Xunta de Galicia

Becas Ayudas para alumnado FCT o FP dual

Becas de formación prácticaNo universitarios

INSCRIPCIONES

14/10/202414/11/2024
Finalizada

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Becas Ayudas para alumnado FCT o FP dual: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Ayudas para alumnado FCT o FP dual convocadas por la Consejería de Educación, Universidad y Formación Profesional de la Xunta de Galicia. Están divididas en dos modalidades. Una modalidad se dirige a estudiantes matriculados en ciclos formativos de grado básico, grado medio y grado superior de formación profesional, cursos de especialización de formación profesional, enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, enseñanzas deportivas de régimen especial y programas formativos, que realicen la FCT o la FP dual dentro del territorio español. La otra modalidad es para los que realicen dichos estudios fuera del territorio español.

Las Becas Ayudas para alumnado FCT o FP dual, aportan a los beneficiarios de las mismas una cantidad económica que facilite el desarrollo de la Formación en Centros de Trabajo (FCT) o el desarrollo de las prácticas propias que conllevan los estudios de FP Dual. 

Dichas prácticas en centros de trabajo reales pueden desarrollarse en cualquier país tanto europeo, como de otros continentes y para ser beneficiario de ellas se deben cumplir los requisitos establecidos por el convocante.

Si cursas FP Dual, o deseas realizar Formación en Centros de Trabajo de las enseñanzas que estás cursando, las Becas Ayudas para alumnado FCT o FP dual, te ofrecen una ayuda económica que no debes dejar escapar. Aquí te proporcionamos toda la información que pueda ser de tu interés.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior
  • Artes plásticas y Diseño
  • Enseñanzas deportivas
  • Formación Profesional Dual
  • Formación Profesional Básica
País de origen
  • España
País de destino
  • Todos los países
Región de origen
  • Galicia
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España

Requisitos

Requisitos para postularse a las Becas Ayudas para alumnado FCT o FP:

  • Estar matriculado en un centro público de esta comunidad autónoma o, en caso de los centros privados, en una enseñanza concertada con la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional.
  • Estar cursando el último curso de un ciclo formativo de grado básico, grado medio o grado superior de formación profesional, cursos de especialización de formación profesional, enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, enseñanzas deportivas de régimen especial y programas formativos o algún ciclo formativo de FP dual.
  • Finalizar el período de formación práctica en centros de trabajo o FP dual antes de 31 de diciembre de 2024.
  • Realizar como mínimo el 80 % de las jornadas en empresa correspondientes a cada enseñanza según lo establecido en el currículo o en el proyecto de FP dual.
  • En el caso del alumnado de FP dual, que el proyecto de FP dual no incluya ayudas para desplazamiento o alojamiento.
  • En el caso de la modalidad A, que el ayuntamiento del centro de trabajo sea distinto del ayuntamiento del centro educativo y distinto del ayuntamiento de residencia del/de la alumno/a durante el período de realización de la FCT o de la FP dual.
  • En el caso de la modalidad B, que el/la alumno/a no disfrutara de una ayuda Erasmus+ KA102, KA116, KA121, KA122 o cualquier otra ayuda que financie totalmente el período de realización de la FCT o de la FP dual.
  • Cumplir los requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria de acuerdo con el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, de estar al día en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, y de no tener pendiente de pago ninguna deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma según indica el artículo 11 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007.

Dotación

Para el cálculo de las Becas Ayudas para alumnado FCT o FP dual se tendrá en cuenta el número total de jornadas en las que la persona solicitante realiza la FCT o la FP dual en la empresa. Para este cómputo se considerarán 5 jornadas semanales con una duración de 8 horas cada una. Cuando el número de jornadas realizadas en una semana sea inferior a 5, el importe de la ayuda se prorrateará proporcionalmente.

Para el alumnado que realice la FCT en jornada de horario flexible, según el artículo 14, letra f) del Orden de 28 de febrero de 2007, el número máximo de jornadas será el correspondiente a las de la enseñanza que se curse y solo será posible acogerse a la orden de ayudas que regule el período final de sus prácticas, si estas se prolongan a lo largo de más de una convocatoria de ayudas.

Modalidad A: cuando el alumnado realice la FCT o la FP dual dentro del territorio español las cuantías se calcularán del siguiente modo:

  • A.1. Dentro de la comunidad autónoma: 12,50 euros por semana hasta un máximo de 375 euros.
  • A.2. Fuera de la comunidad autónoma: 20 euros por semana hasta un máximo de 375 euros.

Modalidad B: cuando el alumnado realice la FCT o la FP dual fuera del territorio español las cuantías se calcularán del siguiente modo en función del país de destino:

  • Grupo 1: países con costes de la vida más altos. Países de la UE y asociados al programa Erasmus+: Dinamarca, Finlandia, Irlanda, Islandia, Liechtenstein, Luxemburgo, Noruega, Suecia. Terceros países no asociados al programa del grupo 1: 175 euros.
  • Grupo 2: países con costes de la vida medios. Países de la UE y asociados al programa Erasmus+: Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, España, Francia, Grecia, Italia, Malta, Países Bajos, Portugal. Terceros países no asociados al programa del grupo 2: 140 euros.
  • Grupo 3: países con costes de la vida más bajos. Países de la UE y asociados al programa Erasmus+: Bulgaria, República Checa, Croacia, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Macedonia del Norte, Polonia, Rumanía, Serbia, Turquía.
  • Terceros países no asociados al programa del grupo 3: 100 euros.

Países no asociados al programa Erasmus+: Países no asociados del grupo 1: Japón, Israel, Corea del Sur, Georgia, Argentina, Armenia, Angola, Arabia Saudí, Kuwait, Estados Unidos, Reino Unido, Suiza, Bahrein, Azerbaiyán, Sudán, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Emiratos Árabes Unidos, Hong Kong, Líbano, Vietnam, México, Taiwán, Moldavia, Malasia, Tanzania, Canadá, Singapur, Australia, Tailandia, Islas Feroe.

Países no asociados del grupo 2: India, Kazajistán, Brasil, República Democrática del Congo, Chile, Nigeria, Uganda, Liberia, Yibuti, República Popular Democrática de Corea, Uzbekistán, Turkmenistán, República Dominicana, Jamaica, Bielorrusia, Libia, Siria, Cuba, Yemen, Kenia, Ruanda, Seychelles, Antigua y Barbuda, Brunéi, Montenegro, Malaui, Barbados, Santa Lucía, Granada, Dominica, Uruguay, Albania, China, Filipinas, Perú, Venezuela, Panamá, Ghana, Chad, Guyana, Egipto, Marruecos, Kiribati, Omán, Bosnia y Herzegovina, Irán, Mozambique, Senegal, Mauricio, Qatar, Andorra, Jordania, Indonesia, Laos, Sudáfrica, Etiopía, Bangladesh, Ecuador, Paraguay, Costa Rica, Costa de Marfil, Sierra Leona, Gabón, Haití, Bahamas, Papúa Nueva Guinea, Micronesia, Ucraniana, Kirguistán, Rusia, Mónaco, San Marino, Palestina, Estado de la Ciudad del Vaticano.

Países no asociados del Grupo 3: Nepal, Maldivas, Tayikistán, Nicaragua, Zambia, Guinea, Congo, Botsuana, Belice, Samoa, Islas Marshall, Palaos, Tuvalu, Nauru, Islas Cook, Niue, Nueva Zelanda, Pakistán, Bután, El Salvador, Surinam, Guatemala, Honduras, Somalia, Trinidad y Tobago, Argelia, Colombia, Gambia, Fiyi, Islas Salomón, Vanuatu, Camboya, Zimbabue, Burundi, Mongolia, Camerún, Timor Oriental, Sri Lanka, Madagascar, Mali, Togo, Santo Tomé y Príncipe, Tonga, Bolivia, Benín, Lesoto, Macao, Tunicia, Irak, Burkina Faso, Guinea Ecuatorial, República Centroafricana, Guinea-Bisáu, Namibia, Comoras, Eritrea, Myanmar/Birmania, Afganistán, Níger, Mauritania, Cabo Verde, Kosovo, Esuatini, Sudán del Sur.

Al alumnado que realice la FCT fuera del territorio español y disfrutase de una ayuda para la misma finalidad, distinta de las indicadas en el artículo 3.7, se le concederá el 50 % de la ayuda correspondiente.

Al alumnado que realice la FP dual fuera del territorio español se le concederá el 50 % de la ayuda correspondiente hasta un máximo de 1.500,00 €.

Presentación

  • Las solicitudes de las Becas Ayudas para alumnado FCT o FP, junto con el resto de los anexos requeridos, serán facilitados al alumnado por el centro educativo en que esté matriculado en el momento de realizar la FCT o la FP dual. Toda la documentación se generará a través de la aplicación informática www.edu.xunta.gal/fct. Los anexos asociados a este procedimiento también estarán disponibles en la Guía de procedimientos y servicios de la sede electrónica.
  • Las solicitudes junto con el resto de los anexos se presentarán en el centro educativo donde el alumnado esté matriculado en el momento de realizar la FCT o la FP dual.

Más información

Objeto de la convocatoria

Esta orden tiene por objeto establecer las bases y convocar el procedimiento de concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas económicas para la realización en empresas del módulo profesional de FCT y de la FP dual (código de procedimiento ED202A).

Modalidades de las ayudas

Se establecen las siguientes modalidades de ayudas:

  1. Modalidad A: alumnado matriculado en ciclos formativos de grado básico, grado medio y grado superior de formación profesional, cursos de especialización de formación profesional, enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, enseñanzas deportivas de régimen especial y programas formativos, que realicen la FCT o la FP dual dentro del territorio español.
  2. Modalidad B: alumnado matriculado en ciclos formativos de grado básico, grado medio o grado superior de formación profesional, cursos de especialización de formación profesional, enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño y enseñanza deportivas de régimen especial, que realice la FCT o la FP dual fuera del territorio español.

Forma y plazo de presentación de solicitudes

Se convocan dos períodos de presentación de solicitudes:

El primer plazo, de sesenta (60) días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia, para el alumnado que realizara a FCT en los períodos octubre 2023-marzo 2024 y en los períodos enero-junio, enero-marzo y abril-junio de 2024.
Se acogerá a este primer plazo el alumnado de FP dual.

El alumnado al que le corresponda realizar a FCT en el período de septiembre-diciembre de 2024 y que anticipe su realización, no se acogerá a este primer plazo.

El segundo plazo, comprendido entre el 14 de octubre y el 14 de noviembre de 2024, para el alumnado que le corresponda realizar a FCT en el período de septiembre-diciembre de 2024.  Este alumnado deberá finalizar obligatoriamente el período de formación en centros de trabajo antes de 31 de diciembre de 2024.

El alumnado que tenga horario flexible con autorización de la Dirección General de Formación Profesional y final después de 31 de diciembre de 2024 se acogerá a la siguiente convocatoria de ayudas.

Las solicitudes, junto con el resto de los anexos requeridos, serán facilitados al alumnado por el centro educativo en que esté matriculado en el momento de realizar la FCT o la FP dual. Toda la documentación se generará a través de la aplicación informática www.edu.xunta.gal/fct. Los anexos asociados a este procedimiento también estarán disponibles en la Guía de procedimientos y servicios de la sede electrónica.

Las solicitudes junto con el resto de los anexos se presentarán en el centro educativo donde el alumnado esté matriculado en el momento de realizar a FCT o la FP dual.

Pago de las ayudas

Las ayudas se harán efectivas en un solo pago directamente a la persona beneficiaria, a través de la cuenta bancaria indicada para tal efecto.

La persona beneficiaria presentará en el centro, en el momento de la finalización de la estadía en el centro de trabajo, una declaración responsable complementaria del conjunto de las ayudas solicitadas, tanto las aprobadas o concedidas como las pendientes de resolución, para la misma finalidad (anexo III), de las distintas administraciones públicas competentes o de sus entidades vinculadas o dependientes.

La persona beneficiaria está obligada a comunicarle a la entidad concedente o, en su caso, a la entidad colaboradora la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

Por otra parte, de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se transmitirá a la Base de datos nacional de subvenciones la información requerida por esta, el texto de la convocatoria para su publicación en la citada base y su extracto en el Diario Oficial de Galicia.

Obligaciones de las personas beneficiarias

La persona beneficiaria está obligada al reintegro, total o parcial, de la subvención o de la ayuda pública percibida en el supuesto de incumplimiento de las condiciones establecidas para su concesión, luego del procedimiento establecido en el artículo 77 y siguientes del citado Reglamento de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia.

La persona beneficiaria está obligada a facilitar toda la información que le sea requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, el Tribunal de Cuentas y el Consejo de Cuentas, en el ejercicio de las funciones de fiscalización y control que le competen, según el artículo 14.1.k) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Comunicar a la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, así como la modificación de las circunstancias que fundamentaran la concesión de la subvención. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

Compatibilidad de las ayudas

Estas ayudas son compatibles con otras de carácter general, aunque el importe total recibido nunca podrá superar, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, el coste de la actividad subvencionada.

Enlaces de interés

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2024/20240710/AnuncioG0761-020724-0003_es.pdf

Documentación a adjuntar

Documentación complementaria:

  1. La documentación complementaria que, en su caso, sea necesario presentar con la solicitud la presentará el alumnado en el centro educativo en que esté matriculado en el momento de realizar la formación en centros de trabajo o FP dual.
  2. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar, de manera motivada, el cotejo de las copias presentadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

Las Becas Ayudas para alumnado FCT o FP dual convocadas por la Consejería de Educación, Universidad y Formación Profesional de la Xunta de Galicia. Están divididas en dos modalidades. Una modalidad se dirige a estudiantes matriculados en ciclos formativos de grado básico, grado medio y grado superior de formación profesional, cursos de especialización de formación profesional, enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, enseñanzas deportivas de régimen especial y programas formativos, que realicen la FCT o la FP dual dentro del territorio español. La otra modalidad es para los que realicen dichos estudios fuera del territorio español.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Ayudas para alumnado FCT o FP dual" es: desde 14/10/2024 hasta 14/11/2024.

La Beca "Becas Ayudas para alumnado FCT o FP dual" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Ayudas para alumnado FCT o FP dual" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de estancias
  • Becas de excelencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas NEAE
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para artistas
  • Becas para asistir a congresos
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para fotógrafos
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para sénior
  • Becas para trabajadores
  • Becas sociales
  • Becas STEM
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes