Becas Ayudas al Estudio UBU
INSCRIPCIONES
Becas Ayudas al Estudio UBU: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Burgos cuenta con un programa de becas y ayudas propias con el objetivo de facilitar el acceso y la continuidad de los estudios universitarios a aquellos alumnos que tengan dificultades para sobrellevar el gasto provocado por el curso de los mismos.
Dentro de estos programas de becas y ayudas, anualmente la Universidad de Burgos convoca las Becas ayudas al estudio UBU. Estas becas van destinadas a los estudiantes matriculados en alguna de las titulaciones de Grado o Máster que ofrece la Universidad de Burgos.
Las Becas ayudas al estudio UBU tiene como objetivo ayudar a los estudiantes a sufragar los gastos de matricula, alojamiento, desplazamiento y material, mediante una dotación económica que no superará los 1.500 euros. La dotación de las ayudas variará según la modalidad seleccionada.
Para poder solicitar las Becas ayudas al estudio UBU, los solicitantes deberán cumplir los requisitos académicos, de patrimonio y de carácter económico que puede consultar en las bases para esta convocatoria.
Aquí podrás encontrar todas las becas y ayudas que ofrece la Universidad de Burgos. Si deseas obtener más información sobre las Becas ayudas al estudio UBU, en este enlace encontrarás todo lo necesario, requisitos, plazos y otros datos de interés.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
Los solicitantes de las Becas Ayudas al Estudio UBU deben cumplir los siguientes requisitos:
- Estar matriculado en el presente curso académico en la Universidad de Burgos en estudios conducentes a la obtención del título oficial de graduado o másteres oficiales. No se incluyen los estudiantes matriculados en estudios conducentes a doctorado, cursos de especialización ni títulos propios.
- Ser español, o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea. En el supuesto de ciudadanos comunitarios o de sus familiares, beneficiarios de los derechos de libre circulación y residencia, se requerirá que tengan la condición de residentes permanentes o que acrediten ser trabajadores por cuenta propia o ajena. Estos requisitos no se tendrán en cuenta para la beca de matrícula.
- No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la ayuda. A estos efectos no se considerará como titulados a aquellos estudiantes que, en el momento de comienzo de sus estudios se matricularon en estudios de impartición simultánea de doble grado y que estando en posesión de un título o reuniendo los requisitos legales para la obtención del mismo en un grado de una titulación de impartición simultánea, se encuentren aún matriculados en la segunda titulación.
- Reunir los requisitos académicos establecidos (Anexo I).
- Reunir las condiciones patrimoniales establecidas. (Anexo II)
- No superar los siguientes umbrales de renta familiar neta, en el año 2023:
- Nº de miembros computables - Hasta un umbral máximo de:
- 1: 16.986 €
- 2: 29.511 €
- 3: 39.535 €
- 4: 47.566 €
- 5: 53.155 €
- 6: 57.385 €
- 7: 61.563 €
- 8: 65.730 €
- A partir del octavo miembro se añadirán 3.747 € por cada nuevo miembro computable.
- Dicha renta se obtendrá de acuerdo con lo establecido en el Anexo III.
Dotación
Se establecerán 2 modalidades de Becas Ayudas al Estudio UBU:
- a. Ayuda de matrícula para estudiantes de grado: no podrá exceder en ningún caso de 1.000 €.
- b. Ayuda de matrícula para estudiantes de máster oficial: no podrá exceder en ningún caso de 700 €.
El importe de las ayudas de matrícula, que será el referido a los créditos o asignaturas de los que se encuentre matriculado el estudiante en el 2024/205 en primera matrícula, no existiendo derecho para créditos o asignaturas en segunda o sucesivas matrículas, aunque no hubiese solicitado la ayuda al matricularse por primera vez en las mismas. El importe será el establecido para dichos precios en el Decreto 7/2023 de 18 de mayo, por el que se fijan los precios públicos por servicios académicos en estudios universitarios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y por servicios complementarios en las Universidades Públicas de Castilla y León para el año académico 2024/2025.
Presentación
- Las solicitudes de las Becas Ayudas al Estudio UBU se presentarán exclusivamente por vía telemática a través de Secretaría Virtual https://secretariavirtual.ubu.es. Las instrucciones las puede consultar en la página web.
- Registrarse e inscribirse en la plataforma de Becas del Banco Santander, a través de la página https://www.santanderopenacademy.com en la convocatoria de Becas Santander Estudios/ Ayudas al Estudio para el curso 2024/2025.
Convocantes Asociados
Más información
Objeto
Colaborar en los gastos ocasionados a los estudiantes que cursan estudios conducentes a la obtención del título oficial de graduado y títulos oficiales de máster en la Universidad de Burgos en el curso 2024/2025.
Compatibilidad
- Las ayudas que se establecen en la presente convocatoria serán incompatibles con otro tipo de beca o ayuda al estudio de carácter público o privado para la misma finalidad, en concreto estas ayudas son incompatibles para aquellos estudiantes que en el curso 2024-2025 hayan obtenido la condición de becario de enseñanzas universitarias conducentes a títulos oficiales de grado y de máster del Ministerio de Educación y Formación Profesional, de la Junta de Castilla y León y de aquellas becas similares convocadas por otras Comunidades Autónomas.
- Estas ayudas serán compatibles con las siguientes:
- Becas Erasmus y otras de análoga naturaleza.
- Las becas de colaboración de estudiantes en departamentos convocadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
- Se podrán percibir ayudas al estudio para una sola de las titulaciones oficiales que el estudiante esté matriculado, independientemente del número de estudios que se encuentre simultaneando.
- La obtención simultánea de una de las becas convocadas por esta convocatoria con alguna beca incompatible será causa de reintegro.
Valoración y adjudicación
- La valoración de las solicitudes se realizará por la Comisión de Estudiantes, quien elaborará un informe. En primer lugar, se priorizarán las ayudas por renta per cápita de menor a mayor. En caso de empate entre varias solicitudes de acuerdo con los anteriores criterios, la comisión ordenará esas solicitudes en función de las mejores calificaciones académicas obtenidas.
- Visto el informe elaborado por la Comisión, la unidad de información, orientación y promoción del estudiante, elevará propuesta de resolución al Rector y se procederá a la adjudicación provisional de las ayudas. Frente a esta resolución provisional se podrá presentar reclamación en el plazo de 10 días contados desde el día siguiente a su publicación. Transcurrido dicho plazo, se procederá a la adjudicación definitiva de las ayudas mediante Resolución del órgano competente, estableciéndose los recursos que procedan.
- El plazo máximo para resolver será hasta el 28 de junio de 2025. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera notificado la resolución, se podrá entender desestimadas las solicitudes.
- Contra la resolución de adjudicación que agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Rectorado en el plazo de un mes, según establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Burgos, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, o cualquier otro recurso que estime más procedente.
Documentación a adjuntar
- Junto con la solicitud se aportarán los documentos que se relacionan en el Anexo IV.
- En la presentación de la solicitud se podrá autorizar a la Universidad de Burgos a que esta obtenga directamente, de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la información correspondiente relativa al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del año 2023 de todos los miembros de la unidad familiar, necesaria para la resolución de la convocatoria. En caso de no realizar dicha autorización se deberán aportar los certificados de rentas de todos los miembros de la unidad familiar emitidos por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria referidos al ejercicio 2023. (Autorización obtención datos renta y patrimonio).
- El documento original deberá conservarlo, ya que la Universidad de Burgos, podrá solicitarlo en cualquier momento durante la tramitación de estas ayudas.
- En el caso de solicitantes que tributen en el País Vasco o Comunidad Foral de Navarra se estará a lo establecido en la documentación a presentar según lo establecido en el anexo IV.
- Si la documentación aportada no reuniera los requisitos exigidos en la presente convocatoria, se requerirá al interesado por correo electrónico para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se entenderá desistida su petición, previa resolución