Becas Ayudas Gastos Publicación Revista Científica Indexada JCR
INSCRIPCIONES
Becas Ayudas Gastos Publicación Revista Científica Indexada JCR: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Ayudas Gastos Publicación Revista Científica Indexada JCR están destinadas a estudiantes del programa de Doctorado en Ciencias de la Salud de la Universidad de Alicante. Estas becas cubren los gastos de publicación en revistas científicas indexadas en JCR de acceso abierto.
Para solicitar estas ayudas, será necesario ser estudiante del programa de Doctorado en Ciencias de la Salud de la Universidad de Alicante, matriculado/a en el curso 2024/25. Además deberá Tener aceptada una publicación científica en una revista indexada en JCR como primer/a autor/a entre el 16 septiembre de 2024 y el 15 de septiembre de 2025.
El procedimiento de solicitud está dividido en cuatro plazos a lo largo del año 2025. La dotación máxima de las Becas Ayudas Gastos Publicación Revista Científica Indexada JCR es de 12.000 euros.
Las ayudas se concederán a todas las solicitudes que cumplan los requisitos. En caso que no hubiese saldo disponible en un plazo determinado, se valorará para elegir a los beneficiarios la posición de la revista en su área de conocimiento.
Es importante que los beneficiarios justifiquen correctamente los gastos y realicen la actividad conforme a llo estipulado en la convocatoria.
Las Becas Ayudas Gastos Publicación Revista Científica Indexada JCR ofrecen un apoyo fundamental incentivar las tesis doctorales y la publicación de artículos en revistas importantes. Aquí podrás consultar toda la información que necesitas para solicitarlas.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos de las personas beneficiarias de las Becas Ayudas Gastos Publicación Revista Científica Indexada JCR:
Podrá solicitar esta ayuda el alumnado que:
- Sea estudiante del programa de Doctorado en Ciencias de la Salud de la Universidad de Alicante, matriculado/a en el curso 2024/25.
- Tenga aceptada una publicación científica en una revista indexada en JCR como primer/a autor/a entre el 16 septiembre de 2024 y el 15 de septiembre de 2025.
Dotación
Número y dotación de las Becas Ayudas Gastos Publicación Revista Científica Indexada JCR:
La ayuda por estudiante y año académico corresponde a los gastos de su publicación, con un máximo de 1.000 euros por este concepto y convocatoria.
La dotación máxima de la convocatoria asciende a 12.000 euros.
Presentación
Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes para las Becas Ayudas Gastos Publicación Revista Científica Indexada JCR:
Plazo de presentación
Se establecen cuatro plazos de solicitudes:
- Plazo 1: del 21 al 31 de enero de 2025.
- Plazo 2: del 1 al 15 de marzo de 2025.
- Plazo 3: del 1 al 15 de junio de 2025.
- Plazo 4: del 16 al 30 de septiembre de 2025.
Si no se agota la cuantía de la convocatoria en el primer plazo, se abrirá el segundo y se concederán los fondos excedentes del primer periodo y así sucesivamente hasta el cuarto plazo.
Procedimiento de presentación
La documentación se presentará a través del formulario:
https://cvnet.cpd.ua.es/uaCuestionarios/preguntas.aspx?idcuestionario=87110&idioma=es
Más información
Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión
Dada la importancia de incentivar las tesis doctorales por compendio y la publicación de artículos en revistas científicas de reconocida relevancia para el programa de doctorado en Ciencias de la Salud, el equipo decanal y la Comisión del Doctorado en Ciencias de la Salud han acordado destinar fondos para ello.
El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayuda económica para gastos de publicación en una revista científica indexada en JCR de acceso abierto.
Criterios de adjudicación
La asignación de ayudas se realizará siguiendo los siguientes criterios:
Finalizado cada uno de los plazos de solicitudes y mientras exista disponible, se concederá ayuda a todas las solicitudes que reúnan los requisitos.
En caso de no haber saldo disponible para todas las solicitudes en un determinado plazo, se ordenarán según el siguiente criterio:
- Posición de la revista en su área de conocimiento en la que se haya publicado el artículo, otorgando una puntuación máxima de 4 puntos las posicionadas en el primer cuartil o superior, 3 puntos para las posicionadas en el segundo cuartil, 2 puntos para las del tercer cuartil y 1 punto para las de menor posición.
En caso de empate, se distribuirá el presupuesto de forma proporcional al importe de los gastos de publicación.
Resolución, notificación y publicación de los resultados
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://fcsalud.ua.es/es/, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.
Tras recibir las solicitudes, se elaborará una relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas y se establecerá un plazo de subsanación de 5 días hábiles a partir del día siguiente a su publicación. Transcurrido dicho plazo, se elaborará la relación definitiva de solicitudes admitidas y excluidas, que será remitida a la comisión de valoración para su evaluación.
La propuesta de resolución provisional de las ayudas se publicará a partir de 10 días hábiles desde la finalización del plazo de solicitudes. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 5 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor.
Transcurrido dicho plazo y, en su caso, resueltas las alegaciones presentadas, la persona titular del Rectorado dictará la resolución definitiva de concesión.
Obligaciones, justificación de personas beneficiarias y pago
Obligaciones de las personas beneficiarias.
Son obligaciones de las personas beneficiarias, además de las establecidas en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, las siguientes:
- La actividad subvencionada debe realizarse desde 2024 hasta 2025.
Además, son obligaciones de las personas beneficiarias, la aceptación y la justificación de la ayuda, las contempladas en el artículo 14 de Ley 38/2003, General de Subvenciones, de entre las que se encuentran:
- a. Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación.
- b. Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos.
- c. Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
Justificación de personas beneficiarias y pago
La justificación del destino de la ayuda al cumplimiento de su finalidad será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para su concesión. La Universidad procederá de oficio al pago de la subvención concedida.
El incumplimiento por la persona beneficiaria de cualquiera de los requisitos y obligaciones establecidos en esta convocatoria y bases reguladoras, así como en su resolución de concesión, podrá dar lugar a la revocación total o parcial de la subvención y al reintegro, en su caso, de las cantidades indebidamente percibidas.
Enlaces de interés
https://www.boua.ua.es/Acuerdos/DescargarAcuerdo/55161
Documentación a adjuntar
Se adjuntará la siguiente documentación:
- Artículo o carta de aceptación de la revista/editor.
- Factura a su nombre con los gastos de la publicación.
- Justificante del pago de la factura (transferencia, tarjeta).
- Declaración jurada de no haber solicitado ni recibido ninguna otra ayuda para el mismo concepto.