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Becas Libros Segundo Ciclo Infantil - Ayto Meco

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INSCRIPCIONES

15/05/202415/10/2024
Abierta

Becas Libros Segundo Ciclo Infantil - Ayto Meco: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Libros Segundo Ciclo Infantil - Ayto Meco se convocan con la finalidad de ofrecer una ayuda a las familias que tengan menores escolarizados en el Segundo Ciclo de Educación Infantil. Gracias a estas becas, se pone en alza el principio de igualdad de oportunidades al mismo tiempo que se ofrece una ayuda muy necesaria en el caso de las familias que tengan una situación económica más desfavorecida.

Podrán solicitar las Becas Libros Segundo CIclo Infantil - Ayto Meco las familias que tengan todos los miembros de la unidad familiar empadronados en Meco, matriculados en el nivel educativo indicado y que cumplan con el resto de requisitos.

Los beneficiarios recibirán un importe que será la suma del precio de venta al público establecido por cada editorial de todos los libros de texto establecidos por cada Centro escolar para cada nivel, alcanzando como máximo el 100% del total de gastos de libros de texto obligatorios.

Estas becas serán incompatibles con la incorporación o adhesión de los alumnos al programa Accede de la Comunidad de Madrid.

Si tienes un hijo menor escolarizado en Segundo Ciclo de Educación Infantil y estás empadronado en el municipio de Meco, estas becas pueden interesarte.

Aquí podrás encontrar toda la información necesaria si quieres solicitar una de las Becas Libros Segundo Ciclo Infantil - Ayto Meco.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Segundo ciclo de educación infantil
País de origen
  • España
Región de origen
  • Comunidad de Madrid
Provincia de origen
  • Madrid
Localidad
Meco
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Los solicitantes de las Becas Libros Segundo Ciclo Infantil - Ayto Meco deberán reunir los siguientes requisitos:

  • a. Que todos los miembros de la unidad familiar estén empadronados en Meco, a la fecha de presentación de la solicitud. Se comprobará de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes del Municipio de Meco.
  • b. Que los alumnos se encuentren matriculados durante el curso escolar 2024/2025, en algún curso de Segundo Ciclo de Educación Infantil de los Colegios Gloria Fuertes, San Sebastián o Chesterton de Meco. Excepcionalmente, para los alumnos con necesidades especiales, previa justificación de la obligatoriedad de matriculación en un centro escolar no situado en el municipio de Meco, se entenderá cumplido este requisito.
  • c. Que presenten la solicitud en el plazo establecido en el artículo 8 la presente convocatoria.
  • d. Que todos los miembros de la unidad familiar estén al corriente de pago con la Hacienda Municipal. Se comprobará de oficio por el Departamento de Recaudación.
  • e. En su caso, aportar junto con la solicitud, la documentación que se exige en la presente convocatoria.
  • f. No estar incurso en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • g. Que los solicitantes tengan DNI o NIE.

No podrán ser beneficiarios de la beca los solicitantes incorporados o adheridos al Programa Accede de la Comunidad de Madrid de préstamo de libros de texto y material didáctico en centros docentes sostenidos con fondos públicos durante el curso 2024/2025 dirigido a los alumnos de segundo ciclo de Educación Infantil de familias que se encuentran en situación de desventaja socioeconómica, regulado en la Orden 9726/2012, de 24 de agosto.

Dotación

  • El importe de cada una de las Becas Libros Segundo Ciclo Infantil - Ayto Meco será la suma del precio de venta al público establecido por cada editorial de todos los libros de texto establecidos por cada Centro escolar para cada nivel, alcanzando como máximo el 100% del total de gastos de libros de texto obligatorios.
  • En el caso de que el número de solicitudes que cumplan todos los requisitos hiciera sobrepasar el importe máximo de la dotación presupuestaria establecida en el artículo 3 de la presente convocatoria, las becas individuales disminuirán proporcionalmente hasta cumplir el límite máximo del crédito presupuestario.

Presentación

  • Las solicitudes de las Becas Libros Segundo Ciclo Infantil - Ayto Meco serán presentadas preferentemente de forma telemática, mediante el uso del registro de entrada de la sede electrónica (https://sede.ayto-meco.es), y en el caso de imposibilidad técnica para el uso de los medios telemáticos se podrán presentar en el Registro de entrada del Ayuntamiento de Meco, o en cualquiera de los lugares previstos por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Los interesados deberán conservar los justificantes de las solicitudes presentadas, y deberán aportarlos para cualquier reclamación relacionada en el momento de presentación de las mismas.
  • Las solicitudes se ajustarán al modelo normalizado (Anexo I), que podrá cumplimentarse para su presentación telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento de Meco y consultarse en el tablón de anuncios de la sede electrónica (https://sede.aytomeco.es).
  • La solicitud deberá ser cumplimentada y firmada por el padre o la madre o el tutor o tutora del alumno, en cuyo domicilio se encuentre empadronado el alumno o alumna.
  • En el caso de varios hermanos solicitantes de la beca en la familia, podrá solicitarse en el mismo impreso, siempre que coincidan ambos progenitores.
  • Cuando en la solicitud el solicitante deniegue el permiso para consultar la información de matriculación con los centros escolares, se presentará obligatoriamente un certificado de matriculación en el curso escolar 2024/2025 emitido por el centro escolar y la factura de la adquisición de los libros de texto obligatorios, que incluirá la relación individualizada de los libros comprados.
  • El Ayuntamiento de Meco comprobará de oficio la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y frente a la Seguridad Social, cuando haya sido expresamente autorizada por el solicitante en el impreso de solicitud. Cuando en el impreso de solicitud se haya denegado la autorización para la consulta de los datos, se presentarán los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y frente a la Seguridad Social. El Ayuntamiento de Meco comprobará de oficio que toda la unidad familiar está al corriente de pago con la Hacienda Municipal.
  • Con la presentación de la solicitud el solicitante declara que los datos incluidos en la solicitud son ciertos, que no se encuentran incursos en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiarios establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y que el/los alumno/s no están incorporados ni adheridos al Programa Accede de la Comunidad de Madrid de préstamo de libros de texto y material didáctico.

Más información

Determinación de la unidad familiar

  1. A los efectos de la presente convocatoria, se considera que conforman la unidad familiar .
    • Los padres y, en su caso, el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor.
    • Los alumnos beneficiarios de las presentes becas.
  2. En el caso de divorcio o separación legal o de hecho (cuando no existe vínculo matrimonial) de los padres no se considerará miembro computable a aquel de ellos que no conviva con el solicitante de la beca. La unidad familiar se entenderá constituida por el padre o la madre y los hijos beneficiarios de las presentes becas que convivan con uno u otra, y reúnan los requisitos señalados en el apartado 1 anterior, siempre que se justifique esta situación de monoparentalidad.
  3. En los supuestos en los que el solicitante de la beca sea un menor en situación de acogimiento, será de aplicación a la familia de acogida lo dispuesto en los párrafos anteriores. Se tendrá que justificar documentalmente la existencia de esta situación.
  4. Todas las referencias anteriores a padre o madre serán aplicables, en su caso, a los tutores o personas encargadas de la guarda y protección del menor.
  5. Si se encontrase en una circunstancia distinta a las anteriores, deberá aportarse certificado de los servicios sociales que acredite la convivencia del alumno por el que se solicita la beca y todos los familiares que convivan con él.

Criterios objetivos de otorgamiento de la subvención

  • La subvención se otorgará a los alumnos que, habiendo presentado la solicitud dentro del plazo establecido, cumplan los requisitos expuestos en el artículo 5.
  • El único criterio a tener en cuenta para la concesión de la subvención será cumplir la condición de estar matriculado en cualquier curso de Segundo Ciclo de Educación Infantil de los Colegios Gloria Fuertes, San Sebastián o Chesterton de Meco durante el curso 2024/2025.
  • La comprobación del cumplimiento del criterio único se realizará mediante la solicitud a los centros escolares de los listados de los alumnos matriculados en Segundo Ciclo de Educación Infantil en el curso escolar 2024/2025, que será remitida por los centros escolares antes del 30 de septiembre de 2024.

Aprobación y publicación de listados provisionales de admitidos y excluidos

  • Finalizado el plazo de presentación de solicitudes determinado en el artículo 8, y tras el estudio y comprobación del cumplimiento de los requisitos de las solicitudes presentadas, se elaborará por el órgano instructor la propuesta de listados provisionales de solicitudes admitidas y excluidas, que será elevada al Alcalde-Presidente para su aprobación.
  • En los listados figurarán las solicitudes presentadas que se hayan admitido y, en su caso, aquellas que resulten excluidas de la convocatoria, con indicación de la causa de exclusión.
  • Estas listas se publicarán con los efectos de la notificación, conforme al artículo 45.1.b) de la ley 39/2015, de 1 de octubre, en el tablón de anuncios de la sede electrónica (https://sede.ayto-meco.es), y en su caso, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Meco.
  • De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 68 y 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados dispondrán de un plazo mínimo de diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación de los listados para subsanar la solicitud, formular las alegaciones y presentar los documentos que estimen oportunos. Transcurrido el plazo sin que así lo hiciera, se considerará que el solicitante desiste de su petición.

Resolución de la convocatoria

  • Finalizado el plazo de alegaciones, el Alcalde-Presidente, resolverá las alegaciones presentadas y acordará la resolución de concesión o denegación de las subvenciones. La resolución se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica (https://sede.aytomeco.es), y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, surtiendo esta publicación los efectos de la notificación, conforme al artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
  • La resolución pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó la resolución, o directamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
  • El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento será de seis meses, según lo establecido en el artículo 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

Justificación de la aplicación de los fondos y abono de la beca

  • Para la justificación de la aplicación de los fondos, puesto que el objeto de la subvención es la adquisición de los libros de texto obligatorios para cursar los estudios reglados de Segundo Ciclo de Educación Infantil para el curso escolar 2023/2024, este se entenderá cumplido y, por tanto, justificada la subvención, si el alumno beneficiario ha adquirido dichos libros.
  • En los listados remitidos por los centros escolares, conforme al artículo 9, los centros acreditarán que los alumnos beneficiarios de esta subvención asisten a las clases con los libros correspondientes a la fecha de finalización del plazo de remisión de dichos listados. Para los alumnos que hayan denegado la consulta con los centros escolares se acreditará con la presentación de la factura según lo establecido en el artículo 7.
  • Todo ello, sin perjuicio de los controles que puede establecer el Ayuntamiento para su comprobación.
  • En el caso de no quedar debidamente acreditada la correcta justificación de la subvención, no se podrá ser beneficiario de la presente beca y, por tanto, la solicitud se incluirá en el listado de solicitudes excluidas por dicho motivo.
  • El abono de las becas se realizará, previa justificación de la aplicación de los fondos, mediante transferencia bancaria al número de cuenta indicado en la solicitud, cuyo titular tiene que coincidir con el solicitante.

Compatibilidad de las ayudas

Las presentes becas son incompatibles con la incorporación o adhesión del/los alumno/s al Programa Accede de la Comunidad de Madrid al que se refiere el Artículo 5, siendo compatibles con el resto de becas o ayudas que provengan de otras administraciones públicas o entes públicos o privados, siempre que sumadas todas las ayudas no superen el coste total del concepto subvencionado.

Enlaces de interés

https://sede.ayto-meco.es/documentos/3FB8A84432447A4E8B060558031ADA6C.pdf

Discapacitados

  • Excepcionalmente, para los alumnos con necesidades especiales, previa justificación de la obligatoriedad de matriculación en un centro escolar no situado en el municipio de Meco, se entenderá cumplido este requisito.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

Las Becas Libros Segundo Ciclo Infantil - Ayto Meco se convocan con la finalidad de ofrecer una ayuda a las familias que tengan menores escolarizados en el Segundo Ciclo de Educación Infantil. Gracias a estas becas, se pone en alza el principio de igualdad de oportunidades al mismo tiempo que se ofrece una ayuda muy necesaria en el caso de las familias que tengan una situación económica más desfavorecida.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Libros Segundo Ciclo Infantil - Ayto Meco" es: desde 15/05/2024 hasta 15/10/2024.

La Beca "Becas Libros Segundo Ciclo Infantil - Ayto Meco" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Libros Segundo Ciclo Infantil - Ayto Meco" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes