Becas Colaboración Grupo Investigación EMA Fac. Educación
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Becas Colaboración Grupo Investigación EMA Fac. Educación: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Barcelona (UB) convoca un gran número de becas dirigidas a facilitar a su alumnado el desarrollo de prácticas formativas, que complementen su formación. Un ejemplo de ello son las Becas Colaboración Grupo Investigación EMA Fac. Educación.
Pueden optar a una de estas becas aquellos alumnos que cumplan los requisitos generales indicados, que sean estudiantes de Grado o Máster de la Facultad de Educación, y que además acrediten un determinado nivel del idioma catalán.
Además de ello, también serán valorados otros criterios de selección como el currículum vitae presentado por los estudiantes y la idoneidad del perfil de los mismos con respecto a las becas ofertadas.
A través de las Becas Colaboración Grupo Investigación EMA Fac. Educación, los alumnos también recibirán una dotación económica de carácter mensual, que supondrá una gran ayuda para hacer frente a algunos de sus gastos personales.
Así que si eres estudiante de Grado o Máster de la Facultad de Educación y deseas complementar tu formación a la vez que adquieres experiencia a nivel práctico, las Becas Colaboración Grupo Investigación EMA Fac. Educación te ofrecen la oportunidad que estabas esperando.
Conoce en nuestra web todos los detalles como requisitos, plazos de solicitud y documentación a adjuntar, y accede a una de ellas.
Datos básicos
- Nº de becas
- 1
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Turismo, Ciencias Sociales y Educación
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos generales de las Becas Colaboración Grupo Investigación EMA Fac. Educación
- Ser estudiante de la Facultad de Educación en cualquier enseñanza homologada de grado oficial, grado propio o máster universitario. De acuerdo con el arte. 4.1 del Reglamento de becas de colaboración, no se consideran estudiantes de la UB a los alumnos de movilidad procedentes de otras universidades.
- No haber disfrutado de una beca de colaboración en la misma unidad, entidad externa, facultad o en el IDP-ICE durante los 22 meses consecutivos inmediatamente precedentes al de la convocatoria. En ningún caso podrá colaborarse durante más de 22 meses en la misma unidad, entidad externa, facultad o en el IDP-ICE.
- No podrán ser admitidos aquellos estudiantes que hayan agotado previamente el período de colaboración de la beca con el mismo Plan Formativo.
- Haber superado, como mínimo, 30 créditos ECTS de la enseñanza que se esté cursando, a excepción del alumnado que inicie una enseñanza, cuando se trate de una matrícula semestral o si el estudiante está matriculado en un máster. El alumnado que opte por la modalidad de tiempo parcial de permanencia debe haber superado un mínimo de 15 créditos ECTS.
- Matricularse de un mínimo de 18 créditos, o de un menor número de créditos si con esta matriculación se finaliza la enseñanza o si se trata de una matrícula semestral.
- Tener conocimientos orales de catalán o castellano.Estar en posesión del DNI o NIE.
Requisitos específicos
- Ser estudiante de grado o máster universitario de la Facultad de Educación.
- Justifica por escrito el nivel de catalán C1 (suficiencia) y/o acredita documentalmente con el certificado acreditativo.
Dotación
Las Becas Colaboración Grupo Investigación EMA Fac. Educación otorgan a los alumnos participantes una dotación económica de 268,82 euros mensuales.
Presentación
- La solicitud de las Becas Colaboración Grupo Investigación EMA Fac. Educación, debe cumplimentarse por vía telemática, previa autenticación, a través de la sede electrónica de la Universidad de Barcelona (https://seu.ub.edu).
- Una vez confirmada la solicitud, no se pueden realizar modificaciones.
- A la solicitud debe adjuntarse, por vía telemática, la documentación que se especifica entre el 26 de noviembre de 2024 al 8 de diciembre de 2024.
Más información
Selección
- En la selección de los candidatos se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
- Expediente académico. Las calificaciones se valoran ponderando las notas del expediente académico tal y como lo aprobó el Consejo de Gobierno y de acuerdo con lo que establece el artículo 5.1 del Reglamento de becas de colaboración. Al alumnado que inicie sus estudios y no tenga expediente académico en la UB, se le calcula la nota media del expediente que le da acceso. Si el expediente que da acceso es extranjero, la nota media que se tiene en cuenta es la declaración de equivalencia de nota media de los estudios que dan acceso a la enseñanza, emitida por el Ministerio de Educación y Formación Profesional. Las personas que ya dispongan de la declaración expedida por la ANECA, deben aportarla. Puede encontrar la declaración de equivalencia de la nota media del expediente académico de estudios universitarios cursados en el extranjero en el siguiente link: https://www.universidades.gob.es/equivalencia-de-notas-medias-de-estudios-universitariosrealizados-en-centros-extranjeros/
- Idoneidad. La Comisión de Valoración puede evaluar la idoneidad de los candidatos según su currículum o mediante una entrevista, si procede, hasta un máximo de seis (6) puntos. Para realizar esta valoración sólo se pueden tener en cuenta las aportaciones de los candidatos que estén debidamente documentadas en el currículo.
- La resolución de la adjudicación se publicará en el tablón de anuncios de la Sede electrónica de la Universidad de Barcelona: https://seu.ub.edu.
Incompatibilidades
- Con cualquier actividad pública o privada. Ahora bien, puede autorizarse la compatibilidad de tareas esporádicas y de fin de semana siempre que se garantice el seguimiento de los estudios en condiciones adecuadas.
- Con la percepción del paro y disfrute de otras becas de colaboración.
- Colaborar en la recogida de datos de las investigaciones en el ámbito educativo a desarrollar.
- Colaborar en el análisis de datos cualitativos y cuantitativos de las investigaciones en el ámbito educativo desarrolladas.
- Apoyar la redacción de resultados de las investigaciones en el ámbito educativo desarrolladas.
- Colaborar en la elaboración de presentaciones en congresos y artículos en el ámbito educativo.
- Participar en las reuniones del grupo de investigación EMA y apoyar la extracción de conclusiones.
- Del 1 de febrero de 2025 al 31 de octubre de 2025.
- Periodo de inactividad: de agosto de 2025.
Documentación a adjuntar
- Copia de la matrícula si es de una enseñanza interuniversitaria en la que la UB no es la universidad de matrícula o si se es estudiante de un centro adscrito a la UB.
- En el caso de estudiantes que sean de centros adscritos o de nuevo acceso y que no tengan expediente con calificaciones: certificación académica personal (original o fotocopia compulsada) de los estudios universitarios cursados (grado, licenciatura, máster) en los que consten las calificaciones obtenidas en las convocatorias correspondientes, en forma de suspenso (S), aprobado (A), notable (N), excelente (E) y matrícula de honor (MH), con las correspondientes calificaciones cuantitativas, los créditos cursados y la fecha de obtención de las calificaciones, así como la traducción jurada correspondiente (original o fotocopia compulsada), si procede.
- En el caso de estudios cursados en el extranjero: declaración de equivalencia de la nota media de los estudios que hayan dado acceso a la enseñanza, emitida por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Las personas que ya dispongan de la declaración expedida por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), podrán presentar ésta. Puede encontrar la declaración de equivalencia de la nota media del expediente académico de estudios universitarios cursados en el extranjero en: https://www.universidades.gob.es/equivalencia-de-notasmedias-de-estudios-universitarios-realizados-en-centros-extranjeros/
- Currículum (se debe introducir en el apartado de la solicitud telemática habilitado para este fin).
De acuerdo con el apartado segundo del artículo 15 del Reglamento de becas de colaboración, si se observa que carece algún documento, se requiere a la persona interesada que lo aporte a través de la sede electrónica, mediante una lista de reclamación de documentación en la que consta el plazo de presentación. Además, se le indica que, de no hacerlo, se considerará que desiste de la solicitud.