Becas Ayudas Bono Infantil
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Becas Ayudas Bono Infantil: solicitud y plazos
Descripción
El Gobierno de la Rioja abre la convocatoria para las Becas Ayudas Bono Infantil de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Estas becas están dentro del programa de ayudas que ofrece la Consejería de Educación y Cultura.
Con estas ayudas, el Gobierno de La Rioja intenta ofrecer las mismas oportunidades a todos los niños defendiendo un derecho fundamental.
Para acceder a estas becas, las familias deberán estar empadronadas en la La Rioja, así como cumplir con los requisitos que se expresan en la convocatoira.
Las Becas Ayudas Bono Infantil van destinadas a los alumnos de 0 a 3 años que estén matriculados en el primer ciclo de educación infantil, en centros públicos y centros privados autorizados por la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Las Becas Ayudas Bono Infantil ayudan a las familias de estos alumnos con los gastos de escolarización con ayudas económicas que van desde los 286€ hasta los 385 € mensuales.
Aquí podrás encontrar todas las ayudas y premios ofrecidas por el Gobierno de la Rioja. Si deseas obtener más información sobre las Becas Ayudas Bono Infantil de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en esta web encontrarás todos los datos relacionados con los plazos, los requisitos, etc.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Primer ciclo de educación infantil
- Región de origen
- La Rioja
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos de los solicitantes
Para ser beneficiario de las Becas Ayudas Bono Infantil, los solicitantes deberán cumplir, a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja, los requisitos recogidos en el artículo 3 de la Orden EDU/23/2019, de 24 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de ayudas Bono Infantil, destinado a la escolarización del alumnado en el primer ciclo de educación infantil en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Requisitos del alumnado matriculado
Conforme a lo preceptuado en el artículo 4 de la Orden EDU/23/2019, de 24 de mayo, el alumnado matriculado en un centro o escuela deberá cumplir los siguientes requisitos, en el momento de la solicitud, para ser destinatario del Bono Infantil:
- Estar escolarizado en alguno de los cursos de Primer Ciclo de Educación Infantil, conforme a lo previsto en el punto quinto de la presente resolución.
- Ser usuario/a de la propuesta pedagógica impartida en el centro/escuela en el que se encuentre matriculado.
- Solo se puede ser destinatario de un único Bono Infantil.
- Todos los miembros de la unidad familiar deben estar empadronados en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- A estos efectos, se considerará unidad familiar:
- a. La integrada por los cónyuges no separados legalmente y los hijos e hijas (ya sean mayores o menores de edad), con excepción de los que vivan independientes de aquellos.
- b. En los casos de separación legal, o cuando no existiera vínculo matrimonial, la formada por los progenitores y todos los descendientes que convivan con uno u otro, tal y como señala el apartado anterior.
- c. Las referencias a la unidad familiar se hacen extensivas a todas aquellas personas que tengan un vínculo de convivencia, entre ellas las parejas de hecho reconocidas legalmente.
- d. En los supuestos en los que el destinatario de la ayuda sea un menor cuya guarda y tutela la ostente la Comunidad Autónoma de La Rioja, en situación de acogimiento familiar, se considerará la unidad familiar formada por el menor, en acogimiento, y los miembros de la familia de acogida.
Dotación
Las Becas Ayudas Bono Infantil se convocarán para atender a las dos modalidades de la propuesta pedagógica:
- Ayuda tipo 1: 286 euros/mes, para la modalidad sin comedor de la propuesta pedagógica.
- Ayuda tipo 2: 385 euros/mes, para la modalidad con comedor de la propuesta pedagógica.
Los importes se ajustarán al coste efectivo de dicha modalidad en cada centro/escuela.
Presentación
El Anexo Solicitud de las Becas Ayudas Bono Infantil estará a disposición de los interesados, en las dependencias del órgano instructor del procedimiento, además de en las siguientes direcciones de internet:
- a. www.larioja.org
- b. www.educarioja.org
Las solicitudes se formularán de forma telemática a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org) en el apartado de Oficina Electrónica, o bien de forma presencial, preferentemente, en la Secretaría del centro docente, en el registro de la Dirección General competente en materia de educación, en la c/ Marqués de Murrieta, 76, ala este, de Logroño y en el Registro General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, c/ Calle Beti Jai, nº 1 de Logroño, o en cualquiera de sus oficinas de registro ubicadas en los lugares señalados en el portal de transparencia, o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Más información
Plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para la presentación de solicitudes será del 10 de julio al 23 de julio de 2024, ambos inclusive. Durante este plazo la solicitud incluirá al alumnado que haya formalizado matrícula, para el curso 2024/2025, en algún centro o escuela autorizados para impartir el Primer Ciclo de Educación Infantil.
Excepcionalmente, se abre un plazo de presentación de solicitudes de carácter extraordinario, respecto del alumnado que se matricule en el centro o escuela a lo largo del curso escolar: durante los primeros cinco días hábiles del mes siguiente al de formalización de la matrícula, el centro o escuela introducirá las altas del nuevo alumnado, y las bajas que se den de los mismos, en la aplicación informática accesible a través del portal web del Gobierno de La Rioja, debiendo presentar la correspondiente solicitud del “Bono Infantil” junto con la relación nominal del alumnado, y la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos para ser destinatario del Bono Infantil.
Valoración de las solicitudes
Las solicitudes presentadas se valorarán atendiendo al cumplimiento de los requisitos y obligaciones de los solicitantes exigidos en el artículo 3 de la Orden EDU/23/2019, de 24 de mayo, y a la relación del alumnado matriculado, presentada por los centros y escuelas, que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden, y en el punto noveno de la presente Convocatoria y a los documentos preceptivos. El alumnado tendrá que estar escolarizado en aquellas escuelas y centros acogidas al Programa de ayudas “Bono Infantil” durante el curso escolar 2024/2025, en virtud de lo dispuesto en el apartado tercero de esta Convocatoria.
Plazo de resolución y notificación
De conformidad con el artículo 11 de la Orden 8/2012, de 9 de julio, el plazo para resolver y notificar la resolución de concesión de la subvención será de seis meses, contados desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Una vez transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado resolución expresa las solicitudes se entenderán desestimadas por silencio administrativo.
Enlaces de interés
https://ias1.larioja.org/cex/sistemas/GenericoServlet?servlet=cex.sistemas.cmu.ImgServletSis&code=GEEyL9CIKaNNn2ufVPq98uhYVrWWwJXmDfcxjCqePztIGYnOEf4nRj2Bgd7ywIsWBPUGusmdNOtL%0AXfDfhBWKyA%3D%3D&enc=
Documentación a adjuntar
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación, detallada en el artículo 9 de la Orden EDU/23/2019, de 24 de mayo (BOR nº 65, de 29 de mayo de 2019):
- a. Relación nominal del alumnado matriculado que cumpla los requisitos establecidos en el apartado noveno de esta resolución de convocatoria, junto con: la fotocopia del libro de familia o documento equivalente; el volante de empadronamiento de la unidad familiar, de fecha de expedición no anterior al 1 de abril de 2024; y la indicación de la modalidad de propuesta pedagógica de dicho alumnado (sin comedor, con comedor) y su hora de salida del centro/escuela.
- b. Los Centros deben adjuntar certificado sobre el precio mensual de la propuesta pedagógica en su modalidad sin comedor y en su modalidad con comedor. Las Escuelas deberán presentar un certificado del interventor de la corporación local, u órgano de control equivalente, que acredite el precio público de la propuesta pedagógica en su modalidad sin comedor y en su modalidad con comedor. Junto con el mismo, deberán presentar también las ordenanzas municipales que regulen el precio público, y la organización y el funcionamiento de la escuela o, en su caso, un acuerdo del pleno. Solo en el caso de que la gestión de una escuela infantil se realice a través de alguna modalidad de gestión indirecta, y no se disponga de ordenanzas o, en su caso, de un acuerdo del pleno que regule el precio público, quien ostente la titularidad de la escuela aportará el documento equivalente que acredite el precio de las jornadas correspondientes, junto con un certificado que acredite la relación jurídica con la entidad que gestiona la escuela. A efectos de lo dispuesto en el artículo 3.13 de la Orden EDU/23/2019, de 24 de mayo, el Índice de Precios al Consumo interanual que se toma como referencia es el del mes de abril de 2024, fijado en un 3,3 por ciento.
- c. Certificado que acredite que la totalidad del personal está dado de alta en el régimen de la Seguridad Social que les corresponde, de acuerdo con la normativa aplicable, y que se cumple, respecto del mismo, la normativa en materia de protección del menor.
- d. Declaración responsable del solicitante acerca de las ayudas y subvenciones que, en su caso, haya obtenido con la misma finalidad con expresión de la cuantía y la entidad concedente.
- e. Declaración acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, y que no está incursa en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- f. Certificados de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como en relación con los demás recursos de naturaleza pública cuya recaudación corresponda a la Comunidad Autónoma de La Rioja.