Becas Erasmus+ KA131 Estudios - UAH
INSCRIPCIONES
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Becas Erasmus+ KA131 Estudios - UAH: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Alcalá (UAH) es el organismo convocante de las Becas Erasmus+ KA131 - UAH, que tienen como principal finalidad el facilitar la movilidad a otros países de los alumnos de esta universidad que cursan estudios de Grado, Máster o Doctorado.
De este modo, y con el desarrollo de estas becas, se promueve la formación académica de los alumnos a nivel internacional, además de mejorar sus herramientas lingüísticas y culturales, a la vez que se ofrece a los alumnos la oportunidad de vivir un gran número de experiencias personales.
La dotación de las Becas Erasmus+ KA131 - UAH será variable dependiendo del país de destino y de la situación económica de los estudiantes, ya que en esta convocatoria se tiene especial atención con aquellos estudiantes que se encuentran en situaciones económicas más complicadas.
Algunos de los países que pueden solicitar los alumnos para el desarrollo de dichas becas son Dinamarca, Noruega, Alemania, Italia, Polonia o la República Checa.
Si deseas conocer más datos sobre las Becas Erasmus+ KA131 - UAH, puedes consultarlos todos a aquí. Nosotros te ofrecemos información sobre los requisitos, plazo, documentación y mucho más. Además en nuestra web también podrás encontrar otras becas de la UAH que pueden ser de tu interés.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- País de destino
- Suiza
- Portugal
- Italia
- Polonia
- Lituania
- Chipre
- Nacionalidades
- Residente en España
- Noruega
- Turca
- Islandesa
- Liechtensteiniana
- Macedonia
Requisitos
Podrán solicitar la beca Erasmus+ KA131 con fines de estudio los estudiantes de la Universidad de Alcalá que sean ciudadanos de alguno de los 27 Estados miembros de la Unión Europea o de terceros países asociados al Programa Erasmus+ (Macedonia del Norte, Islandia, Serbia, Liechtenstein, Noruega y Turquía) o de terceros países no asociados al Programa que estén en posesión de un permiso de residencia válido para residir en España durante el periodo de realización de la movilidad (en este último caso, será necesario acreditar que se ha cursado como mínimo un año de estudios en la Universidad de Alcalá).
Los solicitantes deberán estar matriculados en alguna titulación oficial de grado, máster o programa de doctorado de la Universidad de Alcalá.
En el momento de solicitar la beca será necesario haber superado al menos 50 créditos de la titulación que se esté cursando en la Universidad de Alcalá; en el caso de los estudios de máster que imposibiliten el cumplimiento de esta norma por la duración del estudio, se valorarán los créditos superados en los estudios de grado. En el momento de iniciar la movilidad será necesario tener aprobado todo el primer curso de la titulación o 60 créditos. Cada facultad/escuela/centro de la Universidad de Alcalá puede acordar condiciones específicas respetando estos criterios generales.
Los estudiantes deberán acreditar un conocimiento suficiente de la lengua en la que se van a cursar los estudios y satisfacer los requisitos lingüísticos que puedan establecer las universidades de acogida. Además, los estudiantes deberán asegurarse de que la universidad de destino escogida dispone de una oferta académica acorde a los estudios que cursa en la Universidad de Alcalá.
Los estudiantes deberán disponer obligatoriamente de un seguro de cobertura médica básica que deberán justificar a través de la Tarjeta Sanitaria Europea o, en su defecto, de un seguro médico privado. Asimismo, deberán suscribir un seguro de accidentes y de responsabilidad civil que garantice todas las coberturas. La UAH apoyará en la suscripción de algunas coberturas si dispone de la suficiente financiación en el programa.
Los estudiantes de dobles titulaciones deberán presentar la solicitud de la beca Erasmus+ para una de las dos titulaciones, no pudiendo presentar solicitudes para ambas.
Queda imposibilitada la participación en este proceso selectivo de aquellos estudiantes que hayan sido expulsados del Programa Erasmus+ en convocatorias anteriores por haber cometido faltas graves. Asimismo, también queda imposibilitada su participación en cualquier convocatoria de movilidad internacional del mismo ciclo universitario (grado, máster o doctorado) gestionada por el Vicerrectorado de Relaciones Internacionales.
Dotación
Las Becas Erasmus+ KA131 Estudios - UAH a las que se refiere esta convocatoria no podrán ser utilizadas para cubrir gastos similares ya financiados con otros fondos de la Unión Europea, pero serán compatibles con otras fuentes de financiación, como una subvención local, regional o nacional, o ingresos que pudiera percibir la persona participante por trabajos no relacionados con su formación, siempre y cuando se lleven a cabo las actividades previstas en el acuerdo de movilidad.
La cuantía de la ayuda para los periodos de movilidad a los que se refiere la presente convocatoria se establecerá de la siguiente manera:
- a. El solicitante al que le sea concedida la ayuda recibirá una ayuda individual en forma de cantidad mensual destinada a financiar los gastos de subsistencia en el país de destino. Estas cantidades dependerán del país de destino en función del cuadro siguiente:
- Grupo 1 Países del Programa con costes de vida más altos Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Irlanda, Islandia, Italia, Liechtenstein, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos y Suecia. Terceros países no asociados de las regiones 13 y 14: Andorra, Estado de la Ciudad del Vaticano, Mónaco, San Marino, Islas Feroe, Reino Unido y Suiza: ayuda ordinaria 350€. Estudiantes con menos oportunidades 600 €.
- Grupo 2 Países del Programa con costes de vida medios Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Grecia, Letonia, Malta, Portugal y República Checa: ayuda ordinaria 300 €. Estudiantes con menos oportunidades 550 €.
- Grupo 3 Países del Programa con costes de vida más bajos Bulgaria, Croacia, Hungría, Lituania, Macedonia del Norte, Polonia, Rumanía, Serbia y Turquía: ayuda ordinaria 250 €. Estudiantes con menos oportunidades 500 €.
- Terceros países no asociados al Programa de las regiones 1 a 12 (ver anexo segundo con el listado de países): ayuda ordinaria 700 €. Estudiantes con menos oportunidades 350 €.
- * Condiciones de los estudiantes con menos oportunidades*:
- Discapacidad: Participantes que tengan reconocida una discapacidad igual o superior al 33 %.
- Obstáculos socioeconómicos: Participantes que sean beneficiarios de una beca de estudios de carácter general del Ministerio de Educación y Formación Profesional para realizar estudios universitarios y otros estudios superiores en el curso inmediatamente anterior al que se va a realizar la movilidad o de una beca de estudios AGE y País Vasco, que perciban una prestación de Ingreso Mínimo Vital / Renta Mínima de Inserción, que estén en riesgo de exclusión social o emergencia social, que pertenezcan a una familia numerosa o monoparental, que sean víctimas de terrorismo o de violencia de género, que estén en situación de orfandad o dependencia, o que tengan un contrato de trabajo a tiempo completo.
- Problemas de salud: Participantes que por su situación de salud física o mental necesiten de un apoyo adicional.
- Diferencias culturales: Participantes que tengan reconocida la condición de refugiado o que hayan presentado una solicitud de protección internacional en España. La documentación para justificar el perfil de un estudiante con menos oportunidades habrá de ser emitida por una administración pública o, si procede, por un profesional cualificado, y se referirá a la situación en el país de envío del participante, en estos casos, España.
- b. Se financiará un máximo de 7 meses en el caso de las estancias anuales, independientemente de que la duración de la estancia sea superior, a excepción de los estudiantes con menos oportunidades, que no podrán tener Beca Cero y a los que se financiarán estancias reales. Al resto de estudiantes se les abonarán los periodos reales de movilidad siempre que los fondos lo permitan en base a la rendición de cuentas del Programa, si se autoriza el aumento de financiación.
Asimismo, el Programa Erasmus+ prevé una ayuda de viaje ecológico, que sería aquella que utiliza medios de transporte de bajas emisiones en el tramo principal del trayecto (como, por ejemplo, el tren, el autobús o el coche compartido). En el caso de realizar el desplazamiento ecológico y tras la justificación de éste, se podría recibir hasta cuatro días de ayuda individual adicional y una ayuda única por un importe total de 50€ para cubrir los gastos del viaje.
Además, el Programa Erasmus+ prevé una ayuda para financiar el viaje a todos los estudiantes, cuya cuantía se indica a continuación. El solicitante deberá indicar la distancia entre el lugar de origen y el lugar de realización de la movilidad utilizando la calculadora de distancias que se menciona a continuación. En caso necesario, el apoyo individual para cubrir los costes de estancia es subvencionable para el tiempo de viaje anterior y posterior a la actividad, con un máximo de dos días de viaje adicionales de ayuda individual por viaje no ecológico y un máximo de seis días adicionales de ayuda individual por viaje ecológico. El cálculo de la distancia se realizará utilizando la calculadora de distancias del Programa Erasmus+:
- Distancias de viaje - Desplazamiento NO ecológico - Desplazamiento ecológico:
- Entre 10 y 99 km - 28 € por participante - 56€ por participante.
- Entre 100 y 499 km - 211 € por participante - 285 € por participante.
- Entre 500 y 1999 km - 309 € por participante - 417 € por participante.
- Entre 2000 y 2999 km - 395 € por participante - 535 € por participante.
- Entre 3000 y 3999 km - 580 € por participante - 785 € por participante.
- Entre 4000 y 7999 km - 1188 € por participante - 1188 € por participante.
- 8000 km o más - 1735 € por participante - 1735 € por participante.
En el caso de las personas que tengan reconocida y calificada legalmente una discapacidad igual o superior al 33%, el Programa Erasmus+ prevé la posibilidad de financiar el 100% de los gastos incurridos en la preparación y realización del periodo de movilidad que no se encuentren cubiertos a través de las categorías incluidas en las ayudas del Programa previstas en el presente artículo. Las ayudas de apoyo a la inclusión a las que se refiere el presente apartado son gestionadas directamente por el SEPIE.
Asimismo, se podrán adjudicar ayudas del Programa Erasmus+ que no incluyan subvenciones, denominadas ayudas Erasmus+ Beca Cero, y estas ayudas nunca podrán ir destinadas a estudiantes con menos oportunidades. En estos casos, el participante deberá cumplir todos los criterios de movilidad establecidos en el Programa Erasmus+ y en esta convocatoria. Sin perjuicio de que pueda recibir financiación de otros fondos de la Unión Europea a través de fondos distintos de Erasmus+, fondos nacionales, regionales o de otro tipo para contribuir a sus costes de movilidad, la persona que se encuentre en esta situación se beneficiará de todas las otras ventajas académicas y administrativas derivadas de su participación en el Programa Erasmus+.
A los efectos de lo dispuesto en este artículo, la fecha de inicio del periodo de movilidad será el primer día en el que el participante necesite estar presente físicamente en la institución de educación superior u organización de acogida y la fecha de finalización será la del último día en el que el participante necesite estar presente físicamente en la misma. Todo ello debe ser debidamente justificado con los certificados que hay que aportar.
A efectos de compatibilidad con otras ayudas u otras acciones Erasmus, las becas Erasmus+ de distintos programas o acciones no podrán disfrutarse simultáneamente. Un mismo estudiante podrá participar en distintos periodos de movilidad dentro del Programa Erasmus+ hasta un máximo de 12 meses por ciclo de estudios en el cómputo total de acciones Erasmus.
Los estudiantes sólo podrán realizar una movilidad semestral o anual por curso académico en esta convocatoria. No se podrán realizar dos movilidades semestrales en dos destinos distintos en esta convocatoria.
Para el Reino Unido se recomienda realizar movilidades semestrales debido a los requisitos exigidos para estancias superiores a 6 meses y con el fin de reducir los costes de visado, seguros, etc., que deberá abonar el propio estudiante.
Las ampliaciones de estancias de becas Erasmus+ KA131 se podrán realizar si el estudiante reúne los requisitos para ello. Estas ampliaciones serán autorizadas por la universidad de destino y el coordinador de la UAH, siendo informado el Servicio de Relaciones Internacionales, y no serán financiadas, salvo que se cuente con fondos suficientes recibidos de la Unión Europea para poder sufragarlas.
El Banco Santander - Santander Universidades ofrece una ayuda adicional a los estudiantes beneficiarios de una beca Erasmus+ KA131 para realizar una movilidad con fines de estudio en el marco del Programa Erasmus+ durante el curso 2025-2026. Estas ayudas son complementarias a las de la beca Erasmus+.
Para solicitar esta ayuda adicional, el estudiante beneficiario de la beca deberá registrarse en la Plataforma del Banco Santander y posteriormente inscribirse en la convocatoria correspondiente desde el 15 de enero de 2025 hasta la fecha de fin de publicación de esa convocatoria, prevista hasta el 19 de marzo de 2025, en el siguiente enlace:
https://sso.santanderopenacademy.com/auth/realms/Becas/protocol/openid-connect/auth?client_id=becas&redirect_uri=https%3A%2F%2Fapp.santanderopenacademy.com%2Fes%2Fprogram%2Fbecas-santander-para-erasmus-2024-2025&state=bdb2bd0a-8fb1-49cd-82e7-b9f231d6c2b6&response_mode=fragment&response_type=code&scope=openid&nonce=446fbf3b-9b73-4277-9f57-54cf3cd35cc7&prompt=none&code_challenge=_m2Gqa7kKaIjDeu0k2soYTQMlA2Ub6AbNA-Sikp8rHI&code_challenge_method=S256
Presentación
Las personas interesadas en participar en la presente convocatoria de Becas Erasmus+ KA131 Estudios - UAH deberán utilizar el Formulario General de solicitud de plaza ERASMUS+ que debe cumplimentarse de manera online y asegurarse de que queda enviado, pulsando el botón de enviar. Este formulario enviará un comprobante al correo electrónico del estudiante confirmando el envío, por lo que hay que asegurarse de cumplir todo el proceso para tener las suficientes garantías de presentación.
Se debe acceder al formulario desde el siguiente enlace:
https://forms.office.com/pages/responsepage.aspx?id=UsXSzh99MUeqOi8OyWKeJrmNYKzc2QpItl0bV90u-d5UMldHVFVWT1dUT1RDVzFTWDhROUVBVEFYNS4u&route=shorturl
EXCEPCIÓN: En esta convocatoria de becas Erasmus+ KA131 del curso 2025-2026, los estudiantes que estén cursando estudios en la Escuela Politécnica Superior deberán formalizar su solicitud utilizando una nueva plataforma que se está implementando como proyecto de digitalización. Por tanto, todos los estudiantes de todos los estudios de la Escuela Politécnica Superior que deseen realizar una estancia Erasmus+ con fines de estudio el próximo curso 2025-2026 deberán acceder al formulario indicado a continuación y seguir las indicaciones para cumplimentar su solicitud de esta forma. Este formulario enviará una confirmación al correo electrónico del estudiante para garantizar la presentación correcta tanto de la solicitud como de los documentos anexados en la misma aplicación:
https://login.microsoftonline.com/ced2c552-7d1f-4731-aa3a-2f0ec9629e26/oauth2/v2.0/authorize?response_type=code&client_id=3e3cb8ee-642d-4883-b7ca-a02620e330f0&scope=User%2ERead&prompt=consent&redirect_uri=https://g344425fcb0027a-isadb.adb.eu-madrid-1.oraclecloudapps.com/ords/apex_authentication.callback&state=lzFJH5trKkyER7Ad1Vf5PTMUqlKNt5dxNaX7au5H34wZiIRGUzcKYyL_WzhbuqHi3AfHSJe2iNPHdxqXbZUWM5wA2qdZAOA6qefHdRL42O-hdP3yxPaEJwJrbRN7Y0EZxPTLAmqhQXjdA7yj0mFE55aB7Jno-7tjQQfvV9eMjZ_K0be4qvLBoc5P6onaJCkwGUTrIDoMZ1Mxhy3E_cSKOg
Una vez cumplimentado y enviado el formulario general de manera online, el comprobante que llega a la cuenta de correo electrónico institucional del estudiante (@edu.uah.es) junto con el resto de documentación indicada en el Artículo 5.3 serán enviados por correo electrónico a la Oficina de Relaciones Internacionales Periférica (ORI) a la que esté adscrita la titulación cursada por el estudiante, indicando en el asunto BECA ERASMUS+ KA131 Curso 2025-2026. Se recomienda enviar la documentación con acuse de recibo. En el siguiente enlace se puede ver la relación de oficinas: Directorio de Oficinas de Relaciones Internacionales Periféricas.
EXCEPCIÓN:
Para los estudiantes de la Escuela Politécnica Superior no será necesario enviar el comprobante y la documentación por correo electrónico a su ORI, ya que la plataforma de solicitud permite hacer esta gestión desde la propia solicitud. No obstante, se recomienda guardar el comprobante que llega al correo electrónico del estudiante. Los documentos a adjuntar que solicitará la aplicación al presentar el formulario específico serán los indicados en el punto 5.3, por lo que se recomienda tenerlos preparados al presentar la solicitud.
El interesado deberá consultar el calendario de la convocatoria del anexo primero de esta convocatoria para comprobar que la solicitud ha sido presentada correctamente y que se han recibido los documentos necesarios y, en caso contrario, hacer uso del periodo de subsanación creado a tal efecto.
Más información
Pago de las ayudas
El abono a los beneficiarios de las ayudas a las que se refiere esta convocatoria se realizará, con carácter general, de acuerdo con los siguientes principios:
- a. Se abonará al beneficiario el 80% del importe de la ayuda Erasmus+ a los 30 días máximo de haber firmado el convenio de subvención para la movilidad con fines de estudios o al enviar el Certificado de llegada, aquello que se dé primero.
- b. Se abonará el saldo restante de la ayuda Erasmus+ adjudicada al regreso del estudiante y una vez presentado el Certificado de estancia y cumplimentado el Informe Erasmus.
- c. Cuando así proceda, el abono de los gastos de viaje por desplazamiento ecológico se basará en la documentación justificativa aportada por el beneficiario.
- d. El abono de los gastos incurridos en relación con el apoyo a la inclusión se rige por el procedimiento establecido a tal efecto por el SEPIE.
La demora en la entrega de la documentación requerida supondrá un retraso en el pago de la ayuda. En el caso de que, transcurridos treinta días desde la fecha de regreso, no se hubiera entregado la documentación para el pago, se entenderá el desistimiento.
La Universidad de Alcalá no se hará responsable de cambios en las condiciones comprometidas por la institución responsable en destino con posterioridad a la publicación de esta convocatoria, ni en las condiciones específicas exigidas para la admisión de los estudiantes en la universidad de destino elegida.
En el caso de que un estudiante, durante el disfrute de la beca, cometa una falta grave, se podrá considerar la anulación de la financiación de la beca y la obligación del reembolso correspondiente.
Enlaces de interés
https://www.uah.es/export/shared/.galleries/archivos-Becas/Publicos/B830_CONV_1Convocatoria-Programa-Erasmus-KA131-ESTUDIOS25-26FINAL.signed.pdf
Documentación a adjuntar
Documentos a enviar por correo electrónico a la ORI correspondiente por parte de todos los estudiantes excepto los estudiantes de la Escuela Politécnica Superior, que los adjuntarán en la aplicación:
- a. Copia del justificante recibido en el correo del estudiante como confirmatorio de haber presentado el formulario General de forma online.
- b. Copia del DNI o NIE.
- c. Currículum Vitae EUROPASS en el que consten todos los méritos no recogidos en el expediente académico. Se incluirán copias acreditativas de los diplomas, cursos o experiencia profesional que puedan ser baremables.
- d. Expediente académico con las asignaturas cursadas y las calificaciones obtenidas. Este documento se puede obtener de forma gratuita a través de "Mi Portal" en la web de la UAH.
- e. Carta de motivación. Será redactada por el estudiante en la que explique su motivación para solicitar una beca Erasmus+ KA131.
- f. Copia del certificado oficial de idioma que acredite el nivel de conocimiento de la/s lengua/s de estudio correspondiente/s a los destinos solicitados. Los estudiantes que no posean certificado oficial de nivel de francés o alemán y que hayan realizado las pruebas de nivel de idioma que se organizan en la Universidad de Alcalá deberán incluir en la solicitud el resultado de dichas pruebas.
IMPORTANTE:
Solamente el formulario general de solicitud de plaza ERASMUS+ KA131 ha de ser presentado de forma online. El resto de la documentación del punto 5.3 de la convocatoria se enviará por correo electrónico dirigido a la Oficina de Relaciones Internacionales Periférica (ORI) a la que esté adscrita la titulación cursada por el estudiante (ver relación de oficinas en el siguiente enlace: Directorio de Oficinas de Relaciones Internacionales Periféricas), a excepción de los estudiantes de la Escuela Politécnica Superior, que deben realizar la solicitud a través de la nueva plataforma y como se indica en el punto 5.1.
Las solicitudes podrán presentarse desde el momento de la publicación de esta convocatoria hasta el 17 de enero de 2025 y se informa del proceso en el calendario descrito en el anexo primero a la presente convocatoria.