Becas Colaboradores Residencia "Alberto Jiménez Fraud"
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Becas Colaboradores Residencia "Alberto Jiménez Fraud": solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Málaga (UMA) tiene como objetivo que ningún estudiante quede excluido de los estudios universitarios por razones económicas. Para al alcanzar este objeto, la universidad cuenta con un programa propio de becas, ayudas y créditos destinado a los alumnos matriculados.
La universidad de Málaga pretende fomentar la convivencia de los estudiantes mediante actividades deportivas, culturares, informáticas y actividades de igualdad de género. Estas convivencias se suelen dar más en las residencias de estudiantes, lugar de encuentro de todos los jóvenes. Por este motivo la UMA convoca las Becas para estudiantes colaboradores de apoyo en la residencia universitaria "Alberto Jiménez Fraud".
Las Becas Colaboradores Residencia "Alberto Jiménez Fraud" podrán ser solicitadas por estudiantes de grado o máster universitario. Estas ayudas ofrecen a los beneficiarios, 30 tickets de comedor mensuales por persona. Los adjudicatarios deberán desarrollar actividades durante 15 horas semanales en distintas tareas y actividades como tareas de mantenimiento del servidor y la red de la residencia.
Si cumples con los requisitos y deseas ser beneficiario de las Becas Colaboradores Residencia "Alberto Jiménez Fraud", aquí encontrarás toda la información relacionada con las mismas, y te informamos sobre los plazos de inscripción, la documentación a aportar y otros datos importantes relacionados con las becas.
Datos básicos
- Nº de becas
- 3
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Podrán solicitar las becas objeto de la presente convocatoria los/las estudiantes residentes en la Residencia Universitaria “Alberto Jiménez Fraud” en el curso 2023/2024 y matriculados/as en la Universidad de Málaga en el citado curso, en una titulación oficial de Grado o Máster Universitario.
Dotación
- Se destina un presupuesto de 3.300,00 euros para las 3 becas de Colaboradores en la Residencia Universitaria “Alberto Jiménez Fraud” de la Universidad de Málaga, con cargo al presupuesto de gastos del Vicerrectorado de Igualdad, Diversidad y Acción Social.
- La cuantía de las becas será de 30 tickets de comedor mensuales, desde la resolución de concesión de esta beca hasta el 30 de junio de 2024 para cada persona beneficiaria; entregándose éstos por meses anticipados, debiendo ser recogidos entre los días 1 y 10 de cada mes, en el Servicio de Becas de la Universidad, Aulario Rosa de Gálvez. En caso de recogerse con posterioridad al día 10, se entregarán los tickets que correspondan hasta la finalización del mes en curso.La beca se prorrogará mes a mes, dentro del período establecido, siempre que la Dirección de la Residencia no emita informe desfavorable del/a estudiante beneficiario/a.
Presentación
Las solicitudes se presentarán, debidamente cumplimentadas, en el plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria.
La presentación de la solicitud se formalizará en el modelo de impreso que se puede descargar de la página Web del Servicio de Becas, en el siguiente enlace: https://www.uma.es/becas/ apartado BECAS UMA.
Más información
Convocatoria
Se convocan 5 becas para estudiantes colaboradores de apoyo en la Residencia Universitaria “Alberto Jiménez Fraud” para el curso 2022/23:
- 1 beca para tareas informáticas.
- 1 beca para actividades culturales.
- 1 beca para actividades de igualdad de género.
El alumnado que opte a más de una beca deberá indicar en la solicitud el orden de preferencia que quiere establecer entre las becas que se convocan, adjudicándose una sola beca por estudiante, y debiendo aportar una solicitud por cada beca solicitada, acompañada del currículum y del proyecto correspondiente.
- 1 becarios/as: tareas de mantenimiento del servidor, la red de la Residencia (cableada y wifi) y el foro interno de la Residencia.
- 1 becario/a: tareas de organización y coordinación de actividades culturales.
- 1 becario/a: tareas de organización y coordinación de actividades de igualdad de género.
- Valoración del rendimiento académico del curso 2022/23: 0 a 10 puntos.
- a.Para la valoración del rendimiento académico de los/las estudiantes que en el curso 2022/2023 cursaban estudios previos a los universitarios, será tenida en cuenta la nota de acceso a la universidad, con exclusión de la calificación obtenida en las pruebas de las materias de opción, en el caso de los/as estudiantes que accedan por la EBAU.
- b. Para la valoración del rendimiento académico del alumnado que en el curso 2022/2023, o último curso realizado,cursaba estudios universitarios, el cálculo de la nota media se realizará conforme al procedimiento establecido en los artículos 22 y 30 de la Resolución de 15 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2023/2024, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios, incluyendo las calificaciones correspondientes a asignaturas o créditos no superados, si los hubiere.
- Se aplicará un coeficiente corrector de 1,17 para las calificaciones procedentes de estudios del área de arquitectura e ingeniería, de 1,11 para las procedentes de estudios del área de ciencias, de 1,05 para la procedentes del área de ciencias de la salud, y de 1,00 para las procedentes del área de ciencias sociales y jurídicas y área de artes y humanidades. Tras realizar los cálculos establecidos en los párrafos anteriores, se otorgarán las siguientes puntuaciones al rendimiento académico:
- Estudiantes con nota media entre 9,00 y 10 puntos, se otorgará 10 puntos.
- Estudiantes con nota media entre 8,00 y 8,99 puntos, se otorgará 8 puntos.
- Estudiantes con nota media entre 7,00 y 7,99 puntos, se otorgará 6 puntos.
- Estudiantes con nota media entre 6,00 y 6,99 puntos, se otorgará 4 puntos.
- Estudiantes con nota media entre 5,00 y 5,99 puntos, se otorgará 2 puntos.
- Estudiantes con nota media inferior a 5,00 puntos, se otorgará 0 puntos.
- Estudiantes becarios del Ministerio de Educación y Formación Profesional en el curso 2022/23:
- a. Beca de Carácter General con cuantía fija ligada a Renta: 5 puntos.
- b. Beca de Carácter General con cuantía fija ligada a Residencia: 5 puntos.
- La puntuación que se otorgará por este apartado vendrá determinada por el informe que emita el Jefe de Servicio de Becas, respecto a los componentes de beca de carácter general que disfrutaron los/las solicitantes en el curso 2022/23.
- Valoración del grado de discapacidad superior al 33%: 5 puntos.
- Valoración del currículo en relación con la beca solicitada: 0 a 10 puntos.
- Valoración del proyecto presentado: 0 a 10 puntos.
- La puntuación correspondiente a los puntos 4 y 5 vendrá determinada por la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión presentes en la sesión, tras la valoración realizada de dichos apartados.
- Disfrute anterior de la beca de colaborador/a con la Residencia Universitaria “Alberto Jiménez Fraud”:
- a. Acceso a esta beca por primera vez: 10 puntos.
- b. Haber disfrutado de esta beca 1 año: 5 puntos.
- c. Haber disfrutado de esta beca 2 o más años: 0 puntos.
- Las puntuaciones correspondientes a este apartado se otorgarán basándose en el informe que emita el Jefe de Servicio de Becas de la Universidad de Málaga en el que indicará qué candidatos/as han disfrutado de algún tipo de beca de colaboración con la Residencia Universitaria “Alberto Jiménez Fraud” y en los cursos en los que las ha disfrutado.
- En caso de empate se atenderá al siguiente orden de prioridad:
- Primero - a la mayor puntuación obtenida en el apartado 6.
- Segundo - a haber obtenido puntuación en el apartado 3.
- Tercero - a haber obtenido puntuación en el apartado 2.b.
- Cuarto - a haber obtenido puntuación en el apartado 2.a.
- Quinto - a la mayor puntuación obtenida en el apartado 1.
- Sexto - a la mayor puntuación obtenida en el apartado 4.
- Séptimo - a la mayor puntuación obtenida en el apartado 5.
- La Instrucción del Procedimiento será competencia del Servicio de Becas, que establecerá los procedimientos adecuados y dará las instrucciones necesarias para la tramitación y gestión de la convocatoria.
- El procedimiento de concesión de estas ayudas se considera iniciado de oficio por la presente convocatoria.
- El procedimiento se iniciará al día siguiente de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
- El proceso de selección se efectuará en régimen de concurrencia competitiva de conformidad con los criterios de valoración y requisitos establecidos en la presente convocatoria.
- La Comisión publicará en la página web de la Universidad de Málaga, apartado becas (http://www.uma.es/becas),durante 10 días hábiles, la relación de solicitantes que deben aportar algún documento o subsanar defectos formales,decayendo en su derecho quien no lo hiciese en el plazo estipulado.
- La Comisión hará pública, en la página web de la Universidad de Málaga, apartado becas (http://www.uma.es/becas),la relación de solicitantes que van a ser propuestos para la concesión o denegación de la ayuda. Los/las interesados/as podrán presentar alegaciones, en el plazo de 10 días hábiles, ante la propia Comisión.
- La Comisión confeccionará una lista de espera con el alumnado no seleccionado para esta beca por orden de puntuación descendente, para su consideración en el caso de producirse vacantes.
- La concesión o denegación de las ayudas se llevará a cabo mediante resolución del Rector, en los términos establecidos en la propuesta realizada por la Comisión de Selección y en el plazo máximo de seis meses, contados a partir del díasiguiente a la finalización del periodo de presentación de solicitudes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de no llevarse a cabo la resolución de la concesión en el plazo señalado o en su prórroga, las solicitudes seentenderán desestimadas por silencio administrativo.
- La Resolución del Rector se publicará en el Boletín Oficial de la Universidad de Málaga (BOUMA). Con independencia de lo establecido en el párrafo anterior, la información referida a la presente convocatoria se podrá consultar en la web del Servicio de Becas http://www.uma.es/becas.
- Contra la Resolución del Rector, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su publicación, al amparo de los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública.
- Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo,conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.
- a. El sometimiento a las actuaciones de comprobación precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones determinantes de la concesión de la ayuda.
- b. Declarar, en el plazo de diez días hábiles, la concesión de cualquier tipo de beca o prácticas extracurriculares incompatibles con esta beca, que se estén disfrutando o realizando durante el curso 2023/24.
- c. Desarrollar las actividades que se deriven de la concesión de la beca.
- d. Destinar las ayudas a la finalidad para la que se conceden.
- e. Al finalizar el periodo de disfrute de la beca y durante el mes de julio, deberán presentar una memoria, con un contenido mínimo de 2 páginas y máximo de 5, en letra Arial 11, en la que describan las actividades realizadas y su relación con el proyecto de actividades a que hace referencia el artículo 5 de esta convocatoria. Esta memoria, en caso de ser valorada positivamente, será tomada en consideración para futuras convocatorias.
Enlaces de interés
https://www.uma.es/media/files/Convocatoria_colaborador_residencia_2023.pdf
Documentación a adjuntar
Las solicitudes deberán ir acompañadas de:
- Certificación académica en caso de proceder de otra universidad diferente de la Universidad de Málaga.
- Certificado que justifique el grado de discapacidad, en caso de declarar dicha condición.
- Proyecto de actividades para el o los destinos solicitados. En ese proyecto se incluirán las actividades a realizar y la descripción del material necesario.
- Currículo del/de la candidato/a relacionado con la beca solicitada.