Becas Máster Estudiantes Sobresalientes de Perú
INSCRIPCIONES
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Becas Máster Estudiantes Sobresalientes de Perú: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad Abierta de Cataluña (UOC) es el organismo convocante de las Becas Máster Estudiantes Sobresalientes de Perú mediante las que se convocan un total de 50 plazas para estudiantes procedentes de este país que deseen cursar estudios de Maestría.
Mediante las Becas Máster Estudiantes Sobresalientes de Perú, se realiza a los alumnos un descuento aproximado del 45% sobre el precio de la matrícula que los correspondientes estudios que se deseen realizar.
Esta dotación constituye una gran ayuda económica a la que pueden acogerse aquellos estudiantes peruanos o residentes de este país, que cumplan con el resto de los requisitos indicados en la convocatoria y además cuenten con excelentes resultados en sus expedientes académicos.
Por todo ello, si solicitas una de las Becas Máster Estudiantes Sobresalientes de Perú serán todo ventajas para tí ya que tendrás la oportunidad de completar tu formación académica con una institución de prestigio como es la Universidad Abierta de Cataluña (UOC) y te beneficiarás de un descuento en el precio del máster.
En esta web, además te facilitamos todos los datos sobre las Becas Máster Estudiantes Sobresalientes de Perú que seguro serán de tu interés.
Datos básicos
- Nº de becas
- 50
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- País de origen
- Perú
- País de destino
- España
- Nacionalidades
- Peruana
- Residente en Perú
Requisitos
Para ser una persona beneficiaria de las becas que se convocan en estas bases será preciso:
- a. Ser admitidos por primera vez en el programa para el cual hayan solicitado la beca.
- b. No haber recibido otras becas académicas de la UOC en el mismo semestre, para cursar un programa del mismo nivel de estudios propuesto a esta convocatoria. Así como tampoco, haber recibido otras becas de la UOC en semestres anteriores, para cursar este mismo programa.
- c. Haber sido preseleccionado para concurrir a las presentes becas y presentar la documentación solicitada por la UOC.
- d. Cumplir los requisitos legales de acceso y, en su caso, de admisión, a los estudios de Máster Universitario objeto de las becas. Los programas de máster universitario con criterios específicos de admisión, se indican en la tabla del artículo 1.3. Podrán acreditar el cumplimiento de los requisitos legales de acceso a estudios de máster universitario aquellos titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), sin necesidad de la homologación de sus títulos, si acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado.
- e. Poseer la nacionalidad peruana y/o residir en Perú. Quedan excluidos de las presentes becas aquellas personas que ostenten la residencia legal en España, o posean la nacionalidad, de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, o de aquellos estados a los que se aplique el régimen comunitario.
- f. No tener aplicada una sanción disciplinaria en el expediente académico, durante todo el proceso de postulación y de resolución de la beca.
- g. No tener aplicada una sanción por impago en el expediente académico, durante todo el proceso de postulación y de resolución de la beca.
Dotación
- La cuantía individual de la beca para los Másters Universitarios supone un descuento aproximado del cuarenta y cinco por ciento [45%] sobre el importe de la matrícula del programa formativo que se formalice semestralmente, para el periodo comprendido entre el primer semestre del curso académico 2023-2024 y el segundo semestre del curso académico 2025-2026. Dicho porcentaje está calculado cuando el número de créditos, matriculados con docencia y cursados por primera vez, sean 15 en el semestre a cursar del programa de Máster Universitario.En el resto de casos, el porcentaje a aplicar en la matrícula de programas de máster oficial dependerá del número de créditos y de los recargos que, en su caso, sean de aplicación. Los créditos de las asignaturas de complementos de formación están incluidos en el descuento aproximado del cuarenta y cinco por ciento [45%] y para poder ser bonificados deben cursarse en el período de duración de la beca.
- La mencionada bonificación no será aplicable al importe que debe abonarse en caso de segundas y posteriores matrículas de un mismo crédito o los créditos incorporados al expediente mediante la evaluación de estudios previos, ni será acumulable a otros descuentos que la UOC haya acordado aplicar a determinados colectivos. Así mismo, dicha bonificación sólo se aplicará al programa de Máster Universitario al que se haya optado, durante los seis semestres que son objeto de las presentes bases y, por tanto, no podrá posponerse, aplazarse o fraccionarse para posteriores semestres. Sólo será objeto de bonificación un único programa por persona candidata. El resto del importe de la matrícula de máster universitario que no se encuentre cubierta por la beca otorgada, así como los importes correspondientes a servicios académicos, de carácter no docente, como por ejemplo, la expedición de títulos y certificaciones, deberán ser abonados por la persona beneficiaria.
- El importe de la matrícula del máster universitario vendrá determinado por el precio de los servicios académicos, de carácter docente y no docente, previstos para cada curso académico en el Decreto por el cual se fijan los precios de los servicios académicos en las universidades públicas de Catalunya y en la UOC y por el Patronato de la Fundación para la Universitat Oberta de Catalunya.Para aquellas personas que no sean residentes de España o que no pertenezcan a los Estados miembros de la Unión Europea, ni a los Estados a los cuales se aplica el precio de régimen comunitario ver anexo 1; se aplicará el valor de estudiante extracomunitario el mismo que ya se encuentra incluido en el anexo 2 y constará en el desglose de la factura del programa.
- Los precios de los programas que constan en el anexo [2] son los vigentes para el curso académico 2022-2023, revisables anualmente, y sujetos a pequeñas variaciones.
Presentación
- Las personas interesadas que cumplan los requisitos establecidos y deseen obtener alguna de las becas de matrícula convocadas en las presentes bases, como primer paso, deberán realizar una solicitud de Beca según el circuito establecido por la universidad, el cual se informará por los canales habituales.
- Posteriormente, deberán enviar en formato PDF, a la dirección uocbeca@uoc.edu, indicando nombre postulante y PERU20231 en el asunto, la documentación indicada.
Más información
Objeto
- Se convocan cincuenta [50] becas parciales destinadas a cubrir el importe de la matrícula de Máster Universitario entre el primer semestre del curso académico 2023-2024 y el segundo semestre del curso académico 2025-2026, de conformidad con las siguientes bases:
- Se podrá destinar, como máximo, un veinte por cien [20%] de las becas previstas en el apartado anterior, a aquellas personas que resulten beneficiarias y que actualmente ya se encuentren cursando alguno de los programas formativos objeto de la presente convocatoria. Las becas que no resulten adjudicadas por esta modalidad, acrecerán a la modalidad general de becas de esta convocatoria.
Criterios de adjudicación de la beca
- a. Expediente académico: se otorgará un máximo de diez [10] puntos, en función de la nota media del expediente, que se calculará de acuerdo con la fórmula prevista en la normativa académica de la UOC, partiendo de la tabla de equivalencia de los sistemas de calificación que se adjuntan como anexo tres [3]. En el supuesto que el candidato aporte un certificado académico personal emitido por una entidad de educación superior que no conste en el anexo tres [3], la UOC aplicará la tabla de equivalencia de los sistemas de calificación que sean análogos. Se otorgará la máxima puntuación al candidato que obtenga mayor nota, el resto se puntuará proporcionalmente.
- b. En caso de empate se valorará el impacto de la beca sobre la trayectoria de la persona candidata a través de la exposición presentada en su carta de motivación.
- Valoradas y ordenadas por orden decreciente, las solicitudes de beca por el órgano de selección, la vicerrectora de Docencia y Aprendizaje de la UOC, o la persona que la sustituya,formulará propuesta de adjudicación provisional en la que se incluirán las personas candidatas que resulten adjudicatarias de las becas, así como la lista de espera de las personas candidatas con la que irán sustituyendo, por riguroso orden, a las personas adjudicatarias que, por cualquiercausa, no acepten o renuncien a la beca otorgada.
- La adjudicación provisional de las becas se hará pública en el e-tablón de la sede electrónica de la UOC el 14 de julio de 2023.3. Las personas candidatas que resulten adjudicatarias, así como las personas interesadas,tendrán un plazo de dos [2] días naturales desde la publicación provisional de las becas, para renunciar a la beca otorgada, o bien presentar alegaciones escribiendo a la dirección de correoelectrónico uocbeca@uoc.edu
- La vicerrectora de Docencia y Aprendizaje de la UOC, o la persona que la sustituya,formulará la adjudicación definitiva en la que se incluirán las personas candidatas que finalmente resulten adjudicatarios, una vez que haya resuelto las alegaciones que, en su caso,se hayan presentado contra la adjudicación provisional.
- La adjudicación definitiva de las becas se hará pública en el e-tablón de la sede electrónica dela UOC el 19 de julio de 2023.
- Las personas adjudicatarias de las becas dispondrán del período comprendido entre el 20 de julio de 2023 y el 13 de septiembre de 2023 a las 24h para formalizar la matrícula (seleccionar y pagar las asignaturas a cursar en su 1er semestre) en el programa formativo al que se les haya concedido la beca.
- Las personas adjudicatarias que no formalicen la matrícula en dichos períodos, se entenderá que desisten de la beca otorgada, siendo sustituidos, por orden riguroso, mediante las personas candidatas que consten en la lista de espera.
La persona adjudicataria acepta la beca para el programa escogido, no siendo posible cambiar de programa posteriormente a la adjudicación de la beca
- Las personas beneficiarias de las becas que se convocan por estas bases quedan obligados a:
- a. Destinar la beca a la finalidad para la que se concede, esto es, cursar el programa formativo escogido y matriculado por el beneficiario para el cual se ha adjudicado la beca, sin que sea posible con posterioridad solicitar cambio de programa una vez concedida la beca, salvo que sea cancelado o que todas sus plazas disponibles hayan sido ya cubiertas, y abonar el importe de la matrícula que no se encuentre cubierto por la beca otorgada.
- b. Acreditar ante la UOC el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinen la concesión o disfrute de la beca. Los requisitos de acceso al programa formativo al que se opte, deberán acreditarse en el plazo máximo de 30 días naturales, a contar desde la publicación de la adjudicación definitiva en el e-tablón de la sede electrónica de la UOC.
- c. Superar en un plazo máximo de seis [6] semestres académicos durante el período del del primer semestre del curso académico 2023-2024 y el segundo semestre del curso académico 2025-2026 el programa formativo al que haya optado la persona beneficiaria de la beca.
- d. Mantener una calificación media, igual o superior, a cinco [5] puntos del expediente académico correspondiente al programa formativo becado.
- e. No agotar el número de convocatorias previstas en el régimen de permanencia de la UOC.
- f. Someterse a las actuaciones de comprobación precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones determinantes de la concesión de la beca.
- El incumplimiento de alguna de estas obligaciones comportará la pérdida de la beca otorgada,así como la reclamación de la totalidad del importe de la matrícula del programa formativo seleccionado, salvo que la causa de incumplimiento sea la prevista en el apartado b). En ese caso, el incumplimiento comportará, además de la pérdida de la beca otorgada, el cierre del expediente académico y la anulación de la matrícula por incumplimiento de los requisitos de acceso al programa formativo correspondiente.
Documentación a adjuntar
- Fotocopia del pasaporte (solamente es necesaria de la página de datos), en caso de no disponer de este documento, podrá aportar la fotocopia del documento de identidad. En caso de ser residente, pero no disponer de la nacionalidad, copia del documento legal que acredite esta situación.
- Fotocopia del Diploma oficial de grado académico de Bachiller o del Título Profesional.
- Fotocopia de la Apostilla de la Haya del Título de Bachiller o del Título Profesional.
- Constancia de inscripción del Diploma Universitario Oficial o Título profesional en el Registro Nacional de Grados y Títulos de la SUNEDU.
- Fotocopia del Certificado académico personal (Historia académica con notas) de los estudios superiores realizados que incluya el detalle de las asignaturas cursadas con la nota obtenida, el número de créditos superados, las horas cursadas, las convocatorias consumidas y la nota global.
- Currículum Vitae.
- Carta de motivación.
Las personas candidatas pueden sustituir provisionalmente la Apostilla de la Haya mediante declaración responsable de la cual consta un modelo en el anexo [4].
Las personas candidatas que resulten finalmente beneficiarias de alguna de las becas de matrícula previstas en la presente convocatoria, deberán aportar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos para concurrir a las mismas en el plazo establecido en el artículo 10.1 para formalizar la matrícula. En caso contrario, se entenderá que desiste de la beca de matrícula otorgada.
Todos los documentos, en el caso que estén en un idioma diferente del español, o el inglés, deberán incluir, además, una Traducción Jurada.