Becas Juventud Asturiana Cooperante
INSCRIPCIONES
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Becas Juventud Asturiana Cooperante: solicitud y plazos
Descripción
Con el propósito de despertar entre los mas jóvenes la faceta solidaria y colaborativa de los mismos, el Principado de Asturias presenta la convocatoria de las Becas Juventud Asturiana Cooperante, con la que además de disfrutar de un sinfín de nuevas experiencias personales, los mismos también podrán adquirir nuevos conocimientos que podrán poner en práctica en su faceta laboral, el el ámbito de la cooperación.
De este modo, a través de las Becas Juventud Asturiana Cooperante, los jóvenes seleccionados tendrán la oportunidad de disfrutar de una estancia de carácter temporal, de dos meses de duración, donde participarán en un proyecto de cooperación como voluntarios.
Podrán optar a estas becas, los alumnos que tengan una edad comprendida entre los 21 y los 31 años, y que cuenten con empadronamiento en alguno de los municipios del Principado de Asturias, así como aquellos que hayan tenido que empadronarse fuera del principado por motivos labores o de estudios.
A su vez, también serán valorados numerosos aspectos durante el proceso de selección como la titulación y la experiencia de los candidatos, así como los resultados obtenidos en una prueba práctica y en la entrevista personal que deberán realizar.
Las Becas Juventud Asturiana Cooperante ofrecerán una dotación variable en función del país de destino, donde la ONGD gestionará todos los asuntos relacionados con el alojamiento y la manutención de los voluntarios.
Para conocer todos los detalles y poder solicitar una de las Becas Juventud Asturiana Cooperante, no te pierdas toda la información que te facilitamos aquí.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Licenciatura
- ESO
- Bachillerato
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Región de origen
- Principado de Asturias
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
- Jóvenes con 21 años cumplidos y menores de 31, a fecha final del plazo de presentación de la solicitud de la ayuda, que estén empadronadas en un municipio del Principado de Asturias con anterioridad mínima de un año al momento de la publicación de la convocatoria.
- Excepcionalmente, se admitirán solicitudes de personas que, habiendo estado empadronados en el Principado de Asturias, por motivos de estudios o trabajo, hayan tenido que empadronarse temporalmente en un municipio de otra comunidad autónoma.
Dotación
El importe de cada una de las ayudas viene determinado en función del país donde se vaya a desarrollar la estancia y la forma en la que la ONGD gestiona el alojamiento y manutención, oscilando entre 4.400 y 5.000 euros, según detalle en la convocatoria.
Presentación
Presentación presencial
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Presentación telemática
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Más información
Objeto de las becas
- Propiciar el acercamiento de jóvenes del Principado de Asturias a la realidad de la cooperación al desarrollo, ofreciendo la posibilidad de formarse o perfeccionar su formación profesional en el ámbito de la cooperación al desarrollo, a través de su incorporación, mediante una estancia temporal, a un proyecto de cooperación previamente seleccionado por la agencia asturiana de Cooperación al desarrollo.
- Esta estancia temporal (de dos meses de duración en todos los proyectos) se verá complementada con la correspondiente información y orientación en la materia, que se impartirá con carácter previo a la incorporación de las y los jóvenes cooperantes al proyecto.
- Los 16 destinos, proyectos y perfiles necesarios para cada uno de ellos se detallan en la convocatoria.
Proceso de selección de solicitantes
- Consta de una primera fase de preselección (hasta 80 puntos), valorando titulación, formación y experiencia, y una segunda de selección (hasta 25 puntos), compuesta a su vez por dos etapas: una de dos jornadas de formación obligatoria evaluada con prueba práctica (hasta 15 puntos) y otra de entrevista personal (hasta 10 puntos).
Documentación a adjuntar
- Solicitud en modelo normalizado.
- En caso de estar empadronado en otra comunidad autónoma, explicación detallada de los motivos que justifican ese empadronamiento.
- Ficha de acreedores.
- Acreditación de la titulación académica y otros estudios de la persona solicitante.
- Acreditación de la cualificación profesional.
- Compromiso de afrontar la diferencia entre el gasto total de la estancia como cooperante en el extranjero y la ayuda concedida.
Para acreditar las horas de formación en materia de cooperación al desarrollo:
- Certificación de la entidad o entidades responsables de la formación.
- Certificación de las ONGD en la que constará la antigüedad como voluntario y el número de horas dedicadas.
- Certificación de la existencia de póliza de seguro para la persona voluntaria a cargo de la ONGD.
- Certificación de las asociaciones en la que constará el número de horas dedicadas.
- Certificación de la existencia de póliza de seguro para la persona voluntaria a cargo por la asociación o entidad de que se trate.
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
- Certificado de empadronamiento en alguno de los municipios del Principado de Asturias.
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".