Premios Poesía Blas Otero - Ángela Figuera
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Premios Poesía Blas Otero - Ángela Figuera: solicitud y plazos
Descripción
La Fundación Blas de Otero y el Ayuntamiento de Bilbao convocan los Premios Poesía Blas Otero - Ángela Figuera. Este concurso es un tributo a la memoria de Blas de Otero y la destacada poeta bilbaina Ángela Figuera. Busca celebrar la excelencia literaria en dos modalidades lingüísticas: euskera y castellano.
Se requiere que las obras presentadas sean originales e inéditas, sin haber sido premiadas previamente en otros certámenes, y que cumplan con una extensión mínima de 500 versos y máxima de 1.000. Tema, rima y medida son completamente libres, fomentando la creatividad y la diversidad poética.
Los participantes deben enviar sus obras a través de la página web municipal. Es fundamental completar el formulario correctamente y adjuntar el poemario en formato PDF, sin revelar ninguna dato sobre la identidad del autor.
Los Premios Poesía Blas Otero - Ángela Figuera ofrecerán a los ganadores una cuantía de 5.500 euros brutos para cada modalidad, está abierto a escritores de todas las nacionalidades mayores de 18 años, sin importar su lugar de residencia.
Si te interesan los Premios Poesía Blas Otero - Ángela Figuera, estás en el lugar adecuado para informarte. Aquí podrás encontrar los requisitos, plazo y otra información que puedas precisar. Si cumples los requisitos, no pierdas esta oportunidad.
Datos básicos
- Nº de becas
- 1
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Licenciatura
- Diplomatura
- Primaria
- ESO
- Bachillerato
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- Postgrado-Especialidad
- Nacionalidades
- Cualquier nacionalidad
Requisitos
Podrán concurrir autoras y autores de cualquier nacionalidad o lugar de residencia, mayores de 18 años.
Se establecen dos modalidades lingüísticas, euskera y castellano, pudiendo cada obra presentarse únicamente a una de las dos modalidades.
Las obras serán originales e inéditas, no habiendo sido galardonadas en otros certámenes ni obtenido accésits que obliguen a mencionar dicha circunstancia en caso de publicación (requisitos todos ellos exigibles hasta el momento del fallo).
No se admiten como originales obras traducidas de lengua distinta a la modalidad a la que se opta. Los autores o autoras tendrán obligación de comunicar ala organización cualquier cambio respecto al carácter inédito y no premiado de su trabajo que se produzca con posterioridad a su entrega.
Las obras tendrán una extensión mínima de 500 versos y máxima de 1.000. El tema, la rima y la medida serán libres.
Dotación
La dotación del premio es de 5.500 euros brutos para cada una de las modalidades. A esa cantidad se efectuarán las retenciones fiscales que resulten obligatorias en virtud de la normativa fiscal vigente (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para residentes en el Estado español o Impuesto sobre la Renta de no Residentes para residentes en el extranjero).
Presentación
- Las obras se presentarán a través de la página web municipal:
www.bilbao.eus/premioblasdeotero-angelafiguera - www.bilbao.eus/blasdeotero-angelafigueralehiaketa,en euskera.
El autor o la autora deberá:
- Rellenar correctamente el formulario con sus datos.
- Adjuntar el poemario en formato PDF, sin que conste su identidad, ni referencia explícita a datos de los que pueda deducirse claramente la autoría en ninguna de las páginas de dicho documento.
Más información
Otros datos de interés
- El Jurado, uno para cada modalidad lingüística, podrá interpretar las presentes bases cuando resulte necesario, determinar sus normas de funcionamiento y ostentará las máximas facultades en orden a la concesión de los premios o declararlos desiertos. El fallo del jurado es inapelable.
- La organización del presente premio garantizará que los miembros del jurado juzguen las obras sin conocer la identidad de los autores o las autoras de las mismas.
- La persona premiada deberá asistir personalmente, o mediante representante, caso de resultarle imposible, al acto de entrega de premios en el lugar, fecha y hora que se señale a tal efecto. Dicho acto se celebrará en el último trimestre de 2024.
- El fallo se hará público en la página web del Ayuntamiento de Bilbao: www.bilbao.eus.
- La Fundación Blas de Otero y el Ayuntamiento de Bilbao se reserva los derechos de explotación de las obras premiadas sin pago adicional alguno al de la propia cuantía del premio, constituyendo este la única y total remuneración, conviniendo sus autoras o autores a tales efectos a:
- a. Ceder por el plazo máximo establecido legalmente, sin límite territorial y para cualquiera de los posibles sistemas de comercialización, modalidades y soportes de edición, los derechos de reproducción, distribución y venta de las obras premiadas. Esta cesión será en exclusiva para el Ayuntamiento de Bilbao y la Fundación Blas de Otero durante el plazo de dos años a partir del fallo.
- b. Facultar al Ayuntamiento de Bilbao y a la Fundación Blas de Otero para la realización, por sí mismo o mediante convenio con el servicio editorial público o privado que ellos elijan, de cuantas ediciones consideren oportunas y con el número de ejemplares que en cada una de ellas decidan libremente.
- c. Facultar al Ayuntamiento de Bilbao y la Fundación Blas de Otero para la traducción de las obras premiadas a otros idiomas, con los mismos derechos de explotación y uso que en la lengua original.
- En todo caso, la publicación al margen de la Fundación Blas de Otero y/o Ayuntamiento de Bilbao de las obras premiadas, deberá ir acompañada de la mención, en caracteres relevantes, del premio obtenido.
- El hecho de participar en la convocatoria supone la íntegra aceptación de estas bases. En lo no previsto en estas bases regirá con carácter supletorio la “Ordenanza general reguladora de las bases para la concesión de subvenciones mediante convocatoria por el Ayuntamiento de Bilbao y sus organismos y entidades de derecho público”, aprobada en fecha 30 de junio de 2016 por el Excmo. Ayuntamiento Pleno y publicada en el BOB nº 138, de 20 de julio de 2016.
Especificaciones para poder realizar los pagos a las personas ganadoras
- Si son residentes en el territorio del Estado español deberán aportar:
- Autorización expresa al Ayuntamiento de Bilbao para que compruebe que la entidad no tiene deudas con este Ayuntamiento, así como a comprobar si está al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social (según modelo que se facilitará). En caso contrario, deberá aportar los certificados de la Agencia Tributaria correspondiente y de la Tesorería General de la Seguridad Social.
- “Declaración responsable” de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria prevista en el art. 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, ni en la prevista en el art. 24-2º de la Ley 4/2005 para la Igualdad de Mujeres y Hombres (según modelo que se facilitará).
- Si no han recibido nunca un pago del Ayuntamiento de Bilbao y, por lo tanto, no figuran inscritas en el Registro municipal de acreedores deberán presentar, debidamente cumplimentada, la “Ficha de acreedores” (según modelo que se le facilitará) a la que se le adjuntará el DNI, NIF o Pasaporte y cualquier documento que acredite la titularidad de la cuenta bancaria donde deba realizarse el ingreso.
- Si tienen residencia fiscal en el extranjero deberán aportar:
- Certificado de residencia fiscal emitido por la autoridad competente del país de residencia.
- “Declaración responsable” de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria prevista en el art. 13 de la ley 38/2003, General de Subvenciones, ni en la prevista en el art. 24-2º de la ley 4/2005 para la igualdad de mujeres y hombres (según modelo que se facilitará).
- Si no han recibido nunca un pago del Ayuntamiento de Bilbao y, por lo tanto, no figuran inscritas en el Registro municipal de acreedores deberán presentar, debidamente cumplimentada, la “Ficha de Acreedores” (según modelo que se facilitará) a la que se le adjuntará el DNI, NIF o Pasaporte, y cualquier documento que acredite la titularidad de la cuenta bancaria donde deba realizarse el ingreso.