Becas de Colaboración en Tareas de Investigación - UVA
INSCRIPCIONES
Esta beca ha finalizado. Regístrate y te avisamos cuando haya nuevas.
Becas de Colaboración en Tareas de Investigación - UVA: solicitud y plazos
Descripción
El Consejo Social de la Universidad de Valladolid convoca las Becas de Colaboración en Tareas de Investigación - UVA, mediante las que se podrá colaborar en tareas de formación e investigación en Departamentos e Institutos Universitarios de Investigación.
Dichas becas están dirigidas a los alumnos que vayan a finalizar sus estudios de Grado o que estén cursando primer curso en Másteres Oficiales de la UVa.
Estas becas tienen como objetivo proporcionar a estos alumnos universitarios una formación investigadora inicial que facilite su orientación profesional o investigadora, mediante su participación o colaboración en tareas de investigación vinculadas con los estudios que están cursando en un Departamento o Instituto Universitario de Investigación.
Las Becas de Colaboración en Tareas de Investigación - UVA ofrecen compatibilidad con sus estudios, permitiéndoles a la vez realizar el Trabajo de Fin de Grado y/o el Trabajo Fin de Máster.
Los beneficiarios de las Becas de colaboración en tareas de investigación - UVA recibirán una dotación económica, Las actividades tendrán una duración de siete meses (de enero a julio) con una dedicación de treinta horas mensuales, y al finalizar las becas los candidatos seleccionados deben cumplir con el total de horas exigidas.
Si estás interesado/a en solicitar una de las Becas de colaboración en tareas de investigación - UVA, aquí te ofrecemos toda la información que necesitas para hacerte con una de ellas.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Los solicitantes de las Becas de Colaboración en Tareas de Investigación - UVA serán estudiantes que vayan a finalizar los estudios de Grado o estudiantes de primer curso de Másteres Oficiales de la Universidad de Valladolid matriculados en el curso académico 2024-2025, y que reúnan los requisitos específicos de cada una de la modalidades.
Estudiantes de Grado
- a. No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Grado, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Máster Oficial.
- b. Estar matriculado en el curso 2024-2025 en enseñanza oficial de la totalidad de las asignaturas o créditos que le resten para finalizar sus estudios, es decir, para la obtención del título, y haber superado el 75% de la carga lectiva del plan de estudios correspondiente.
Estudiantes de Máster
- a. No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Máster Oficial o de Doctor.
- b. Estar matriculado, en el curso 2024-2025, como estudiante a tiempo completo de 60 ECTS, incluido el TFM, si el máster es de un año o, en el caso de que el Máster tenga una duración de 3 o 4 cuatrimestres, de 60 ECTS en primer curso del máster.
- c. Tener como nota media en el expediente académico correspondiente a los estudios universitarios previos que dan acceso al Máster la que se establece en el apartado 2 c) 1 anterior, en función de la rama de conocimiento de procedencia.
Deberá existir una cierta conexión entre la labor a desarrollar y el historial científico-técnico de los candidatos y, en su caso, con el Trabajo de Fin de Grado y/o Fin de Máster que estén realizando en la UVa, para lo que deberán aportar, también como requisito, un PROYECTO DE COLABORACIÓN O MEMORIA TÉCNICA que ha de ser valorado por el Departamento o Instituto Universitario de Investigación.
No haber sido beneficiario anteriormente de ayudas conforme a cualquier convocatoria amparada por las Bases Reguladoras de aplicación.
Acreditar no estar incurso en ninguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de conformidad con el Decreto 27/2008, de 3 de abril, por el que se regula tal acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social, en materia de subvenciones, aplicable a las Universidades públicas de la Comunidad de Castilla y León - artículo 6 y disposición adicional.
No mantener relación contractual de tipo laboral, de prestación de servicios, bajo otro régimen jurídico o asimilable, con empresa, institución o entidad alguna.
Los demás requisitos previstos en las Bases Reguladoras y en la propia convocatoria, en función de la finalidad y modalidad de la ayuda.
Dotación
La dotación total y única de las Becas de Colaboración en Tareas de Investigación - UVA será de 1.400 euros, correspondiéndose esta cantidad con el coste total para el Consejo Social, incluyéndose la cuota patronal. Al importe asignado a cada beneficiario se le aplicarán los descuentos y retenciones que se detallan a continuación:
- a. Las personas beneficiarias serán dadas de alta en el Régimen General de la Seguridad Social como asimilados a trabajadores por cuenta ajena, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre (BOE de 27 de octubre). Para ello, facilitarán el número de afiliación en el documento de propuesta de nombramiento de becario.
- b. Del importe mensual que corresponda se deducirá la cuota de la Seguridad Social que está obligado a cotizar el beneficiario.
- c. Del importe mensual que corresponda se aplicará la retención del correspondiente IRPF.
- d. Estas becas se someterán a la fiscalidad que les corresponda en su caso.
El importe total a percibir por el becario en el periodo de disfrute de la beca será de unos 1.000 euros aproximadamente. El ingreso se realizará directamente a favor del interesado, mediante transferencia bancaria en cuenta en la que figure como titular, cada uno de los meses de disfrute de la beca.
El período de disfrute de la beca será desde el 1 de enero hasta el 31 de julio de 2025, excepto en los casos, de renuncia o sustitución, finalizando en todo caso en la fecha indicada en último término.
Presentación
La presentación y formalización de la solicitud de las Becas de Colaboración en Tareas de Investigación - UVA se realizará a través de la Sede Electrónica de la UVa – Carpeta Ciudadana (utilizando el procedimiento establecido al efecto), de acuerdo con la LPACAP y de conformidad con el Reglamento de la UVa por el que se implantan los medios electrónicos que facilitan el acceso de los ciudadanos a los servicios públicos de la UVa y se crean la Sede Electrónica y el Registro Electrónico de la UVa (aprobado por Resolución de 13 de junio de 2012, BOCYL de 26 de junio).
A estos efectos, la formalización y presentación de la solicitud será accesible en la dirección de la Carpeta Ciudadana: https://sede.uva.es/tramitador/ciudadano?idLogica=inicio&entrada=ciudadano&idEntidad=UVA
La denominación concreta del procedimiento es la siguiente: “Solicitud de Beca de Colaboración del Consejo Social en tareas de formación e investigación en Departamentos e Institutos Universitarios de Investigación Curso 2023-2024”.
No se admitirá la presentación de solicitudes por ningún otro medio.
Más información
Criterios de valoración
Únicamente serán objeto de valoración aquellos requisitos y méritos que sean acreditados documentalmente por los candidatos. El cómputo de ambos se realizará tomando como referencia la fecha en la que finaliza el plazo de presentación de solicitudes.
La adjudicación de las becas se llevará a cabo en régimen de concurrencia competitiva, respetando los principios de publicidad, transparencia, igualdad, mérito y capacidad.
La puntuación de cada solicitud se obtendrá, por parte de la Comisión de Valoración creada al efecto (tal y como establecen las Bases Reguladoras), sumando la puntuación obtenida en los siguientes apartados:
- Expediente académico. Se tendrá en cuenta lo establecido en los apartados 2c1 y 3d1 de la Base II, de la presente convocatoria. La puntuación máxima en este apartado será de 6 puntos sobre un total de 10.
- Curriculum vitae del estudiante, en el que se deberá incluir, en su caso:
- 1. La acreditación de un nivel de dominio de lengua extranjera intermedio alto B2, mediante un certificado oficial en conformidad con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas o equivalente. Puntuación: por cada certificado de lengua extranjera nivel B2: 1 punto.
- Igualmente, se acreditarán los logros que se hayan obtenido en el transcurso de su etapa universitaria, como premios, distinciones y reconocimientos oficiales. Por cada distinción académica oficial (premios, distinciones y reconocimientos): 0,5 puntos. La puntuación máxima en esta apartado será de 3 puntos sobre un total de 10.
- Proyecto de Colaboración o Memoria Técnica avalada por el Departamento o Instituto Universitario de Investigación (Plan de Trabajo). Como ya se ha indicado, deberá existir conexión entre la labor a desarrollar y el historial científico-técnico de los candidatos y, en su caso, con el Trabajo de Fin de Grado y/o Fin de Máster que estén realizando en la UVa, para lo que presentarán un Proyecto de Colaboración o Memoria Técnica que ha de ser valorado y puntuado por el Departamento o Instituto Universitario de Investigación. La puntuación máxima en este apartado será de 1 punto sobre un total de 10.
Obligaciones de los becarios
- Incorporarse al Departamento o Instituto Universitario de Investigación de aplicación de la beca en la fecha señalada, entendiéndose la no incorporación como renuncia a la beca. Este hecho, de producirse, deberá ser comunicado oportunamente, a través del registro electrónico en la sede electrónica de la UVa, a la secretaría administrativa del Consejo Social. Igualmente habrá de comunicarse cualquier cambio en sus circunstancias que impliquen una situación de incompatibilidad o inhabilitación.
- Realizar su labor en el Departamento o Instituto Universitario de Investigación de aplicación de la beca de acuerdo con el plan originariamente aprobado y cumpliendo con aprovechamiento las tareas encomendadas.
- Seguir durante el curso 2024-2025, por enseñanza oficial, los estudios en los que se encuentran matriculados.
- Al finalizar la beca, el beneficiario deberá presentar antes del 30 de septiembre de 2025, a través del registro electrónico (solicitud general), y dirigido a la secretaría del Consejo Social la siguiente documentación:
- a. Memoria Final, redactada por el becario (Anexo I), con el visto bueno del Director del Departamento o Instituto Universitario de Investigación en el que conste que el becario ha cumplido satisfactoriamente las tareas encomendadas, en la que se describa el trabajo realizado durante el periodo de disfrute de la misma. Con objeto de hacer más visible esta labor investigadora, el Consejo Social podrá publicar dicha Memoria, ajustándose a la normativa de protección de datos y autoría, en la “Galería de Becarios”.
- b. Elaboración de un Póster Científico en formato pdf del trabajo realizado, que permita su reproducción a un tamaño de 90×120 y que debe seguir el patrón habitual de este tipo de documentos: introducción, material y método, resultados, discusión, conclusiones, etc., con el objetivo de incluirlo en la publicación web (página web UVaINVESTIGA) y facilitar la impresión, en su caso, para posibles encuentros sobre investigación (el Anexo recoge una serie de recomendaciones para su elaboración). Tanto la Memoria Final como el Póster Científico se presentarán a través del Registro Electrónico en la Sede Electrónica de la UVa, modelo de solicitud general (accesible en la dirección http://sede.uva.es), de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, del Reglamento por el que se implantan los medios electrónicos que facilitan el acceso de los ciudadanos a los servicios públicos de la Universidad de Valladolid y del Reglamento que regula el Sistema de Registro de la Universidad de Valladolid. A estos efectos, la memoria final se presentará a través del registro electrónico de la Sede Electrónica de la UVa (accesible en la dirección http://sede.uva.es), debiendo cumplimentarse el modelo de “Solicitud General” conforme a las instrucciones que se detallan a continuación:
- Destinatario de su Solicitud. Deberá indicar: “Consejo Social”.
- Expone. Deberá indicar que presenta la Memoria Final y el Póster Científico
- Solicita. Deberá indicar: que se tenga por presentada la Memoria Final y el Póster Científico.
- Documentación que se adjunta. Deberá adjuntar la Memoria Final y el Póster Científico.
- Los becarios beneficiarios de estas becas de formación y colaboración están obligados al cumplimiento de las obligaciones generales previstas en los artículos 14 y 16 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en cuanto sean de aplicación a este procedimiento, así como a cuantos requisitos o compromisos académico-formativos se establecen en la presente convocatoria, tanto para la concesión como para el disfrute de la misma, y a notificar, en los casos que proceda, el incumplimiento de alguno de ellos durante el período de desempeño de la misma.
- En el caso de que el alumno no presente la documentación en la fecha anteriormente señalada, esta actuación tendrá la calificación de causa de reintegro conforme al artículo 37.1.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y será de aplicación, en su caso, lo previsto en el Título IV de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.
- En el caso de que el becario renuncie a la beca, deberá presentar la siguiente documentación, dirigida a la secretaría del Consejo Social, a través del registro electrónico en la sede electrónica de la UVa:
- Escrito informando de su renuncia y de las causas de la misma.
- Informe del trabajo realizado hasta la fecha, indicando todas las horas que ha prestado colaboración, con el visto bueno del Director del Departamento o Instituto Universitario de Investigación.
Condiciones del disfrute de la beca
Estas becas son incompatibles con las becas de colaboración en proyectos de investigación de la propia UVa, con las becas de colaboración de estudiantes en departamentos universitarios convocadas por el Ministerio con competencia en materia de educación universitaria, así como con cualquier otra subvención, ayuda, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Únicamente serán compatibles con las becas y ayudas al estudio de carácter general y movilidad que convoque cada curso el Ministerio con competencia en materia de educación universitaria u otra Administración pública.
Los beneficiarios de esta beca solo lo podrán ser en un único curso académico y por una sola vez.
La concesión de la beca de colaboración será anulada con reintegro total de su cuantía en caso de ocultación o falseamiento de datos, cuando exista incompatibilidad con otras ayudas, o en caso de que hayan sido concedidas a estudiantes que no reúnan alguno de los requisitos establecidos o no los acrediten debidamente. Será de aplicación lo previsto en los artículos 37 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Título IV de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.
El calendario de actividades comprenderá 30 horas mensuales durante 7 meses (de enero a julio de 2024, ambos inclusive). La distribución de esta dedicación podrá ser flexible, ajustándose al ritmo académico, pero en ningún caso podrán realizarse más de 15 horas por semana ni más de 3 horas por día. En todo caso, al finalizar el periodo de disfrute de la beca deberán haberse cumplido las 210 horas exigidas.
Enlaces de interés
https://consejosocial.inf.uva.es/wp-content/uploads/2024/10/Convocatoria-BC-CS-2024-2025-firmada.pdf
Documentación a adjuntar
Los estudiantes de Grado deben aportar la siguiente documentación:
- Expediente Académico (Certificación Académica), que deberá tener como nota media mínima de los créditos superados la que se señala a continuación para cada una de las ramas de titulaciones universitarias oficiales:
- 7,25 puntos para la rama de Ingeniería y Arquitectura o Enseñanzas Técnicas.
- 7,70 puntos para las ramas de Ciencias o Ciencias Experimentales y para Ciencias Sociales y Jurídicas.
- 7,80 puntos para la rama de Ciencias de la Salud.
- 8,00 puntos para la rama de Artes y Humanidades.
- Curriculum Vitae del estudiante: la documentación que se aportará y valorará como mérito será la siguiente:
- La acreditación de un nivel de dominio de lengua extranjera intermedio alto B2, mediante un certificado oficial en conformidad con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas o equivalente (no es un requisito excluyente, aunque para valorar este mérito resulta imprescindible acreditarlo documentalmente).
- La acreditación de los logros que se hayan obtenido en el transcurso de su etapa universitaria, como premios, distinciones y reconocimientos oficiales. (no es un requisito excluyente, aunque para valorar este resulta imprescindible acreditarlo documentalmente).
Los estudiantes de primer curso de Másteres Oficiales deberán aportar la siguiente documentación:
- EXPEDIENTE ACADÉMICO (Certificación Académica). El cálculo de la nota media del expediente académico se efectuará conforme a lo previsto en el artículo 7 de la Resolución de 25 de mayo de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación.
- CURRICULUM VITAE del alumno: la documentación que se aportará y valorará como mérito en este apartado, será la siguiente:
- La acreditación de un nivel de dominio de lengua extranjera intermedio alto B2, mediante un certificado oficial en conformidad con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas o equivalente (no es un requisito excluyente, aunque para valorar este mérito resulta imprescindible acreditarlo documentalmente).
- La acreditación de los logros que se hayan obtenido en el transcurso de su etapa universitaria, como premios, distinciones y reconocimientos oficiales (no es un requisito excluyente, aunque para valorar este mérito resulta imprescindible acreditarlo documentalmente).
De acuerdo con lo establecido en el Base II de la presente convocatoria, los candidatos deberán presentar la siguiente documentación:
- Solicitud de la beca.
- Currículum Vitae de acuerdo con lo establecido en la convocatoria (sólo los apartados señalados).
- Expediente Académico (Calificación Académica) de acuerdo con lo establecido en la convocatoria: únicamente deberán presentarla los alumnos que hayan realizado uno o varios cursos académicos en otras Universidades o en centros adscritos de la UVa. En los demás casos no es necesario.
- Proyecto de Colaboración o Memoria Técnica sobre el plan de trabajo a desarrollar en el Departamento o Instituto Universitario de Investigación, avalada por el tutor/profesor (máximo 3 folios).