Becas Escolarización Educación Infantil Ayto. Paterna
INSCRIPCIONES
Becas Escolarización Educación Infantil Ayto. Paterna: solicitud y plazos
Descripción
El Ayuntamiento de Paterna, convoca una serie de Becas y Ayudas orientadas a facilitar el desarrollo de distintos niveles de estudios a sus vecinos.
Entre ellas, se pueden citar las Becas Escolarización Educación Infantil Ayto. Paterna, que podrán ser solicitadas por aquellas familias residentes de este municipio, que tengan hijos o hijas en edad de cursar Educación Infantil de Primer Ciclo y Educación Infantil de Segundo Ciclo, y que cumplan con todos los requisitos indicados en la convocatoria.
Mediante las Becas Escolarización Educación Infantil Ayto. Paterna, se otorgarán ayudas económicas en concepto de matrícula, comedor y dotación mensual en el caso de los alumnos de Educación Infantil de Primer Ciclo, y ayudas económicas en concepto de comedor y material, para los alumnos de Educación Infantil de Segundo Ciclo.
Con estas ayudas, además de fomentar y promover la educación escolar desde las etapas más tempranas, también se facilita la asistencia de estos alumnos a los centros educativos, lo que permite a sus familiares una mayor conciliación.
Para poder solicitar una de estas becas te será de gran ayuda conocer todos los datos como requisitos, plazos de presentación de solicitudes, medios disponibles para hacerlo y documentación a adjuntar, y para ponértelo más fácil en nuestro portal web te los facilitamos todos.
Solicita ahora una de las Becas Escolarización Educación Infantil Ayto. Paterna, y benefíciate de ellas.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Primer ciclo de educación infantil
- Segundo ciclo de educación infantil
- País de origen
- España
- Región de origen
- Comunidad Valenciana
- Provincia de origen
- Valencia
- Localidad
- Paterna
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Los requisitos exigidos para optar a las Becas Escolarización Educación Infantil Ayto. Paterna son los siguientes:
- Tanto el niño como ambos progenitores deberán estar empadronados en el municipio de Paterna.
- Excepciones: casos de necesidad social urgente, debidamente acreditados y valorados por los técnicos municipales. Personas en trámite de adopción nacional o internacional.
- Situaciones:
- Separación o divorcio, solo se le exigirá el empadronamiento al padre o madre que tuviese la guardia y custodia legalmente establecida, junto al menor.
- Uniones no matrimoniales: ambos progenitores deben residir en el municipio salvo casos especialmente documentados.
- Familias procedentes del extranjero, si uno de los progenitores se encuentra fuera del país se deberá documentar fehacientemente este hecho acompañando la autorización correspondiente (adjuntar Anexo II).
- Progenitores que declaren desconocer el paradero del otro progenitor, deberán documentarlo en la medida de lo posible y acompañar una declaración responsable (Anexo III).
- El centro de primer o segundo ciclo podrá estar ubicado en el municipio de Paterna o fuera de él.
- Aportar la documentación obligatoria y la complementaria, en su caso.
Dotación
Las Becas Escolarización Educación Infantil Ayto. Paterna otorgarán la siguiente dotación:
- Educación infantil primer ciclo (0 a 3 años - Centros de Educación Infantil):
- Comedor: máximo 75 euros.
- Mensualidad mes de julio: importe en función de puntuación obtenida.
- Educación infantil segundo ciclo (3 a 5 años):
- Comedor: máximo 4,10 euros menú/día de asistencia.
- Material: 50€ (pago único).
Presentación
La presentación de solicitud de las Becas Escolarización Educación Infantil Ayto. Paterna se puede realizar por dos vías:
- Presencial en el SIAC (Servicio de Información y Atención al Ciudadano) del Ayuntamiento de Paterna, previa solicitud de cita previa.
- Telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Paterna.
Más información
Destinatarios
Familias empadronadas en Paterna que tengan menores de 0 a 5 años de edad matriculados en centros escolares de primer o segundo ciclo, que hayan solicitado plaza o vayan a realizarlo próximamente.
Plazo máximo de reslución y notificación
6 meses desde que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico del Ayuntamiento.
Documentación a adjuntar
Documentación obligatoria
- Instancia específica debidamente cumplimentada que encontrarán en la sede electrónica del Ayuntamiento de Paterna. Prestar atención a las declaraciones responsables incluidas en la misma para marcarlas en su caso.(formulario electrónico).
- Anexo I para la obtención de datos de Ingresos obtenidos del año correspondiente (últimos datos relativos al IRPF que obren en la Agencia Tributaria) que obren en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria por el Ayuntamiento de Paterna, firmado por ambos progenitores.
- Libro de familia o certificado de nacimiento del alumno: en caso de hijas/os pertenecientes a otras unidades familiares.
- En caso de separación, cese o no convivencia de los progenitores: sentencia judicial y convenio regulador. En caso de no poder aportar esta documentación se deberá solicitar certificado de convivencia con informe policial. Anexo II en caso de darse la circunstancia nº 3 arriba señalada. Anexo III en caso de darse la circunstancia nº 4 arriba señalada.
- Anexo IV. Autorización a un tercero para presentar solicitud de Ayuda (En el caso de que la presente un tercero en representación de los padres).
Complementaria (para valoración)
- Documento oficial que acredite la condición de orfandad o de acogimiento familiar.
- Medidas cautelares o sentencia firme en caso de violencia de género.
- Cualquier documento oficial que acredite una circunstancia socio-familiar especial.
- Declaración de IRPF ejercicio 2023.
- Certificado de discapacidad del alumno o progenitores.
- Título de familia numerosa o monoparental en vigor.
- Certificado de situación laboral en caso de estar desempleado y no estar cobrando prestación.
Personas con discapacidad
Discapacidad
- Certificado de reconocimiento del grado de discapacidad igual o superior al 33% expedido por el Centro de Valoración y Orientación a la Discapacidad del padre, madre o hijos/as.
- En caso de enfermedad grave certificado acreditativo que justifique la imposibilidad de traslado o cuidado de los menores.
- Al igual que en los casos anteriores, éste extremo de consultará telemáticamente previa autorización al respecto (ANEXO I) o tras las entrega por parte del solicitante de la documentación correspondiente.