Becas Matricula Grado y Máster - UMH
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Becas Matricula Grado y Máster - UMH: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Matricula Grado y Máster - UMH son convocadas con la intención de ayudar económicamente a los alumnos que cursen sus estudios de Grado o Máster oficiales en esta universidad.
De este modo, mediante las Becas Matricula Grado y Máster - UMH, se sufraga el gasto de la matrícula correspondiente a los estudios que los alumnos desean cursar.
La Universidad Miguel Hernández de Elche es consciente de las situaciones económicas tan difíciles a las que muchas familias deben enfrentarse. Por ello y con la intención de otorgar a sus alumnos igualdad de oportunidades para el acceso a los estudios de Grado y de Máster, convoca las Becas Matricula Grado y Máster - UMH.
Para poder optar a una de las Becas para la Matricula en Estudios de la Universidad Miguel Hernández, los candidatos deben reunir una serie de requisitos generales, económicos y académicos.
El órgano correspondiente realizará una evaluación de todas las solicitudes recibidas, con la intención de otorgar las Becas Matricula Grado y Máster - UMH a aquellos alumnos que por situación económica y social más lo necesiten.
Aquí puedes consultar todos los datos relacionados con las Becas Matricula Grado y Máster - UMH, como fechas de presentación de solicitudes, documentación que debes aportar y mucho más.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
Requisitos generales
- Podrá ser beneficiario de las Becas Matricula Grado y Máster - UMH, el estudiantado que se matricule en el curso 2023/2024 en estudios de grado y en másteres oficiales de la UMH que cumpla con los requisitos académicos y económicos establecidos en los puntos 4 y 5 de esta convocatoria.
- No podrá ser beneficiario de estas becas el estudiantado que haya obtenido la correspondiente beca para la realización de estudios universitarios durante el curso académico 2023/2024 por parte del Ministerio de Educación y Formación Profesional y por parte de la Consellería de Educación, Universidades y Empleo, de la Generalitat Valenciana.
- Tener nacionalidad española, o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea. En el supuesto de personas extranjeras no comunitarias, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de personas extranjeras en España y su integración social.
- Tener residencia temporal o permanente en España a 31 de diciembre de 2022.
- No ser persona beneficiaria, ni estar en condición de cumplir con los requisitos de otras becas o ayudas para financiar los gastos de matrícula del curso académico 2023/2024.
- No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca. A estos efectos, no podrán ser beneficiarias de beca aquellas personas a quienes únicamente les reste, para la obtención del título, la acreditación de un determinado nivel de conocimiento de un idioma extranjero.
- Podrá concederse la beca, de forma extraordinaria, cuando haya habido una disminución grave y sobrevenida en los ingresos familiares, bien provocada por la renta, por los rendimientos patrimoniales o de cualquier otra prestación social tomando como referencia la situación a fecha de 31 de diciembre de 2022, o bien en casos de víctimas de la violencia de género, de terrorismo o personas en riesgo de exclusión social, siempre y cuando se acredite esta situación y así lo determine la Comisión de valoración.
- Estas circunstancias sobrevenidas deberán ser acreditadas, como máximo, una vez publicada la lista provisional de personas admitidas y excluidas, dentro del trámite de subsanaciones de errores o la aportación de documentos necesarios, contemplado en el apartado 11.3 de la presente convocatoria, y de forma previa a la valoración que efectúe la Comisión de valoración.
- Con carácter extraordinario se podrán atender solicitudes de beca del estudiantado matriculado de forma condicionada en un máster oficial, siempre y cuando haya remanente presupuestario tanto en la partida presupuestaria de grado, como en la de máster oficial.
- En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el art 13.2 de la Ley 38/2003 General de subvenciones.
Requisitos académicos
- Estudiantado matriculado en estudios de grado
- a. Mínimo de créditos matriculados:
- Para obtener beca será preciso que las personas solicitantes que cursen enseñanzas conducentes a estudios oficiales de grado, se matriculen del mínimo de créditos establecido en las convocatorias del Ministerio de Educación y Formación Profesional (Resolución de 15 de marzo de 2023 de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2023-2024, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios) y de la Resolución de 7 de noviembre de 2023 de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, de la Generalitat Valenciana, por la que se convocan becas para la realización de estudios universitarios —exención de tasas— durante el curso académico 2023-2024 en las universidades que integran el Sistema Universitario Valenciano.
- b. Porcentaje de créditos superados en el curso anterior para estudiantes de segundo curso y posteriores:
- Con excepción de quienes se matriculen en primer curso de los estudios objeto de esta convocatoria, las personas solicitantes deberán haber superado como mínimo los siguientes porcentajes de créditos por ramas de conocimiento:
- Rama de conocimiento - Porcentaje de créditos que deben superarse
- Artes y Humanidades: 70%
- Ciencias: 50%
- Ciencias Sociales y Jurídicas: 65%
- Ciencias de la Salud: 60%
- Ingeniería y Arquitectura: 50%
- c. Nota requerida para estudiantes de primer curso:
- Quienes se matriculen por primera vez de primer curso de estudios de grado, deberán acreditar una nota de acceso a la Universidad igual o mayor que 5. Estas condiciones se aplicarán a todas las ramas de conocimiento.
- Estudiantado matriculado en enseñanzas oficiales de máster
- a. Mínimo de créditos matriculados:
- Para obtener beca será preciso que las personas solicitantes que cursen enseñanzas conducentes al título oficial de máster, se matriculen del mínimo de créditos establecido en las convocatorias del Ministerio de Educación y Formación Profesional (Resolución de 15 de marzo de 2023 de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2023-2024, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios) y dela Resolución de 7 de noviembre de 2023 de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, de la Generalitat Valenciana, por la que se convocan becas para la realización de estudios universitarios —exención detasas— durante el curso académico 2023-2024 en las universidades que integran el Sistema Universitario Valenciano.
- b. Nota requerida:
- El estudiantado, tanto de primer como de segundo curso de máster, deberá acreditar una nota media de 5 puntos en los estudios previos que les dan acceso al máster.
- En todo caso, además de la nota media fijada en el apartado anterior, las personas solicitantes de beca para segundo curso de másteres deberán acreditar haber superado la totalidad de los créditos de que hubieran estado matriculados en primer curso.
- Renta:
- Se exigirá la misma renta familiar que la establecida en la convocatoria de becas de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, de la Generalitat Valenciana para el curso 2023/2024 (Resolución de 7 de noviembre de 2023 de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, de la Generalitat Valenciana, por la que se convocan becas para la realización de estudios universitarios —exención de tasas— durante el curso académico 2023/2024 en las universidades que integran el Sistema Universitario Valenciano).
- Patrimonio:
- No se podrán superar los umbrales de patrimonio establecidos en la convocatoria de becas de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, de la Generalitat Valenciana para el curso 2023/2024 (Resolución de 7 de noviembre de 2023 de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, de la Generalitat Valenciana), por la que se convocan becas para la realización de estudios universitarios —exención de tasas— durante el curso académico 2023/2024 en las universidades que integran el Sistema Universitario Valenciano, con la excepción de lo establecido en el apartado undécimo, punto 1, letra d, quedando establecida la suma de rendimientos en 2.500 €, como máximo.
Dotación
Las Becas Matricula Grado y Máster - UMH consistirán en la exención del pago de las tasas por la prestación de servicios académicos universitarios que se aprueben para el curso 2023/2024, que hubieran tenido que ser efectivamente abonadas por la persona beneficiaria, en primera matriculación.
Presentación
- Las solicitudes de las Becas Matricula Grado y Máster - UMH se deberán presentar junto al resto de documentación requerida e irán dirigidas al Servicio de Gestión de Estudios.
- La persona solicitante debe presentar su solicitud a través del registro electrónico de la Sede Electrónica de la UMH, haciendo uso de su certificado electrónico o de su cuenta de usuario UMH. Para ello debe acceder al trámite Becas, Ayudas de Estudio-Propias, que se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://sede.umh.es/procedimientos/becas-ayudas-de-estudio-propias/
- En el caso de que no disponga de certificado digital, podrá obtenerlo en las oficinas de asistencia en materia de registro de la UMH.
Más información
Criterios de valoración
Una vez otorgadas las becas, las personas beneficiarias quedarán exentas del pago de las tasas correspondientes al importe de los créditos de primera matriculación. En el caso de que el estudiantado beneficiario hubiera realizado el pago del importe de las tasas de forma anticipada, la UMH hará, de oficio, el abono en la cuenta indicada por la persona solicitante.
Justificación de la beca concedida y obligaciones de las personas beneficiarias
La justificación del cumplimiento de la finalidad y aplicación de fondos, se realizará, en su caso, de conformidad con la normativa aplicable.13.2.
Son obligaciones de las personas beneficiarias las contempladas en el artículo 14 de Ley 38/2003 General de Subvenciones:
- a. Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión.
- b. Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad de la subvención.
- c. Someterse a las actuaciones de comprobación, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
- d. Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
- e. Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- f. Disponer de la documentación contable legalmente exigida, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
- g. Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
- h. Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de Ley 38/2003 General de Subvenciones, según corresponda.
- i. Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los términos establecidos en estas bases reguladoras.
Enlaces de interés
https://boumh.umh.es/files/2024/03/RR_00714_2024.pdf
Documentación a adjuntar
Con la solicitud deberá aportar la documentación siguiente:
- a. Impreso de solicitud: se realizará a través de la Sede Electrónica, catálogo de procedimientos y servicios, apartado Gestión de Estudios, accediendo al trámite Becas, Ayudas de Estudio-Propias, que se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://sede.umh.es/procedimientos/becas-ayudas-de-estudio-propias/. El impreso deberá ir firmado por la persona solicitante y por el resto de miembros de la unidad familiar.
- b. Fotocopia de los DNI/NIE de todas las personas computables de la unidad familiar.
- c. Las personas solicitantes de beca para primer curso de grado, que no hayan solicitado beca del Ministerio de Educación y Formación Profesional, deberán presentar la tarjeta de selectividad o certificación académica de los estudios cursados deformación profesional de grado superior.
- d. Las personas solicitantes que no hayan solicitado beca del Ministerio de Educación y Formación Profesional deberán aportar la declaración de renta y documentación sobre la contribución urbana y rústica (donde se incluya obligatoriamente la referencia catastral, el valor catastral y la fecha de la última revisión catastral) de todos los miembros de la unidad familiar en el ejercicio fiscal 2022. No obstante, en cualquier momento del proceso de resolución de la beca, podrán ser requeridos para presentar documentación necesaria para la resolución de la misma. En el caso de estudiantado con rentas obtenidas en el extranjero, la documentación que acredite los ingresos deberá presentarse debidamente traducida.
- e. Las personas que no hayan solicitado beca del Ministerio de Educación y Formación Profesional y tengan derecho a alguna de las deducciones establecidas en el apartado noveno de la convocatoria de becas de Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, de la Generalitat Valenciana para el curso 2023-2024, deberán entregar la documentación justificativa junto con la solicitud.