la cuantía que le corresponda a cada solicitante.
Umbrales de renta y patrimonio

  • A los efectos de poder recibir estas becas de matrícula y ayudas al estudio, se estará a lo dispuesto en la normativa que regula las becas de carácter general y de movilidad del Ministerio de Educación y Formación Profesional para el curso académico 2023/24. Por tanto, estarán inicialmente denegadas, aquellas solicitudes que hayan sido denegadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional por haber superado los umbrales de renta y/o patrimonio.
  • La presentación de la solicitud de beca implicará la autorización a la UPCT para obtener los datos necesarios, en la determinación de la renta familiar y el patrimonio a efectos de esta ayuda, a través de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de las Haciendas Forales Navarra y Vasca así como de la Dirección General del Catastro.
  • Modalidad A. Para la adjudicación de esta beca de matrícula, se aplicará el umbral 3 de renta establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general, para el curso académico 2023/24, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.
  • Modalidad B. Para la adjudicación de la ayuda ligada a residencia o ayuda de desplazamiento, se aplicará el umbral 2 de renta establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general, para el curso académico 2023/24, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios. Para la ayuda ligada a renta se aplicará el umbral 1 de renta establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general, para el curso académico 2023/24, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.
  • Modalidad C. Para la obtención del importe correspondiente a dicha modalidad, el solicitante deberá tener una renta familiar, a efectos de beca, superior al umbral 1 e inferior al umbral 2, de acuerdo con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general, para el curso académico 2023/24, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.
  • Modalidad D. Para la adjudicación de esta ayuda, se aplicará el umbral 3 de renta establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general, para el curso académico 2023/24, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.

Presentación

Las solicitudes de las Becas de matrícula y ayudas al estudio UPCT se presentarán en el Registro Electrónico General de la Universidad Politécnica de Cartagena, accesible desde la sede electrónica de la UPCT Registro Electrónico - Solicitud general para el alumnado de la UPCT | Trámites | Sede Electrónica de la Universidad Politécnica de Cartagena.

Más información

Situaciones sobrevenidas y circunstancias excepcionales

La Comisión de Selección podrá tener en cuenta aquellas circunstancias excepcionales y situaciones sobrevenidas que han provocado un empeoramiento objetivo y justificable de la situación económica familiar o un rendimiento académico insuficiente. Se consideran situaciones sobrevenidas, entre otras:

  • Fallecimiento de algún miembro de la unidad familiar.
  • Separación o divorcio de los sustentadores principales de la unidad familiar.
  • Enfermedad grave de alguno de los miembros de la unidad familiar.
  • Situación legal de desempleo de los sustentadores principales de la unidad familiar.
  • Orfandad absoluta del solicitante.
  • Acreditación de situaciones de agresión, maltrato o violencia de género.
  • Estudiantes refugiados.
  • Cualquier otra situación o circunstancia que el solicitante pueda acreditar y que repercuta de manera negativa en su situación económica o en el normal desarrollo de su actividad académica.

En estas situaciones, la Comisión de Selección podrá, atendiendo a las especiales circunstancias económicas o familiares que concurran en cada caso concreto y dejando motivada constancia, modificar los requisitos académicos para el acceso a la condición de becario. A estos efectos, se tendrá en cuenta el rendimiento académico que haya obtenido el solicitante durante toda la carrera. De igual forma, la Comisión podrá dejar sin efecto el cumplimiento de los requisitos económicos cuando alguna de las situaciones descritas produzca una disminución drástica de los ingresos en los años 2022 o 2024.

Resolución

  • La Comisión hará pública en el tablón de anuncios del Rectorado la relación de los estudiantes que van a ser propuestos para la concesión y denegación de la beca,pudiendo los interesados presentar alegaciones en el plazo de 10 días naturales ante la propia Comisión de Selección. Transcurrido dicho plazo la Sra. Rectora Magnífica,a propuesta de la Comisión, dictará Resolución resolviendo la convocatoria.
  • Resuelta la presente convocatoria, ésta se hará pública en el tablón oficial electrónico de la UPCT. Contra la mencionada Resolución, que pone fin a la vía administrativa,se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de la fecha de la publicación, o en su caso recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses, contando desde el día siguiente de la fecha de la publicación de la Resolución.
Notificaciones

  • Todas las comunicaciones y notificaciones emanadas de la presente convocatoria se realizarán mediante publicación en el tablón oficial electrónico de la UPCT.
  • Con independencia del apartado anterior, toda la información se podrá consultar en la página web: www.upct.es/becas
Incompatibilidades

Estas becas son incompatibles con la percepción de cualquier otro tipo de beca o ayuda al estudio habilitada para el mismo fin, sea de carácter público o privado. Las ayudas al estudio establecidas en la Modalidad B de esta convocatoria serán incompatibles con la concesión de la cuantía variable establecida en la convocatoria de becas de carácter general del Ministerio de Educación y Formación Profesional,para el curso 2023/2024.

Enlaces de interés

https://tablon.upct.es/anuncio/pqy7W6BywG

Documentación a adjuntar

Se deberá aportar la documentación que corresponda en un único archivo pdf:

  • Impreso cumplimentado de solicitud.
  • Fotocopia del N.I.F./N.I.E. del solicitante y todos los miembros computables de la unidad familiar que sean mayores de catorce años.
  • Documento facilitado por la Entidad Bancaria con los datos identificativos de la cuenta en la que desea percibir la ayuda, en el que conste el IBAN (24 dígitos alfanuméricos). En este documento, la citada Entidad deberá hacer constar el/los nombre/s de los titulares y cotitulares de la cuenta, entre los que obligatoriamente debe figurar el solicitante de la ayuda.
  • En el caso de que la unidad familiar perciba la prestación del Ingreso Mínimo Vital deberá aportar documento acreditativo.
  • Documentos que acrediten las circunstancias que dan derecho a deducciones en la renta familiar (carné de familia numerosa, certificados de minusvalía, etc.).
  • Si la persona solicitante alegara su independencia familiar y económica,cualquiera que sea su estado civil, deberá acreditar fehacientemente dicha circunstancia; los medios económicos con los que cuenta (declaración de IRPF del año 2022 o certificación de imputaciones, en su defecto); la titularidad o el alquiler de su domicilio, y volante histórico de empadronamiento sobre personas que figuran inscritas a 31 de diciembre de 2022.
  • En el caso de alegar residencia fuera del domicilio familiar: documento que acredite el título jurídico de su posesión (propiedad, contrato de alquiler o lo que proceda).
  • Cuando el solicitante realizó sus estudios en un Centro no perteneciente a la UPCT, deberá presentar las calificaciones obtenidas en las asignaturas matriculadas en el curso 2022/23 o último año que realizó estudios, certificadas por el centro en que estuvo matriculado.
  • En el caso de manifestar alguna otra circunstancia especial o sobrevenida, habrá de ser acreditada con los documentos correspondientes.

La Comisión de Selección podrá requerir los documentos complementarios que estimen precisos para un adecuado conocimiento de las circunstancias peculiares de cada caso.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes: Becas de matrícula y ayudas al estudio UPCT

La Universidad Politécnica de Cartagena (UPCT) tiene como objetivo principal, la igualdad de oportunidades para acceder a la educación superior a aquellos alumnos que estén en situaciones económicas o sociales desfavorables. Para conseguir su objetivo cuenta con un programa de becas y ayudas para sus estudiantes universitarios.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas de matrícula y ayudas al estudio UPCT" es: desde 10/06/2024 hasta 05/07/2024.

La Beca "Becas de matrícula y ayudas al estudio UPCT" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

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La Beca "Becas de matrícula y ayudas al estudio UPCT" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas al Talento
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas complementarias
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de ciberseguridad
  • Becas de colaboración
  • Becas de competencias lingüísticas
  • Becas de cooperación
  • Becas de estancias
  • Becas de excelencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de inmersión lingüística
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas Erasmus
  • Becas NEAE
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para artistas
  • Becas para asistir a congresos
  • Becas para causas sobrevenidas
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para estudiar online
  • Becas para fotógrafos
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para inteligencia artificial
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para personas con discapacidad
  • Becas para profesores
  • Becas para proyectos
  • Becas para refugiados
  • Becas para sénior
  • Becas para trabajadores
  • Becas para víctimas de violencia de género
  • Becas sociales
  • Becas STEM
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes