Becas Grado Movilidad SICUE Gastos Alojamiento UC3M
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Becas Grado Movilidad SICUE Gastos Alojamiento UC3M: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Grado Movilidad SICUE Gastos Alojamiento UC3M ofrecen una oportunidad para los estudiantes de la Universidad Carlos III de Madrid que desean realizar parte de sus estudios en otra universidad española durante el curso 2024-25. Estas ayudas están diseñadas para apoyar a quienes se encuentran en una situación de movilidad, cubriendo parte de los gastos asociados con el alojamiento en la universidad de destino.
Para acceder a estas ayudas, los solicitantes deben cumplir con una serie de requisitos académicos y económicos. Las Becas Grado Movilidad SICUE Gastos Alojamiento UC3M están orientadas a estudiantes que se desplazan fuera del domicilio familiar, proporcionando un apoyo económico que se ajusta a la duración del intercambio.
Estas becas no podrán compatibilizarse con otras ayudas públicas o privadas para la misma finalidad. Los adjudicatarios además deberán cumplir las obligaciones indicadas en la convocatoria.
En resumen, las Becas Grado Movilidad SICUE Gastos Alojamiento UC3M representan una oportunidad significativa para los estudiantes de la UC3M que buscan enriquecer su experiencia académica a través de la movilidad nacional. Aquí podrás conocer todos los datos para solicitarlas, como requisitos, plazo, documentación, etc.
No pierdas esta oportunidad y solicita ya tu beca. Además, en nuestra web podrás consultar información sobre otras becas y ayudas de la UC3M.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Grado
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
Personas destinatarias
Podrán solicitar las Becas Grado Movilidad SICUE Gastos Alojamiento UC3M, estudiantes de titulaciones oficiales de Grado de la UC3M que tengan asignada una plaza SICUE y realicen parte de sus estudios en el curso 2024-25 en otra universidad española, residiendo fuera del domicilio familiar durante la movilidad.
Requisitos
Para poder optar a estas ayudas se deberán cumplir los siguientes requisitos:
Generales
- a. Poseer nacionalidad española o la de otro país de la Unión Europea. Las personas extranjeras no comunitarias deberán acreditar la condición de residente en España, quedando excluidas quienes se encuentren en situación de estancia (Permiso de Estudiante). No se exigirá este requisito a quienes sean solicitantes de protección internacional con autorización de estancia que se encuentran en el periodo transitorio de adquisición conforme a lo dispuesto en la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.
- b. No ser beneficiario/a del componente de residencia de la beca del Ministerio de Educación o de la beca del Gobierno Vasco en el curso 2024-25.
- c. No haber obtenido o estar en disposición de obtener ninguna ayuda económica para la misma finalidad de otras entidades o personas públicas o privadas.
Académicos
- a. Haber obtenido una plaza en la convocatoria de movilidad SICUE para el curso académico 2024-25.
- b. Estar matriculado/a en el curso 2024-25 en la UC3M en estudios de Grado o Doble Grado en la misma titulación para la que se ha obtenido la plaza de intercambio SICUE en un mínimo de 60 ECTS y no haber abandonado dichos estudios. El número mínimo de créditos matriculados podrá ser inferior en caso de finalización de estudios. En este último caso, no se considerará válida solo la matrícula del TFG y/o ECTS que no formen parte del plan de estudios (complementarios, prácticas extracurriculares, etc).
- c. Tener una nota media ponderada sobre 10 de, al menos, 5,5 para estudios de Ingeniería, Ciencias y Ciencias de la Salud y de 6,5 para estudios de Ciencias Sociales y Jurídicas y Humanidades.
- d. Haber superado en el curso anterior, como mínimo, 30 ECTS, no computándose a estos efectos los créditos reconocidos.
- e. No estar en posesión o reunir los requisitos legales para la obtención de un título de igual o superior nivel al de los estudios de Grado para los que se solicita la ayuda.
- f. No ser estudiantes de otras Universidades que se encuentren desarrollando un programa de movilidad nacional o internacional en la UC3M.
- a. No superar el umbral de renta familiar correspondiente a un incremento del 8% respecto a los umbrales máximos de renta familiar para la obtención de la beca de matrícula establecidos y calculados conforme a lo establecido en la normativa reguladora de las becas de carácter general para el curso académico 2024-25, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios, aprobada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
- Las cuantías de este umbral máximo de renta per cápita serán las siguientes:
- Unidades familiares de 1 miembro 16.003€.
- Unidades familiares de 2 miembros 27.316€.
- Unidades familiares de 3 miembros 37.079€.
- Unidades familiares de 4 miembros 44.035€.
- Unidades familiares de 5 miembros 49.218€.
- Unidades familiares de 6 miembros 53.132€.
- Unidades familiares de 7 miembros 57.002€.
- Unidades familiares de 8 miembros 60.856€.
- A partir del octavo miembro se añadirán 3.8456 € por cada nuevo miembro computable.
- b. A efectos de la determinación de la renta se computará la información del ejercicio 2023. No obstante, cuando los ingresos de la unidad familiar hubieran sufrido una disminución por causas sobrevenidas, la universidad podrá solicitar información adicional que considere pertinente, siempre y cuando quede debidamente justificada la situación económica del estudiante. Excepcionalmente se exonerará de la citada justificación documental prevista en los apartados a) y b) anteriores a los estudiantes que, habiendo estado sujetos a medidas de protección, particularmente en acogimiento residencial,alcancen la mayoría de edad y queden fuera del sistema de protección, así como a aquellos alumnos/as que acrediten ser personas con estatuto de protección internacional en España, incluidos los solicitantes de protección internacional con autorización de estancia que se encuentran en el periodo transitorio de adquisición conforme a lo dispuesto en la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria. Se considerarán miembros computables:
- Solicitantes, padres y madres, hermanos/as menores de 25 años que convivan en el domicilio familiar, y ascendientes de los padres/madres que acrediten su convivencia con carácter permanente.
- Cuando se trate de solicitantes que constituyan una unidad familiar independiente, sus descendientes y su cónyuge o persona con la que conviva.
- En caso de divorcio, separación legal o de hecho, no se considerará miembro computable el excónyuge que no conviva con la persona solicitante. Sí será miembro computable el nuevo cónyuge o persona con la que conviva, computándose también sus rentas.
Dotación
El importe máximo de las Becas Grado Movilidad SICUE Gastos Alojamiento UC3M será de 300 euros por cada mes de estancia de movilidad en la Universidad de destino, siendo el límite el número de meses que figure en el convenio de intercambio. Para periodos inferiores a un mes, el importe de la ayuda será la parte proporcional.
Cuando el intercambio sea para el curso completo, las ayudas se abonarán en los meses de enero (para el periodo correspondiente de septiembre a diciembre), abril (para el periodo de enero a marzo) y julio (para el periodo de abril a junio). Si el periodo de intercambio es para un solo semestre, las fechas de pago se ajustarán a los plazos indicados, según se trate del primer o segundo semestre.
No se concederá esta ayuda cuando el importe mensual abonado en concepto de alojamiento sea superior a 700 euros.
Los pagos se realizarán en la cuenta bancaria facilitada por el/la estudiante en su solicitud y de la que debe ser titular.
Presentación
El plazo de solicitudes de las Becas Grado Movilidad SICUE Gastos Alojamiento UC3M será desde la fecha de publicación hasta el 24 de octubre de 2024, incluido. La solicitud deberá realizarse a través del formulario electrónico que se habilitará para ello. En la solicitud deberán declarar el periodo durante el que residirán fuera del domicilio familiar. La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de la convocatoria.
Más información
Procedimiento
Se constituirá una Comisión de Valoración presidida por la Vicerrectora de Estudiantes o persona en quien delegue, que estará integrada por un/a representante de cada Centro, Facultad o Escuela, un/a representante de la Delegación de Estudiantes y un/a miembro del Centro de Orientación a Estudiantes, como secretario/a. La Presidencia de la Comisión de Valoración podrá solicitar el asesoramiento especializado y los informes técnicos que estime necesarios para el cumplimiento de sus funciones. La Comisión acordará la propuesta de concesión o denegación de ayudas, que deberá ser aprobada por Resolución del Rector de la Universidad. Esta Resolución se publicará en la página web de Ayudas y Becas de la Universidad: https://www.uc3m.es/becas. Las Resoluciones y cualquier otra información relacionada con la convocatoria se publicarán en la página web de Ayudas y Becas de la Universidad indicada.
Incompatibilidades
Estas ayudas son incompatibles con cualquier otra ayuda de carácter público o privado para la misma finalidad.
Criterios de adjudicación
Las solicitudes que cumplan los requisitos se ordenarán, de menor a mayor, por renta per cápita de la unidad familiar. En caso de empate, la ayuda se asignará a la persona con nota más alta, según el apartado 5.2.
Obligaciones de las personas beneficiarias y justificación de las ayudas
Las personas beneficiarias de estas ayudas deberán destinarlas a la finalidad para la que han sido concedidas. Deberán aportar los justificantes mensuales del pago del alojamiento entre el día 5 y 15 del mes siguiente al de pago. Deberán comunicar cualquier cambio en su situación que suponga una alteración de las condiciones que se tuvieron en cuenta para la concesión de esta ayuda.
Enlaces de interés
https://www.uc3m.es/uc3m/media/uc3m/doc/archivo/doc_ayudas_alojamiento_sicue/convocatoria_ayudas_sicue_uc3m_2024_25_justificante.pdf
Documentación a adjuntar
Documentación general:
- Contrato de alquiler o documento justificativo de la residencia de estudiantes, en el que conste periodo, cuantía mensual y titularidad.
- Justificante del pago del mes de septiembre.
- Certificado de empadronamiento actualizado de la unidad familiar.
- Copia del pago de la matrícula en el curso 2024-25.
- Si la movilidad fuera solo para el segundo semestre, la documentación justificativa de la residencia se deberá aportar en el primer mes del programa de intercambio.
Documentación económica:
- En caso de haber solicitado beca MEC para el curso 2024-25, siempre que sus datos económicos hubieran sido verificados por el Ministerio de Educación a través de la Agencia Tributaria, no deberán aportar ninguna documentación.
- Resto de solicitantes:
- Fotocopia del DNI de todas las personas que forman la unidad familiar.
- Certificado de renta del ejercicio 2023 de todas las personas computables mayores de edad de la unidad familiar, con código seguro de verificación, expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, no siendo válido ningún otro tipo de certificado.Los ingresos no sujetos a impuestos y las retribuciones inferiores al mínimo exento deberán acreditarse con el certificado de imputaciones de renta de la administración tributaria del ejercicio económico correspondiente y/o con el correspondiente certificado de ingresos, pensiones, prestaciones, etc.