Becas de Formación en tareas de Dinamización de Centros
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Becas de Formación en tareas de Dinamización de Centros: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Sevilla convoca las Becas de Formación en tareas de Dinamización de Centros. Estas becas de formación van dirigidas a los estudiantes que están matriculados en la Universidad de Sevilla para la obtención de un título oficial de grado o máster.
Con estas becas, la Universidad de Sevilla pretende fomentar la participación de los alumnos durante su vida universitaria mediante la realización de prácticas formativas programadas por el Vicerrectorado de Estudiantes de la Universidad de Sevilla.
Las Becas de Formación en el Vicerrectorado de Estudiantes para la colaboración en tareas de Dinamización de Centros tiene como objetivo implicar a los estudiantes para colaborar con el Plan de Orientación y Acción tutorial de sus correspondientes centros.
Para conseguir estos objetivos, Becas de Formación en tareas de Dinamización de Centros ofrecen 27 plazas. La dotación variará en función de si es perfil de Dinamizador de Centro o perfil de Coordinador.
En esta página encontrarás todas las becas y ayudas ofrecidas por la Universidad de Sevilla para cursos y programas de formación práctica. Aquí puedes consultar todo lo que necesitas saber para solicitar una de las Becas de Formación en tareas de Dinamización de Centros, requisitos, plazos y otros datos de interés.
Datos básicos
- Nº de becas
- 27
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
- Las Becas de formación en tareas de Dinamización de Centros están destinadas a estudiantes matriculados en el curso 2023-2024 en alguna de las titulaciones oficiales conducentes a la obtención de un título de Grado o Máster Universitario en la Universidad de Sevilla. Estos estudiantes deberán estar matriculados de, al menos, 12 créditos o de los créditos que le resten para finalizar sus estudios.
- Tener superado hasta el curso 2022-2023, inclusive, al menos 60 créditos de los necesarios para obtener un título oficial de Grado en la Universidad de Sevilla. Se considerará que cumplen este requisito aquellos estudiantes de Máster Universitario que hayan obtenido la titulación que les da acceso al Máster en la Universidad de Sevilla.
Los beneficiarios de estas becas deberán matricularse en el curso 2023-2024 en alguna titulación oficial de la Universidad de Sevilla; en caso contrario se les revocará la beca.
Dotación
Se convocan Becas de formación en tareas de Dinamización de Centros, en la Escuela Internacional de Postgrado y de Coordinador, dirigidas a estudiantes matriculados en la Universidad de Sevilla.
- Hasta 26 becas con perfil de Dinamizador de Centro, de 15 horas semanales, con una dotación mensual de 270 euros, cada una de ellas.
- 1 beca con perfil de Coordinador, de 20 horas semanales, con una dotación mensual de 360 euros.
No podrán disfrutar de estas becas aquellos estudiantes que con anterioridad hayan disfrutado de otra beca/ayuda de formación en la Universidad de Sevilla por la totalidad del periodo establecido en la correspondiente convocatoria, siempre y cuando dicho periodo haya alcanzado de forma continua o discontinua una duración total de 12 meses.
Aquellos estudiantes que no hayan disfrutado de la totalidad del periodo establecido en otra convocatoria de becas/ayudas de formación podrán ser beneficiarios de las becas previstas en esta convocatoria por el periodo que reste hasta completar un total de 12 meses, contabilizándose en este cómputo el periodo de formación realizado en la beca o ayuda deformación disfrutada anteriormente, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de becas deformación mediante la colaboración en Servicios de la Universidad de Sevilla (Acuerdo 8.5/C.G.20-12-12).
El contenido de la formación de estas becas se concreta en el Plan de Formación que se acompaña como Anexo a esta convocatoria.
Presentación
El estudiante, para participar en las Becas de formación en tareas de Dinamización de Centros, deberá seguirlos siguientes pasos:
- Cumplimentar el impreso de esta convocatoria que estará disponible en el Portal de la Universidad de Sevilla, en el Apartado: Estudiar / Becas y Ayudas / Becas y Ayudas de Formación/ Propias / Becas de formación en el Vicerrectorado de Estudiantes, para la colaboración en tareas de dinamización de Centros: https://www.us.es/estudiar/becas-ayudas/becas-y-ayudas-de-formacion/propias.
- El impreso, debidamente cumplimentado, junto con la documentación requerida, deberá presentarse por alguna de estas vías:
- De forma telemática (requiere certificado digital de la FNMT). La presentación telemática de la solicitud se realizará a través del Registro Electrónico del AGE (https://reg.redsara.es) a la que se adjuntará, en formato pdf, la documentación correspondiente, indicando como destinatario en la solicitud “Universidad de Sevilla”.
- Excepcionalmente, aquellos estudiantes que no reúnan las condiciones para solicitar el certificado digital de la FNMT, podrán presentar su solicitud de forma presencial a través de la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Universidad de Sevilla, sitas en C/San Fernando, 4 (Rectorado) o en Paseo de las Delicias, s/n (Pabellón de Brasil). Para ello deberá pedir cita previa en el siguiente enlace: https://institucional.us.es/cprevias/index.php (una vez acceda a este enlace, deberá seleccionar “Registro General” y a continuación elegir cualquiera de las dos Oficinas de Registro) o bien podrán presentar la solicitud en cualquiera de las formas presenciales establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Cumplimentar y aceptar/validar el formulario online que estará disponible en la página web www.becas-santander.com o directamente en el vínculo: http://app.santanderopenacademy.com/program/2o-plazo-becas-formacion-vic-est-dinamizador-centro-24-25.
En el formulario debe rellenar obligatoriamente el campo de su correo electrónico como estudiante de la Universidad de Sevilla cuyo dominio es @alum.us.es.
Más información
Plan de formación
El contenido de la formación de estas becas se concreta en el Plan de Formación que se acompaña como Anexo a esta convocatoria y que puedes encontrar en el siguiente enlace: https://www.us.es/sites/default/files/becas-y-ayudas/becas-formacion/becas-form-vice-dinam-centros/PF%20DINAMIZADORES%202024-2025_030624.pdf
Baremo
- a. Se asignarán hasta 3,00 puntos por la nota media del expediente académico del candidato obtenida hasta el curso 2022-2023 o último curso universitario realizado con anterioridad, en la titulación en la que se encuentre matriculado en el curso 2023-2024, de acuerdo con la siguiente escala:
- Nota media entre 5,00 y 5,49: 0,25 puntos.
- Nota media entre 5,50 y 5,99: 0,50 puntos.
- Nota media entre 6,00 y 6,49: 0,75 puntos.
- Nota media entre 6,50 y 6,99: 1,00 punto.
- Nota media entre 7,00 y 7,49: 1,25 puntos.
- Nota media entre 7,50 y 7,99: 1,50 puntos.
- Nota media entre 8,00 y 8,49: 2,00 puntos.
- Nota media entre 8,50 y 8,99: 2,50 puntos.
- Nota media igual o superior a 9,00: 3,00 puntos.
- A los estudiantes matriculados por primera vez en 1 er curso en un Máster Universitario se les asignará la nota media obtenida en la titulación que le da acceso al máster universitario.
- b. Se asignarán hasta 3,00 puntos por el porcentaje de créditos superados en la titulación en la que se encuentre matriculado en el curso 2023-2024 (sólo se tendrán en cuenta los créditos superados hasta el curso 2022-2023 o último curso universitario realizado en la Universidad de Sevilla con anterioridad), de acuerdo con la siguiente escala: (% créditos superados y Puntuación):
- Hasta 34,99%: 0,25 puntos.
- 35,00% a 44,99%: 0,50 puntos.
- 45,00% a 49,99%: 0,75 puntos.
- 50,00% a 54,99%: 1,00 punto.
- 55,00% a 59,99%: 1,25 puntos.
- 60,00% a 64,99%: 1,50 puntos.
- 65,00% a 69,99%: 1,75 puntos.
- 70,00% a 74,99%: 2,00 puntos.
- 75,00% a 79,99%: 2,25 puntos.
- 80,00% a 84,99%: 2,50 puntos.
- 85,00% a 89,99%: 2,75 puntos.
- Desde 90%, inclusive: 3,00 puntos.
- A los estudiantes matriculados en un Máster Universitario se les asignarán 3 puntos en este apartado.
- c. Cursos realizados relacionados con el objeto de la beca: Se sumarán las horas lectivas de todos los cursos realizados por los candidatos y relacionados con el objeto de la beca, asignándose hasta 2 puntos en función del total de horas, de acuerdo con la siguiente escala:
- Hasta 20 horas lectivas de cursos realizados: 0,50 puntos.
- Hasta 30 horas lectivas de cursos realizados: 0,75 puntos.
- Hasta 40 horas lectivas de cursos realizados: 1,00 punto.
- Hasta 50 horas lectivas de cursos realizados: 1,25 puntos.
- Hasta 60 horas lectivas de cursos realizados: 1,50 puntos.
- Hasta 70 horas lectivas de cursos realizados: 1,75 puntos.
- + de 70 horas lectivas de cursos realizados: 2,00 puntos.
- Las horas lectivas de los cursos organizados por Organismos Públicos podrán multiplicarse por un factor de ponderación del 1,25.
- d. Proyecto: Se asignarán hasta 2 puntos por el proyecto de participación estudiantil presentado. En concreto se valorará su viabilidad técnica, viabilidad económica, viabilidad legal, viabilidad ambiental y social, gestión del proyecto, riesgo, innovación y diferenciación, alineamiento con los objetivos de la US. Una vez baremadas las solicitudes, según los apartados a), b) y c) de la base 12, se seleccionará a los 6 candidatos que tengan mayor puntuación en cada uno de los centros universitarios, según el referido baremo, para puntuar sus proyectos conforme al apartado d).
- En caso de haber presentado más de un proyecto, se evaluará el presentado en último lugar. En caso de existir igualdad de puntos entre los candidatos, se tendrá en cuenta por este orden:
- la mayor puntuación obtenida en el apartado c) de la base 12.
- la mayor puntuación obtenida en el apartado b) de la base 12.
- la mayor puntuación obtenida en el apartado a) de la base 12.
- a. La no superación de los umbrales de renta establecidos en el art. 19.3 de la Resolución de 15 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general del Ministerio de Educación y Formación Profesional, para el curso académico 2023-2024, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios (BOE nº 65 de 17 de marzo de 2023).
- b. La menor renta per cápita de la unidad familiar del solicitante.
- c. El cumplimiento de los requisitos patrimoniales establecidos en el art. 20 de la Resolución de 15 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general del Ministerio de Educación y Formación Profesional, para el curso académico 2023-2024, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios (BOE nº 65 de 17 de marzo de 2023).
- d. Tener superado el mayor porcentaje de créditos necesarios para su titulación hasta el curso 2022-2023, inclusive.
- e. La nota media del expediente académico.
- Examinadas las solicitudes, la Comisión General de Becas y Ayudas al Estudio de la Universidad de Sevilla resolverá estas becas y formulará al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla la propuesta de Resolución, en la que figurarán los candidatos seleccionados para los Centros universitarios entre los estudiantes matriculados en las titulaciones impartidas en cada uno de ellos, incluido el de la Escuela Internacional de Postgrado, así como el candidato seleccionado para la beca con perfil de Coordinador, que será el candidato que acredite mayor puntuación de entre todos los Centros universitarios, incluida la Escuela Internacional de Posgrado. Asimismo, la propuesta de Resolución incluirá una relación de un máximo de 5 suplentes por cada uno de los Centros universitarios y Escuela Internacional de Postgrado, así como una relación de un máximo de 10 suplentes para la beca con perfil de Coordinador. Por último, la propuesta de Resolución incluirá la relación de los solicitantes denegados y de los solicitantes desistidos de su petición por no aportar la documentación requerida o por no cumplimentar debidamente la solicitud en plazo.
- En el supuesto de que el número de solicitantes que cumplan los requisitos sea menor al de becas adjudicadas o se produjese alguna vacante entre las becas convocadas sin que existan suplentes para cubrirla, se podrá abrir un segundo plazo de presentación de solicitudes para cubrir las necesidades en el Centro que corresponda.
- La condición de becario de formación en ningún caso implica la existencia de relación contractual entre la Universidad de Sevilla y el becario, ni presupone compromiso alguno de contratación posterior.
- El plazo para resolver y notificar la resolución de estas Ayudas será de 6 meses. El plazo se computará a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- En el caso de que, transcurrido dicho plazo, no constara resolución expresa de la solicitud, se entenderá que la misma ha sido desestimada, a los efectos establecidos en los artículos 24 y 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que, con posterioridad, sea resuelta de forma expresa.
- Contra la Resolución de estas becas, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la Resolución de estas becas, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien directamente Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Plan de Formación
Documentación a adjuntar
La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos:
- Currículum con la formación documentada del solicitante, con expresión de las actividades relacionadas con la beca que solicita y mencionándose con detalle las actividades desarrolladas a todo nivel en la Universidad de Sevilla.
- Proyecto de participación estudiantil, en el que se expondrán brevemente las medidas o actividades propuestas por el solicitante para aumentar la participación de los estudiantes en las actividades universitarias (pertenencia a asociaciones, elecciones, seminarios, actividades culturales, deportivas…). El documento no podrá ser superior a dos páginas y deberá seguir el siguiente esquema:
- Título de la actividad.
- Destinatarios (colectivo al que va dirigida la actividad y nº personas).
- Objetivo/s.
- Metodología/procedimiento.
- Duración.
- Recursos.
- Evaluación.
- Copia de los certificados de los cursos realizados relacionados con el objeto de estas becas, no valorándose aquellos en los que no se indique el número de horas lectivas realizadas. Aquellos solicitantes que no los aporten, pese a serle requeridos, no se entenderán desistidos de su petición.
- Certificación académica personal de la titulación que da acceso al Máster Universitario, si ésta ha sido cursada en una Universidad distinta a la Universidad de Sevilla, en la que se indicará la nota media obtenida en la titulación. En el caso de que la titulación haya sido realizada en una Universidad extranjera, además de la nota media del expediente académico deberán constar los criterios para su cálculo.
- Cualquier otro documento que el solicitante estime conveniente para avalar su solicitud.
- El solicitante, a requerimiento de la Comisión, deberá aportar la documentación acreditativa de los datos declarados.
- Los solicitantes deberán cumplimentar, obligatoriamente, en la solicitud de estas becas, los siguientes extremos:
- Domicilio a efectos de notificación.
- Dirección de correo electrónico.
- Firma de la solicitud.
Aportación de documentación y subsanación de la solicitud
- Se publicará una Resolución conteniendo una relación de los solicitantes que deban aportar la documentación relacionada en la base 7, presentar alegaciones o cumplimentar los apartados obligatorios de la solicitud, relacionados en la base 8 de la convocatoria, en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual), y en la página web de la Universidad de Sevilla, en el apartado: Estudiar / Becas y ayudas / Becas y ayudas de formación / Propias / Becas de formación en el Vicerrectorado de Estudiantes, para la colaboración en tareas de Dinamización de Centros: https://www.us.es/estudiar/becas-ayudas/becas-y-ayudas-de-formacion/propias
- La publicación de esta Resolución surtirá los efectos de notificación individual a los solicitantes.
- Los solicitantes dispondrán de un plazo de 5 días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de la Resolución que se establece en el párrafo anterior, para presentar alegaciones, aportar la documentación o para cumplimentar los apartados obligatorios de la solicitud relacionados en la base 8 de esta convocatoria.
- Los solicitantes que no presenten la documentación establecida en la base 7 de la convocatoria, a excepción de la referida en el apartado c) de la citada base, o que no cumplimenten los apartados establecidos como obligatorios de la solicitud en la base 8 en los plazos fijados en la Resolución que se establece en esta base, se les considerará desistidos de su petición, notificándose en la Resolución definitiva de la convocatoria.