Becas UAL de Residencia
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Becas UAL de Residencia: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Almería (UAL), sigue trabajando por la igualdad y la inclusión de sus estudiantes mediante un programa propio de becas y ayudas. Estos programas tienen como objetivo ofrecer a todos los estudiantes universitarios con menos recursos económicos las mismas oportunidades en su formación.
La Universidad de Almería, a través del Vicerrectorado de Estudiantes, igualdad e inclusión, convoca las Becas UAL de Residencia. Estas becas pretenden facilitar a los estudiantes con situaciones económicas más desfavorecidas, un alojamiento en habitación doble, en régimen de pensión completa.
Para esta convocatoria, la universidad ofrece 33 Becas UAL de Residencia, entre las que se reserva una beca, en cada cupo, para las personas con discapacidad. Pueden solicitar estas becas los siguientes colectivos: estudiantes que inician sus estudios de Grado en la UAL, estudiantes que continúan con los estudios de Grado, y estudiantes que inician sus estudios de Máster. El periodo de disfrute de la beca será entre el 4 de septiembre de 2024 y el 11 de julio de 2025.
Aquí te informamos de todas las becas y ayudas de la Universidad de Almería (UAL). Si desea solicitar una de las Becas UAL de Residencia, le ofrecemos toda la información necesaria para la solicitud, requisitos, fechas o otros datos de interés.
Datos básicos
- Nº de becas
- 33
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos generales
- Serán destinatarios de las Becas UAL de Residencia, aquellos solicitantes que cumplan todas las condiciones que se relacionan a continuación a la finalización del plazo de presentación de solicitudes:
- a. Encontrarse matriculado en la Universidad de Almería en el momento de la aceptación de la beca en el curso 2024-25 en cualquier titulación oficial conducente a la obtención de un título de Grado o Máster.
- En el caso de aquellos solicitantes que inician estudios universitarios de Grado por vez primera en el curso académico 2024-25, deberán acceder a la Universidad desde Bachillerato, habiendo realizado y superado la Evaluación del Bachiller para el Acceso a la Universidad (EVAU), o la anterior Prueba de Acceso a la Universidad (PAU); o bien desde un Ciclo Formativo de Grado Superior cursado en España. Estos alumnos deberán formalizar su matrícula en la Universidad de Almería en la primera y/o segunda adjudicación de la fase ordinaria (del 4 al 10 de julio y del 18 al 22 de julio de 2024, respectivamente).
- En el supuesto de aquellos solicitantes que inician estudios universitarios de Máster por vez primera en el curso académico 2024-25, deberán formalizar su matrícula en la Universidad de Almería en la primera adjudicación de la segunda fase (del 23 al 25 de julio de 2024).
- En el caso de aquellos solicitantes que continúan estudios de grado en la Universidad de Almería en el curso 2024-25, deberán formalizar su matrícula en todo caso con anterioridad a la aceptación de la beca.
- b. No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca o ayuda.
- c. En el caso de estudiantes extranjeros procedentes de países miembros de la Unión Europea, así como de aquellos estudiantes extranjeros no comunitarios, se estará a lo establecido en el artículo 15.d) de la Resolución de 13 de marzo de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2024-25, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.
- d. Haber solicitado beca o ayuda al estudio en el curso académico 2023-24, y cumplir cualquiera de las siguientes condiciones:
- Ser becario de la Convocatoria de Carácter General del Ministerio de Educación y Formación Profesional en el curso académico 2023-24.
- Ser becario de la Convocatoria de Becas UAL de Apoyo al Estudio para estudiantes de la Universidad de Almería en el curso académico 2023-24.
- e. Tener que desplazarse un mínimo de 25 kilómetros desde su domicilio familiar, por razón de sus estudios universitarios. En este sentido, tendrá la consideración de domicilio familiar el establecido como vivienda habitual en el estudio de la beca obtenida en el curso 2023-24. En el supuesto de que, en dicho estudio, no conste ninguna propiedad como vivienda habitual, se considerará la propiedad de uso residencial más próxima al centro docente. En el caso de aquellas unidades familiares que no dispongan de inmuebles de su propiedad, se tomará como vivienda habitual el domicilio declarado por el alumno en su solicitud de beca en el curso 2023-24. En todo caso se considerará como domicilio del solicitante el más próximo al centro docente del que sea titular o en el que resida de forma habitual algún miembro computable de la unidad familiar, aunque no coincida con el domicilio legal del solicitante. Se tendrá en cuenta la distancia existente entre el domicilio del solicitante y el centro docente, que será la que medie entre los respectivos cascos urbanos, conforme a la información que ofrece el Mapa Oficial de Carreteras de España en su última edición. A estos efectos, se considerará el trayecto más rápido entre la población en la que se ubique el domicilio y la población en la que se halla el Centro de Estudios.
- f. La composición de la unidad familiar del solicitante será la determinada en el estudio de la beca a la que hace referencia en el apartado d) de este mismo artículo.
- g. De acuerdo con lo establecido en el artículo 17.4 de la Resolución de 15 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2023-24, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios, cuando se trate de estudiantes independientes o que formen parte de unidades familiares independientes, se entenderá por domicilio familiar el que el alumno habita durante el curso académico, por lo que no procederá la concesión de las becas objeto de la presente Convocatoria, al coincidir en estos casos la residencia del estudiante durante el curso con su domicilio familiar.
- h. No podrán ser destinatarios de estas becas aquellos solicitantes que hubieran sido expulsados de la Residencia CIVITAS Almería, o hubiesen incumplido en cursos anteriores el Régimen Disciplinario en los términos establecidos en el artículo 24.1 d) de la Convocatoria.
- i. Estarán excluidas de esta convocatoria aquellas solicitudes de estudiantes matriculados en el curso 2024-25 en la Universidad de Almería, en alguna titulación oficial cuya modalidad de enseñanza se califique “a distancia” en la memoria de verificación del plan de estudios.
De acuerdo con el artículo 4.3 del Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas, para que la ayuda pueda ser consolidada por el estudiante, será preciso, además de cumplir los requisitos establecidos en esta convocatoria, que en la relación definitiva de beneficiarios obtenga un coeficiente de prelación de su derecho que le sitúe dentro de las becas ofertadas.
Requisitos de carácter académico
*consulta los requisitos de carácter académico para los estudiantes de grado y máster en el pdf que encontrarás en enlaces de interés.
Dotación
Las Becas UAL de Residencia, que consistirán en alojamiento en habitación doble, en régimen de pensión completa, conforme establezca la Dirección de la Residencia Universitaria CIVITAS Almería, se distribuirán para su adjudicación entre los siguientes colectivos:
- Estudiantes que inician por vez primera estudios oficiales de Grado que formalicen matrícula en los mismos en la Universidad de Almería en la primera y/o segunda adjudicación de la fase ordinaria (del 4 al 10 de julio y del 18 al 22 de julio de 2024, respectivamente): 14 becas.
- Estudiantes que continúan estudios de Grado en la Universidad de Almería que deberán formalizar su matrícula en el plazo ordinario establecido en la Resolución por la que se aprueba la normativa de matrícula oficial en el curso 2024-25: 14 becas.
- Estudiantes que inician por vez primera estudios de Máster Oficial que formalicen matrícula en la Universidad de Almería en la primera adjudicación de la segunda fase (del 23 al 25 de julio) en el curso académico 2024-25: 5 becas.
En cada uno de los cupos se reservará 1 plaza para solicitantes que tengan la condición legal de persona con grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Presentación
Los estudiantes interesados en solicitar las Becas UAL de Residencia, deberán cumplimentar el formulario normalizado que estará disponible en la web www.ual.es/becas/ (url:https://www.ual.es/estudios/gestionesacademicas/becas/ayudasestudio/informaciongeneralbecaresidencia) y que se detalla en el anexo I de esta Resolución.
No podrán ser objeto de subsanación aquellas solicitudes que se presenten en formulario distinto al establecido en la convocatoria.
La solicitud, debidamente cumplimentada, así como la documentación a aportar se dirigirá a la Sra. Vicerrectora de Estudiantes de esta Universidad y se presentará preferentemente en el Registro Electrónico de la Universidad de Almería, o alternativamente, por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los solicitantes que aleguen la condición de discapacidad superior al 33%, deberán aportar certificado o resolución en vigor en el que se reconozca el grado de discapacidad junto al modelo de solicitud, siempre que la Universidad de Almería no tenga este dato actualizado en el expediente del estudiante (bien por haberlo justificado en la matrícula de la PEvAU, o previamente en la matrícula formalizada en los cursos anteriores en la Universidad de Almería)
Más información
Incompatibilidades
Estas ayudas son incompatibles con la percepción de cualquier otro tipo de beca o ayuda al estudio de carácter público o privado concedida para la misma finalidad.
En particular, las Becas de la Residencia Universitaria CIVITAS serán incompatibles con la percepción de la cuantía fija ligada a la residencia de la Beca de Carácter General del Ministerio de Educación y Formación Profesional y Deportes, y con las Becas para Residencia convocadas por la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), así como con las Ayudas Propias convocadas por la Residencia Universitaria CIVITAS, o cualquier otra ayuda de alojamiento o desplazamiento convocada por cualquier organismo público o privado.
Así mismo, estas becas serán incompatibles con las becas de movilidad nacional o internacional, que supongan la realización de los estudios universitarios del alumno durante el curso académico 2024-25 en un centro de estudios distinto a la Universidad de Almería.
Estarán exentas de esta incompatibilidad aquellas becas o ayudas convocadas por la Universidad de Almería, en cuya convocatoria así se establezca expresamente.
Criterios de Adjudicación
Las solicitudes presentadas se valorarán conforme a los siguientes criterios, adjudicándose las becas convocadas, con carácter preferente entre aquellos solicitantes que cursen estudios con carácter presencial y de acuerdo con la puntuación total obtenida, en orden decreciente:
- Criterio Académico, de acuerdo con lo establecido en el capítulo II “Requisitos de carácter académico” de la Convocatoria.
- Expediente académico Grado: Entre 5 puntos y 10 puntos.
- Expediente académico Máster: Entre 5 y 10 puntos.
- Criterio de distancia entre el domicilio familiar y el centro de estudios, conforme al artículo 3.1 e) de la Convocatoria:
- Mayor o igual de 35 kilómetros, y menor de 50 kilómetros: 1,5 puntos.
- Mayor o igual de 50 kilómetros: 3 puntos.
- Criterio socio-económico, de acuerdo con el estudio económico realizado en el curso 2023-24, para cualquiera de las becas especificadas en el artículo 3.1.d) de la Convocatoria:
- Renta familiar menor o igual que el umbral 1 establecido en la Convocatoria de becas de carácter general del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes para el curso académico 2023-24 (Resolución de 15 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación): 3 puntos.
Si alguna de las plazas convocadas en cualquiera de los cupos, quedase desierta por no existir suficientes alumnos que cumplan los requisitos establecidos en la Convocatoria, se acumulará en el resto de cupos si existiesen candidatos que cumplan dichos requisitos, adjudicándose de acuerdo con el criterio especificado en el punto 1 de este artículo, en el siguiente orden: 1º estudiantes que continúan estudios de grado en la Universidad de Almería, 2º estudiantes que inician por vez primera estudios de grado y 3º estudiantes que inician por vez primera estudios de máster oficial.
- Los candidatos deberán formalizar el trámite de aceptación en el plazo de tres días hábiles a contar a partir del siguiente a la publicación de la resolución, presentando la documentación necesaria en el Registro electrónico de la universidad de Almería (www.ual.es/registro).
- La aceptación de la beca obligará al interesado a realizar:
- Una declaración de responsabilidad, debidamente firmada, por la que aceptan las obligaciones especificadas en el artículo 22 de la Convocatoria, y de las normas recogidas en el Reglamento de Régimen Interno de la Residencia Universitaria CIVITAS Almería.
- La firma del compromiso de aceptación de las condiciones de revocación y reintegro de la beca. En el supuesto de que el beneficiario de la beca sea menor de edad, el documento de aceptación deberá venir firmado por el tutor o representante legal del menor.
- La incorporación estará condicionada por la fecha de apertura al inicio del curso académico de la Residencia Universitaria CIVITAS Almería, y en todo caso deberá producirse en un plazo no superior a 10 días hábiles desde la aceptación de la beca concedida.
- La no aceptación de la beca, así como la no incorporación a la Residencia CIVITAS, en los plazos establecidos, supondrá la renuncia al beneficio de la beca otorgada.
- Cumplir los plazos de incorporación establecidos en el artículo 21.3 de la convocatoria.
- Cumplir el Reglamento de Régimen Interno de la Residencia Universitaria CIVITAS Almería en vigor, que se encuentra disponible en la web de la Residencia: http://www.residenciacivitas.com/.
- Ingresar, el importe de la fianza que se indicará en el momento de aceptación de la ayuda, que deberá ser abonada en un máximo de dos plazos: uno en el momento de la incorporación y otro un mes después, y que cubrirá la reparación de posibles desperfectos debidos a uso inapropiado de las instalaciones de la Residencia.
- Permanecer en el alojamiento que se le asigne como becario de la Residencia Universitaria CIVITAS Almería el tiempo de duración de la beca. En caso de ausencia, el becario deberá firmar el control de ausencias determinado por la Residencia, en base al cual se efectuará el control de permanencia en el alojamiento. En caso de ausentarse de su lugar de alojamiento injustificadamente durante 3 semanas ininterrumpidas, la beca podrá ser revocada conforme a lo establecido en el artículo 24 de la presente convocatoria.
- En el caso de renunciar a la beca como consecuencia de circunstancias no previstas, o de fuerza mayor, el becario deberá dar cuenta de ello inmediatamente mediante escrito dirigido al Área de Becas de la Universidad de Almería.
Documentación a adjuntar
Si el alumno se encuentra en las siguientes circunstancias, deberá presentar obligatoriamente la siguiente documentación:
- Situaciones de discapacidad del solicitante:
- Certificado vigente en el que se recoja el grado de discapacidad.
- En su caso, certificado / informe médico por el que se acredite la necesidad lugar de residencia adaptado.
- Continuación de estudios de Grado en la UAL, procedente de otra universidad:
- Certificado académico oficial correspondiente al último curso realizado en la universidad de procecencia.
- Estudiantes que inician estudios de Máster, procedentes de estudios cursados en otra universidad:
- Certificado académico oficial de la titulación que les da acceso al máster realizada en la universidad de procedencia.
Personas con discapacidad
En cada uno de los cupos se reservará 1 plaza para solicitantes que tengan la condición legal de persona con grado de discapacidad igual o superior al 33%.