Ayuntamiento de Altea

Becas Material Educación Infantil - Ayuntamiento de Altea

Becas de estudiosBecas de material escolarNo universitarios

INSCRIPCIONES

07/10/202405/11/2024
Abierta

Becas Material Educación Infantil - Ayuntamiento de Altea: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Material - Ayuntamiento de Altea son convocadas con el objetivo de subvencionar el gasto llevado a cabo por las familias con empadronamiento en Altea, para escolarizar a sus hijos en Educación Infantil. Gracias a estas becas se sufragará el coste del material escolar socializado designado por cada centro escolar que suele abonarse a través de las AMPAS y en la adquisición de los cuadernillos del alumnado.

Para poder solicitar esta ayuda se deberá ser padre, madre o tutor legal de un menor que realice estudios de Educación Infantil en centros públicos ubicados en Altea durante el presente curso escolar. Las familias deben tener empadronamiento en Altea y encontrarse en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el ayuntamiento.

Las Becas Material - Ayuntamiento de Altea, permitirán por tanto que las familias tengan una ayuda extra, ayudando sobre todo a aquellas más desfavorecidas y que por tanto tengan mayores dificultades para afrontar los gastos que supone la escolarización de sus hijos.

Los gastos a subvencionar dependerán de la renta familiar de los solicitantes. El pago de las cantidades se realizará por transferencia bancaria.

Si deseas consultar información sobre las Becas Material - Ayuntamiento de Altea, nosotros te la facilitamos. Aquí podrás consultar requisitos, plazos, documentación y mucho más. 

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Primer ciclo de educación infantil
  • Segundo ciclo de educación infantil
País de origen
  • España
Región de origen
  • Comunidad Valenciana
Provincia de origen
  • Alicante
Localidad
Altea
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

  • Podrán solicitar las Becas Material Educación Infantil - Ayuntamiento de Altea para la adquisición de material escolar las madres y los padres o quienes tengan la tutoría legal de los alumnos y las alumnas que realicen los estudios de Educación Infantil en centros escolares públicos ubicados en Altea durante el curso 2024-2025.
  • Las familias deberán estar empadronadas en Altea y los cuadernillos deberán ser adquiridos en una de las librerías de esta localidad.
  • Para poder beneficiarse de la subvención será imprescindible que el padre y la madre o las personas tutoras legales del alumno y/o de la alumna estén al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Altea.
  • A su vez, ninguno de ellos deberá estar incurso en alguna de las circunstancias previstas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Este requisito se acreditará mediante declaración responsable firmada.

Dotación

  • Mediante las Becas Material Educación Infantil - Ayuntamiento de Altea se subvenciona el gasto realizado por las familias empadronadas en Altea, en el coste de la cuota anual por alumno/a del material escolar socializado designado por cada centro docente que suele abonarse a través de las AMPAS y en la adquisición de los cuadernillos del alumnado matriculado en Educación Infantil en centros públicos escolares ubicados en la localidad durante el curso 2024-2025.
  • Se subvencionará el total de los gastos si la renta familiar, entendida ésta como la suma de las rentas obtenidas por todas las personas mayores de edad que compongan la unidad familiar, dividida entre la totalidad de sus componentes es inferior o igual al 75% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
  • Si la renta familiar es inferior o igual al 120% del IPREM anual, se subvencionará:
    • 50% de los gastos para el/la primer/a hijo/a.
    • 60% de los gastos para el/la segundo/a hijo/a.
    • 70% de los gastos para los/las siguientes hijos/as.

Presentación

  • La solicitud de las Becas Material Educación Infantil - Ayuntamiento de Altea será formalizada por las madres o los padres o quienes ostenten la tutoría legal. En la misma se especificarán los datos de cada hijo/a en edad escolar, ordenados de mayor a menor, que reúnen los requisitos de la convocatoria y por los que se solicita la subvención.
  • Las solicitudes se podrán presentar telemáticamente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Altea https://altea.sedelectronica.es o presencialmente con cita previa, en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía (OAC), sin perjuicio de los demás medios establecidos en el artículo 16.4 de la LPACAP. El plazo de presentación de solicitudes junto con la documentación complementaria será de 20 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia de Alicante.

Más información

Renta de la unidad familiar

  • Para la obtención de la renta anual de la unidad familiar se consultará la última declaración efectuada y se deberá cumplimentar el anexo II de esta convocatoria autorizando al Ayuntamiento de Altea a consultar los datos a través de la AEAT.
  • A tal efecto, la totalidad de las personas que integran la unidad familiar mayores de 18 años autorizarán dicha comprobación con su firma en el citado documento.
  • La renta de la unidad familiar se determinará dividiendo los ingresos entre el nº de integrantes que la componen. Se consideran integrantes computables de la unidad familiar la persona solicitante, su cónyuge o persona vinculada por análoga relación de afectividad (unión de hecho) y los/las hijos/as o menores a su cargo, siempre que convivan en un mismo domicilio, extremo que se acreditará a través de los datos que consten en el Padrón Municipal y en el libro de familia.
  • Atendiendo a la normativa vigente, la persona beneficiaria tendrá que declarar la subvención otorgada en su declaración de la renta correspondiente al ejercicio de la concesión.

Plazo de resolución y notificación

  • El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de 3 meses desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes. El vencimiento del plazo sin haberse notificado la resolución, legitima a las personas interesadas para entender desestimada por silencio administrativo.
  • La resolución pone fin a la vía administrativa pudiendo interponerse contra la misma recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde la publicación de la resolución o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.
Enlaces de interés

https://altea.es/wp-content/uploads/2024/10/EDICTO-publicacion-bases-convocatoria-ayudas-material-escolar-educacion-infantil-2024-Altea.pdf

Documentación a adjuntar

  • Impreso de solicitud debidamente cumplimentado y firmado.
  • Fotocopia del Libro de familia, certificados de nacimiento o documentación que acredite los componentes de la unidad familiar.
  • Volante empadronamiento de la unidad familiar. 
  • Autorización al Ayuntamiento de Altea para que recabe datos de la Agencia Tributaria relativos al nivel de renta IRPF del ejercicio 2023 de las personas que integran la unidad familiar cuyos ingresos son computables para el reconocimiento, seguimiento o control de la subvención.
  • Fotocopia Título de familia mono-parental.
  • Los casos de separación/divorcio se deberá aportar copia sentencia y/o convenio regulador.
  • Alumnos/as de Educación Infantil: Copia del justificante bancario/recibo acreditativo de haber efectuado el ingreso correspondiente al importe del material escolar socializado designado por cada Centro Escolar y en su caso, factura de los cuadernillos adquiridos para este curso escolar, emitida a nombre de la persona beneficiaria (padre/madre/tutor-a) por una librería de Altea. La factura deberá detallar la relación de cuadernillos y el importe de cada uno de ellos.
  • Declaración responsable de no estar incurso/a en la prohibición para obtener la condición de persona beneficiaria de subvención y de estar al corriente de las obligaciones tributarias de la Seguridad Social.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

Las Becas Material - Ayuntamiento de Altea son convocadas con el objetivo de subvencionar el gasto llevado a cabo por las familias con empadronamiento en Altea, para escolarizar a sus hijos en Educación Infantil. Gracias a estas becas se sufragará el coste del material escolar socializado designado por cada centro escolar que suele abonarse a través de las AMPAS y en la adquisición de los cuadernillos del alumnado.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Material Educación Infantil - Ayuntamiento de Altea" es: desde 07/10/2024 hasta 05/11/2024.

La Beca "Becas Material Educación Infantil - Ayuntamiento de Altea" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Material Educación Infantil - Ayuntamiento de Altea" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas sociales
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes