Becas Personas Refugiadas Solicitantes Asilo o Apátridas
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Becas Personas Refugiadas Solicitantes Asilo o Apátridas: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad Abierta de Cataluña convoca las Becas Personas Refugiadas Solicitantes Asilo o Apátridas, una iniciativa destinada a brindar oportunidades educativas a aquellos que han enfrentado la adversidad en sus países de origen. Estas becas representan un compromiso con la inclusión y la solidaridad, ofreciendo apoyo financiero y académico a quienes más lo necesitan.
Las Becas Personas Refugiadas Solicitantes Asilo o Apátridas están diseñadas para proporcionar acceso a programas formativos de alta calidad, como diplomas de experto, cursos profesionalizadores, idiomas, asignaturas libres, programación y cursos preparatorios de acceso a la universidad para mayores de 25 años. Este amplio abanico de opciones académicas garantiza que cada beneficiario pueda encontrar el camino que mejor se adapte a sus intereses y objetivos profesionales.
Con un enfoque en la equidad y la diversidad, la Universidad Abierta de Cataluña busca promover la igualdad de oportunidades en la educación superior. Estas becas bonificarán el 100% sobre el importe de matrícupla de los programas formativos anteriormente mencionados.
Las Becas Personas Refugiadas Solicitantes Asilo o Apátridas son un testimonio del compromiso de la Universidad Abierta de Cataluña con la educación inclusiva y la solidaridad. Consulta todo lo necesario para solicitarlas, como requisitos, plazo, y mucho más, aquí.
Datos básicos
- Nº de becas
- 20
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Bachillerato
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- Curso de Acceso Directo para Mayores de 25 años
- Idiomas
- Nacionalidades
- Cualquier nacionalidad
Requisitos
Para ser persona beneficiaria de las ayudas al estudio objeto de la presente convocatoria, deberán cumplirse los requisitos que se detallan a continuación:
- Ser mayor de 18 años.
- Tener la condición de persona refugiada, ser solicitante de asilo o apátrida en la fecha de presentación de solicitudes.
- Tener acceso regular a internet y disponibilidad de ordenador o portátil.
- Disponer de competencias en las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), a nivel medio.
- Encontrarse en situación de necesidad económica que imposibilite hacerse cargo de los costes de matrícula del curso.
- En el caso de optar a un diploma de experto, curso profesionalizador, curso de programación, curso de acceso a la universidad o asignatura libre se deberá tener en cuenta el idioma de docencia y tener un conocimiento y un dominio equivalente, como mínimo, al nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER). Deberán tenerse presentes las consideraciones especificadas en el anexo I para cada programa.
- En el caso de optar a un diploma de experto, se deberá tener presente que es necesario acreditar que se dispone de una titulación universitaria previa o de experiencia profesional de dos años vinculada al ámbito de estudio. Para más información, consultar el anexo I, apartado de Diplomas de experto.
- En el caso de optar al resto de cursos ofrecidos en las bases, deberán tenerse presentes las consideraciones especificadas en el anexo I, en la descripción de cada programa formativo.
Las personas candidatas únicamente pueden presentar su candidatura a uno de los programas ofrecidos: diplomas de experto, cursos profesionalizadores, cursos de idiomas, asignaturas libres, cursos de programación, cursos preparatorios de acceso a la universidad para mayores de 25 años. En el caso de presentarse a múltiples tipos de programas, solamente se tendrá en cuenta una de las solicitudes.
Dotación
- La cuantía individual de la ayuda al estudio supone una bonificación del cien por cien [100 %] sobre el importe de la matrícula del diploma de experto, curso profesionalizador, curso de idiomas, asignatura libre, curso de programación o curso preparatorio de acceso a la universidad para mayores de 25 años de la UOC que la persona beneficiaria quiera cursar durante el primer semestre del curso académico 2024-2025.
- La mencionada bonificación no será aplicable al importe que debe abonarse en caso de segundas y posteriores matrículas de un mismo crédito, ni será acumulable a otros descuentos que la UOC haya acordado aplicar a determinados colectivos. Asimismo, dicha bonificación solo se aplicará en el semestre académico objeto de las presentes bases en los programas formativos mencionados en la cláusula anterior y, por tanto, no podrá posponerse, aplazarse o fraccionarse para posteriores semestres.
- En el caso de los cursos de idiomas, la bonificación podrá ampliarse al segundo semestre del curso académico 2024-2025 si la persona adjudicataria ha obtenido la ayuda al estudio para un curso que requiera cursar otro semestre para alcanzar un nivel de idioma equivalente a los especificados en el Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER), siempre que haya superado el primer semestre del curso académico 2024-2025.
- La mencionada bonificación no será aplicable a la tasa asociada a la solicitud de evaluación de estudios previos para estudiantes que deseen llevar a cabo convalidaciones.
Presentación
Las personas interesadas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo anterior y deseen obtener alguna de las ayudas de matrícula convocadas en las presentes bases deberán cumplimentar en primer lugar el formulario de solicitud de beca de la UOC: Formulario de solicitud de la ayuda al estudio en español:https://www.uoc.edu/es/estudios/formularios/solicitud-beca-refugiados?origen=REFUGIADOS
Más información
Objeto
La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de ayudas de matrícula para el primer semestre del curso académico 2024-2025 y dar respuesta a las necesidades extraordinarias de las personas estudiantes refugiadas, solicitantes de asilo y apátridas. Dichas necesidades, consecuencia de la vulneración de los derechos humanos fundamentales en sus países de origen, afectan a la unidad familiar o a la propia persona solicitante, y causan un perjuicio económico grave que dificulta su acceso a los estudios o su continuidad.
Se convocan un total de veinte [20] ayudas al estudio para el primer semestre del curso académico 2024-2025 destinadas a cubrir el importe de la matrícula de los siguientes programas formativos:
- seis [6] ayudas al estudio para diplomas de experto.
- cuatro [4] ayudas al estudio para cursos profesionalizadores.
- cuatro [4] ayudas al estudio para cursos de idiomas.
- tres [3] ayudas al estudio para asignaturas libres.
- dos [2] ayudas al estudio para cursos de programación.
- y una [1] ayuda al estudio para el curso preparatorio de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
Los programas formativos objeto de beca son los especificados en el anexo I de la presente convocatoria.
Criterios de adjudicación
El órgano de selección valorará y ordenará las solicitudes de ayuda al estudio para los diplomas de experto, cursos profesionalizadores, cursos de idiomas, asignaturas libres, cursos de programación o cursos preparatorios de acceso a la universidad para mayores de 25 años que cumplan con los requisitos establecidos en los artículos 3 y 4 según la puntuación obtenida de conformidad con los siguientes criterios y baremos (con un máximo de once [11] puntos):
- Carta de motivación: se otorgará un máximo de 8 puntos a la persona candidata que facilite una carta de motivación con las características especificadas en el anexo III: se puntuará según los criterios establecidos en el mencionado anexo.
- Documentación adicional: se otorgará hasta un máximo de 1,5 puntos (0,25 por cada documento, siempre que esté vinculado a su candidatura y se argumente en la carta de motivación).
- Documentación adicional: carta de recomendación de una ONG o entidad que ofrezca apoyo a las personas refugiadas, solicitantes de asilo o apátridas con fecha posterior a la publicación de esta convocatoria: se otorgará 1,5 puntos. En el anexo IV se adjunta un guión orientativo para entidades.
Una vez valoradas las solicitudes de ayuda al estudio, el órgano de selección las ordenará intentando garantizar la paridad en el origen, así como del género de las personas candidatas.
En el caso de resultar preseleccionada, la persona candidata realizará la entrevista telefónica obligatoria mencionada en la cláusula 6 del artículo 4 de esta convocatoria.
Se priorizarán las candidaturas de aquellas personas que previamente hayan resultado adjudicatarias en otras ediciones y hayan hecho seguimiento del curso al que hayan optado.
Adjudicación definitiva
El vicerrector de Alianzas, Comunidad y Cultura de la UOC, o quien lo sustituya, formulará la adjudicación definitiva, en la que se incluirán a las personas candidatas que finalmente resulten adjudicatarias, una vez que haya resuelto las alegaciones que, en su caso, se hayan presentado contra la adjudicación provisional.
La adjudicación definitiva de las ayudas al estudio se hará pública en el e-TABLON de la sede electrónica de la UOC el 4 de julio de 2024.
La matrícula en el programa formativo de la persona candidata que haya resultado adjudicataria de la ayuda al estudio será formalizada por la propia persona adjudicataria. Dispondrá del plazo comprendido entre el 5 de julio y el 21 de julio de 2024, ambos incluidos, para formalizar la matrícula en el programa formativo al que haya optado en su solicitud de ayuda al estudio.
Las personas candidatas que no resulten adjudicatarias de la ayuda al estudio pasarán a formar parte de una lista de espera, disponible en el e-TABLON el 4 de julio de 2024, en la que las personas integrantes estarán ordenadas en función de la baremación de solicitudes. Se procederá a la adjudicación de plazas atendiendo a las vacantes que se produzcan tras el periodo de matriculación. Posteriormente, se llevará a cabo la matriculación de las personas admitidas de la lista de espera, si procede, entre el 23 y el 30 de julio de 2024 (ambos incluidos).
Enlaces de interés
https://tauler.seu.cat/pagDetall.do?idEdicte=495142&idens=18
Documentación a adjuntar
Posteriormente, las personas interesadas deberán enviar a la dirección de correo electrónicoglobal_access@uoc.edu las siguientes especificaciones:
Para presentar la candidatura a diplomas de experto, asignaturas libres, cursos profesionalizadores, cursos de programación o cursos preparatorios de acceso a la universidad para mayores de 25 años:
- Asunto del mensaje: Becas para personas refugiadas + Nombre y apellidos + indicar el curso para el que solicita la beca: diploma de experto / asignatura libre, curso profesionalizador / curso de programación / curso preparatorio de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
- En el cuerpo del mensaje, adjuntar, en un único documento, la siguiente documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos para concurrir a la presente convocatoria:
- Documentación identificativa en la fecha de presentación de solicitudes (hay que aportar alguno de los documentos indicados):
- a. Resguardo de presentación de solicitud de protección internacional (hoja blanca o tarjeta blanca).
- b. Documento acreditativo de la condición de solicitante en tramitación de protección internacional (tarjeta roja).
- c. Documento que reconozca legalmente el estatuto de refugio, la protección internacional, la protección subsidiaria, la protección temporal o la apatridia.
- d. Documento nacional de identidad saharaui.
- Declaración jurada que acredite la situación de necesidad económica que imposibilite a la persona candidata hacerse cargo de los costes de matrícula del curso. Se adjunta el modelo en el anexo II de esta convocatoria.
- Carta de motivación de un mínimo de 350 palabras en la que la persona candidata indique necesariamente los aspectos expuestos en el anexo III de esta convocatoria.
- Información para las personas candidatas que opten a un diploma de experto, curso profesionalizador, asignatura libre, curso de programación o curso preparatorio de acceso a la universidad para mayores de 25 cuya docencia sea en español:
- a. Si proceden de países o zonas geográficas donde el español es el idioma oficial o su nivel de español es equivalente al B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER), no tendrán que acreditar el nivel de conocimiento del idioma. Solamente deberán enviar la documentación anteriormente citada en un único documento al correo electrónico global_access@uoc.edu.
- b. Si no proceden de países o zonas geográficas donde el español sea el idioma oficial o su nivel de español no es equivalente al B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER), tendrán que acreditarlo mediante la realización de la prueba de nivel de español: https://www.cervantes.to/es/test_inicial.html. Tendrán que enviar una captura de pantalla del resultado de la prueba al correo electrónico global_access@uoc.edu junto con la documentación requerida y citada anteriormente, en un único documento.
Información para las personas candidatas que opten a un diploma de experto o asignatura libre cuya docencia sea en inglés (el resto de programas se imparten únicamente en español):
- a. Si proceden de países o zonas geográficas donde el inglés es el idioma oficial o su nivel de inglés es equivalente al B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER), no tendrán que acreditar el nivel de conocimiento del idioma. Solamente deberán enviar la documentación anteriormente citada en un único documento al correo electrónico global_access@uoc.edu.
- b. Si no proceden de países o zonas geográficas donde el inglés sea el idioma oficial o su nivel de inglés no es equivalente al B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER), tendrán que acreditarlo mediante la realización de la prueba de nivel de inglés: https://cv.uoc.edu/app/placementTest2/index.php?lang=es
- Tendrán que enviar una captura de pantalla del resultado de la prueba al correo electrónico global_access@uoc.edu junto con la documentación requerida y citada anteriormente, en un único documento.
- De manera adicional y no obligatoria, si la persona candidata considera que puede aportar otra documentación adicional de interés y vinculada a su candidatura (no se aceptarán documentos no vinculados), puede adjuntarla al resto de la documentación requerida. Son ejemplos de dicha documentación adicional títulos universitarios, diplomas de cursos, certificados de voluntariado, carta de recomendación de ONG que ofrezca apoyo a personas refugiadas (con fecha posterior a la publicación de esta convocatoria. Se adjunta un guión orientativo en el anexo IV) o el CV. Todos los documentos presentados podrán estar redactados en español, catalán, inglés o francés. Si la persona candidata presenta documentación adicional no obligatoria, debe explicar por qué está vinculada a su candidatura en la carta de motivación. La documentación sin justificación no será validada. Además, esta documentación deberá ser presentada conjuntamente con la documentación anteriormente citada.
- Asunto del mensaje: Becas para personas refugiadas + Nombre y apellidos + idiomas.
- Adjuntar, en un único documento, la siguiente documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos para concurrir a la presente convocatoria:
- Documentación identificativa (hay que aportar alguno de los documentos indicados):
- a. Resguardo de presentación de solicitud de protección internacional (hoja blanca o tarjeta blanca).
- b. Documento acreditativo de la condición de solicitante en tramitación de protección internacional (tarjeta roja).
- c. Documento que reconozca legalmente el estatuto de refugio, la protección internacional, la protección subsidiaria, la protección temporal o la apatridia.
- d. Documento nacional de identidad saharaui.
- Declaración jurada que acredite la situación de necesidad económica que imposibilite a la persona candidata hacerse cargo de los costes de matrícula del curso. Se adjunta el modelo en el anexo II de esta convocatoria.
- Carta de motivación de un mínimo de 350 palabras en la que la persona candidata indique necesariamente los aspectos expuestos en el anexo III de esta convocatoria.
- Si la persona candidata opta a niveles iniciales A1 o A1.1, no será necesario aportar documentación acreditativa del nivel de conocimiento del idioma. En el caso de optar a los niveles siguientes al A1 o A1.1, será necesario enviar la captura de pantalla de la prueba de nivel correspondiente al idioma al que opta para identificar el nivel de que se va a matricular la persona candidata en caso de obtención de la beca:
- Prueba de nivel de catalán:https://cv.uoc.edu/app/placementTest_ca/index.php
- Prueba de nivel de inglés:https://cv.uoc.edu/app/placementTest2/index.php?lang=es
- Prueba de nivel de francés:http://materials.cv.uoc.edu/continguts/testNiveau_es/index.html
- Prueba de nivel de alemán:http://materials.cv.uoc.edu/continguts/testNivelAleman_es/index.htm
- La captura del resultado de la prueba deberá enviarse conjuntamente con la documentación acreditativa mencionada anteriormente al correo electrónico global_access@uoc.edu en un único documento.
- De manera adicional y no obligatoria, si la persona candidata considera que puede aportar otra documentación adicional de interés y vinculada a su candidatura (no se aceptarán documentos no vinculados), puede adjuntarla al resto de la documentación requerida. Son ejemplos de dicha documentación adicional títulos universitarios, diplomas de cursos, certificados de voluntariado, carta de recomendación de ONG que ofrezca apoyo a personas refugiadas (con fecha posterior a la publicación de esta convocatoria. Se adjunta un guion orientativo en el anexo II) o el CV. Todos los documentos presentados podrán estar redactados en español, catalán, inglés o francés. Si la persona candidata presenta documentación adicional no obligatoria, debe explicar por qué está vinculada a su candidatura en la carta de motivación. La documentación sin justificación no será validada. Esta documentación deberá ser presentada conjuntamente con la documentación anteriormente citada.