Becas Transporte Prácticas Externas Filosofía y Letras
INSCRIPCIONES
Esta beca ha finalizado. Regístrate y te avisamos cuando haya nuevas.
Becas Transporte Prácticas Externas Filosofía y Letras: solicitud y plazos
Descripción
La UA convoca las Becas Ayudas al transporte para estudiantes de prácticas externas de grado de la Facultad de Filosofía y Letras.
Las Becas Transporte Prácticas Externas Filosofía y Letras, tienen como objetivo ofrecer una ayuda económica para sufragar parte de los gastos de transporte del alumnado de las titulaciones de Grado de la Facultad de Filosofía y Letras que haya superado en el curso indicado en la convocatoria la asignatura Prácticas Externas de su plan de estudios.
Para esta convocatoria se conceden un total de 36 ayudas económicas que van desde los 50€ hasta los 100€, dependiendo de la modalidad.
Para ser beneficiario de una de las 36 Becas Ayudas al transporte para estudiantes de prácticas externas de grado de la Facultad de Filosofía y Letras, deberá cumplir los requisitos que se mencionan en esta convocatoria entre los que se encuentra, ser estudiante de cualquier titulación de Grado de la Facultad de Filosofía y Letras.
Aquí podrás encontrar todas las becas y ayudas que ofrece la Universidad de Alicante (UA). Si deseas obtener más información sobre las Becas Transporte Prácticas Externas Filosofía y Letras en esta web encontrarás todo lo necesario, ya que te contamos cuáles son los requisitos, plazos y otros datos de interés.
Datos básicos
- Nº de becas
- 36
- Nivel de estudio
- Grado
- Rama
- Turismo, Ciencias Sociales y Educación
- Artes y Humanidades
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Los requisitos para poder acceder a las Becas Transporte Prácticas Externas Filosofía y Letras son:
- Ser estudiante de cualquier titulación de Grado de la Facultad y superar la asignatura Prácticas Externas del correspondiente plan de estudios en el curso 2023-24.
- Haber realizado las prácticas presencialmente.
- Haber realizado las prácticas en una empresa/institución ubicada en un término municipal que diste más de 10 km de la Universidad de Alicante y del domicilio familiar del o la solicitante, excepto si se han realizado en el mismo lugar y período en el que se ha disfrutado de un intercambio de movilidad, en cuyo caso no podrá obtenerse dicha ayuda.
Dotación
- Modalidad A: 12 ayudas de 100€ cada una para estudiantes del Grado de Turismo.
- Modalidad B: 24 ayudas de 50€ cada una para estudiantes del resto de titulaciones de Grado de la Facultad.
De no adjudicarse la totalidad de ayudas destinadas a una opción, el remanente podrá acumularse a la otra opción incrementando el número de ayudas, siempre sin rebasar la dotación máxima de esta convocatoria.
Presentación
La solicitud de las Becas Transporte Prácticas Externas Filosofía y Letras se presentará a través del formulario disponible en la siguiente dirección web:
https://autentica.cpd.ua.es/cas/login?service=https%3a%2f%2fcvnet.cpd.ua.es%2fuaCuestionarios%2facceso%2fpreguntas.aspx%3fidcuestionario%3d195458%26idioma%3des
Más información
Criterios de adjudicación
La asignación de becas o ayudas se realizará siguiendo los siguientes criterios:
- Modalidad A, se ordenarán por los siguientes criterios:
- Criterio 1. En primer lugar, no haber recibido remuneración por las prácticas.
- Criterio 2. En segundo lugar, dentro del criterio 1. Se ordenarán de mayor a menor por distancia entre el término municipal de la empresa/institución con respecto al campus de San Vicente del Raspeig de la Universidad de Alicante, o del domicilio familiar (se eligirá el caso menos favorable de los dos, cumpliendo en los dos el requisito de un mínimo de 10 km de distancia).
- Modalidad B, se ordenarán por los siguientes criterios:
- Criterio 1. En primer lugar, no haber recibido remuneración por las prácticas.
- Criterio 2. En segundo lugar, dentro del criterio 1. Se ordenarán de mayor a menor por distancia entre el término municipal de la empresa/institución con respecto al campus de San Vicente del Raspeig de la Universidad de Alicante, o del domicilio familiar (se eligirá el caso menos favorable de los dos, cumpliendo en los dos el requisito de un mínimo de 10 km de distancia).
- En caso de empate, se seguirán sucesivamente los siguientes criterios de desempate:·
- Mayor calificación numérica obtenida en la asignatura de Prácticas.
- Mayor nota media del expediente de grado.
- Mayor número de créditos superados en el grado.
Una vez resueltas las solicitudes de prácticas no remuneradas, y si quedasen ayudas por asignar, dentro de cada modalidad, se adjudicarán siguiendo los mismos criterios entre las solicitudes de prácticas que tuvieron ayuda económica.
Resolución, notificación y publicación de los resultados
- Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015,de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web de la Oficina de Prácticas de la Facultad de Filosofía y Letras https://lletres.ua.es/es/practiques/, sustituyendo a la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.
- La resolución provisional de las ayudas se publicará a partir del 23 de septiembre de 2024. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 10 días hábiles para la presentación de alegaciones por cualquiera de las formas previstas en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante el órgano gestor.
- Transcurrido dicho plazo y a la vista la propuesta motivada de la resolución por la comisión de valoración, la Rectora de la Universidad de Alicante dictará la resolución que proceda.
Obligación y justificación del beneficiario
Son obligaciones de las personas beneficiarias, además de las establecidas en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, las siguientes:
- a. Proporcionar la documentación que se le requiera para poder hacer efectivo el pago.Además, son obligaciones de las personas beneficiarias, las contempladas en el artículo 14 de Ley 38/2003, General de Subvenciones, entre las que se encuentran:a) Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos.
- b. Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
Justificación de personas beneficiarias y pago
La justificación del cumplimiento de los beneficiarios de esta convocatoria es previa a su resolución. La universidad comprobará de oficio los requisitos exigidos para la adjudicación y procederá al pago de la subvención concedida.
El incumplimiento por la persona beneficiaria de cualquiera de los requisitos y obligaciones, establecidos en la resolución de concesión de la subvención y en esta convocatoria y bases reguladoras, podrá dar lugar a la revocación total o parcial de la subvención y al reintegro, en su caso, de las cantidades indebidamente percibidas.
Enlaces de interés
https://www.boua.ua.es/Acuerdos/DescargarAcuerdo/51461