Institut Valencià de la Joventut IVAJ

Becas Jóvenes Residentes IVAJ

Becas de alojamiento o residenciaUniversitarios

INSCRIPCIONES

28/09/202317/10/2023
Finalizada

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Becas Jóvenes Residentes IVAJ: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Jóvenes Residentes IVAJ son convocadas y desarrollas por el Institut Valencià de la Joventut, y están destinadas a aquellos estudiantes universitarios que sean residentes en las residencias juveniles pertenecientes al IVAJ que se vean obligados a residir lejos de su vivienda habitual por motivos académicos y que cumplan con los requisitos y las obligaciones indicadas en la convocatoria.

La dotación ofrecida a través de las Becas Jóvenes Residentes IVAJ consistirá en una exención del pago del 60% de las cuotas mensuales correspondientes a la residencia donde se aloja el estudiante.

Las residencias participantes en esta convocatoria de las Becas Jóvenes Residentes IVAJ serán la residencia de La Florida en Alicante, la residencia Mare de Déu del Lledo de Castellón y Sant Crist del Mar en Bernicarló.

Además de los citados requisitos, para llevar a cabo la selección de los candidatos beneficiarios de estas becas, se tendrán en cuenta una serie de criterios como la valoración de la situación económica del estudiante, estudiando cada caso en particular y teniendo también en cuenta el nivel de ingresos mensuales, y los resultados del expediente académico del alumno, con la finalidad de otorgar con las mismas a aquellos alumnos que disponen de menos recursos pero han obtenidos excelentes calificaciones académicas.

Puedes conocer todos los detalles necesarios para solicitar una de las Becas Jóvenes Residentes IVAJ en nuestra web, ya que te contamos cuáles son los plazos, los requisitos, y la documentación que deberás aportar para ser beneficiario de las mismas.

Datos básicos

Nº de becas
11
Nivel de estudio
  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
  • Licenciatura
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Podrán ser beneficiarias de estas becas las personas físicas que tengan la condición de residentes en las residencias juveniles del IVAJ y que no estén incursas en alguna de las prohibiciones reguladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Dotación

  1. El importe de cada beca consistirá en la exención del pago del 60 % de las cuotas mensuales que les correspondería abonar, durante los meses de septiembre a diciembre de 2023, y de los meses de enero a junio de 2024 en las residencias juveniles de La Florida de Alicante, Mare de Déu del Lledó de Castellón y Sant Crist del Mar de Benicarló.
  2. Respecto a las cuotas mensuales que puedan haber satisfecho y al os beneficiarios, se procederá a la devolución del porcentaje correspondiente del precio de cada cuota mensual.

Presentación

  1. La solicitud deberá cumplimentarse en el modelo de instancia que figura en el procedimiento telemático y se presentará preferentemente de forma telemática en la sede electrónica de la Generalitat, en la url https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=22968&version=amp.
  2. En el caso de optar por presentar las solicitudes de forma presencial, deberán hacerlo preferentemente y con cita previa, en los Registros del IVAJ, en la calle Hospital, 11, 46001 de Valencia en los de las unidades territoriales del IVAJ de Alicante, Avenida de Orihuela,59, 03007 Alicante, o de Castellón, calle Orfebres Santalínea, 2, 12005 Castelló de la Plana, en las residencias juveniles o en cualquiera de los lugares y medios que prevé el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
  3. El modelo de solicitud previsto en el anexo II se podrá descargar desde el portal del IVAJ siguiente: http://www.ivaj.es/residencies.
  4. El impreso deberá cumplimentarlo y firmarlo la persona interesada, y, en el caso de menores de edad, el padre, la madre o el/la tutor/a.
  5. En caso de envío por correo certificado, la presentación dela documentación en la oficina de correos correspondiente deberá hacerse de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del Real decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, en sobre abierto, a fin de que el ejemplar destinado al IVAJ sea fechado y sellado antes de ser certificado. En caso de que la solicitud no esté fechada y sellada por la oficina de correos correspondiente, se entenderá como fecha válida de presentación aquella en la que tenga entrada en el Registro del IVAJ.

Más información

Obligaciones de las personas beneficiarias

Además de las obligaciones que con carácter general se establecen en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 23 de noviembre, General de Subvenciones, las personas beneficiarias tendrán la obligación de:

  1. Mantenerse en la situación que legitima su concesión durante el curso académico o período para el cual se concede la beca y cumplir su finalidad.
  2. Acreditar el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinen la concesión o disfrute de la beca.
  3. Comunicar al IVAJ la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedente de cualquier administración o ente, público o privado, tanto nacional como internacional.
  4. Colaborar con la dirección de los centros y el personal del IVAJ en la dinamización y programación de actividades dirigidas a la juventud, y, concretamente, dedicarán una hora a la semana en estas tareas:
    • Recopilar la información de los diferentes programas del IVAJ que vayan dirigidos a los y a las jóvenes que residen en la instalación.
    • Reelaborar la información recopilada y facilitarla a los y las jóvenes residentes.
    • Mantener contacto con el departamento de comunicación para recabar información y resolver dudas, o gestionar inscripciones en pro-gramas del interés de los y las residentes.
    • Colaborar con la dirección de la residencia y con los y las residen-tes para programar actividades como el fin de curso.
    • Cualquier actividad relacionada con las anteriores tareas.

Número de becas y régimen de concesión

  1. El número de becas ofertadas es el siguiente:
    • En la Residencia Juvenil La Florida de Alicante, 5 becas;
    • en la Residencia Juvenil Mare de Déu del Lledó de Castellón, 4 becas;
    • en la Residencia Juvenil Sant Crist del Mar de Benicarló, 2 becas.
  2. La concesión de las ayudas se realizará en régimen de concurrencia competitiva.
Criterios de valoración y puntuación de las solicitudes

  1. Los criterios objetivos para el otorgamiento de las becas se determinan en el artículo 5 de la Orden 4/2018, de 7 de mayo, de Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas. Para la obtención de la beca, el solicitante deberá alcanzar, al menos, una puntuación igual o superior a 10 puntos sobre el total de 20 puntos posibles. Será motivo de denegación que un solicitante obtenga la puntuación mínima en alguno de los criterios de baremación.
  2. La valoración de la situación socioeconómica se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 de la Orden 4/2018, de 7 de mayo, de Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, todo ello referido al ejercicio económico 2022.Para el cálculo de la puntuación de la valoración socioeconómica se obtendrá la renta de la unidad familiar mediante la agregación de las rentas de cada uno de los miembros computables de la unidad familiar. Hallada la renta de la unidad familiar a efectos de beca, se le aplicarán las siguientes deducciones:
    • a. Por aportación de ingresos por miembros computables distintos de los sustentadores familiares: el 15 por ciento de los ingresos aportados por cualquier miembro computable de la familia distinto de los sustentadores principales.
    • b. Por pertenencia del solicitante a familia numerosa de categoría general o especial: 525 euros por cada una de las hermanas y hermanos que sean miembros computables y convivan en el domicilio familiar, incluida la persona solicitante, cuando se trate de familias numerosas de categoría general, y 800 euros si se trata de familias numerosas de categoría especial, siempre que se tenga derecho a este beneficio.
    • c. Existencia de algún miembro computable de la familia, incluido el propio solicitante, afectado por una minusvalía legalmente calificada:1.811 euros por cada una de las hermanas y hermanos, o por la propia persona solicitante que presente discapacidad, legalmente reconocida, de grado igual o superior al 33 por ciento; o 2.881 euros cuando la discapacidad sea de grado igual o superior al 65 por ciento.
    • d. Por residencia de dos o más hermanos fuera del domicilio familiar por razón de estudios: 1.176 euros por cada una de las hermanas y hermanos de la persona solicitante menor de veinticinco años o por el propio solicitante que curse estudios universitarios y resida fuera del domicilio familiar, con residencia fuera del domicilio familiar por razón de estudios universitarios.
    • e. Orfandad absoluta del solicitante: El 20 por ciento de la renta dela unidad familiar en los supuestos de orfandad absoluta de la persona solicitante siempre que sea menor de veinticinco años. Para el cálculo de la puntuación de la valoración socioeconómica se dividirá la renta de la unidad familiar, una vez aplicadas las deducciones, entre todos los miembros de la unidad familiar y al importe resultante se le otorgará la siguiente puntuación, según el tramo en que se encuentre:
      • hasta 1.000 €: 10 puntos
      • " 3.000 €: 9 puntos
      • " 6.000 €: 8 puntos
      • " 9.000 €: 7 puntos
      • " 12.000 €: 6 puntos
      • " 15.000 €: 5 puntos
      • " 18.000 €: 4 puntos
      • " 21.000 €: 3 puntos
      • " 24.000 €: 2 puntos" 27.000 € 1 puntos
      • más de 30.000 €: 0 puntos
  3. La valoración del expediente académico del curso académico 2022/2023 o, en su defecto, del último año en el que la persona interesa-da realizó estudios, se realizará de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 de la Orden 4/2018, de 7 de mayo, de Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas. Al cálculo de la puntuación de la valoración académica, se le otorgará una puntuación de 5 a 10 puntos, con relación a la nota media final obtenida y los siguientes tramos:
    • Nota media final obtenida de 0 a 4,99: 0 puntos
    • Nota media final obtenida de 5 a 5,99: 5 puntos
    • Nota media final obtenida de 6 a 6,99: 6 puntos
    • Nota media final obtenida de 7 a 8,99: 8 puntos
    • Nota media final obtenida de 9 a 9,99: 9 puntos
    • Nota media final obtenida de 9,99 a 10: 10 puntos
Enlaces de interés

https://dogv.gva.es/datos/2023/09/27/pdf/2023_9763.pdf

Documentación a adjuntar

  1. Junto con la solicitud, se presentará la siguiente documentación específica:
    • a. Declaración responsable de no ser beneficiario de otra beca o ayuda de características similares concedida por otras administraciones o entes públicos o privados, que se incluye en el modelo de solicitud.
    • b. Declaración responsable de no concurrir en la persona solicitante las circunstancias señaladas en el artículo 13 y 34.5 de la Ley 38/2003,de 17 de noviembre, que se incluye en el modelo de solicitud.
    • c. Acreditación de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Para ello, las personas solicitan-tes podrán autorizar al órgano instructor para que obtenga directamente la acreditación del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social mediante certificados telemáticos, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 165/2010, de 8 de octubre, del Consell, por el que se establecen medidas de simplificación y de reducción decargas administrativas en los procedimientos gestionados por la administración de la Generalitat y su sector público. Quienes no otorguen dicha autorización deberán aportar la documentación acreditativa de que se hallan al corriente de las citadas obligaciones.
    • d. Asimismo, las personas solicitantes podrán autorizar la consulta de sus datos de identidad mediante el sistema de verificación y consulta de datos de identidad, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 165/2010, de 8 de octubre, del Consell, por el que se establecen medidas de simplificación y de reducción de cargas administrativas en los procedimientos gestionados por la Administración de la Generalitat y su sector público. Quienes no otorguen dicha autorización deberán aportar copia compulsada del DNI.
  2. A efectos de baremación deberá acompañarse la siguiente documentación complementaria:
    • a. Original o fotocopia compulsada del certificado de la Renta de 2022 de la persona solicitante, emitido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o, en su caso, certificado tributario de renta de 2022 en caso de no estar obligado a presentar la declaración del IRPF de dicho ejercicio, únicamente cuando no se haya autorizado a la consulta de los datos.
    • b. Original o fotocopia compulsada del certificado de la Renta de 2022 de todos los miembros de la unidad familiar, mayores de 16 años,emitido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o, en su caso, certificado tributario de renta de 2022 de los miembros que no estuvieron obligados a presentar la declaración del IRPF de dicho ejercicio.
    • c. Documento acreditativo de las notas obtenidas en el curso académico 2022/2023, expedido por la secretaría del centro docente en que se hubieran cursado dichos estudios y, solo en el caso de no haber cursado estudios durante el referido año académico, declaración responsable de no haber cursado estudios durante dicho curso, así como documento acreditativo de las notas obtenidas en el último año en que realizó estudios, expedido por la secretaría del centro docente en que se hubieran cursado dichos estudios.
    • d. A los efectos de los cálculos previstos en el artículo 6 de la orden de bases citada, deberá aportarse la documentación acreditativa de las situaciones mencionadas en dichos apartados, si procede:
      • Título de familia numerosa, si es el caso, o autorización para realizar la consulta telemática.
      • Certificado de discapacidad, si procede, o autorización para realizar la consulta telemática.
      • Documento acreditativo de situación de orfandad absoluta del solicitante, si procede.
      • Certificado municipal correspondiente sobre los miembros de la unidad familiar. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.3.a de la Orden 4/2018, de 7 de mayo, de Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, se consideran miembros de la unidad familiar junto con la persona solicitante, el padre y la madre, el tutoro tutora o persona encargada de la guarda y protección del menor, los hermanos solteros menores de 25 años y que convivan en el domicilio familiar a 31 de diciembre de 2022, los de mayor edad, cuando se trate de personas con discapacidad, así como los ascendientes de los padres que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores.
  3. Si, de la comprobación efectuada, resultara alguna discordancia con los datos facilitados por el propio interesado, el órgano instructor estará facultado para realizar las actuaciones procedentes para aclararla.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes: Becas Jóvenes Residentes IVAJ

Las Becas Jóvenes Residentes IVAJ son convocadas y desarrollas por el Institut Valencià de la Joventut, y están destinadas a aquellos estudiantes universitarios que sean residentes en las residencias juveniles pertenecientes al IVAJ que se vean obligados a residir lejos de su vivienda habitual por motivos académicos y que cumplan con los requisitos y las obligaciones indicadas en la convocatoria.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Jóvenes Residentes IVAJ" es: desde 28/09/2023 hasta 17/10/2023.

La Beca "Becas Jóvenes Residentes IVAJ" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

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La Beca "Becas Jóvenes Residentes IVAJ" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas al Talento
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas complementarias
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de ciberseguridad
  • Becas de colaboración
  • Becas de competencias lingüísticas
  • Becas de cooperación
  • Becas de estancias
  • Becas de excelencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de inmersión lingüística
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas Erasmus
  • Becas NEAE
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para artistas
  • Becas para asistir a congresos
  • Becas para bootcamps
  • Becas para causas sobrevenidas
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para estudiar online
  • Becas para fotógrafos
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para inteligencia artificial
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para personas con discapacidad
  • Becas para profesores
  • Becas para proyectos
  • Becas para refugiados
  • Becas para sénior
  • Becas para trabajadores
  • Becas para víctimas de violencia de género
  • Becas sociales
  • Becas STEM
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes