Becas Comedor Ayuntamiento de Zamora
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Becas Comedor Ayuntamiento de Zamora: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Comedor Ayuntamiento de Zamora, son convocadas por este organismo público con la finalidad de asegurar el servicio de comidas para los alumnos de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Primaria y Secundaria, cuyas familias así lo soliciten y cumplan con todos los objetivos que se establecen en la convocatoria.
Para llevar a cabo el proceso de selección de los alumnos beneficiarios de una de las Becas Comedor Ayuntamiento de Zamora, se tendrán en cuenta además algunos criterios, como por ejemplo la situación familiar, teniendo preferencia aquellos menores con discapacidad, o los menores tutelados por la Administración, o las familias numerosas. Además también se valorará la situación económica de las familias teniendo en cuenta el nivel de ingresos de cada una.
Con la convocatoria de estas becas, el Ayuntamiento de Zamora pretende colaborar y ayudar en la formación académica de los vecinos de esta ciudad desde las edades más tempranas, logrando así igualdad de oportunidades entre ellos, y apoyando especialmente a los alumnos y familias que más lo necesitan por motivos personales, económicos y sociales.
A continuación en nuestra web encontrarás todos los datos que seguro serán de tu interés si deseas solicitar una de las Becas Comedor Ayuntamiento de Zamora, ya que te contamos cuáles son los plazos, los requisitos y la documentación que deberás adjuntar a tu solicitud.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Segundo ciclo de educación infantil
- Primaria
- ESO
- País de origen
- España
- Región de origen
- Castilla y León
- Provincia de origen
- Zamora
- Localidad
- Zamora
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Beneficiarios
Podrán acceder a las becas de comedor los/as alumnos/as que cursen el segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación secundaria obligatoria que estén escolarizados/as en un centro escolar del municipio de Zamora que no cuente y/o se beneficie de un sistema de becas o de otro tipo de ayudas de similar naturaleza y que esté provisto de servicio de comedor escolar.
Requisitos
Para poder acceder a estas becas de comedor, deberán reunirse los siguientes requisitos respecto de la unidad familiar:
- Que los/as miembros que la integran estén empadronados/as en el municipio de Zamora. Este requisito no será exigible para aquellos casos de familias que aún sin encontrarse empadronados en el municipio de Zamora, residan en la misma, estén escolarizados en un centro del municipio de Zamora y que, mediante informe social motivado emitido por el Departamento de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Zamora, se valore que el comedor suponga un recurso imprescindible para prevenir situaciones de riesgo y para favorecer su inserción escolar y social.
- El compromiso de comunicar al departamento de Servicios Sociales del Excmo. Ayuntamiento de Zamora cualquier cambio y/o modificación que pudiera darse en las circunstancias de la unidad familiar. Que se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias y con el municipio de Zamora, así como con la Seguridad Social en los términos indicados en los art. 18 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones (en adelante, RGS).
Dotación
Ayuda económica en forma de Beca para sufragar, en todo o en parte, los gastos derivados de la utilización por parte de los beneficiarios del Servicio de Comedor Escolar de su Centro Educativo para el periodo comprendido entre el 6 de septiembre de 2024 y el 23 de junio de 2025 (según calendario publicado en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León para el curso escolar 2024-2025).
Modalidades de becas
Se establecen las siguientes modalidades de beca de comedor escolar:
- Modalidad 1: Beneficiarias/os con gratuidad del 100%:
- Gratuidad por renta: cuando la suma de los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar en el período impositivo inmediatamente anterior no exceda, en cómputo anual, 1,5 veces el IPREM anual referenciado a 14 pagas, fijado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado del año de la convocatoria.
- Alumnos/as con discapacidad igual o superior al 33%.
- Alumnos/as con grado de dependencia I, II y III.
- Modalidad 2: Beneficiarias/os con gratuidad del 75%:
- Gratuidad parcial por renta: la suma de los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar en el período impositivo inmediatamente anterior no exceda, en cómputo anual, 2 veces el IPREM anual referenciado a 14 pagas, fijado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado del año de la convocatoria.
- Modalidad 3: Beneficiarias/os con gratuidad del 50%:
- Gratuidad parcial por renta: la suma de los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar en el período impositivo inmediatamente anterior no exceda, en cómputo anual, 2,5 veces el IPREM anual referenciado a 14 pagas, fijado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado del año dela convocatoria.
No habrá derecho a la obtención de subvención en los supuestos en que la renta familiar exceda en cómputo anual 2,5 veces del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM) anual referenciado a 14 pagas fijado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado correspondiente al año de la Convocatoria.
Presentación
- La solicitud de subvención se cumplimentará en el modelo normalizado que se recoge en el Anexo I de la presente convocatoria y que se encuentra disponible en la página web del Ayuntamiento de Zamora (http://www.ayto-zamora.org) y se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Zamora.
- La solicitud se encuentra también a disposición de los interesados en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Zamora (https:/zamora.sedelectronica.es/), seleccionando como materia "Subvenciones" y dentro de ella: "Servicios Sociales: Becas de comedor escolar para el curso 2024-2025".
- Asimismo, estará disponible en la Concejalía de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Zamora.
Más información
Objeto
- El objeto de la subvención es establecer una línea de ayudas para las familias con escasos recursos o que atraviesen una situación de necesidad para sufragar, en todo o en parte, el coste del comedor escolar de los hijos menores.
- Se concreta en la concesión de una ayuda económica en forma de Beca para sufragar, en todo o en parte, los gastos derivados de la utilización por parte de los beneficiarios del Servicio de Comedor Escolar de su Centro Educativo para el período comprendido entre el 6 de septiembre de 2024 y el 23 de junio de 2025 (según calendario publicado en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León para el Curso Escolar 2024-2025).
- La finalidad es garantizar el acceso al servicio de comedor escolar a todas las familias que lo deseen y cumplan requisitos, en aquellos centros escolares del municipio de Zamora que, contando con servicio de comedor escolar, no cuentan y/o se benefician de ningún sistema de becas de comedor o ayudas de similar naturaleza para el curso académico 2024/2025.
Valoración de las solicitudes
- Órgano Colegiado de Valoración: La valoración de los expedientes se llevará a cabo por la Comisión de Animación Comunitaria o, en su defecto, por la Comisión de Prestaciones del Excmo. Ayuntamiento de Zamora.
- Criterios de valoración v ponderación de los mismos: Al objeto de proceder a valorar las distintas solicitudes, se establece el siguiente baremo de valoración (puntuación):
- Situación familiar:
- Privación de ambos progenitores: 6 puntos
- Por cada menor beneficiario con discapacidad igual 5 puntos o superior al 33 % o dependencia grado I, II o III:
- Por cada miembro de la unidad familiar con discapacidad 5 puntos igual o superior al 33 % o dependencia grado I, II o III:
- Privación de un progenitor: 4 puntos
- Menores tutelados por la Administración: 4 puntos
- Familia numerosa de categoría especial: 4 puntos
- Miembro de la unidad familiar víctima de violencia de género: 3 puntos
- Familia numerosa de categoría general: 3 puntos
- Situación económica: Para la determinación de la beca se tendrá en cuenta la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro, de todos los miembros de la unidad familiar hasta el primer grado de consanguinidad, adopción o afinidad del menor, obtenidos en el período impositivo inmediatamente anterior (con plazo de presentación vencido) a la presentación de la solicitud de la beca de comedor escolar. En el supuesto de no estar obligados a presentar Declaración de la Renta, se aportará certificado expedido por la Agencia Tributaria acreditativo de dicha circunstancia en el que figuren los datos de los que ésta disponga. Renta per cápita anual:
- a.- Igual o inferior a 0,5 veces el IPREM* anual: 6 puntos
- b.- Superior 0,5 veces el IPREM anual y hasta 1 vez el IPREM anual: 5 puntos
- c.- Superior 1 vez el IPREM anual hasta 1,5 veces el IPREM anual: 4 puntos
- d.- Superior 1,5 veces el IPREM anual hasta 2 veces el IPREM anual: 3 puntos
- e.- Superior 2 veces el IPREM anual hasta 2,5 veces el IPREM anual: 2 puntos
- *El IPREM (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples) a tener en cuenta será el correspondiente a la anualidad del ejercicio tributario del año de tramitación de la solicitud referenciado a 14 pagas tal y como recoja la Ley de Presupuestos Generales del Estado publicados en el correspondiente Boletín Oficial del Estado.
- Empate en la baremación: Para el supuesto de que se produjese empate en la puntuación de las solicitudes presentadas tendrán preferencia aquellas que tengan mayor puntuación en el apartado relativo a "Situación económica" del baremo. Si el empate persistiese, se establecerá la prelación en orden a los ingresos, teniendo preferencia aquellos/as solicitantes que cuenten con menos ingresos.
- Prelación: La puntuación total obtenida ponderará el orden de prelación dentro del listado de Becas de comedor concedidas, teniendo en cuenta que podrán quedar en lista de espera quienes cumpliendo los requisitos, no hayan obtenido beca por haberse agotado la consignación presupuestaria.
- Solicitud de Informes y asesoramiento técnico: La Comisión Técnica de valoración podrá solicitar, a través del órgano Instructor, cuanta documentación, informes y/o asesoramiento técnico complementarios considere necesarios en orden a fundamentar su informe.
- Informe del Órgano Colegiado de Valoración: Que deberá contener información mínima relativa al número de solicitudes presentadas, becas concedidas con indicación de la relación nominal de destinatarios y centro escolar correspondiente, puntuación obtenida, cuantía y plazo por el que se concede, así como relación de becas concedidas en lista de espera y becas denegadas, indicando el motivo concreto de la denegación.
Notificación de la resolución
http://www.zamora.es/ficheros/BASES%20REGULADORAS%20BECAS%20COMEDOR.pdf
Documentación a adjuntar
Junto con la solicitud deberá presentarse la siguiente documentación:
- Solicitud normalizada, con declaración responsable de no incurrir en las circunstancias previstas en la Base 2.2. y declaración responsable de todos/as los/as miembros de la unidad familiar mayores de dieciocho años de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para ostentar la condición de beneficiario/a de subvenciones públicas.
- D.N.I. o N.I.E./pasaporte de todos los integrantes de la unidad familiar.
- Libro de Familia. En el caso de solicitantes en cuyos países de origen no exista documento equivalente, se presentarán documentos que permitan acreditar en número de miembros de la unidad familiar, tales como partidas o inscripciones de nacimiento, documentación del matrimonio, documentos de filiación, etc.
- En su caso, Libro de familia numerosa.
- En caso de nulidad, separación judicial o divorcio se presentará sentencia judicial y convenio regulador. Si está en trámite, el documento acreditativo de la interposición de la correspondiente acción judicial.
- En su caso, reconocimiento legal de discapacidad o dependencia, se acreditará mediante el documento emitido por el organismo competente.
- En caso de acogimiento residencial y/o familiar, la resolución judicial y/o administrativa.
- Cuando en la unidad familiar existiese algún miembro reconocido como víctima de violencia de género, deberá presentar la documentación acreditativa.
- Cuando en la unidad familiar existiese algún miembro reconocido como víctima de terrorismo, deberá presentar la documentación acreditativa.
- Autorización de los/as miembros de la familia distintos/as del solicitante para que desde el Departamento de Servicios Sociales del Excmo. Ayuntamiento de Zamora se lleven a cabo todas aquellas actuaciones y consultas a otros Departamentos del Ayuntamiento de Zamora y de otras administraciones públicas relativas a la obtención de datos protegidos por la normativa correspondiente referentes a la situación de empadronamiento, situación fiscal y patrimonial y situación con la Seguridad Social a los efectos de la adecuada instrucción del expediente administrativo que se articule con motivo de la correspondiente convocatoria. En el supuesto deque no se firme tal autorización se deberán presentar los documentos acreditativos correspondientes.
- Certificados acreditativos de encontrarse al corriente de obligaciones con la AEAT, con la Seguridad Social y con la Hacienda Municipal.
- Cualquier otro documento que se exija en la correspondiente convocatoria.