Becas Desempleados Mayores 30 Formación Profesional
INSCRIPCIONES
Becas Desempleados Mayores 30 Formación Profesional: solicitud y plazos
Descripción
Si eres una persona desempleada y con una edad superior a 30 años, seguro que te será de gran interés conocer toda la información relacionada con las Becas Desempleados Mayores 30 Formación Profesional que ofrece el Gobierno de las Islas Baleares.
La principal finalidad de la convocatoria de estas becas, es facilitar el desarrollo de estudios de Formación Profesional de Grado Medio y de Grado Superior mediante la concesión de ayudas económicas que cubran parte de los gastos generados debido a la realización de los mismos, mejorando además la probabilidad de éxito laboral de las personas participantes.
Para poder optar a una de las Becas Desempleados Mayores 30 Formación Profesional se exige el cumplimiento de una serie de requisitos que podrás conocer consultando toda la información que te facilitamos a continuación.
El Gobierno de las Isla Baleares es una institución pública comprometida con la formación académica y profesional de sus ciudadanos, y además reconoce las muchas dificultades a las que tienen que hacer frente las personas desempleadas, mayores de 30 años de edad, en el momento de encontrar una estabilidad laboral.
Por todo ello, si te encuentras en dicha situación, no debes dejar pasar la oportunidad que te conceden las Becas Desempleados Mayores 30 Formación Profesional, sobre las que encontrarás toda la información en este portal web.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
- a. Estar matriculado en un ciclo de formación profesional presencial de grado medio o superior en centros sostenidos con fondos públicos de la CAIB:
- En el caso específico de los alumnos de ciclos de formación profesional de 2000 horas de duración, se tienen que matriculara un número de módulos que sumados tienen que representar como mínimo 750 horas lectivas (se incluyen las prácticas formativas en centros de trabajo).
- En cuanto a los alumnos de ciclos de formación profesional de 1400 horas de duración, se tienen que matricular a un número de módulos que sumados tienen que representar como mínimo 750 horas lectivas al primer curso o al módulo de prácticas formativas en centros de trabajo en el curso siguiente.
- b. Para las solicitudes del curso académico 2022-2023:
- No haberse matriculado en ningún estudio reglado en el curso académico 2021-2022.
- Esta condición no es aplicable para los alumnos matriculados con aprovechamiento en el primer curso de ciclos de FP presencial en el curso académico 2021-2022 que solicitaron una beca de éxito.
- Dado que la finalidad de estas ayudas es el regreso al sistema educativo, los alumnos a los cuales se los haya denegado la beca en el curso académico 2021-2022 por haberse matriculado en un estudio reglado en el curso académico 2020-2021 tampoco tienen derecho ahora.
- c. Para las solicitudes del curso académico 2023-2024:
- No haberse matriculado en ningún estudio reglado en el curso académico 2022-2023.
- Esta condición no es aplicable para los alumnos matriculados con aprovechamiento en el primer curso de ciclos de FP presencial en el curso académico 2022-2023 que solicitaron una beca de éxito.
- Dado que la finalidad de estas ayudas es el regreso al sistema educativo, los alumnos a los cuales se los haya denegado la beca en el curso académico 2022-2023 por haberse matriculado en un estudio reglado en el curso académico 2021-2022 tampoco tienen derecho ahora.
- d. Para las solicitudes del curso académico 2024-2025:
- No haberse matriculado en ningún estudio reglado en el curso académico 2023-2024.
- Esta condición no es aplicable para los alumnos matriculados con aprovechamiento en el primer curso de ciclos de FP presencial en el curso académico 2023-2024 que solicitaron una beca de éxito.
- Dado que la finalidad de estas ayudas es el regreso al sistema educativo, los alumnos a los cuales se les haya denegado la beca en el curso académico 2023-2024 por haberse matriculado en un estudio reglado en el curso académico 2022-2023 tampoco tienen derecho ahora.
- e. Tener 30 años o más el día de inicio de las actividades lectivas.
- f. Estar inscrito como demandante de empleo desempleado en el SOIB el día de inicio de las actividades lectivas.
- g. Estar inscrito como demandante de empleo desempleado en el SOIB u otro servicio público del Sistema Nacional de empleo durante al menos 4 meses en los últimos 6 anteriores al día que el alumno inicie las actividades lectivas.
- h. Aprovechamiento del curso:
- En cuanto a los alumnos que cursen el primer curso de un ciclo de formación profesional, se tiene que interpretar que en junio están en condiciones de promocionar al segundo curso, en términos de aprovechamiento.
- En el caso de los alumnos que cursen el segundo curso de un ciclo de formación profesional de 2000 horas, o a las prácticas formativas en centros de trabajo, en el caso de los ciclos formativos de 1400 horas, se tiene que interpretar que al acabar están en condiciones de obtener la titulación oficial, en términos de aprovechamiento.
No se pueden beneficiar las personas en las cuales se produzca alguna de las circunstancias relacionadas en el artículo 10 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de septiembre, ni en el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (BOIB nº 99, de 4 de agosto).
Dotación
En el caso de los alumnos matriculados a un ciclo de formación profesional y dado que la duración de los cursos es de 9 meses, el importe que se tiene que percibir, si se logra la condición de poder pasar del primero al segundo año en el caso de alumnos matriculados en el primer curso o se logra la condición de obtener la titulación en el caso de alumnos matriculados en el segundo año, tiene que ser de 3.834 euros (426x9=3.834 euros) por curso.
Presentación
- Las personas interesadas podrán presentar las solicitudes de cualquiera de lasformas que indica el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
- Podrán presentar la solicitud de manera electrónica mediante el Registro de la Sede Electrónica del Govern y tienen que adjuntar la solicitud específica del procedimiento, la cual tiene que estar disponible a la sede electrónica de esta administración, firmada electrónicamente, y concretamente acceder en la página web de la CAIB: www.caib.es -> Administración -> Atención a la ciudadanía -> Atención telemática -> Registro electrónico.
- También podrán presentar las solicitudes de manera presencial a cualquier de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local.
- Las solicitudes se tienen que formalizar con los modelos que facilita el SOIB y que se encuentran a disposición de las personas interesadas en el apartado de convocatorias del web: www.soib.es, de acuerdo con el artículo 66 de la Ley 39/2015 del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Más información
Objeto
Esta Resolución tiene por objeto establecer la convocatoria de becas dirigida a las personas desempleadas mayores de 30 años que hayan sido como inscritas demandantes de empleo desempleadas a Servicio de Empleo de las Illes Balears (SOIB) u otro servicio público del Sistema Nacional de empleo como mínimo cuatro meses en los últimos seis inmediatamente anteriores al de inicio de las actividades lectivas, y que cursen:
- Ciclos de formación profesional presencial de grado medio o de grado superior sostenidos con fondos públicos de la CAIB durante cursos académicos 2022-2023, 2023-2024 y 2024-2025 para incentivar el regreso al sistema educativo.
Finalidad
- Para el curso académico 2023-2024
- En el caso de alumnos matriculados a cursos de FP de grado medio o superior, el plazo empieza el día 1 de octubre de 2023 y concluye el 15 de enero de 2024.
- Para el curso académico 2024-2025
- En el caso de alumnos matriculados a cursos de FP de grado medio o superior, el plazo empieza el día 1 de octubre de 2024 y concluye el 15 de enero de 2025.
Documentación a adjuntar
Documentación que se tiene que aportar:
- a. Solicitud de acuerdo con el modelo que se encuentra en el web del SOIB.
- b. Copia de la hoja de matriculación.
- c. Declaración responsable de veracidad de datos bancarios.
- d. De conformidad con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 61 del Real decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el cual se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, el Servicio de Empleo de las Illes Balears puede obtener, excepto la oposición expresa de la persona interesada que se tiene que hacer constar en el modelo de solicitud, los certificados acreditativos que la persona interesada está al corriente de las obligaciones con la Agencia´Tributaria de las Illes Balears, la Agencia Tributaria Estatal y la Seguridad Social, así como la verificación de los datos de identidad (DNI).