Becas Fundación María Cristina Masaveu Peterson - Museo del Prado
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Becas Fundación María Cristina Masaveu Peterson - Museo del Prado: solicitud y plazos
Descripción
El Museo Nacional del Prado, con la colaboración de la Fundación Maria Cristina Masaveu Peterson, convoca las Becas Fundación María Cristina Masaveu Peterson - Museo del Prado.
Estas becas están destinadas a personas graduadas en las carreras de Bellas Artes, Filosofía, Ingeniería Multimedia, Desarrollo de Videojuegos entre otras, y que además cuenten con la nacionalidad española o sean nacionales de algún estado miembro de la Unión Europea.
Mediante las Becas Fundación María Cristina Masaveu Peterson - Museo del Prado, se pretende proporcionar a los beneficiarios de las mismas, de formación en distintas tareas y proyectos del Área, con especial dedicación a la visualización de datos en la página web del Museo.
Las Becas Fundación María Cristina Masaveu Peterson - Museo del Prado ofrecen a las personas beneficiarias una dotación económica de 18.000 €, por las tareas de desarrollo de las becas que se realizará durante 12 meses consecutivos.
Será susceptible de valoración los proyectos y acciones de desarrollo digital llevados a cabo por el solicitante, así como otros conocimientos y experiencia profesional indicada en la convocatoria.
En esta web podrás conocer todos los detalles sobre las Becas Fundación María Cristina Masaveu Peterson - Museo del Prado, así como el plazo de presentación de solicitudes y los medios para hacerlo.
Datos básicos
- Nº de becas
- 1
- Nivel de estudio
- Grado
- Rama
- Artes y Humanidades
- Arquitectura e Ingenierías
- Carrera
- Diseño Digital y Multimedia
- Diseño gráfico
- Filosofía
- Historia del Arte
- Lenguas Modernas - Lenguas Clásicas - Filologías
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
Requisitos generales
Los requisitos exigidos para participar en esta convocatoria de Becas Fundación María Cristina Masaveu Peterson - Museo del Prado son los siguientes:
- Tener la nacionalidad española o de algún otro Estado Miembro de la Unión Europea, en adelante UE, o de alguno de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo; ser residente en España en el momento de incorporarse a la beca; poseer un dominio del idioma español –hablado y escrito- que permita a los solicitantes desenvolverse satisfactoriamente durante su actividad formativa.
- Poseer la titulación exigida en el Anexo 1 a esta convocatoria para cada modalidad de beca.
- Estar al corriente del cumplimiento en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en los términos previstos en la normativa vigente, y no ser deudor por obligaciones de reintegro.
- No haber sido beneficiario con anterioridad a esta convocatoria de una beca en el MNP (excluidas las becas otorgadas para la asistencia a cursos o seminarios Cátedra del Prado).
- No podrán ser beneficiarios de la beca las personas en quienes concurran cualquiera de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la LGS.
De conformidad con lo establecido en el artículo 69.1 de la LPACAP, el solicitante se compromete a mantener el cumplimiento de estos requisitos durante el periodo de tiempo inherente al disfrute de la beca, debiendo informar de cualquier variación en las circunstancias al Órgano de Instrucción.
- Haber finalizado los estudios conducentes a la obtención del título exigido con posterioridad a enero de 2019. En cuanto al plazo, se atenderá exclusivamente la finalización de la diplomatura, licenciatura o grado, sin que se tenga en cuenta la fecha de finalización de los cursos de doctorado u otros estudios de postgrado.
- Poseer la titulación exigida:
- Grado universitario o titulación académica equivalente en:
- Estudios de humanidades: Historia del Arte, Filosofía, Filología u otros.
- Estudios técnicos: Ingeniería de Desarrollo de Contenidos Digitales, Ingeniería Multimedia, Ciencia de Datos e Inteligencia Artificial u otros.
- Estudios creativos: Bellas Artes, Diseño Digital, Diseño Multimedia y Gráfico, Desarrollo de videojuegos, Diseño u otros.Los expedientes académicos con valoración media inferior a notable o equivalente serán desestimados (por debajo de 2 puntos en una escala de 0 a 4 y por debajo de 7 puntos en una escala de 0 a 10).
Dotación
La cuantía total de las Becas Fundación María Cristina Masaveu Peterson - Museo del Prado se fija en dieciocho mil euros (18.000 €) y se financiará en su totalidad por la Fundación María Cristina Masaveu Peterson.
Los solicitantes seleccionados percibirán dicha cantidad del MNP en pagos mensuales vencidos durante la duración de la beca concedida.
En todos los pagos se efectuarán las correspondientes retenciones a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del impuesto sobre la renta de las personas físicas) y de la Seguridad Social (Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social).
La concesión y disfrute de esta beca no supone el establecimiento de relación contractual o estatutaria alguna, ni supondrá vinculación laboral alguna entre el becario y el MNP.
El disfrute de una ayuda al amparo de esta convocatoria será incompatible con cualquier otra beca o ayuda financiada con fondos públicos o privados españoles o comunitarios, así como con sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria del interesado, debiéndose reintegrar las cantidades indebidamente percibidas.
Presentación
Los solicitantes de las Becas Fundación María Cristina Masaveu Peterson - Museo del Prado, presentarán sus solicitudes según el modelo normalizado que figura como Anexo 2 (Formulario de solicitud) de esta Resolución y que podrá obtenerse en el Portal Web del MNP en el siguiente enlace: https://www.museodelprado.es/museo/becas.
Las solicitudes deberán cumplimentarse en español, en los apartados correspondientes y de forma verídica.
La presentación de solicitudes se podrá realizar a través de cualquier oficina de registro de la administración pública estatal, autonómica o local. También se podrá realizar en el Registro del Organismo Público Museo Nacional del Prado, calle Ruiz de Alarcón nº 23, de Madrid, en horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la LPACAP. Todas las solicitudes deberán ir dirigidas al Director del MNP, Museo Nacional del Prado, C/ Ruiz de Alarcón, 23. 28014 Madrid.
Las solicitudes se podrán presentar igualmente en la sede electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la LPACAP. Los aspirantes que presenten su solicitud o solicitudes y la documentación que la acompaña en soporte papel, podrán solicitar al encargado del Registro público correspondiente su digitalización, así como de la documentación que la acompaña, procediendo el encargado del Registro a la devolución de los originales en formato papel en el mismo momento de registrarse su solicitud. Los aspirantes que presenten su solicitud en papel en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, deberán enviar al MNP copia de la solicitud con el sello acreditativo de la fecha de presentación, por correo electrónico a: registro.general@museodelprado.es.
Más información
Objeto
Formación, investigación y capacitación técnica de especialistas en el Área de Desarrollo Digital.
La beca se destinará a la formación en las distintas tareas y proyectos del Área, con especial dedicación a la visualización de datos en la página web del Museo.
Duración
La beca tendrá una duración de doce (12) meses consecutivos.
Conocimientos y experiencia profesional susceptible de valoración
- La historia y las colecciones del Museo Nacional del Prado.
- Proyectos y acciones de desarrollo digital.
- Adaptación de contenidos a diferentes medios digitales.
- Programación y diseño para visualización de datos.
- HTML 5 y CSS3 y JavaScript.
- Paquete Adobe.
- Animación digital en 2D y 3D.
- Gamificación.
- Idioma inglés.
Obligaciones de los beneficiarios
Los becarios, por serlo, aceptan en todos sus términos el contenido de la presente convocatoria y su resultado, así como cumplir las siguientes obligaciones:
- a. Incorporarse al MNP en el plazo establecido en la notificación de la concesión de la beca y realizar la actividad formativa que fundamenta su concesión.
- b. Cumplir las normas sobre asistencia y participación en las labores de formación, realizando un horario de mañana de al menos seis horas, de lunes a viernes, según las instrucciones del centro directivo, así como cumplir las normas generales y particulares del centro, de acuerdo con el calendario y programa de formación previstos y las instrucciones del responsable de dicho centro, o tutor del becario.
- c. Someterse a las actuaciones de comprobación financiera que efectúe la Intervención General de la Administración del Estado y las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas, a los que facilitarán cuanta información les sea requerida al efecto. No realizar durante el desarrollo de la acción formativa, ninguna actividad que impida el cumplimiento íntegro y continuado del objeto de la beca.
- d. Proceder al reintegro de los fondos percibidos en el caso de obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquellas que lo hubieran impedido, según letra i) del artículo 14 de la LGS y apartado a) del artículo 37 de la LGS.
- e. Durante la duración de la beca, el tutor podrá acordar la concesión al beneficiario de la beca de dos días de permiso por mes completo de beca, dentro del periodo de 12 meses de duración de la beca.
Resolución de concesión de la beca
De conformidad con lo previsto por el artículo 25.1 de la LGS, la Dirección del MNP adoptará la resolución de concesión de esta beca dentro del plazo de 6 meses a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado. En el caso de que se produjera el vencimiento de dicho plazo sin haberse dictado ni notificado resolución expresa, los solicitantes podrán entender desestimada la solicitud de concesión de la beca por silencio administrativo.
La resolución de concesión indicará los solicitantes seleccionados y la desestimación expresa de las restantes solicitudes, y podrá incluir una relación ordenada de solicitantes suplentes para cubrir renuncias o bajas que puedan tener lugar. La adjudicación de la beca correspondiente a las bajas o renuncias se producirá en el orden establecido en la relación de suplentes. Esta resolución de concesión se publicará para conocimiento de los interesados en el Portal Web del MNP.
La renuncia o baja, salvo casos de fuerza mayor, sólo podrá tener lugar una vez transcurridos un mes del inicio de la beca, y deberá comunicarse con una antelación de 10 días hábiles a la Dirección Adjunta de Conservación e Investigación. El siguiente clasificado en la relación ordenada de solicitantes suplentes podrá acceder a la beca. Los suplentes dispondrán de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a su comunicación, para aportar la documentación requerida. La fecha límite para la adjudicación de la beca a los suplentes, en su caso, será de 4 meses antes de la finalización del período formativo, y se realizará por el tiempo restante de la beca.
En el caso de incapacidad temporal o maternidad, la beca quedará suspendida y podrá ser reiniciada cuando la circunstancia que produjo la suspensión haya finalizado, siempre que dicha suspensión sea inferior o igual a 16 semanas, salvo en el caso de parto múltiple que la suspensión podrá ser de hasta 18 semanas. Si la causa de la suspensión fuera superior a 16 semanas, o en el caso de parto múltiple superior a 18 semanas, el Órgano Convocante resolverá la cancelación de la beca, pronunciándose mediante resolución motivada que se notificará a los interesados.
La Resolución de concesión de la beca pondrá fin a la vía administrativa, y contra ella podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo preceptuado en los artículos 9.c) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación, de acuerdo con lo preceptuado en los artículos 123 y 124 de la LPACAP. La presentación de los citados recursos podrá efectuarse en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la LPACAP.
Medios de notificación o publicación
Los actos y trámites del procedimiento, en particular, las listas provisionales y definitivas de solicitudes admitidas y excluidas al proceso selectivo, y las propuestas provisional y definitiva de resolución, se comunicarán mediante su publicación en el Portal Web del MNP: https://www.museodelprado.es/museo/becas, sustituyendo a la notificación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 45 de la LPACAP.
El texto completo de la presente convocatoria y de la resolución de concesión de esta beca se publicará también en la Base de Datos Nacional de Subvenciones que opera como Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones. Esta información se podrá consultar a través del siguiente enlace web: www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index.
Las resoluciones de concesión a los suplentes, en su caso, se les notificarán a través de correo electrónico a la dirección que hayan señalado en sus solicitudes de participación.
Documentación a adjuntar
Los aspirantes deberán acompañar la siguiente documentación con su solicitud o con cada una de sus distintas solicitudes:
- a. Título universitario, según lo descrito en el Anexo 1. El título deberá haberse obtenido con anterioridad a la fecha de fin de presentación de solicitudes.
- b. Certificación académica de la titulación exigida o equivalente, expedido por una universidad, con indicación de los estudios realizados, donde conste expresamente la nota media obtenida. La certificación deberá estar redactada en español o en otra lengua franca de la UE (inglés, francés, alemán o italiano). De no ser así, deberá acompañarse una traducción jurada.
- c. Documentación justificativa de los méritos alegados en la solicitud, atendiendo a la “Documentación a presentar” de cada mérito que figura en la Base 11. Toda la documentación justificativa de los méritos alegados deberá estar redactada en español o en otra lengua franca de la UE (inglés, francés, alemán o italiano). De no ser así, deberá acompañarse una traducción jurada. La documentación justificativa de méritos deberá haberse obtenido con anterioridad a la fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes. No se valorarán los méritos que no estén debidamente acreditados.
- d. Carta de motivación de un máximo de 400 palabras, en la que se expongan los argumentos que motivan la solicitud, la adecuación del perfil formativo y de la experiencia del solicitante al proyecto de formación propuesto en el objeto de la beca, junto a los resultados que se esperan obtener durante la beca.
- e. Una Memoria de un máximo de 2.000 palabras en la que se presente una propuesta de proyecto basado en la visualización de datos de las colecciones del Museo del Prado o de los contenidos incluidos en la página web del Museo.
- f. Un currículum vitae del aspirante.
La no presentación junto con cada solicitud de la Memoria y de la Carta de motivación en la documentación inicial será motivo de exclusión de la correspondiente solicitud. Este motivo de exclusión no podrá subsanarse mediante la presentación de la Memoria y/o de la Carta de motivación durante el plazo de subsanación establecido para subsanar el resto de motivos de exclusión.