Becas Servicio de Revisión o Traducción Publicaciones Científicas Inglés
INSCRIPCIONES
Becas Servicio de Revisión o Traducción Publicaciones Científicas Inglés: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Servicio de Revisión o Traducción Publicaciones Científicas Inglés ofrecen un apoyo esencial a investigadores y académicos que buscan mejorar la calidad de sus publicaciones. Estas becas están dirigidas a quienes necesiten un servicio profesional de traducción y revisión de textos científicos en inglés, asegurando que sus trabajos cumplan con los estándares internacionales. Se financiará el 75 % del presupuesto, con un máximo de 500 euros por artículo.
Podrán solicitar estas ayudas, el personal docente e investigador de la Universidad de Alicante. Para solicitar las Becas Servicio de Revisión o Traducción Publicaciones Científicas Inglés, los interesados deben seguir el proceso indicado. Primero, deberán presentar la solicitud de manera electrónica a través de la plataforma de eAdministración de la Universidad de Alicante. El formulario debe ser completado de forma detallada, incluyendo los documentos requeridos en la convocatoria.
Las Becas Servicio de Revisión o Traducción Publicaciones Científicas Inglés serán una herramienta eficaz para que los profesionales puedan recibir el apoyo necesario para llevar sus publicaciones científicas a un nivel internacional, asegurando la calidad y precisión de sus trabajos en inglés. Si deseas consultar todos los datos para solicitarlas, aquí te los mostramos. Consulta en nuestra web los requisitos, plazo, ect.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Licenciatura
- Diplomatura
- Postgrado-Especialidad
- Postdoctorado
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Objeto y financiación de las Becas Servicio de Revisión o Traducción Publicaciones Científicas Inglés
El objeto de esta ayuda es apoyar la revisión o traducción de manuscritos de excelencia en inglés para incrementar sus posibilidades de aceptación como artículos científicos en revistas indexadas. Esta ayuda busca favorecer la difusión internacional de la investigación que se realiza en la Universidad de Alicante.
Requisitos de las personas solicitantes
Podrán presentar solicitud de ayuda el personal docente e investigador de la Universidad de Alicante que durante 2024 haya asumido el coste de la revisión o traducción de artículos en inglés. El personal investigador solicitante deberá ser último/a autor/a o autor/a de correspondencia del artículo científico. Sólo se podrá presentar una solicitud por anualidad.
Dotación
La cuantía máxima de las Becas Servicio de Revisión o Traducción Publicaciones Científicas Inglés se estima en 5.000 euros consignados en la clave orgánica 10.30.6E.00.22 del capítulo VI del presupuesto de gastos del Vicerrectorado de Investigación.
Características de las ayudas
Estas ayudas se destinarán a financiar los gastos de la traducción o revisión de artículos científicos en inglés de excelencia ejecutados durante 2024. Se financiará el 75 % del presupuesto, con un máximo de 500 € por artículo.
Presentación
Presentación de solicitudes de las Becas Servicio de Revisión o Traducción Publicaciones Científicas Inglés:
Las solicitudes se presentarán de acuerdo con lo que especifiquen las normas generales de procedimiento de esta convocatoria en el punto 2.2:
Las solicitudes para la presente convocatoria de ayudas se presentarán electrónicamente a través de la eAdministración de la Universidad de Alicante, a la que accederá la persona solicitante a través del UA-Cloud (https://cvnet.cpd.ua.es/eadmua/Tramites) con su clave de acceso o con un certificado electrónico valido (e-DNI o ACCV).
Una vez que se haya accedido a la eAdministración se deberá seleccionar la opción de "SOLICITUD DE AYUDAS A LA I+D+I" dentro del apartado "DOCENCIA E INVESTIGACIÓN". En la pantalla de solicitudes se deberá seleccionar el "Tipo de ayuda" en el que se desea participar debiendo cumplimentarse el formulario electrónico y aportar los documentos exigidos por la convocatoria y requeridos en el mismo.
En relación con los documentos aportados por los interesados durante el procedimiento de tramitación de las ayudas, estos se podrán presentar en cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana. Excepcionalmente, en el caso de documentación que involucre investigadores, centros de investigación o empresas internacionales, la documentación a aportar podrá presentarse en inglés.
Para la solicitud de una ayuda del Programa Propio será necesario que la persona solicitante cuente con el número identificativo ORCID Open Researcher and Contributor ID (http://orcid.org). Además, sólo podrán solicitar ayudas del Programa Propio quienes estén al día de sus obligaciones como beneficiarios de las convocatorias anteriores. En caso de no estar al día, la solicitud/es quedará/n excluida/s.
Finalizada la cumplimentación del formulario, la persona solicitante efectuará el trámite de presentación telemática mediante la orden "ENVIAR" quedando registrada, en ese momento, la solicitud.
Más información
Comisión de Evaluación
Las solicitudes serán evaluadas por una comisión presidida por la directora del Secretariado de Recursos para la Investigación que actuará como presidenta, la directora del Secretariado de Estructuras para la Investigación, que actuará como secretaria, la directora de la Unidad de Apoyo a la Investigación y el director del Servicio de Publicaciones, que actuarán como vocales.
Criterios de Valoración
Para la adjudicación de las ayudas se tendrán en cuenta los indicios de calidad disponibles sobre la repercusión esperable del artículo que se desea publicar o se ha publicado tanto a nivel científico como social.
Resolución
La resolución, publicación y la notificación de las ayudas se efectuará conforme a lo dispuesto en el punto 2.6 de las bases generales de la convocatoria:
Vista la propuesta formulada por el órgano instructor, las ayudas se adjudicarán de forma provisional por resolución del Vicerrectorado de Investigación, estableciéndose un plazo de presentación de alegaciones.
Esta resolución se publicará en la página web de la Subdirección de Convocatorias Públicas de I+D+i del Servicio de Gestión de la Investigación surtiendo todos los efectos de notificación practicada. Adicionalmente, para algunas fases del procedimiento se podrá hacer uso de la notificación individual a través de sede electrónica de la Universidad de Alicante, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de Notificaciones Electrónicas de la Universidad de Alicante, aprobado por el Consejo de Gobierno de 26 de octubre de 2016 (BOUA de 28/10/2016).
Una vez resueltas las alegaciones presentadas por los interesados, el Vicerrectorado de Investigación dictará la correspondiente resolución definitiva de concesión, que se notificará a las personas interesadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 40 y siguientes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a través de la eAdministración mediante notificación asociada a la solicitud presentada.
La persona beneficiaria deberá expresar por instancia genérica a través de la eAdministración, vinculándola a su solicitud, su renuncia a la ayuda concedida en un plazo máximo de 5 días desde la notificación. En caso de que la persona beneficiada no se manifestara en el plazo citado, se entenderá por aceptada la ayuda con las condiciones recogidas en la convocatoria y en la resolución de concesión.
El plazo de resolución será de 6 meses a partir del plazo de fin de presentación de solicitudes salvo que se recoja uno distinto en el anexo correspondiente. En todo caso, cuando el órgano instructor solicite informes preceptivos a órganos distintos de la Universidad de Alicante, el plazo de resolución podrá suspenderse por un máximo de 3 meses, así como durante el utilizado para la subsanación de deficiencias y aportación de documentos de acuerdo con lo previsto en el art. 22 d) de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si trascurrido el plazo de resolución, el Vicerrectorado de Investigación no hubiese notificado dicha resolución, los interesados estarán legitimados para entender desestimada la solicitud.
La concesión de las ayudas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución.
Pago de las ayudas
El pago de estas ayudas se efectuará mediante traspaso a la clave orgánica correspondiente desde el Vicerrectorado de Investigación a la clave orgánica abierta al efecto.
Enlaces de interés
https://www.boua.ua.es/Acuerdos/DescargarAcuerdo/53521
https://www.boua.ua.es/Acuerdos/DescargarAnexoxId?idanexo=1022483&idacuerdo=53521&idioma=es
Documentación a adjuntar
Cada solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
- Copia de la factura de la traducción o revisión del Centro Superior de Idiomas o empresa externa que deberá indicar necesariamente el título del artículo.
- Copia del documento contable de Gestión Económica.
- También se deberá presentar uno de los siguientes documentos:
- Copia del manuscrito o del artículo traducido con indicación de la revista a la que se ha enviado a publicar.
- Copia del artículo publicado.
- Carta de aceptación del artículo por parte de la revista ó carta de recepción del artículo por parte de la revista.