Becas Movilidad Estudiantado Xarxa Vives o Drac
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Becas Movilidad Estudiantado Xarxa Vives o Drac: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Movilidad Estudiantado Xarxa Vives o Drac, son convocadas para facilitar la movilidad al estudiantado de la Universitat Jaume I, para que puedan asistir a cursos, seminarios, estancias de investigación u otras actividades que se lleven a cabo en las universidades de la Xarxa Vives o pertenezcan al programa DRAC.
Las Becas Movilidad Estudiantado Xarxa Vives o Drac se dirigen a los estudiantes de grado, máster o doctorado, que cumplan con los requisitos indicados en la presente convocatoria. Las estancias de los estudiantes deberán durar máximo 15 días lectivos.
La dotación de estas becas, se dedicará a cubrir gastos de alojamiento, matrícula o inscripción, para lo que se destinará un máximo de 420 euros. Por otra parte también se cubrirán gastos de desplazamiento.
Para valorar a los solicitantes se tendrá en cuenta criterios como el nivel de catalán de la persona, validado en el IGLU, la relación de la actividad a la que se desea asistir con los contenidos del programa de estudios del postulante y que el solicitante no haya sido beneficiario de estas ayudas anteriormente.
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Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Pueden solicitar estas ayudas el estudiantado matriculado en la Universitat Jaume I de grado y másteres y doctorado en el curso académico 2023/2024.
Deben cumplir los requisitos siguientes:
- El destino de la movilidad deben ser las universidades participantes en el programa DRAC o actividades organizadas por éstas o por la XVU.
- Debe suponer un desplazamiento a una universidad diferente a la propia y que se encuentre al menos a 50 km de distancia.
- Las estancias del estudiantado deben tener una duración máxima de 15 días lectivos.
- Las actividades no presenciales se excluyen de recibir la ayuda de movilidad.
Dotación
Se establece un importe global de 6000 euros para el curso 2023/2024, a cargo del centro de gasto VRI/VRI 02G008, línea 00000 euros, ejercicio presupuestario 2024, que se distribuye de la siguiente manera:
- a. Por un lado, un máximo de 420,00 € destinados a cubrir gastos de alojamiento y matrícula o inscripción (si procede). En ningún caso se incluirán los gastos de manutención.
- b. Por otro lado, el importe correspondiente a cubrir los gastos de desplazamiento, que se fijará de acuerdo con el Cuadro de Desplazamientos en la web de la Xarxa Vives: https://www.vives.org/files/2023/09/DRAC-Bases-2023-2024.pdf
Finalizado el primer periodo de concesión de las ayudas y si no se ha agotado el importe máximo a otorgar, se trasladará la cantidad no aplicada a las resoluciones posteriores que puedan recaer.
Presentación
Para participar en el programa el solicitante se debe rellenar el formulario de solicitud correspondiente y presentarlo en el Registro General, sede electrónica https://www.uji.es/seu dirigido al Vicerrectorado de Relaciones Internacionales. Asimismo, pueden presentarse en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de octubre del procedimiento administrativo común.
Las solicitudes de las personas interesadas se adjuntarán a los documentos e informaciones determinados en la convocatoria, salvo que los documentos exigidos ya estuvieran en poder de cualquier órgano de esta Universidad, y en este caso el o la solicitante podrá acogerse a lo establecido en el párrafo d) del artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en su caso, emitidos, y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan. En los supuestos de imposibilidad material de obtener esta documentación, el órgano competente puede requerir a las personas solicitantes su presentación o, en su caso, la acreditación por otros medios de los requisitos a que se refiere la documentación.
Si se solicita para la asistencia además de una actividad se indicará el orden de preferencia.
Se establecen dos plazos de presentación de solicitudes:
- Primero: Desde el día siguiente de la publicación del extracto en el Dogv y hasta el 28 de febrero de 2024.
- Segundo: Desde el día 1 de marzo y hasta el 15 de septiembre de 2024.
En este caso las solicitudes actividades deben ser siempre antes de la fecha de realización de la actividad, En el caso de másteres interuniversitarios, será necesario presentar la solicitud a la universidad en que el estudiante esté matriculado (con independencia de que sea o no la universidad coordinadora del máster).
- Que todos los datos aportados a la solicitud son ciertos y se ajustan a la realidad.
- Que queda enterada de que la inexactitud de las circunstancias declaradas conlleva la denegación o revocación de la ayuda.
- Que no está incursa en ninguna de las circunstancias que recoge el artículo 13.2 de ley 38/2003 , de 17 de noviembre general de subvenciones.
Más información
Criterios de valoración y puntuación solicitudes
Para ordenar las ayudas se tendrá en cuenta:
- a. Que la persona solicitante no haya sido nunca beneficiaria de una ayuda de movilidad en programas previos en ninguna universidad de la Xarxa Vives. (4 puntos).
- b. Nivel de catalán validado en el IGLU. (Hasta 3 puntos) B1: 0,5, B2: 1,5, C1: 2,5, C2: 3.
- c. Relación de la actividad a la que se quiere asistir con los contenidos del programa de estudios del solicitante. (Hasta 3 puntos).
En caso de empate se decidirá por sorteo.
- Relación de gastos según modelo normalizado.
- Facturas o justificantes de los gastos por el importe subvencionado (matrícula, alojamiento, viajes, etc).
- Justificante de asistencia o título de la actividad realizada.
- Realizar la actividad subvencionada en la forma, condiciones y plazo que en ella se establece en la resolución de la convocatoria.
- Acreditar la realización de la actividad en los términos establecidos en el punto anterior.
- Someterse a las actuaciones de control financiero que corresponden al Servicio de Control Interno, en cuanto a las ayudas concedidas.
- Comunicar a la Universidad la solicitud y la concesión de otras ayudas, para la misma finalidad por parte de otros organismos públicos o privados, de carácter nacional o internacional.
- Cumplir todas las obligaciones que estén previstas para el régimen de subvenciones y ayudas que sean aplicables a esta convocatoria de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre de Subvenciones, y de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalidad, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones y demás la legislación concordante.
Enlaces de interés
https://ujiapps.uji.es/ade/rest/storage/37AW9KNE5DRRP7RGWQRIRB0RAUOKSX7L