Universidad de Alcalá (UAH)

Becas para la Creación de Empresas de Base Tecnológica

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INSCRIPCIONES

04/04/202430/09/2024
Abierta

Becas para la Creación de Empresas de Base Tecnológica: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas para la Creación de Empresas de Base Tecnológica complementan el Concurso de Ideas para la Creación de Empresas de Base Tecnológica (EBT), que anualmente convoca el Vicerrectorado de Investigación y de Transferencia. El objetivo principal de la convocatoria es fomentar la transferencia de las tecnologías y conocimientos generados en la Universidad de Alcalá (UAH) a través de EBTs.

La iniciativa además lleva asociada objetivos adicionales, como consolicar y transformar en EBT las ideas con potencial innovador, o contribuir a la creación de empleo cualificado.

Podrán participar en las Becas para la Creación de Empresas de Base Tecnológica cualquier profesor de la Universidad de Alcalá promotor o proponente de una solicitud de creación de EBT. Además los solicitantes deberán también cumplir con el resto de condiciones establecidas en el reglamento de EBTs de la Universidad.

Las ayudas, servirán para cubrir los  gastos de preparación de propuesta de la EBT. Estos gastos pueden ser los derivados del apoyo en la innovación, preparación de presentación de proyectos, consultaría sobre el empleo de normas, etc.

Las Becas para la Creación de Empresas de Base Tecnológica pueden ser una gran ayuda si cumples con los requisitos indicados. Podrás consultar toda la información sobre estas ayudas aquí.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Podrá participar en las Becas para la Creación de Empresas de Base Tecnológica cualquier profesor de la UAH promotor/proponente de una solicitud de creación de una EBT y que cumpla las condiciones establecidas en el Reglamento de EBTs de la UAH (modificado en sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 22 de junio de 2017).

Dotación

Las ayudas, que se abonarán gracias a las Becas para la Creación de Empresas de Base Tecnológica, tras la correspondiente justificación acreditativa del gasto, están destinadas a cubrir los gastos incurridos tanto en la preparación de propuesta de creación de la EBT, como los gastos necesarios de funcionamiento inicial de la EBT tales como aquellos derivados del asesoramiento y apoyo a la innovación (consultoría de gestión, asistencia tecnológica, jurídica, financiera y empresarial, servicios de transferencia tecnológica…); preparación de la presentación de proyectos en foros regionales, nacionales y europeos, formación; consultoría para la adquisición, protección y comercio de derechos de propiedad industrial e intelectual y acuerdos de licencias; consultoría sobre el empleo de normas, locales para oficinas, bancos de datos, bibliotecas técnicas, gestión empresarial, marketing y comercialización.

Se establecen dos tipos de ayudas, según la fase en que se encuentre la tramitación de la creación de la EBT:

Fase 1: Ayuda para la preparación de una propuesta de creación de la EBT de acuerdo con la normativa de vigente aplicación.

  • Por un importe de hasta 1.000 €, que se destinarán a cubrir los gastos incurridos en la preparación de propuesta de creación de la EBT hasta que ésta sea aprobada por el Consejo Social de la UAH. A estos efectos, se considerará propuesta de creación de EBT aquella elevada por el Vicerrectorado de Investigación y Transferencia a la Secretaría General y a la Gerencia de la UAH para emisión de informe jurídico y económico respectivamente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento de EBT de la UAH.

Fase 2: Ayuda para la puesta en marcha de la EBT.

  • Por importe de hasta 4.000 €, que se destinarán a cubrir los gastos necesarios de funcionamiento inicial de la EBT. A estos efectos, se considerará que el funcionamiento inicial de la EBT comenzará a partir de la fecha en que el Consejo Social de la UAH apruebe la creación de la EBT. Asimismo, se ofrecerá acceso preferente a los servicios de la Fundación para el conocimiento madri+d y el alojamiento gratuito durante seis meses en la incubadora de proyectos de un Parque Científico y Tecnológico.
El importe total de las ayudas contempladas bajo la presente convocatoria se fija en 10.000 € y se imputará al centro de coste 30400M110. Sólo se podrá conceder una ayuda por solicitud y promotor de EBT.

Presentación

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria y hasta el 30 de septiembre de 2024.

La solicitud y la presentación de la documentación requerida para las Becas para la Creación de Empresas de Base Tecnológica se presentarán en el Registro Central o en los Registros periféricos de la Universidad de Alcalá, o por cualquiera de los medios contemplados en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas dirigido a la OTRI de la UAH. Se indicará en el asunto: “Convocatoria 2024 Ayudas creación EBTs” y deberá incluir la documentación indicada.

Más información

Instrucción del procedimiento

La OTRI realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe concederse la ayuda solicitada. A tal efecto, podrá recabar información de las distintas Administraciones. La presentación de la solicitud por parte del beneficiario conllevará la autorización al órgano gestor para recabar la mencionada información.

A fin de comprobar que se cumplen los requisitos de admisión, se conferirá al interesado, en su caso, trámite de audiencia para que en un plazo de 10 días hábiles subsane la documentación presentada. No se admitirá documentación nueva que no haya sido aportada durante el plazo de presentación de solicitudes.

En la evacuación del trámite de audiencia al interesado, el órgano de instrucción velará por el cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter personal.

Valoración de las solicitudes

Las solicitudes de ayuda presentadas se tramitarán y resolverán por su orden de presentación hasta el agotamiento del crédito presupuestario. La selección se llevará a cabo por un comité de valoración constituida al efecto.

Para la concesión de las ayudas se tendrá en cuenta el orden cronológico de entrada de las solicitudes. A estos efectos se considerará como fecha de presentación de la solicitud la del día en el que sea presentada por vía telemática suscrita por el solicitante y acompañada de toda la documentación, de tal forma que no sea necesario realizar requerimiento alguno al solicitante a efectos de la subsanación de las ausencias o insuficiencias en la documentación presentada, y pueda ser considerada completa la solicitud presentada.

Propuesta de concesión

El comité de valoración dictará propuesta de concesión motivada, que será elevada al Vicerrector de Investigación y Transferencia.

Resolución de concesión

El Vicerrector de Investigación y Transferencia será el órgano competente para dictar la resolución conforme los principios de publicidad, transparencia, objetividad, eficacia en el cumplimiento de los objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.

Enlaces de interés

https://www.uah.es/export/sites/uah/es/investigacion/.galleries/Programa-Propio/08.-Transferencia/CREACION-EBT_Convocatoria_2024.pdf

Documentación a adjuntar

  • Impreso de solicitud (Anexo I).
  • Copia de las facturas acreditativas de los gastos incurridos.

A la solicitud se adjuntará la siguiente documentación:

  • Impreso de solicitud (Anexo I). Este impreso estará disponible en la OTRI de la UAH, pudiendo ser solicitado a través de correo electrónico en la dirección proyectos.univ-empresa@fgua.es o en el teléfono 91 885 45 61.
  • Documentación correspondiente a la solicitud de creación de una EBT en los términos recogidos en el artículo 6 del Reglamento de Empresas de Base Tecnológica de la UAH:
    • Formulario de solicitud.
    • Plan de Empresa.
    • Domicilio social.
    • Composición del Órgano de Administración.
    • Propuesta de estatutos sociales.
    • Propuesta de pacto de socios entre la EBT y la UAH.
    • Borrador de contrato de transferencia de tecnología de la UAH a la EBT.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

Las Becas para la Creación de Empresas de Base Tecnológica complementan el Concurso de Ideas para la Creación de Empresas de Base Tecnológica (EBT), que anualmente convoca el Vicerrectorado de Investigación y de Transferencia. El objetivo principal de la convocatoria es fomentar la transferencia de las tecnologías y conocimientos generados en la Universidad de Alcalá (UAH) a través de EBTs.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas para la Creación de Empresas de Base Tecnológica" es: desde 04/04/2024 hasta 30/09/2024.

La Beca "Becas para la Creación de Empresas de Base Tecnológica" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas para la Creación de Empresas de Base Tecnológica" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes