Ayuntamiento de Fuensalida

Becas Material - Ayto de Fuensalida

Becas de estudiosBecas de material escolarNo universitarios

INSCRIPCIONES

08/08/202430/09/2024
Abierta

Becas Material - Ayto de Fuensalida: solicitud y plazos

Descripción

El Ayuntamiento de Fuensalida se preocupa porque los jóvenes del municipio y sus familias tengan facilidades a la hora de cursar y desarrollar sus estudios, y es por este motivo que convoca diferentes ayudas destinadas a los que más las necesitan.

El Ayuntamiento convoca las Becas Material - Ayto de Fuensalida, con el objetivo de facilitar una cuantía económica para las familias con menores escolarizados en Educación Infantil o Primaria, que les servirá para sufragar los gastos de material escolar. Gracias a estas becas se pretende conseguir una igualdad social entre la población y se promueve la promoción local de los establecimientos de la localidad.

Para adjudicar las Becas Material - Ayto de Fuensalida se tendrá en cuenta la antigüedad en el padrón y tener condición de familia numerosa. Estas becas cubrirán gastos de compra de materiales tales como témperas, cuadernos, folios, carpetas, fundas, etc. 

Las Becas Material - Ayto de Fuensalida serán compatibles con otras ayudas para el mismo fin que los adjudicatarios reciban de otras administraciones públicas.

Si estas empadronado en Fuensalida y cumples los requisitos, estas becas pueden ser una oportunidad para tí. Consulta requisitos, plazos, documentación y otra información importante para solicitarlas en nuestra web. No pierdas esta oportunidad.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Primer ciclo de educación infantil
  • Segundo ciclo de educación infantil
  • Primaria
País de origen
  • España
Región de origen
  • Castilla La Mancha
Provincia de origen
  • Toledo
Localidad
Fuensalida
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

  1. Podrán acogerse a la presente convocatoria de Becas Material - Ayto de Fuensalida, el alumnado matriculado en el Curso Escolar 2024/2025 en Educación Infantil o Educación Primaria en algún centro público o concertado de la localidad (CEIP. “Tomás Romojaro”, CEIP. “Condes de Fuensalida” y Colegio San José).
  2. Los beneficiarios de la concesión deberán cumplir o acreditar las siguientes condiciones:
    • Estar empadronado en la localidad con anterioridad a 1 de septiembre de 2023 tanto el alumno como al menos uno de los tutores legales del alumno.
    • Estar al corriente de sus obligaciones con la Hacienda Pública y con Seguridad Social.
    • Estar al corriente de sus obligaciones económicas con este Ayuntamiento. No podrán concederse subvenciones a los particulares que se hallen incursos en procedimientos de cobro por vía de apremio por deudas contraídas con el Ayuntamiento de Fuensalida ni aquellos que no se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento hasta que dichas deudas sean efectivamente satisfechas y saldadas o cumplidas, salvo que las mismas se encuentren aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida.
    • Para comprobar el cumplimiento de los anteriores requisitos, el Ayuntamiento cruzará los datos de la solicitud con el padrón municipal y los centros escolares de la localidad con autorización expresa del solicitante.

Dotación

  • La cuantía de las Becas Material - Ayto de Fuensalida ascenderá al importe justificado hasta un máximo de 45 € por alumno, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la base tercera de estas bases.
  • El gasto de la cantidad concedida se efectuará en los comercios de la localidad para el curso 2023/2024.

Presentación

Las solicitudes de las Becas Material - Ayto de Fuensalida, se formalizarán mediante la cumplimentación de la instancia (Anexo I), junto con la documentación relacionada en la base octava en el Registro General del Ayuntamiento de Fuensalida, desde el día siguiente al de la publicación de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo, hasta el 30 de septiembre de 2024.

Una vez presentada, de observarse deficiencias en la solicitud formulada o en la documentación que debe adjuntarse, se requerirá al interesado de que proceda a su subsanación en el plazo de diez días hábiles y, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido su petición, previa oportuna resolución emitida al efecto.

Más información

Criterios de adjudicación

Cuando no exista cuantía suficiente para atender todas las solicitudes, se regirán por los siguientes criterios y asignación de puntos:

  • a. Antigüedad en el padrón.
    • Tener una antigüedad ininterrumpida en el padrón municipal superior a los 15 años por parte del padre/madre o tutor legal del alumno 15 puntos. * En caso de no autorizar al Ayuntamiento a contrastar datos del padrón se aportará documento acreditativo del padrón municipal.
    • Tener una antigüedad ininterrumpida en el padrón municipal superior a los 10 años por parte del padre/madre o tutor legal del alumno 10 puntos.* En caso de no autorizar al Ayuntamiento a contrastar datos del padrón se aportará documento acreditativo del padrón municipal.
    • Tener una antigüedad ininterrumpida en el padrón municipal superior a los 5 años por parte del padre/madre o tutor legal del alumno 5 puntos. * En caso de no autorizar al Ayuntamiento a contrastar datos del padrón se aportará documento acreditativo del padrón municipal.
  • b. Condición de familia numerosa.
    • Que el menor pertenezca a una familia con la condición de numerosa 2 puntos. *Para la asignación de estos puntos se aportará documento acreditativo de la condición de pertenencia a familia numerosa. En caso de empate en la puntuación obtenida se tendrá como criterio de desempate la prelación temporal de las solicitudes presentadas.

Gastos cubiertos por la ayuda

  1. Tendrán la consideración de gastos cubiertos por la presente convocatoria todos aquellos que de manera indubitada, respondan a la naturaleza de la actividad concedida y se realicen a partir de la publicación de la presente convocatoria y hasta la fecha de plazo para la presentación de las solicitudes.
  2. Serán gastos cubiertos por la ayuda todos aquellos materiales de uso escolar destinados principalmente a trabajar y aprender en el aula y que cumplan unos requisitos de seguridad para evitar cualquier peligro (mochilas, lapiceros, bolígrafos, rotuladores, sacapuntas, goma de borrar, ceras, regla, compás, plastilina, témperas, blog de dibujo, cuadernos, folios, carpetas, fundas de plástico, etc.).
Compatibilidad

Las ayudas que, en su caso se concedan, serán compatibles con cualquier otra ayuda, ingreso o recurso que, para los mismos fines, el alumnado perciba de las restantes Administraciones Públicas.

Resolución

Las solicitudes presentadas serán evaluadas por una Comisión constituida al efecto o en su defecto por la Junta de Gobierno Local.

La Comisión de evaluación o en su defecto por la Junta de Gobierno Local, una vez analizadas y valoradas las solicitudes presentadas conjuntamente con sus documentos, formulará la oportuna propuesta de resolución, que será adoptada por el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Fuensalida o por su delegación, por la Junta de Gobierno local de ésta, denegando o concediendo las subvenciones solicitadas y fijando su cuantía.

Justificación y pago

Los conceptos subvencionados deberán justificarse sobre lo estipulado en las presentes bases.

En el caso de que importe total de la factura fuera inferior a la subvención concedida, la cantidad a abonar será la indicada en la factura.

Una vez valoradas las solicitudes y comprobándose que cumplen con los requisitos estipulados en estas bases, se procederá al ingreso de la subvención mediante trasferencia bancaria al número de cuenta indicado en el Anexo I.

Enlaces de interés

https://www.fuensalida.com/images/archivos/2024/2T/BASES_MATERIAL_ESCOLAR_24-25.pdf

Documentación a adjuntar

  1. Anexo I debidamente cumplimentado.
  2. Factura o factura simplificada acreditativa de gasto realizado, no admitiéndose ticket, emitida por un comercio de Fuensalida.
  3. D.N.I. del padre, madre o tutor legal del menor o menores.
  4. Fotocopia del libro de familia.
  5. Fotocopia de la primera hoja de la libreta de ahorros o certificado bancario.
  6. Certificado de antigüedad en el padrón municipal.
  7. Fotocopia del documento que acredite pertenecer a familia numerosa.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

El Ayuntamiento de Fuensalida se preocupa porque los jóvenes del municipio y sus familias tengan facilidades a la hora de cursar y desarrollar sus estudios, y es por este motivo que convoca diferentes ayudas destinadas a los que más las necesitan.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Material - Ayto de Fuensalida" es: desde 08/08/2024 hasta 30/09/2024.

La Beca "Becas Material - Ayto de Fuensalida" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Material - Ayto de Fuensalida" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes