Becas Transporte Estudiantes Fuera de Cox
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Becas Transporte Estudiantes Fuera de Cox: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Transporte Estudiantes Fuera de Cox son convocadas por el ayuntamiento para que los estudiantes de Cox, obtengan una cuantía que les ayude a sufragar los gastos derivados del desplazamiento a los centros académicos.
Podrán optar a estas ayudas los estudiantes matriculados en una Universidad y en una enseñanza Universitaria que se entenderá como tal el título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro,Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico y Grados. También se destinará a los estudiantes de Grado Medio o Superior o los de grado superior de Música y Danza.
Los estudiantes que quieran optar a las Becas Transporte Estudiantes Fuera de Cox deberán estar empadronados en Cox, al menos con un año de antelación a la publicación de las bases.
Para baremar las solicitudes, se tendrán en cuenta entre otros criterios, los ingresos económicos a fin de ofrecer las becas a los que más necesidad tengan de las mismas.
Además también se tendrá en cuenta que el principal sustentador de la familia esté en situación de desempleo, o que algún familiar o el propio solicitante presente discapacidad.
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Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Licenciatura
- Diplomatura
- Ingeniería
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- Arquitectura
- Música
- Danza
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Región de origen
- Comunidad Valenciana
- Provincia de origen
- Alicante
- Localidad
- Cox
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Los interesados en solicitar las Becas Transporte Estudiantes Fuera de Cox deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Estar empadronado en Cox, al menos un año (12 meses) antes de la publicación de las presentes bases.
- El solicitante deberá tener cumplidos durante el ejercicio en el que solicita la ayuda como máximo de 30 años.
- Estar matriculado en el curso 2024/2025, en una Universidad y en una enseñanza Universitaria que se entenderá como tal el título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico y Grados.
- Estar matriculado en el curso 2024/2025, en ciclos formativos de Grado Medio o Superior.
- Estar matriculado en Enseñanzas de grado superior de Música y Danza.
- Estar matriculado en 2024/2025 en un máster habilitante, formación orientada específicamente al ejercicio de una profesión determinada en las áreas siguientes: psicólogo general sanitario, ingeniero de caminos, canales y puertos, ingeniero de minas, ingeniero industrial, ingeniero aeronáutico, ingeniero agrónomo, ingeniero de montes, ingeniero naval y oceánico, ingeniero de telecomunicaciones, arquitecto, abogado y profesor de educación secundaria.
Se excluyen de esta convocatoria los estudios correspondientes a:
- Enseñanzas de grado elemental de Música y Danza.
- Estudios de idiomas en Escuelas Oficiales de titularidad de las Administraciones Públicas.
- Arte dramático, Restauración y conservación de Bienes Culturales.
- Estudios de tercer ciclo o doctorado, estudios de especialización, títulos propios de las Universidades, máster y estudios de postgrado, así como las Universidades a distancia (UNED).
Dotación
El importe máximo a recibir mediante las Becas Transporte Estudiantes Fuera de Cox será de 300 euros por participante.
Presentación
- Los impresos de solicitud de las Becas Transporte Estudiantes Fuera de Cox podrán recogerse en este Ayuntamiento sito en Plaza de la Glorieta, 1 o descargarlos en la página web del Ayuntamiento, www.cox.es
- El plazo de la presentación de solicitudes será desde el día 30 de septiembre hasta el 18 de octubre ambos inclusive, del presente año 2024.
- Las solicitudes deberán presentarse preferentemente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Cox, o en su caso, en el Registro General de este Ayuntamiento (Horario: de lunes a viernes de 9.00 h a 14.00 h).
Más información
Objeto
El objeto de la presente convocatoria consiste en sufragar el coste de transporte público destinado a estudiantes residentes en el término municipal de Cox, que utilicen el transporte público para sus desplazamientos habituales a los centros académicos durante el curso académico 2024/2025.
Baremación
Para seleccionar los beneficiarios se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
- a. Ingresos económicos (renta per cápita anual):
- Hasta 5.000€: 18 puntos.
- Entre 5.001 y 9.000€: 15 puntos.
- Entre 9.001 y 11.000€: 11 puntos.
- Entre 11.001 y 13.000€: 5 puntos.
- Más de 13.000€: 0 puntos.
- b. Principal sustentador (padre o madre) en caso de desempleo: 4 puntos.
- c. Discapacidad del solicitante o miembros de la unidad familiar:
- Por cada miembro de la unidad familiar con una discapacidad reconocida igual o superior al 65%: 4 puntos.
- Por cada miembro de la unidad familiar con una discapacidad reconocida igual o superior al 33%: 2 puntos.
- d. Ser miembro de una familia numerosa; General 4 puntos. Especial: 8 puntos.
- e. Ser miembro de una familia monoparental: 4 puntos.
- f. Por méritos académicos.
- Por cada asignatura con calificación de Sobresaliente obtenido durante el pasado curso: 1 punto.
- g. Lugar de residencia:
- Menos de 25 km desde lugar de residencia al centro de Estudios: 5 puntos.
- Entre 26 y 60 km desde lugar de residencia al centro de Estudios: 10 puntos.
- Más de 60 km desde lugar de residencia al Centro de Estudios: 15 puntos.
Los solicitantes obtendrán una puntuación en función de los criterios de valoración. El valor de cada punto se obtendrá dividendo el total del presupuesto disponible entre el número total de puntos obtenidos por todos los solicitantes. La cantidad a conceder se obtendrá multiplicando el valor del punto por el número total de puntos obtenidos por cada solicitante.
Resolución
- A la vista de las solicitudes y la documentación presentada se dará un plazo de 10 días hábiles para subsanar los efectos formales apreciados en la solicitud o solicitar la aportación de la documentación complementaria que se considere necesaria. A la vista de las solicitudes y a propuesta formulada por la comisión baremadora, si concurren los requisitos exigidos y hasta el límite del crédito existente en línea presupuestaria que corresponda, el Alcalde-Presidente dictará resolución provisional, la cual se publicará en el tablón de edictos de este Ayuntamiento y en la web www.cox.es concediendo un plazo de 5 días hábiles para presentar alegaciones a la baremación.
- Examinadas las alegaciones presentadas, por el Alcalde-Presidente se dictará resolución definitiva que deberá expresar el nombre y apellidos de los beneficiarios, su documento oficial identificativo DNI/NIE, la cuantía de la ayuda y las causas de exclusión o denegación, en su caso.
- La resolución de la convocatoria, que será publicada en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, podrá ser consultada por los interesados en este ayuntamiento, así como en la página www.cox.es
Forma de pago de la ayuda
El importe se hará efectivo mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por el solicitante.
Enlaces de interés
https://www.cox.es/wp-content/uploads/2024/09/BASES-QUE-RIGEN-LA-CONVOCATORIA-DE-AYUDAS-AL-TRANSPORTE-PARA-ESTUDIANTES-DESPLAZADOS-FUERA-DEL-TERMINO-MUNICIPAL.pdf
Documentación a adjuntar
- Impreso de solicitud, debidamente cumplimentado y firmado (ANEXO I).
- Fotocopia del DNI/NIE en vigor del solicitante.
- Certificado de convivencia, expedido por el Ayuntamiento de Cox, donde conste la antigüedad de 12 meses.
- Fotocopia del documento que acredite que el solicitante se encuentra matriculado durante el curso 2024/2025 y del justificante bancario o documento que acredite el pago de la matrícula.
- Fotocopia de la renta del año 2023 de los padres y miembros de la familia (o certificado de exención) y del solicitante en caso de estar empleado.
- Documento que acredite los méritos académicos del año 2023.
- Fotocopia del último DARDE (Documento de Alta y Renovación de la Demanda de Empleo) en caso de desempleo de uno de los miembros de la unidad familiar, que conste en el certificado de convivencia. Solo se admitirá uno por solicitud.
- Fotocopia del Certificado de discapacidad, si procede, expedido por el órgano competente.
- Presentación de la cartilla de la familia numerosa, en su caso.
- Fotocopia de la 1º hoja de la libreta bancaria o caja de ahorros del solicitante o certificado actualizado por la entidad financiera, donde se encuentre la cuenta del solicitante, en el que conste la denominación de la entidad, la oficina, el dígito de control y el número de cuenta en la que se abonará el importe de la ayuda.
- Declaración responsable según (ANEXO II).
- Convenio regulador del divorcio (en su caso) o Carné de familia monoparental.
Personas con discapacidad
Criterios de baremación
Discapacidad del solicitante o miembros de la unidad familiar:
- Por cada miembro de la unidad familiar con una discapacidad reconocida igual o superior al 65%: 4 puntos.
- Por cada miembro de la unidad familiar con una discapacidad reconocida igual o superior al 33%: 2 puntos.