Becas Máster Ciencia y Tecnología Informática UC3M
INSCRIPCIONES
Becas Máster Ciencia y Tecnología Informática UC3M: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Máster Ciencia y Tecnología Informática UC3M están diseñadas para apoyar a estudiantes que deseen cursar el programa de Máster Universitario en Ciencia y Tecnología Informática. Esta convocatoria ofrece un máximo de tres ayudas para el pago de los precios de matrícula, con una prioridad en función de los estudios previos, el expediente académico y la situación económica del candidato.
Los candidatos deberán ser alumnos de nuevo ingreso y cumplir con los requisitos estipulados.
Los solicitantes deben presentar su solicitud a través del formulario electrónico disponible en la página oficial de la Universidad Carlos III de Madrid. Para solicitar la ayuda, los estudiantes deben adjuntar documentación relevante, como una carta de motivación en la que se explique su situación económica y personal. También será necesario aportar documentación adicional que acredite los ingresos de la unidad familiar.
El proceso de adjudicación de las Becas Máster Ciencia y Tecnología Informática UC3M se llevará a cabo en varias resoluciones parciales hasta la definitiva. Estas ayudas serán incompatibles con otras ayudas de matrícula.
Las Becas Máster Ciencia y Tecnología Informática UC3M representan una gran oportunidad si cumples con los requisitos indicados y quieres cursar este máster. Si deseas toda la información relevante para solicitarlas, en nuestra web podrás encontrarla.
Datos básicos
- Nº de becas
- 3
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos de los/as solicitantes para las Becas Máster Ciencia y Tecnología Informática UC3M:
Los/as candidatos/as a estas ayudas deberán ser alumnos/as de nuevo ingreso y estar en posesión de los requisitos y condiciones de acceso a las enseñanzas oficiales establecidas en el artículo 18 del Real Decreto 822/2021 de 28 de septiembre o, en condiciones de obtenerlos antes del plazo máximo establecido por el Centro de Postgrado para acreditar la finalización de los estudios previos y haber formalizado la solicitud de admisión al Máster en la aplicación informática de la Universidad Carlos III de Madrid (admisión a Másteres Universitarios) que conlleva el abono de la tasa de solicitud de acceso, antes de la fecha de finalización del plazo de solicitudes de ayudas establecido en la presente convocatoria.
Dotación
Los importes de las Becas Máster Ciencia y Tecnología Informática UC3M serán como máximo los indicados para el programa en el Anexo de la presente convocatoria y podrán ser inferiores de acuerdo con lo que determine el Comité de Selección.
Las ayudas se harán efectivas en el primer cuatrimestre.
3 Ayudas del 100% de las tasas académicas de matrícula.
Presentación
Presentación y requisitos de las solicitudes de las Becas Máster Ciencia y Tecnología Informática UC3M:
La solicitud y la documentación exigida, se presentará a través del formulario electrónico que se encuentra en la página de Solicitud de Ayuda. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria hasta el 31 de mayo de 2025 (ambos incluidos).
Más información
Objeto de la convocatoria
El objeto de la convocatoria es la concesión de un máximo de 3 ayudas para el pago de los precios de matrícula, de acuerdo con las siguientes bases y procedimiento, a los/las estudiantes del Programa de Máster Universitario en Ciencia y Tecnología Informática. El número de las ayudas podrá modificarse por el Comité de Selección, sin superar el importe global previsto, pudiendo quedar desiertas. La efectividad de la ayuda queda condicionada a la impartición del Programa de Máster correspondiente en el curso académico 2025-2026.
Régimen de incompatibilidades
La ayuda prevista en esta convocatoria es incompatible con cualquier otro tipo de beca, subvención, ayuda o bonificación económica de la misma naturaleza, destinados a los precios públicos de matrícula. Los/as candidatos/as que sean adjudicatarios de Ayudas de Matrícula en el programa ofertado en la presente convocatoria para el curso 2025/2026, no podrán presentar nueva solicitud de ayuda para el mismo programa en caso de que se realice una nueva convocatoria de ayudas en el curso 2025/2026.
Tramitación
- Comité de Selección: para el estudio de las solicitudes presentadas y selección de los/as beneficiarios/as, se constituirá el Comité de Dirección del Máster quien, tras el estudio de la documentación presentada, y de la que conste en el proceso de solicitud de admisión, realizará un informe individualizado que consignará la puntuación alcanzada por cada candidatura (0 a 100). Este informe se elevará al Centro de Postgrado de la Universidad Carlos III, junto con una relación priorizada de los/as candidatos/as en la que se expresará aquellos/as que resulten beneficiarios/as de la ayuda y el importe de la misma. Los criterios generales a tener en cuenta en dicha priorización son:
- Estudios previos, expediente académico y Curriculum Vitae (a la vista de los documentos aportados en el proceso de admisión). Ponderación: 70%.
- Situación económica, situación personal y declaración de becas del/ de la candidata/a, concedidas o solicitadas por motivos económicos, debidamente acreditadas y otros estudios de postgrado realizados. Asimismo, podrá tenerse en cuenta el reconocido prestigio de la Universidad de origen, así como gastos asociados a desplazamientos y/o alojamiento de los/las estudiantes. Ponderación: 30%.
En caso de igualdad en los apartados anteriores, se dará prioridad a aquella candidatura que tenga mayor puntuación en el criterio 1. La prelación alcanzada será utilizada para la asignación del número de ayudas ofertadas.
Adjudicación definitiva de la Ayuda
El Centro de Postgrado, a la vista del informe del Comité de Selección, realizará la propuesta para su adjudicación por el Rector.
Resolución:
La concesión de la ayuda de matrícula está condicionada a la admisión al Programa de Máster Universitario en Ciencia y Tecnología Informática.
Resoluciones Parciales
El programa podrá realizar dos resoluciones parciales en los plazos establecidos en el apartado 3.2. Así mismo, la presente convocatoria prevé la posibilidad de notificar la adjudicación al/a la candidata/a, con carácter previo a la resolución, mediante su comunicación por correo electrónico. Esta concesión será formalizada en la Resolución parcial que proceda según el momento en que se haya realizado esta adjudicación.
La primera resolución, en su caso:
- Incluirá relación de solicitantes con ayuda concedida y el importe de la misma.
- Podrá acompañarse de una relación de solicitantes “pendientes de evaluación”, para una posible adjudicación de ayuda en la segunda o en la tercera y definitiva resolución.
- Podrá acompañarse de una relación de solicitudes denegadas.
Las solicitudes evaluadas en esta primera resolución parcial no se podrán evaluar en la siguiente resolución. Los/las candidatos/as que hayan presentado solicitud en el periodo correspondiente a la primera resolución parcial no podrán volver a presentar solicitud en el periodo abierto de presentación de candidaturas para la segunda.
Cuando se produzcan renuncias expresas a las ayudas concedidas en esta primera resolución, o existan adjudicatarios/as que no hayan hecho efectivo el pago de la reserva de plaza en el plazo establecido, dichas ayudas podrán ser revocadas y adjudicarse entre las previstas a conceder en la segunda resolución.
La segunda o definitiva resolución, incluirá:
- Relación de solicitantes con ayuda concedida y el importe de la misma.
- Relación priorizada de candidaturas “en reserva” para cubrir posibles sustituciones, en caso de renuncia o incumplimiento de los requisitos de la convocatoria, siempre sujeto a la designación por parte del Comité de Selección.
- Todas aquellas candidaturas no reflejadas en la resolución se encontrarán denegadas de acuerdo con las bases de la convocatoria.
Plazos de Resolución
La publicación de la primera resolución parcial, prevista a partir del 27 de abril de 2025, se pronunciará sobre las solicitudes formalizadas a través de la aplicación desde el inicio del plazo de presentación de solicitudes hasta el 31 de marzo de 2025. La publicación de la segunda resolución, prevista a partir del 20 de junio de 2025, se pronunciará sobre las solicitudes formalizadas a través de la aplicación desde el 1 de abril al 31 de mayo de 2025, así como las solicitudes “pendientes de evaluación” en la primera resolución parcial.
Publicación de las resoluciones
Las resoluciones se publicarán en el Boletín Oficial Electrónico de la Universidad Carlos III de Madrid (BOEL) y en la página web de la Universidad Carlos III, produciendo los mismos efectos que la notificación individual a los/las interesados/as e indicará los recursos que procedan frente a la mismas. La información relativa a la convocatoria se puede consultar las siguientes direcciones:
- https://www.uc3m.gob.es/boel
- https://www.uc3m.es/postgrado/ayudas/principales/2025
Enlaces de interés
https://www.uc3m.es/uc3m/media/uc3m/doc/archivo/doc_becas-am02_c25-26/convocatoria_am02_25_26_cc-y-tinform_publicado-boel.pdf
Documentación a adjuntar
Documentación:
Deberá acompañarse de la siguiente documentación:
- a. Carta de motivación para solicitar la beca, que podrá incluir información sobre la situación económica y personal del candidato cumplimentado y firmado por el/la alumno/a (impreso específico). La situación económica o personal alegada podrá ser acreditada mediante la aportación de documentación adicional, tales como: certificado de la renta emitido por la Agencia Tributaria española, impuesto de sociedades (en su caso) u otros documentos que acrediten las rentas de la Unidad Familiar. En el caso de estudiantes no españoles o con residencia fuera de España, aquellos documentos que acrediten, en ese país, las rentas de la Unidad Familiar. Así mismo se podrá aportar cualquier otra acreditación que justifique otras circunstancias de la situación personal.
- b. Si procede: ayudas y becas obtenidas en estudios cursados anteriormente, con indicación del organismo o entidad financiadora, nivel de estudios a la que se destinan e importe.
Presentada la documentación, el órgano colegiado que se constituye para la selección de solicitudes de ayudas, podrá solicitar otros documentos complementarios que considere necesarios para mejor conocimiento de las circunstancias peculiares de cada caso.