Becas Idiomas Cursos de Aulas Pruebas Oficiales
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Becas Idiomas Cursos de Aulas Pruebas Oficiales: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Alicante convoca las Becas Idiomas Cursos de Aulas Pruebas Oficiales, cuya finalidad es promover el aprendizaje de idiomas para los alumnos de la UA, para que así tenga la oportunidad de en sus últimos años de estudios, realizar un intercambio internacional en unas condiciones idiomáticas optimas.
Las Becas Idiomas Cursos de Aulas Pruebas Oficiales, se subdividirán en dos clases de ayudas: las tipo 1 para subvencionar cursos, y las tipo 2 para subvencionar pruebas.
Para ser beneficiario de las Becas Idiomas Cursos de Aulas Pruebas Oficiales, será necesario estar matriculado en la Universidad de Alicante en un título que conlleve la obtención de grado y, haber superado la prueba oficial o el curso de idiomas AULAS.
La dotación variará según el tipo de ayuda, así como el plazo de presentación de solicitudes, por lo que recomendamos estar atentos al mismo. Los beneficiarios por su parte, deberán cumplir con las obligaciones que se prevén en la convocatoria.
Si estás interesado en recibir una de las Becas Idiomas Cursos de Aulas Pruebas Oficiales, puedes consultar toda la información necesaria en aquí. Además en nuestra web también podrás encontrar otras becas que convoca la Universidad de Alicante, por lo que te recomendamos que las revises por si puedes encontrar más becas de tu interés.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Grado
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
- Estar matriculado/a en la Universidad de Alicante durante el curso 2023/2024 en estudios que conduzcan a la obtención de un título oficial de Grado.
- Tener superada la prueba oficial o el curso de idiomas de AULAS para el que se solicita la ayuda, en el periodo comprendido entre septiembre de 2023 y agosto de 2024.
Dotación
La cuantía de la ayuda será la siguiente
- a. Ayuda Tipo 1: hasta un máximo de 200 €
- b. Ayuda Tipo 2: hasta un máximo de 100 €
Se tendrá derecho a percibir, como máximo:
- En el primer período de solicitud: una ayuda de tipo 1 y una de tipo 2; o dos ayudas de tipo 2.
- En el segundo período de solicitud: dos ayudas de tipo 1 (un curso de 2º cuatrimestre + un curso intensivo de verano); o una ayuda de tipo 1 y una de tipo 2; o dos ayudas de tipo 2.
Si no se agotase el crédito disponible, se podrá completar la ayuda adjudicada inicialmente, de forma lineal, siempre y cuando no se supere el coste real de las tasas abonadas.
De igual forma, se podrá completar la ayuda adjudicada inicialmente si se recibe alguna otra financiación externa a la UA destinada para la misma finalidad. En este caso, la ayuda se completará según los requisitos establecidos por el organismo que corresponda.
Presentación
El alumnado interesado en solicitar la ayuda deberá completar el formulario de solicitud publicado en la siguiente página web:https://sri.ua.es/es/movilidad/ayudas-para-formacion-y-acreditacionde-idiomas.html
Cuando haya completado el formulario, habrá que pulsar el botón aceptar y se obtendrá un número de registro que se debe conservar.
El formulario de solicitud deberá cumplimentarse tantas veces como ayudas se solicitan.
Al tratarse de una ayuda que no está exenta de tributar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, será necesario entregar debidamente cumplimentado y firmado, durante el plazo de solicitud correspondiente, el documento de Comunicación de datos al pagador a efectos del IRPF (Modelo 145), disponible en la siguiente página web: https://sri.ua.es/es/movilidad/ayudas-para-formacion-y-acreditacion-de-idiomas.html
Las Facultades y la Escuela Politécnica Superior de la UA podrán solicitar la ayuda de idiomas para los cursos de nivelación. El centro deberá tener registro del alumnado solicitante y verificar la realización y superación del curso. En tal caso, el Vicerrectorado de Relaciones Internacionales y Cooperación para el Desarrollo transferirá directamente al centro solicitante y organizador del curso el importe dela ayuda correspondiente a sus estudiantes, siempre y cuando el centro haya financiado dicho curso de AULAS y el alumnado lo haya superado.
En este caso, una vez comprobado que el curso ha sido superado por el alumnado del centro y que ha sido previamente abonado al Centro Superior de Idiomas, se podrá efectuar directamente el pago al centro correspondiente, que deberá expedir la certificación acreditativa del pago.
Más información
Actividades Subvencionadas
Se concederán ayudas para los siguientes cursos o pruebas de idiomas:
- a. Ayudas Tipo 1, para subvencionar los siguientes cursos:
- Cursos de AULAS de Lengua general que tengan una duración mínima de 50 horas lectivas.
- Cursos de AULAS Exámenes Oficiales Cambridge (FCE, CAE, CPE).
- Cursos de AULAS de Lengua general para nivelación coordinados desde los Centros.
- b. Ayudas Tipo 2, para subvencionar las siguientes pruebas:
- Pruebas oficiales de idiomas contempladas en el PLAN DE ACREDITACIÓN LINGÜÍSTICA. Servicio de Lenguas: https://sl.ua.es/es/acreditacion/acreditacion-en-lenguas.html
Plazos y procedimiento de solicitud
- El primer plazo de solicitud será del 1 al 16 de febrero de 2024, para los cursos o pruebas superados desde el 1 septiembre al 31 de diciembre de 2023.
- El segundo plazo de solicitud será del 5 al 20 de septiembre de 2024, para los cursos o pruebas superados desde el 1 de enero al 31 agosto de 2024.
- a. Curso académico de la titulación en que esté matriculado el/la estudiante en la UA en el momento de la solicitud:
- Primer curso 3 puntos.
- Segundo curso 2,5 puntos.
- Tercer curso 2 puntos.
- Cuarto curso 1,5 puntos.
- Quinto curso 1 punto
- b. La continuidad en la formación lingüística, priorizando los niveles más altos, según la siguiente tabla:
- Ayudas tipo 1
- Superar, en el periodo que se indica en esta convocatoria, alguno de estos niveles de AULAS:
- C2 (segunda parte) 3 puntos.
- C1 (segunda parte) 2 puntos.
- B2 (segunda parte) 1,5 puntos.
- B1 (segunda parte) 1 punto.
- Ayudas tipo 2
- Superar pruebas oficiales de nivel B2, C1 o C2 o equivalentes según la normativa de la Universidad de Alicante para la acreditación interna de competencias lingüísticas.
- C2 2 puntos.
- C1 1,5 puntos.
- B2 1 punto.
- Comunicar a la universidad la obtención de subvenciones o becas para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente público o privado nacional o internacional.
- Poner en conocimiento de la universidad la anulación de matrícula, así como cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la beca.
Además, son obligaciones de las personas beneficiarias, la aceptación y la justificación de la ayuda, las contempladas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de entre las que se encuentran:
- a. Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación.
- b. Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos.
- c. Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez que se haya realizado, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
- d. Garantizar, bajo su responsabilidad, que son verdaderos los datos y documentos presentados para la obtención y justificación de la subvención por parte del beneficiario.
https://www.boua.ua.es/Acuerdos/DescargarAcuerdo/47581