Becas Verano Formación Desarrollo Tecnológico IAC
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Becas Verano Formación Desarrollo Tecnológico IAC: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Verano Formación Desarrollo Tecnológico IAC se convocan por el Instituto de Astrofísica de Canarias. En la presente convocatoria se ofrecerán 8 becas para la formación de personas recién tituladas de grado, o estudiantes de máster universitario. El objetivo de estas becas será formar a estos estudiantes en el desarrollo tecnológico asociado con la investigación astrofísica. Las becas tendrán una duración de tres meses.
Las Becas Verano Formación Desarrollo Tecnológico IAC ofrecerán una cuantía de 700 euros brutos al mes, además de una cantidad de ayuda para sufragar gastos de viaje. Esta cuantía variará desde los 60 hasta los 300 euros, según residencia del becario.
Las becas podrán compatibilizarse con bolsas de viaje que se destienen a costear gastos de desplazamiento o estancia que el becario tenga que realizar debido a necesidades del proyecto en el que lleve a cabo su actividad formativa. Esto será posible siempre que sea autorizado por la IAC y por tiempo limitado.
Para evaluar las solicitudes presentadas, se tendrá en cuenta criterios como por ejemplo las calificaciones del expediente académico, o las becas de colaboración recibidas.
Aquí te ofrecemos todo lo que debes saber sobre las Becas Verano Formación Desarrollo Tecnológico IAC. Consulta en nuestra web requisitos, plazos y mucho más.
Datos básicos
- Nº de becas
- 8
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Física, Química y Matemáticas
- Arquitectura e Ingenierías
- Carrera
- Física
- Ingeniería de Telecomunicación (Teleco) y de Sistemas de Comunicación
- Ingeniería Eléctrica y Electrónica
- Ingeniería en Informática
- Ingeniería Industrial
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
Personas destinatarias
Están destinadas a recién titulados/as de grado (curso 2022-2023 o posterior) o estudiantes de máster universitario. Los estudios universitarios requeridos tendrán las siguientes características:
- Titulaciones académicas:
- Proyectos A, B, C, E, F, G, H: ingenierías (electrónica, telecomunicación, industrial, informática, mecánica yautomática o control y ciencias física).
- Proyecto D: exclusivamente estudiantes de máster en tecnologías ópticas.
- Nivel del Título académico:
- Proyectos A, B, C, E, F, G, H: título con correspondencia a nivel 2 del marco español de cualificaciones para la educación superior. RD 967/2014, de 21 de noviembre, así como estudiantes que estén cursando un máster oficial para la obtención de un título correspondiente a nivel 3 del meces.
- Proyecto D: título con correspondencia a nivel 2 del marco español de cualificaciones para la educación superior. RD 967/2014, de 21 de noviembre, exclusivamente para estudiantes que estén cursando un máster oficial para la obtención de un título correspondiente a nivel 3 del meces.Estos requisitos tienen que estar cumplidos a la fecha de finalización del plazo de admisión de solicitudes.
Requisitos
- a. Nacionalidad: Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, o ser extranjero residente legal en España en el momento de formalizar la beca y durante toda la duración de la misma.
- b. Titulación: recién titulados/as de grado (curso 2022-2023 o posterior) o estudiantes de máster universitario. Ver detalle de las titulaciones requeridas para cada proyecto en el anexo II.
- c. Compatibilidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desarrollo de la actividad formativa que constituye el objeto de la ayuda.
- d. La no concurrencia de las circunstancias previstas en el art. 13 de la Ley General de Subvenciones, Ley 38/2003 de 17 de noviembre.Sexto. No podrán presentarse a esta convocatoria quienes hayan disfrutado anteriormente de una beca de verano deformación en desarrollo tecnológico del IAC.
Dotación
La dotación de cada una de las Becas de Verano es de 700 euros brutos mensuales más una cantidad de ayuda para gastos de viaje cuyas cuantías ascienden a:
- Sesenta (60) euros para residentes canarios, no residentes en la isla de Tenerife.
- Doscientos (200) euros para residentes en España peninsular, Baleares, Ceuta o Melilla.
- Trescientos (300) euros para nacionales de países miembros de la Unión Europea, no residentes en España.
Las personas beneficiarias quedaran comprendidas en el Régimen General de la Seguridad Social, con exclusión de la protección por desempleo. El IAC proporcionará un seguro privado de accidentes.
Presentación
Las personas candidatas elegirán un proyecto preferente entre los ofertados en el anexo II. Se elegirá el proyecto que más se adecúe tanto a la formación académica como a sus preferencias, y en base al proyecto elegido se efectuará la evaluación por parte de la comisión evaluadora. No obstante, en cualquier caso, será la autoridad convocante quien asignará cada beneficiario a cada uno de los proyectos teniendo en cuenta también el número de solicitudes y la evaluación del resto de candidatos. La presentación de dos o más solicitudes, la inclusión en una instancia de dos o más proyectos o la falta de reflejo en la misma de un proyecto concreto, supondrá la exclusión del aspirante.
Más información
Duración
La duración será de tres meses (entre julio y octubre de 2024).
Se convocan, en consecuencia 8 becas con duración de 3 meses a realizar en el periodo de julio 2024 a octubre 2024 Desarrollo tecnológico.
Se realizarán en el Área de Instrumentación de la sede central del IAC y en el edificio IACTec, ambos en La Laguna. (Más información en el Anexo II).
El programa consiste exclusivamente en práctica formativa sin que el programa conlleve programa formativo académico o lectivo vinculado a estudios universitarios o formación profesional.
Condiciones de disfrute de las becas
- Como regla general, la adjudicación de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales serán incompatibles con las becas del IAC. En todo caso, las becas serán compatibles con bolsas de viaje destinadas a sufragar gastos de desplazamiento o estancia que la persona becaria haya de realizar debido a necesidades del proyecto en el que desarrolle su actividad formativa, siempre que sea por tiempo limitado y con la correspondiente autorización del IAC.
- El disfrute de la beca y, por tanto, la condición de becario o becaria no supone en ningún caso prestación de servicios, ni relación laboral o funcionarial con el IAC o con el centro del IAC en donde se lleve a cabo el proceso de formación. Asimismo, el IAC no asume compromiso alguno en orden a la incorporación de la persona becada a su plantilla a la finalización de la beca concedida.
- El IAC prestará la colaboración y apoyos necesarios para el desarrollo normal de los estudios o programas de formación del personal becario, de acuerdo con sus disponibilidades.
- Los resultados científicos y posibles invenciones que sean obtenidos como consecuencia de la actividad desarrollada por las personas becadas durante el periodo de disfrute de la beca, serán de propiedad exclusiva del IAC, sin perjuicio del reconocimiento de los derechos de propiedad intelectual que pudieran corresponderles. No obstante, podrá corresponderles la participación en los beneficios que se determine, de acuerdo con los criterios del Consejo Rector del IAC, conforme a lo previsto en la Disposición Adicional primera y en el apartado 1. c) del artículo 4 del Real Decreto 55/2002 de 18 de enero, sobre explotación y cesión de invenciones realizadas en los entes públicos de investigación, y artículo 20 de la Ley 24/2015, de Patentes. En tal caso, los referidos derechos no tendrán en ningún caso naturaleza salarial.
La evaluación y selección de las solicitudes se realizará en concurrencia competitiva, tomando en consideración exclusivamente la documentación aportada en las mismas. Asimismo, todos los méritos para poder ser valorados, habrán de haber sido obtenidos antes de la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias.
La Comisión de Evaluación, órgano colegiado de valoración previsto en el apartado 1 del artículo 22 de la Ley General de Subvenciones, efectuará la evaluación de las solicitudes admitidas y elevará el expediente e informe al órgano instructor, para la elaboración de la correspondiente propuesta de Resolución.
La composición de la Comisión de Evaluación es la determinada en el Anexo V de la presente convocatoria.
La Comisión de Evaluación, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
La evaluación se realizará mediante comparación y evaluación de las solicitudes presentadas, supeditando en todo caso la valoración de los méritos a su adecuación e idoneidad al proyecto elegido, teniendo en cuenta la formación y conocimientos de los candidatos a quien va dirigido ese proyecto. Se establecerá una prelación entre las solicitudes de acuerdo con los siguientes criterios de valoración:
- a. Calificaciones del expediente académico, así como el número de convocatorias. La Comisión de Evaluación también podrá tener en cuenta otras titulaciones distintas a la exigida que puedan estar relacionadas con el proyecto elegido. Hasta 80 puntos.
- Forma de acreditación: Fotocopia del certificado/expediente académico, con las precisiones señaladas en los apartados e) y f) de la base Séptima.3.
- b. Becas de colaboración recibidas, conocimiento de técnicas o especialidades relacionadas con el proyecto seleccionado, la participación en proyectos de investigación, y otros méritos equivalentes. Hasta 10 puntos.
- Forma de acreditación: Fotocopia de certificados expedidos por el organismo correspondiente en donde se expliquen las tareas realizadas y duración de las mismas.
- c. Publicaciones en revistas especializadas, contribuciones y trabajos y méritos equiparables. Hasta 5 puntos.
- Formas de acreditación: Publicaciones en revistas especializadas: Referencias Bibliográficas Contribuciones y trabajos y méritos equiparables: Certificados o informes del Investigador Principal responsable, profesor o tutor.
- d. Conocimiento de idiomas, principalmente el inglés: Certificados, títulos o diplomas de cursos oficiales o en su defecto impreso cumplimentado en su totalidad del Pasaporte de Lenguas, referido al idioma a valorar, según la escala del Marco Común de Referencia para las lenguas elaborada por el Consejo de Europa con la indicación del nivel de conocimiento. Hasta 5 puntos.Ver enlace web: https://europass.cedefop.europa.eu/es/documents/european-skills-passport/language-passport
Realizada la evaluación, la Comisión de evaluación emitirá informe en el que se concrete el resultado de la misma y elevará el expediente al órgano instructor para la realización de la propuesta de resolución.
La Comisión de Evaluación determinará la puntuación mínima requerida para la adjudicación de las becas.
La Comisión de Evaluación determinará la puntuación mínima a alcanzar para la adjudicación de las becas.
Si se produjese un empate de puntuación entre varios aspirantes de distinto sexo los criterios aplicables de desempate quedan sujetos al siguiente orden de prelación:
- Si el equipo de proyecto al que se adscribe la beca tiene desequilibrio en cuanto a la distribución de puestos por sexo, de manera que las mujeres ocupan menos del 40% de las plazas existentes, el primer criterio será adjudicar la beca a la persona del sexo femenino.
- Si el empate afecta a personas del mismo sexo o si la distribución es equilibrada el siguiente criterio será la puntuación de expediente académico.
- Si con los criterios anteriores subsiste el empate procederá resolverlo con la puntuación de las becas de colaboración recibidas.
Documentación a adjuntar
Las solicitudes se formalizarán con el modelo de solicitud que se incluye como Anexo III y deberán ir acompañadas de los siguientes documentos:
- a. El impreso de solicitud (Anexo III) y el impreso de documentos alegados (Anexo IV) debidamente cumplimentado y firmado, consignando el número de cursos y de créditos superados en la fecha de presentación de la instancia, así como el número total de cursos y el de créditos de los que consta el plan de estudios de la titulación.Además, deberá de consignar en el Nº de Orden Plaza el proyecto elegido (referencia y nombre) de acuerdo con el Anexo II de esta convocatoria.
- b. En el supuesto de los ciudadanos extranjeros que no pertenezcan a un país miembro de la Unión Europea y que sean seleccionados, para su incorporación deberán estar en posesión del correspondiente visado expedido por la Embajada española en el país de origen que les habilite para la formalización de la beca.
- c. Currículum Vitae.
- d. En el caso de haber finalizado los estudios, fotocopia del título o fotocopia de haber abonado las tasas correspondientes para su expedición, y en caso de ser estudiante de máster copia del impreso de la matrícula del último curso realizado.
- e. Certificación académica personal actualizada, de todas las titulaciones cursadas, en original o copia, en la que deberán figurar todas las asignaturas y créditos aprobados desde el comienzo de los estudios universitarios hasta los aprobados en el curso 2022-2023, con la nota media obtenida, referida al total de los créditos aprobados. Dicho certificado podrá sustituirse por una copia del expediente, pero siempre que aparezcan todos los detalles mencionados. No obstante, en el caso de resultar seleccionado, deberá presentar el certificado oficial junto con el resto de la documentación a que se refiere este artículo. Cuando la calificación no sea numérica (aprobado, notable…) dicha calificación media se adaptará al baremo de 0 a 10, cuando sea necesario, según la siguiente escala: matrícula de honor: 10; sobresaliente:9; notable: 7.5; aprobado: 5.5.
- f. Documentación acreditativa de los méritos que se deseen que se le valoren, atendiendo a los criterios que pueden ser alegados.
- g. Documento nacional de identidad o documento acreditativo que se alegue.
- h. Declaración de cumplir los requisitos del apartado Quinto d) o, en el supuesto de estar percibiendo algún tipo de remuneración o ayuda económica, el compromiso de renunciar a la misma en el caso de concesión de la beca, según modelo que figura como Anexo VI.i) En su caso, la documentación que acredite alguna de las circunstancias previstas en la base Noveno.6.Todos los méritos para poder ser valorados han de ser obtenidos antes de la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias.
Forma de presentación de instancias
Presentación en la Sede Electrónica del Instituto de Astrofísica de Canarias: Se presentará la documentación en archivo pdf, mediante certificado digital o DNI electrónico preferentemente en la Sede Electrónica del Instituto de Astrofísica de Canarias, accediendo a través de la dirección de internet: (https://iac.sede.gob.es/), a través del procedimiento “Selección y adjudicación de Becas de Verano” (https://iac.sede.gob.es/procedimientos/portada/ida/0/idp/946)
Acceso al procedimiento: Procedimientos -> Selección y contratación-RRHH -> Selección y adjudicación de Becas de Verano. Se cumplimentará la información que se solicita en las pestañas Datos personales, Datos del proceso selectivo, Título de grado, Título de Máster en su caso y en la pestaña Documentación se adjuntarán los documentos como se indica:
- Archivo 1: Acreditación de la nacionalidad (DNI, NIE o Pasaporte) y de todas las circunstancias previstas en la base quinta a).
- Archivo 2: Titulación requerida según el Anexo II para acceder a la plaza a la que se opta. (Título, o en su defecto certificado expedido por la universidad o acreditación de haber abonado las tasas correspondientes para la expedición de dicho título) y Certificación académica personal actualizada.
- Archivo 3: Currículum vitae.
- Archivo 4: Permiso de residencia en España (si procede).
- Archivo 5.1: Anexo III firmado (solicitud de participación), Deberá cumplimentarse obligatoriamente la casilla “Código proceso selectivo” referenciado en el título de la presente Resolución, la no presentación de este modelo oficial supondrá la exclusión del proceso selectivo.
- Archivo 5.2: Anexo IV firmado (relación de documentos alegados y presentados), la no presentación de este anexo supondrá la exclusión del proceso selectivo.
- Archivo 5.3: Anexo VI firmado (declaración responsable de no percibir otras subvenciones), la no presentación de este anexo supondrá la exclusión del proceso selectivo.
- Archivo 5.4: Acreditación de los criterios de valoración recogidos en la base Novena 5 a.
- Archivo 5.5: Acreditación de los criterios de valoración recogidos en la base Novena 5 b.
- Archivo 5.6: Acreditación de los criterios de valoración recogidos en la base Novena 5 c.
- Archivo 5.7: Acreditación de los criterios de valoración recogidos en la base Noveno 5 d.
- Archivo 5.8: La documentación, en su caso, prevista en la base Novena 6.
Presentación en otros registros electrónicos
- Anexo III (solicitud de participación) firmado. La no presentación de este anexo, supondrá la exclusión de quien aspire al proceso selectivo.
- Anexo IV (relación de documentos alegados y presentados) firmado. La no presentación de este anexo, supondrá la exclusión de quien aspire al proceso selectivo.
- Anexo VI (Declaración responsable de no percibir otras subvenciones). La no presentación de este anexo, supondrá la exclusión de quien aspire al proceso selectivo.
- Fichero pdf identificado como “A”: La no presentación de la citada documentación, supondrá la exclusión de quien aspire al proceso selectivo. Este fichero contendrá en un único pdf los siguientes:
- Acreditación de la nacionalidad (DNI, NIE o Pasaporte) y de todas las circunstancias previstas en la base quinta a).
- Titulación requerida en la base segunda para acceder a la beca a la que se opta. (En el caso de haber finalizado los estudios, fotocopia del título o fotocopia de haber abonado las tasas correspondientes para su expedición, y en caso de ser estudiante de máster copia del impreso de la matrícula del último curso realizado).
- Currículum vitae.
- Certificación académica personal actualizada, de todas las titulaciones cursadas (grado y máster) en original o copia conforme a lo previsto en el punto 3.e.
- Fichero pdf identificado como “B”. Este fichero contendrá en un único pdf los siguientes: • Acreditación de los criterios de valoración recogidos en la base Noveno (5a ,5b, 5c y 5d).