Becas Máster Creación Gestión Empresas Innovadoras Base Tecnológica
INSCRIPCIONES
Esta beca ha finalizado. Regístrate y te avisamos cuando haya nuevas.
Becas Máster Creación Gestión Empresas Innovadoras Base Tecnológica: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Barcelona (UB) promueve y desarrolla la convocatoria de las Becas Máster Creación Gestión Empresas Innovadoras Base Tecnológica.
Pueden presentar su candidatura a una de estas becas, aquellos alumnos que cumplan con los requisitos generales indicados en la convocatoria, y además sean alumnos de Grado o Máster en la Facultad de Economía y Empresa de la UB.
También serán valorados otros méritos como el currículum vitae presentado por los candidatos a las becas, y la idoneidad del perfil de los mismos con respecto a las becas ofertadas.
De este modo, la Universidad de Barcelona pretende brindar una gran oportunidad a los citados estudiantes, mediante las que podrán desarrollar diversas tareas de colaboración en la Facultad de Economía y Empresa.
De este modo, el alumnado mejora su formación a nivel práctico, y adquiere la experiencia que es tan demandada por el mercado laboral.
Las tareas a realizar consistirán principalmente en colaborar en las tareas de comunicación y gestión relacionadas con el Máster que se esta estudiando, así como apoyar en la difusión de actividades académicas y eventos, y en la creación y gestión del perfil de Linkedin del Máster, entre otras.
Si estas interesado interesada en conocer más detalles y optar a una de estas Becas Máster Creación Gestión Empresas Innovadoras Base Tecnológica, te aconsejamos no abandonar nuestra web, ya que aquí te ofrecemos toda la información.
Datos básicos
- Nº de becas
- 1
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Economía, Derecho, y Ciencias Jurídicas
- Carrera
- Estadística
- Sociología
- ADE - Administración y Dirección de Empresas
- Economía / Ciencias Económicas
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos generales de las Becas Máster Creación Gestión Empresas Innovadoras Base Tecnológica
- Ser estudiante de la Facultad de Economía y Empresa en cualquier enseñanza homologada de grado oficial, grado propio o máster universitario. De acuerdo con el arte. 4.1 del Reglamento de becas de colaboración, no se consideran estudiantes de la UB a los alumnos de movilidad procedentes de otras universidades.
- No haber disfrutado de una beca de colaboración en la misma unidad, entidad externa, facultad o en el IDP-ICE durante los 22 meses consecutivos inmediatamente precedentes al de la convocatoria. En ningún caso podrá colaborarse durante más de 22 meses en la misma unidad, entidad externa, facultad o en el IDP-ICE.
- No podrán ser admitidos aquellos estudiantes que hayan agotado previamente el período de colaboración de la beca con el mismo Plan Formativo.
- Haber superado, como mínimo, 30 créditos ECTS de la enseñanza que se esté cursando, a excepción del alumnado que inicie una enseñanza, cuando se trate de una matrícula semestral o si el estudiante está matriculado en un máster. El alumnado que opte por la modalidad de tiempo parcial de permanencia debe haber superado un mínimo de 15 créditos ECTS.
- Matricularse de un mínimo de 18 créditos, o de un menor número de créditos si con esta matriculación se finaliza la enseñanza o si se trata de una matrícula semestral.
- Tener conocimientos orales de catalán o castellano.
- Estar en posesión del DNI o NIE.
Requisitos específicos
- Ser estudiante de grado o máster universitario de la Facultad de Economía y Empresa de la Universidad de Barcelona.
Dotación
Las Becas Máster Creación Gestión Empresas Innovadoras Base Tecnológica otorgarán una dotación económica de 268,62 euros mensuales.
Presentación
- La solicitud de las Becas Máster Creación Gestión Empresas Innovadoras Base Tecnológica debe cumplimentarse por vía telemática, previa autenticación, a través de la sede electrónica de la Universidad de Barcelona (https://seu.ub.edu).
- Una vez confirmada la solicitud, no se pueden realizar modificaciones.
- A la solicitud debe adjuntarse, por vía telemática, la documentación que se especifica entre el 29 de noviembre de 2024 al 9 de diciembre de 2024.
Más información
Selección
- En la selección de los candidatos se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
- Expediente académico. Las calificaciones se valoran ponderando las notas del expediente académico tal y como lo aprobó el Consejo de Gobierno y de acuerdo con lo que establece el artículo 5.1 del Reglamento de becas de colaboración. Al alumnado que inicie sus estudios y no tenga expediente académico en la UB, se le calcula la nota media del expediente que le da acceso. Si el expediente que da acceso es extranjero, la nota media que se tiene en cuenta es la declaración de equivalencia de nota media de los estudios que dan acceso a la enseñanza, emitida por el Ministerio de Educación y Formación Profesional. Las personas que ya dispongan de la declaración expedida por la ANECA, deben aportarla. Puede encontrar la declaración de equivalencia de la nota media del expediente académico de estudios universitarios cursados en el extranjero en el siguiente link: https://www.universidades.gob.es/equivalencia-de-notas-medias-de-estudios-universitariosrealizados-en-centros-extranjeros/
- Idoneidad. La Comisión de Valoración podrá evaluar la idoneidad de los candidatos según su currículum o mediante entrevista, en su caso, hasta un máximo de seis (6) puntos. Para realizar esta valoración sólo se pueden tener en cuenta las aportaciones de los candidatos que estén debidamente documentadas en el currículo.
- La resolución de la adjudicación se publicará en el tablón de anuncios de la Sede electrónica de la Universidad de Barcelona: https://seu.ub.edu
Incompatibilidades
- Con cualquier actividad pública o privada. Ahora bien, puede autorizarse la compatibilidad de tareas esporádicas y de fin de semana siempre que se garantice el seguimiento de los estudios en condiciones adecuadas.
- Con la percepción del paro y disfrute de otras becas de colaboración.
- Colaborar en tareas de comunicación y gestión de la información relacionadas con el funcionamiento del Máster en contacto con la Oficina de Máster y Doctorado.
- Apoyar la difusión de actividades académicas y eventos relevantes del ámbito relacionado con el máster.
- Colaborar en atender las dudas de futuros estudiantes respecto a la preinscripción en tiempo y forma.
- Apoyar al gestionar la información de los estudiantes potenciales mediante una base de datos.
- Apoyar la organización de los tribunales de Trabajos de Fin de Máster.
- Colaborar en la creación y gestión del perfil de Linkedin del Máster.
Documentación a adjuntar
- Copia de la matrícula si es de una enseñanza interuniversitaria en la que la UB no es la universidad de matrícula o si se es estudiante de un centro adscrito a la UB.
- En el caso de estudiantes que sean de centros adscritos o de nuevo acceso y que no tengan expediente con calificaciones: certificación académica personal (original o fotocopia compulsada) de los estudios universitarios cursados (grado, licenciatura, máster) en los que consten las calificaciones obtenidas en las convocatorias correspondientes, en forma de suspenso (S), aprobado (A), notable (N), excelente (E) y matrícula de honor (MH), con las correspondientes calificaciones cuantitativas, los créditos cursados y la fecha de obtención de las calificaciones, así como la traducción jurada correspondiente (original o fotocopia compulsada), si procede.
- En el caso de estudios cursados en el extranjero: declaración de equivalencia de la nota media de los estudios que hayan dado acceso a la enseñanza, emitida por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Las personas que ya dispongan de la declaración expedida por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), podrán presentar ésta. Puede encontrar la declaración de equivalencia de la nota media del expediente académico de estudios universitarios cursados en el extranjero en: https://www.universidades.gob.es/equivalencia-de-notasmedias-de-estudios-universitarios-realizados-en-centros-extranjeros/
- Currículum (se debe introducir en el apartado de la solicitud telemática habilitado para este fin).
De acuerdo con el apartado segundo del artículo 15 del Reglamento de becas de colaboración, si se observa que carece algún documento, se requiere a la persona interesada que lo aporte a través de la sede electrónica, mediante una lista de reclamación de documentación en la que consta el plazo de presentación. Además, se le indica que, de no hacerlo, se considerará que desiste de la solicitud.